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Laws of Paraguay

Decreto Nº 10.607 - Declara de interés gubernamental la regularización jurídica de la tenencia de la tierra, catastro y diagnóstico de colonias habilitadas hasta la fecha por el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra

Made 2013-02-05 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Paraguay
Subjects
Land and soil
Keywords
institution, land commission, land tenure, governance

Where to read it

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  1. POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS GUBERNAMENTAL LA REGULARIZACI~N JUR~DICA DE LA TENENCIA DE LA TIERRA, CATASTRO Y DIAGN~STICO DE COLONIAS HABILITADAS HASTA LA FECHA; POR EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) YSUS ENTIDADES PREDECESORAS, EN LA REGIÓN ORIENTAL DEL PAÍS. Asunción, 5 de de 2013. VISTO: La presentación realizada al Ministerio de Agricultura y Ganaderia (MAG), por el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), por el cual solicita se promulgue el Decreío que se declara de interis gubernamental la realización de la regularización juridica de k~ tenencia de tierra, catastro y diagncístico de colonias del INDERT, en toda la regicjn oriental (Expediente No 301 3 1/20] 2); y CONSIDERANDO: Que la Reforma Agraria en el Paraguay posee rango constilucional establecido en los Artículos 114 y 115 de la Carta Magna, y el abordaje de la misma constituye uno de los principales objetivos del gobierno como eje para lograr el bienestar socialy económico del sector rural. Que el Plan de Reforma Agraria 2008/2012 se propone implementar tareas concretas con abordaje interinstitucional y enfoque territorial, para dar respuesta al acceso de la tenencia de tierra, iniciando procedimientos administrativos que facilite la titulación de las tierras, realizar infraestructura, obras técnica que promueva y susientable, en cumplimiento crea el Instituto Nacional de (1NDERT). Que el Artículo 47 de la Ley Eslatufo Agrario" establece 1 los ocupantes de los lotes aplicación, que olorgara caráct &be?ue as; fuese reg POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS GUBERNAMENTAL LA REAL I Z A C I ~ N DE LA REGULARIZACI~N JURÍDICA DE LA TENENCIA DE LA TIERRA, CATASTRO Y DIAGN~STICO DE COLONIAS HABILITADAS HASTA LA FECHA; POR EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) Y SUS ENTIDADES PREDECESORAS, EN LA R E G I ~ N ORIENTAL DEL PAÍS. Que a este efecto se consideró pertinente contar con dat0.s veraces y oportunos, por lo cual es necesario e impostergable tener información actualizada con las vuriubles sociales .v económicas que caracterizan u los colonos, u j i n de orientar 1o.r programas y proyectos del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra INDERT en función u áreas con problemáticus particulures udecuudamente curacterizadus. Que a partir de la mismu se umpliaríu la base registrul de beneficiarios que daría lugar a la eventual aplicacicjn de lu lgv No 4682/12 "Que sanciona la Comisión de Hechos Punib1e.s Contra Bienes Patrimoniales desfinados u lu Política Agraria del Estado". Que la Ley No 81/92 "Que estublece la estructura orgánicu ,V funcional del Ministerio de Agricultura y Ganaderíu", en .y74 Artículo 4 1 dispone "Las instituciones del Sector Público que se relacione con el Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio, canalizaran el relacionamiento, por intermedio del Ministro o por delegación expresa por uno de los Vice- ministro.^ encargados del sector respectivo". Que la Dirección General de Est (DGEEC) es la institución del Esta sistematizur, unulizur y difundir la cartogruficu del pais, y que su vasta e lu realizución de censos 4) fomu de su esquema orgunizafivo de trabaj de resultados objetivo.^ en zrn b condición apropiada para garantizar . , e jec sumiento y difu.5 icín de I( 7- POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS GUBERNAMENTAL LA REALIZACI~N DE LA REGULARIZACI~N JURÍDICA DE LA TENENCIA DE LA TIERRA, CA TASTRO Y DIAGN~STICO DE COLONIAS HABILITADAS HASTA LA FECHA; POR EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) Y SUS ENTIDADES PREDECESORAS, EN LA REGIÓN ORIENTAL DEL PAÍS. Que entre sus máximas prioridades el Gobierno Nacional hu dejnido: la promocicín al acceso a activos productivos úe 1o.s habitantes rurales mediante la transparencia y correctu dejnicicín de los derechos de propiedud consolidando el proceso de titulucicjn y registro de predios rurules; ILI provisión adecuada y suficiente infraestructura económicu eti apoyo de la producción rural; la entrega de servicio.^ dirigidos a mejorar la calidad de vidu de Iu poblaciíjn rurul .v las alternativas de autoempleo; el fomento del manejo sostenible, la conservación de los recursos naturules y la protección de los recursos naturales y la protección del patrimonio ambiental y cultural; el incremento de 1u.r capacidades del poblador rurul y el capital social en el campo; la inclusión social y el cambio institucional que cree condiciones para el desarrollo rural integral. Que así la cuestiones planteadas, es necesario consolidur el arraigo de las comunidades de pequeños productores rurales, como factor condicionante paru viubilizar el desarrollo e integración socioeconómica sobre bases sostenibles y que para ello se requieren; la plan~jkación e implementación de intervenciones consistentes y oportunas, la remoción y/o mitigación de las limitaciones y carencias criticas de infraestructura y servicio.^ q ue d;ficult productiva de las comuniduu'r.~, entre otros. Que Iu citudu regularización de tierra, usí diugníjstico de las colonias, brindurú respecto a Iu tenencia de lotes u las, j n de generur condiciones para imp que los beneficiarios logren inse económico de manera a mgjorar sus social y ser sujeto de la atención de POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS GUBERNAMENTAL LA REALIZACIÓNDELAREGULARIZACIÓNJURÍDICADELATENENCIADE LA TIERRA, CATASTRO Y DIAGN~STICO DE COLONIAS HABILITADAS HASTA LA FECHA; POR EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) Y SUS ENTIDADES PREDECESORAS, EN LA REGIÓN ORIENTAL DEL PAÍS. Que la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Ganadería, se expidió en los términos de su Dictamen D.G.A.J. No 583 del 14 de noviembre de 2012. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, D E C R E T A : Art. lo.- Declárase de interés gubernamental la regularización jurídica de la tenencia de la tierra, catastro y diagnóstico de colonias habilitadus hasta la fecha por el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de lu Tierra (INDERT) y sus entidudes predecesoras, en la Regicín Orienlul del país e instrúyase a los Ministros y Secretarios de las (Jicinus j* reparticiones públicus afectadus u1 presente Decreto puru guruntizar el máximo compromiso y colaboracicín para el cumplimiento de 1o.s objetivos expuestos. Art. 24- Conformuse una Comisión de Trabajo realización de las tareas enunciadus en intigrase la- misma con el Ministerio de Instituto Nacional de Desarrollo Rural y Secretaría Técnica de Planificación, a de Estadísticas, Encuestas y Censos realizada por el Ministerio de POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERES GUBERNAMENTAL LA R E A L I Z A C I ~ N DE LA REGULARIZACION JUR~DICA DE LA TENENCIA DE LA TIERRA, CA TASTRO Y DIA GNOSTICO DE COLONIAS HABILITADAS HASTA LA FECHA; POR EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) Y SUS ENTIDADES PREDECESORAS, EN LA REGION ORIENTAL DEL PAIS. 5 Arz. 34- Instrúyase a la Secretaria Técnica de Planificación, a travis de Itr Dirección General de Estadisticas, Encuesfas y Censos (DGEEC), para que conjunfamente con el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) arbitren los mecanismos financieros y f icnico.~ necesarios para que en el plazo de seis (6) meses procedan a revelar informaciones socio-demogrújicas de1 cien por cientos (1 00%) de 1u.s colonius existentes en Iu Región Orientul. y en cadu uno de los 1ote.s agrícolas habilitados a la jechu, haciendo disponible el diagncístico detallado de los asentamientos campesinos con informucicín sobre .SI/ ubicación georrefirenciudu, du fo .~ de lotes. oct4pante.s en infi,rmuci(in comunitaria sobre acceso básico a servicios búsicos de .salud, educación, seguridad entre otros. Arz 49 - Las informaciones obtenidas como resultado del trabujo enunciado en el artículo precedente, servirán de base para la adopción de medidas dc carácter políf ico-legislativo, programa f ico y operativo dc reordenamiento terriforial, que permitan dejinir cada caso , 1o.i. planes infegrados de intervención a corto, mediano y largo pluzo. estructurados por resultados en funcicin a las demandas y/o potencialidades concretas ident~ficadas. Arz. So.- Las erogaciones que demanden el de.sarrol10 de esta operacicin, serún atendidos con cargo a los créditos presupuestarios que a dicho efecto se asignen por el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), .quien arbitrará los medios legales y administrativos necesarios para el transparente y eficiente uso de los recursos pre.supue.stados. Arz. 69- Autorizase al Minisferio de Agriculfura y Ganadería a comisicín técnico. de carácter público - priva seguimiento y confrol de los frubujos pr.evi.s/o.~. q dejinir su integrución y ,funcionulidu~i u fr,avé.s ministerial especialmente emitida. Arz. 79- El preesenfe Decreto ser~i refrendudo por el mi ni.^ Gunadería. Arz. So.- Comuníquese, publiquese e insértese en el Registro Victor Carmona New Stamp

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