Decreto Nº 15.146/01 - Pausa ecológica forestal para los departamentos de Concepción y Amambay
Made 2001-10-30 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Paraguay
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- ecosystem conservation, protected area, afforestation/reforestation, timber extraction/logging, transport/storage, monitoring, forest management/forest conservation
Where to read it
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Text
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Presidencia de la Repriblica !14iirist('rio cf,, 1\grind/11ru 1· (;01111dafa /)ecr('lo N" /..6"/4{; POR EL CUAL SE ESTAJJLECE UNA PA USA ECOLOGICA FORE.STAL PARA LOS DEPARTAMENTOS DE CONCEPCION Y AMA.MBA Y Asunci<5n3CUe o.:--./4irt.,. de 2001 VJSTO: El arficulo 7° de la Co11sliluci<511 Nacional que establece que " ... Co11stif11ye11 ol?ietivos priorilarios de interes social la preservacian, la conscn•aci(m la recomposici<5n y el mejoramien/o de/ ambienle, asi coma su conci/iacic5n con el desarrol/o humano integral. Estos propositos orienfaran la !egislaci611 y la polftica gubemamenta!",· el arlfculo 12, inciso "n" de la Ley 1561/00, q11e dice: "La SEAA,f /endrd porfimciones, alribuciones y responsabilidades, las siguientes: ... n) promo11er el control y j1scalizacil5n de las actividades tendienfes a lo explotaci<,n de bosques, .flora, fa11na sill'estre y recur.ms hfdricos, cmtorizando el uso sustentable de los mismos y la mejorfa de la calf dad ambiental ... "; la Ley 517/95 "Que Erpropia parfe de w1 Jnmueble situado en los Departamentos de Concepci6n y Amambay de Acuerdo co11 lo que estab/ecen !os articulos 109 y I 16 de la Co11stir11cion Nacional" la cued establece en su artfculo I / 0 "fa prohibicic'm de la extraccion de rollos de mac/era de cualquier especie, vol11111e11 o cantidad en la zona expropiada "; el Deere to N° 20. 712/98 "Por el cued se declara Area de Reserva para Parque Nacional bc!io dominio pztblico denominadu Puso Bram, ubicado en el Departamento de Co11cepci611"; el Decrelo /4.43//200/, "Por el crw! se dec!ara Area de Reserver para la creacion de la Reserva de !Jiosfera def Cerrado def Rio Apa, localizada en los Deparlamentos de Co11ceecir511 y Amambay"; y CONSIDER.ANDO: El Gobierno Nacional ha iniciado acciones de11rrn de los departamentos de Co11cepcio11 y Amambay con el oNetfro de 1-c,·ertir la actual situaci<5n que atraviesa el aprcJl'echamiento de los rec11r.rns na/uroles en dichos departamentos. Que, en virtud cle las acciones realizadas se ha consfatado que el recursofhresta! es el mas q/ectado por el aprovechamienfo indebido e ilegal clef 111is1110, exisliendo w1 alto grado de de.fi1restaci<j11 )' perdida de especies .fcn·es!ales amenazadas coma la AmLmrara Ccare11sis (lrebol), Cordia tric6toma ereby), Myrocwp11s Spp. (i11cie11so), Tahebuia ,C..,.,pp. (Lapacho) .. ./1/2.. l'resideucia de la J<epriblica Mirii,1/crio d(• 1\g1in1ftirro y (iwwr/,·, 111 I Jecrefo N" / .5 f /; & POR EL CUAL SE ESTA/JLECE UN/! PA USA ECOLOGICA FORESTAL PARA LOS I JJEPAR TAMEN7VS DE CONCEPCION Y AMA1lf lJA Y 2 Que ademch de el/o, se hem l'et{/icado liechos de trcmsporfe de madera en vio/acidn de las normas lega/es que regulan el traslado de especiesJcwestales, asi con10 tamhie11 la exlrw.:ci/m de mac/eras de lugarc.1· vedados por la Icy o en contrm·c11ci<3n a las normas que legislan lo maleria. Que eJJ estas condiciones, es necesario orde11w· el aprovechamienfo de hosq11es en los dcparlwnenlos de Co11ccpci/m y Amambay, con el ol(jf!fo de sufrugucmlor el deredw de m111e!los prod11clores que frobt?ian al amporo de la Ley, para lo cued debeni realizarse una aucliloria y rerisi<J11 de todus los JJ!a11es de aprovechmniento de bosques existentes en estos dcpar/0111e11/os y .rns corre.\pondienles g11fas.f<Jrestales. POR 'l>INJ'O, en ejercicio de susfac11/tades consfituciona/es, h'L PRESllJEN11l DE LA REPUIJLICA DEL PARAGUAY DECRETA: Arr. l ". - Dechirasc ww Pausa Eco/6,gica Foresta/ en los departo111e11tos de Concerci(J/1 )' A111a111hay, fu cua/ /e11dr(1 111w durocir'm de ciento ochenta dfas a confarse o rurtir de lufecha de/ prese11fe Decr!!lo. Art. 2". - Durante la !'au.m. se s11s1,emle la dgencia y ejecuci<'m de todos los /J!ones de ) a1wo1·,xlw111ienfo de hosq11es y la vafidez de las i11fas de fraslwfo de prnductos /<J1·estafes e111itidas por el S'en·icio Forestol Nacional denfro de los limites de los Dcpartamentos de Co11cepci611 y Ammnbay, asi co1110 el fransporfe dt! 11rod11ctos .fiwcs/a/es. 1/rt. 3". - Desfp,nase a lu Awlitoria General de/ /'oder l~jec11tfro co11w w1foridwl res11011.w1hle de a11ditar todos los planes de aproFec!wmiento de hoSlf llCS aprnbados por el Scrvicio Foresta/ Nocional para los Dc11arlo111e11t11s de Concepci/m y A111m11bay ·f co1110 /ambien de las lwhili!acio1H'S de los aserrwlerus i11s!alaclos 11 !os dt wrlamenfos citmlos. Prcside11cia de la Rcpriblica Mi11i.vl1'ri11 de llgri,·1rl11mr y Gmwdc•1·111 /Jccrclo N" /t,/,f (;, POR EL CUAL SE ESTABLECE UNA PAUSA ECOLOGICA FORESTAL PARA LOS DEPARTAMENTOS DE CONCEPCION Y Aft1AMBAY ·t. 4°. Art. y> Art. 6". 3 Las personas fisicas o juridicas afectadas por las disposiciones def presente Decreto, deberan presentarse dentro def plazo establecido en el artfculo I O ante la A uditoria General de! Poe/er FJecutivo a fin de que sus planes de aprovechamiento de bosques o autorizacidn para.funcionamiento de aserradero sean auditados y /101110/ogados. El incumplimienlo de lo estab/ecido en este artfculo dara lugar a la revocatoria de los mismos. El no cumplimiento de las disposiciones de! presente decreto serd11 consideradas como ww violaci6n de la pausa eco/6gica ordenada, y pasible de las sanciones contenidas dentro de! arlfculo I 0, inciso "b" de la Ley 7 J 61 96, sin pe,juicio de ofras sanciones administrativas y/o penal es. El presel1fe decreto serd refrenclado por el Senor Ministro de Agricultura y Ganaderia. Art. 7". - Comuniquese, publiquese y dese al Regisfro Oficial. ,I RECIBIDO 1 OCT. 200 .- 01·11S!Otl flACI~ Of DEF. RECUR~:.