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Laws of Peru

Resolución Nº 865-2020-MINSA ─ Directiva Sanitaria para identificar los alimentos elaborados industrialmente que califican como muestras sin valor comercial

Made 2020-10-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Food and nutrition
Keywords
hygiene/sanitary procedures, packaging/labelling, internal trade, international trade, beverages, food safety and quality
Categories
*

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  1. 19NORMAS LEGALESMiércoles 21 de octubre de 2020 El Peruano / Designan Director General de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00360-2020-PRODUCE Lima, 20 de octubre de 2020 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JORGE FRANCISCO LI NING CHAMAN en el cargo de Director General de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRIGUEZ Ministro de la Producción 1895478-1 SALUD Aprueban Directiva Sanitaria N° 116-MINSA/2020/DIGESA: “Directiva Sanitaria para identificar los alimentos elaborados industrialmente que califican como muestras sin valor comercial” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 865-2020/MINSA Lima, 19 de octubre de 2020 Visto, el Expediente N° 20-047757-001, que contiene los Informes N° 103-2020/NSAI/DG/DIGESA y N° 0078 2020/NSAI/DG/DIGESA de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; y, el Informe N° 966 2020-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece en el numeral 4 de su artículo 3 que, el Ministerio de Salud es competente en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria. Asimismo, su artículo 4 señala que, el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, el Decreto Legislativo N° 1062, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos, en su artículo 14 establece que, el Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Salud Ambiental (actualmente Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria) es la Autoridad de Salud de nivel nacional y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de supervigilancia en materia de inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano, elaborados industrialmente, de producción nacional o extranjera, con excepción de los alimentos pesqueros y acuícolas; y, en su artículo 15 establece que, son funciones de la Autoridad de Salud de nivel nacional en materia de inocuidad alimentaria en alimentos elaborados industrialmente, con excepción de los alimentos pesqueros y acuícolas, entre otras, establecer las normas generales de higiene en toda la cadena de alimentos y bebidas de consumo humano; Que, de conformidad con el artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017 SA, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Salud Pública, constituye la Autoridad Nacional en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, responsable en el aspecto técnico, normativo, vigilancia, supervigilancia de los factores de riesgos físicos, químicos y biológicos externos a la persona y fi scalización en materia de salud ambiental la cual comprende, entre otros, en materia de Inocuidad Alimentaria de los alimentos y bebidas destinados al consumo humano; Que, asimismo, de conformidad a los literales b) y d) del artículo 79 del citado Reglamento, modifi cado por el Decreto Supremo N° 011-2017-SA, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria tiene la función de proponer normas, lineamientos, metodologías, protocolos y procedimientos en materia de salud ambiental e inocuidad alimentaria, y para otorgar autorizaciones, permisos, registros, certifi caciones, notifi caciones sanitarias obligatorias y opiniones técnicas en el marco de sus competencias, así como, realizar el seguimiento y monitoreo de su implementación, y de conducir el proceso de otorgamiento de derechos, registros, certifi caciones, autorizaciones sanitarias, permisos, notifi caciones sanitarias obligatorias y otros en materia de salud ambiental e inocuidad alimentaria; Que, el artículo 103 del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo N° 007-98-SA, establece que no están sujetos a registro sanitario, entre otros, las muestras sin valor comercial; Que, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria ha elaborado la propuesta de Directiva Sanitaria para identifi car los alimentos elaborados industrialmente que califi can como muestras sin valor comercial, con la fi nalidad de contribuir a la evaluación técnico sanitaria que realiza la autoridad de salud respecto de los alimentos elaborados industrialmente, para su califi cación como muestras sin valor comercial, conforme a los argumentos que expone en sus documentos del visto; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modifi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, utente Cross-Out 20 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2020 / El Peruano aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modifi cado por los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria N°116 MINSA/2020/DIGESA: “Directiva Sanitaria para identifi car los alimentos elaborados industrialmente que califi can como muestras sin valor comercial”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1895393-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional Anual 2020 Modificado V.02 del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 258-2020/MINSA Lima, 19 de octubre de 2020 Visto, el Expediente N° 20-088515-001, que contiene el Proveído N° 1124-2020-OGPPM-OPEE/MINSA en el Informe Nº 251-2020-OPEE-OGPPM/MINSA emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa N° 778-2020-OGAJ/MINSA, emitida por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial N° 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fi scal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD y modifi catorias aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, instrumento normativo que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modifi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, la Resolución Ministerial N° 1173-2019/MINSA aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 011: Ministerio de Salud, disponiéndose, en su artículo 2, que el POI Anual 2020 podrá ser modifi cado durante su proceso de ejecución física y presupuestal, a propuesta de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, de conformidad a la normatividad vigente; siendo que con Resolución Secretarial N° 096 2020/MINSA del 13 de julio de 2020, se aprobó el Plan Operativo Institucional Anual 2020 Modifi cado V.01 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, la Resolución Ministerial N° 343-2019/MINSA aprueba la Directiva Administrativa N° 262-2019-MINSA/ OGPPM, Directiva Administrativa para la Elaboración, Aprobación, Seguimiento, Evaluación y Modifi cación del Plan Operativo Institucional del Pliego 011: MINSA; Que, de conformidad con el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional y el numeral 7.5.3 del acápite 7 de la Directiva Administrativa N° 262-2019-MINSA/ OGPPM, la modifi cación del POI Anual en ejecución se realiza por: “a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización, y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI”; Que, el literal d) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modifi catorias, establece que la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de la Ofi cina de Planeamiento y Estudios Económicos es la responsable de coordinar, formular y actualizar el Plan Operativo Institucional, con los órganos del Ministerio de Salud y organismos públicos adscritos, así como realizar su seguimiento y evaluación; Que, mediante el Proveído N° 1124-2020-OGPPM OPEE/MINSA en el Informe Nº 251-2020-OPEE-OGPPM/ MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que la propuesta del Plan Operativo Institucional Anual (POI) Anual 2020 Modifi cado V.02. del Ministerio de Salud, que ha sido elaborado de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos en el numeral 7.5.3 de la Directiva Administrativa N° 262-MINSA/2019/OGPPM, se justifi ca en cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones y a la incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones producto de la COVID-19 en base a las transferencias de recursos y modifi caciones presupuestarias que fueron generadas para la implementación de las acciones que derivaron de la atención de la Emergencia Sanitaria, por lo que emite opinión técnica favorable para la aprobación de la referida propuesta; Que, asimismo, el citado Informe señala que se cuenta con la validación de la propuesta del Plan Operativo Institucional Anual 2020 Modifi cado V.02 del Ministerio de Salud, efectuada por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud, para el proceso de planeamiento institucional y operativo, constituida por la Resolución Ministerial N° 256-2018/MINSA, acorde con lo previsto en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional y los numerales 7.5.9 y 7.5.10 del acápite 7 de la Directiva Administrativa N° 262-2019-MINSA/OGPPM; Que, el literal b) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 015-2020/MINSA y modifi catorias, delega en el/la Secretario/a General durante el Año Fiscal 2020, la facultad, entre otros, de: “Aprobar las modifi catorias al Plan Operativo Institucional del Ministerio de Salud, siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fi n”; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/ PCD y modifi catorias que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modifi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional Anual 2020 Modifi cado V.02 del Pliego 011: Ministerio de Salud, el mismo que como Anexo forma parte integrante

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