Resolución Nº 647-2008-AG ─ Crea el Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático
Made 2008-07-31 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Air and atmosphere, Food and nutrition
- Keywords
- institution, food security, policy/planning, agricultural commodities, internal trade, subsidy/incentive, governance, pollution control, air quality/air pollution, environmental planning, hazards, environmental standards, climate change, standards, protection of environment
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III NORMAS LEGALES 377379 2008 Y Elapa 3 - Setiembre 2008", a eaves de un proceso de exorerac co por la causal estabrecda en et :: literal f) del articu lo 19" del Texlo Unico Ordenado de 8 la l ey de Conlrataciones y Adqulslclones del estad o. C aprobado mediante Decreta Supremo N"083-2004-PCM, ~ resultando necesario modificar et referido Plan Anual de i: Adquisiciones med iante su inclusiOn. Asimismo, se senala I\.< que la adquisici6n estara a cargo del area encargada de ~ las adqu is iciones de b1enes y conlratac i6n de servi cios de l ~ Ministe rio de Agricultura , esto es, la Ofic ina de Log islica 3: de la Oficina General de AdministraciOn, con sioeranoose 3: en el gasto de la cadena funcional programal ica 04 009 ~ 0050 1.022830 3.056819 - Supervlslon y Monitoreo de ~ Cadenas Productivas y Convenios Agropecuarios - Meta 'c 0000 6; S: Que, de acuerdo con eI me so f) del articulo 19" del x Taxto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y " Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo ~ N" 083-2004-PCM, se encueotran exoreraoos de los ~ procesos de selecci6n las adquisiciones y comretac ones > que se realicen para la contrataci6n de servicios persona lisimos, segun 10 que eslable zca su Reglamento; Que, eltercer parrato del arti culo 14SO del Reglamento de la citada ley, aprobado mediante Decreto Supremo N" 084-2004-PCM, pred sa que se eocuentran expresame nte incluidos en la clas ificaci6n de servicios personalfs imos los servic es de publicidad que prestan al astacc los medios de comunicaci6n televisiva, radial, esaila 0 cualquier otro medio de comunicaci6n, en atenci6n a las caracle risticas particulares que los distinguen; Que, t-atand ose eJpresente caso de una contralaci6n de servcos de publicidad en medios televisivos y radiales de amplia cobertura, los mismos se encuentran dentro del supuesto de la norma antes c tada. dadas precisamente las cs racter tsncas particulares que distinguen a este tipo de medios de comunicaci6n Que,deotro lado,aerectos de formalizar la exoneraccn indicada anteriormente, debe tenerse presente elliteral a) del art iculo 20" de la referida l ey, et cual establece que tcoa s las exoneraciones, salvo las previslas en er literal b) del articulo 19", se eproberan mediante Resoluci6n del Titular del Pliego; Que, el tercer parrafo y siguientes del cnaco articulo 20" establecen que la Resoluci6n del Titular del Pliego requiere obligatoriamente de un informe tecnico-Iegal prevo, debiendo ser publicada dlcha Resoluci6n eo et Diario Oficial EI Peruano, rerrsueocosecocla de la misma, asr como copia de los informes que la sustentan, a la Conlraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Conlrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentrc de los diez dias habnes siguientes a Ia techa de su aprobaci6n; Que, et subnumerate.e. del Numeral VI, Disposiciones Especfficas, de la Directiva N° 011-2oo1-CONSUCODE precisa que la Resoluci6n que aprueba la exoneraci6n debe ser remitida a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguieotes a la recna de su aprobaci6n, bajo responsabilidad del Titular del PJiego 0 de la maxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el segundo y tercer pt!IITafo del Arti culo 148° del citado Reglamento establecen que la exoneraci6n se circunscribe a la omisi6n del proceso de selecci6n, por 10 que los contratos que se celebren como consecueocia de dicha exoneraci6n deberan cump lir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigeocias y garanlias que se aplicarian de haberse lIevado a cabo el proceso de selecci6n correspondiente, debiendo la adquisiciOn 0 contrataci6n del bien, servicio u obra objeto de la exoneraci6n, ser realizada por la dependeocia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad 0 el6rgano designado para el efecto; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto l egislativo N" 997 - l ey de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura y, de conformidad con el Tem Unico Ordenado de la l ey de Contrataciones y Adquisiciones del Eslado - ley N" 26850 Y sus modificalorias, aprobado mediante Decreto Supremo N" 083-2004-PCM Y su Reglamento , aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; SE RESUElVE: Articul o 1°. Aprobar la exoneraci6n del proceso de seieccco. via services persona lisimos, prevista en et inciso f) del articulo 19" del Texto Ijnlco Ordenado de la l ey de ccnna taoones y Adquisiciones del Eslado, para la contrataci6n de los services personalisimos de publicidad televisiva y radial para la difusi6n de la Campana ' Papea Peru: Elapa 2 - Agosto 2008" y "Elapa 3 - Setlembre 2008", a uaves de un proceso de exoreraccn por la causal establecida en elliteral f) de l articulo 19" del 'texto Unico Ordenado de la l ey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083 2004-PCM, mediante spots televisivos de Ireinta y cinco (35) y quince (15) segundos, con frecue nclas de una (01) a cuatro (04) veces diarias sequn la emisora, as! como spots radiales de treinla (30) segundos, con frecueocias de sets (06) veces diarias. EI monic tota l por los servccs de publicidad televisivo y radial ascienden a la suma de S/. 1·290,144.87 (Un MillOn Dosclentos Noventa Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 87(100 Nuevos Soles). Articulo 2".- Conforme a 10expresado eo el Sustento 'recncc de la Oficina de Imagen Instilucional, los medios de comunicaci6n a ser contralados son los siguientes: Canal 2 - Precuenca Latina Canal 4 - America Television Canal 5 - Panamericana Televisi6n Canal 7 - Instituto de Radio y Televisi6n del Peru Canal 9 - Andina de Radio y Televisi6n Canal 13 - Red Global Radio Programas del Peru Radio Panamerica na Radio Nueva Q Articulo 3°. Disponer que la Direcci6n de Logist ica de la Oficina General de Adminislraci6n del Minislerio de Agricultura sea la encargada de realizar la adquisiciOn exooeraoa en virfud a la presente Resoluc on. Articul o 4°. Disponer que la conlrataci6n exonerada, realizada en mernc a la presents Resojuclcn, sea efectuada con cargo al Pliego Presupuestal N° 013 Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administraci6n Central, siendo atendida por la fuenle de financiamiento de recu rsoa ordinarios y en la forma eslablecida en los considerandos de la presente Resoluci6n. Articulo 5".- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Conlralaciones - PAAC del Ministerio de Agricultura a fin de incluir la contrataci6n materia de la presente Resoluci6n. Articul o 6".- Remitir copia de la presenle Resoluci6n Ministerial y de los informes tecncc y legal sustentatcnos, a la Contraloria General de la RepUblica, dentro de los diez (10) d ias naturales siguientes de su aprobaci6n y, remitir copia de dlcha documentaci6n al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Eslado CONSUCODE as! como publicar la presente Resoluci6n en el Diario Oficial EI Peruano y en el Regislro del Sistema Electr6nico de Adquisiciones y Contrataeiones del Eslado SEACE, dentro de los diez (10) dias Mbiles siguientes de su aprobaci6n . Registrese , comuniquese y publiquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricu ltura 233563-1 Constituyen Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Clim~tico RESOlUCION MINISTERIAL N" 0647-2008-AG Lima, 31 de ju lio de 2008 377380 'A' NORMAS LEGALES CQNSIDERANDQ: Que, la Convenci6n Marco de las Naciones Unidas score el Cambia Climalico, el Protocolo de Kioto, la Convend6n sobre Diversidad Biol6gica y la Convend6n de las Naciones Unidas de Lucha oonlra la Desertificaci6n y otros acue rdos mullilaterales relevanles en esta materia, son msnumersos que establecen vrncuios y sinergias para la adaplaci6n, entre otros, del Sector Agrario al Cambio Climatico; Que, mediante Resoluci6n legislaliva N° 26185, et Peru ratific6 la Convenci6n Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climalico de 1992, la cualliene como objeto ult imo la estabilizaci6n de las concenlraciones de gases de etecic invemadero en la annostera a un nlvet que impida lnterje reno as antr0p6genas peligrosas en el sistema cnmasco. senatandose que este nivel deberia Iograrse en un plaza suficiente que perm ita que los ecos islemas se adap ten naturalmente al cambio cnmanco . asegurar que la producclcn de al imentos no se yea amenazada y perm itir que el desarrollo econ6mico prosiga de manera sostenible; Que, med iante Decreto Supremo N° 086-2003-PCM , se aprobO la Estrategia Nacional de Cambio Climatico, cuyo proposlto general es reducir los impactos adversos al cambio cnmasco. a uaves de estudios integrados de vulnerabilidad y ada ptaciOn que identi ficaran zooas y/o sectores vulnerables en el pais donde se lmolementeran proyectos de adaptaciOn, y con tro lar las emisiones de contaminantes loca les y de gases de efecto invemadero a treves de programas de energlas renovables y de eficiencia erereeuca en los diversos sectores productivos: Que, med iante Decreto Supremo N° Q66-2004-PCM , se aprobO la Estrategia Nacional de Seguridad A1imentaria 2004 - 20 15, siendo volunlad po litica del Estado peruano contribuir a la sobe rania y seguridad alimentaria nacional y elim inar 0 dism inu ir los erectos de los diversos factores determinantes de inseg uridad al imentaria de los grupos vulnerables y en extrema pobreza; Que, med iante Decreto Supremo N° 003-2008-AG se crec et Consejo Nacional de Seguridad delAbastecimiento Agroalimentario adscrito al Ministerio de Agricu ltura , con el objeto de realizar el mon itoreo y segu imiento de la evoucien de la oterta , demanda, precios y disponibilidad de los principales productos agropecuarios en los mercados, con la fi nalidad de proparcionar orientaci6n para la lorna de decisiones relacionadas con la promoci6n de una adecuada cterta agroal imentaria neconar; Que, la agricultura contribuye con et 62.8% de la crena naciooal de alimentos y es el principal sustento de vida para la pob laci60 rura l, sin embargo, debido a que 0010 el 34% de la superficie agricola del pa ls esta bajo riego y se concentra principalmente en la costa yel 66% de la agricultura se conduce bajo secano, dependiendo exclusivamente de las lIuvias , asl como por la confluencia de otras variables, la agricultura peruana es muy vulnerable al cambio climatico; Que , los Jefes de Estado y de Gobiemo de America latina y el Caribe y de la UniOn Europea partic ipantes en la reciente Qu inla Cum bre, han susaito la denominada Declaraci6n de Lima estableciendo entre olros acuerdos, alcanzar un resu ltado comprensivo y globa lmente acordado bajo el Plan de Acci6n de Bali, a mas tardar en el ana 2009, para permiti r la implementaci6n plena , efectiva y sostenida de la Convenci60 Marco de Nacianes Unidas sobre Cam bia Climatico -UNFCCC, a traves de acciones de cooperad60 a largo plazo y, en tal contexto, buscaran facilita r iniciativas conjunlas en el area de Ia mitigaci6n del cam bia climatico y Ia adaplaci6n a sus efeclos adversos, incluyendo el fortalecimiento de los mecanismos del mercado de carbono y Ia aplicaci60 de otros instrumentos como el Fonda Especial sabre Cambia Clima tico y el Fondo para los Parses Menos Desarrollados bajo Ia UNFCCC, asr como el Fondo de Adaptaci6n del Protocolo de Kioto y Ia A1ianza Globa l con tra el Cam bio Climatico de la Uni60 Europea; Que, es necesario respaldar medidas orientadas a la promociOn y apoyo a la adaptaciOn de las pob laciones rura les para mitigar los impactos adversos del cam bio cl imatico sobre el agro y sus consecuencias en el ~crecimiento econ6mico y la seguridad alimentaria de Edichas poblaclones: g Que, acorde con la pol itica de modemizaciOn del c Ministerio de Agricultura y sabre Ia base del Decreto ; Legislativo NO 997, que aprueba Ia l ey de Organizaci6n y t Funciones del Ministerio de Agricultura, resulla necesaria Ia c:conf0rmaci6n de un crupooeTrabajoTecncoqce promueva, a:; coord ine, articule e impulse Ia generaci6nde un adecuado ;:iconocimiento de Ia vulnerabilidad del Sector Agrario par ~ cuencas y microcuencas y proponga los instrurnootos ;:irecese-os para su edaptacon al cambia climatico , con Ia j,: finalidad de conbiooir a que la producci6n de alimenlos en l ias distintas regiones del pais no se Yea amenazada; c De con form idad , con 10dispuesto por la ley N° 29158 .£:· l ey Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto l eg islat ivo ~ N° 997 - ley de Organizaci6n y Funcio nes del Ministerio Cde Agricu ltura; ~ ~ SE RES UELVE : Articulo 1°. Constituci6n ConstibJ ir el Grupo de Traba jo 'recrscc de Seguridad Alimentaria y Cambio cumatco, encargado de proponer la vlslcn sectorial del cambia cllmafico en los sistemas productivos agrarios del pais y recomendar med idas que onenten prccesos y accooes institucio nales y Ia articulaciOn intersectorial para la adaptaciOn al cambia cnrnaucc med iante la reducci6n de ta vulnerabilidad de l agro, con la final idad de con tribui r con la seguridad agroalimentaria del Peru. Et Grupo de Trabajo 'recucc de Seguridad Al imentaria y Cambia Climatico dependera de l Ministerio de Agricultura, quien le proporclo nera el apoyo tecrsco y administrativo que pueda requerir y los recursos para su funcionamiento. Articulo r .-Confonnaci On El Grupo 'recucc de Segu ridad Al imentaria y Cambio Climatico, estara conformado par los sigu ientes mlem bros : El Vieeministro de Agricu ltura , 0 su representante, qu ien 10presldlra: Un representante del Despacho Vtceministerial, qu ien actuara como $ecretario 'recnco: Un representante del $ervicio Nacional de San idad Agraria - SENASA; Un representanle de la Ofic ina General de Plan ificaciOn Agraria del Minislerio de Agricultura ; Un representante de la otrecccn General de mrormacion Agra ria del Ministerio de Agricultura ; Un representante del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y ConservaciOn de Suelos PRONAMACHCS; Un representante de la Unidad de Agronegocios del Ministerio de Agricultura ; Un representante del Programa de Encauzamiento de Rios y Protecci6n de Estruclura de Captaci6n -PERPEC, del tnstiluto Nacional de Recursos NabJrales - INRENA; • Un representante de l Instituto Nacional de Recursos Naturales -lNRENA ; Un representante de la DirecciOn General de PromociOn Agraria del Ministerio de Agricultura ; Un represenlante del lnstituto Nacional de InnovaciOn Agraria - INIA; y El Jefe de la Unidad de Defensa Nacional de l Ministerio de Agricultura . De ser el caso, y para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Grupa Tbcn ico de Seguridad Al imentaria y Cambia Climatico podra convocar la participaciOn y colaboraci6n de los profesianales de las diferentes dependencias del Sector que se encuentren vincu lados con la tematica 0 las acciones relacionadas con sus actividades, asl como coordinar con las instituciones del sector publico y privado competentes en la materia. Articulo 3".- Designaci6n detos re pr eS8nt antes los integantes del Grupe> de Trabajo Tbcnico de Seguridad A1imootariay Cambia Climatico seran designados III NORMAS LEGALES 377381 mediante Resoluci6n del TrbJlar de la Entidad correspoodente en Ell pIazo de diez (10) dias habile s, contados a parti r de Ia E fedla de Ia publicaci6n de Ia presente Resoluci6n. 8 § Articulo 4D. Activldades '" EI Grupo de Trabajo 'recucc de 5eguridad Alimentaria i: y Cambia Climatico, reenaara las siguienles actividades: I\.< "4.1 Sistematizar la informaciOn generada en el Sector '" re lacio nada con estudios de la vu lnerabilidad del ag ro ante ~ la variabilidad cnrnauca y las experiencias que pudieran ~ replicarse para la adaplaci6n al cambio cnmasco. ~ 4.2 Participar y apoya r et desarrollo de las accones i. de imp lemeotaciOn Sectorial re laci onadas con la Segunda 'c Comunicaci6n Naclona l concemrente at cambia climal ico .s coororrne 10 establece la Convenci6n Marco de las x Naciones Unidas sabre asia maleria. E' 4.3 Promover el desarrollo y forta lecimienlo de ~ las capacid ades del sector para facilitar el proceso de ~ integraci6n de la terre nce del Cambio Climatico en la planificaci6n, disetio y elecuclcn de proyectos . 4.4 EJaborar Y proponer Iinewnienlos de politica sectorial, estrategia, planes y proyectos, para Ia reducci6n de Ia vulnerab~idad delagro Ysu adaptaci6n aI cambio d irmilico. 4.5 DiseFiarun mecanismo que armonice los enfoques e instrumentos ex istentes sobre el uso sostenible de los recursos naturales, gest i6n de riesgos y atencen de emergeocias , para la reducci6n de la vulnerabilidad del agro y su adaptaci6n al cambio cnmenco. Disponen pubtleaclon de la U sta de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para animales, registrados en el mes de j uni o de 2008 RESOLUCtON DIRECTORAL N° 1262-2008-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 21 de jul io de 2008 CONSIDERANDO: Que, sequn el Articulo 30" del Reglamento de Organizaci6n y Funcionesdel Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, aprobado par Decreto Supremo N° oo8-2005-AG, el SENASA Iiene, entre et-as funciones, la de estab lecer mecanismos de control, reg istro y fiscalizaci6n respecto de insumos de uso animal, asl como biolOgicos y tennacos. igualmenle conduclr el registro de las empresas producloras y/o comerci alizadoras de estos insumos; Que,elArticulo 14° del Reglameoto de Reg istro,Control y Comercializaci6n de Productos de Uso Veterinario y AJimento para animales, eprobadc par Decreto Supremo N° 015-98-AG , establece que el $ENASA pubhcera 4.6 Contribuir eo la articulaci6n y cumplim iento de los instrumentos derivados de los compromisos internaciooales asumidos par er PeN. 4.7 Idenlificar y propone r los mecanismos de ccordinacicn y artculacco mull isectorial en los tres niveles de Gobierno y alianzas con el sector empresari al y los productores agrarios . 4.8 DiseFiar y proponer una hoja de nrta sectorial priorizada para la reoecccn de la vulnerabilidad del agro y su adaptaci 6n al cambio cnmasco. Articulo 5°. Gastos Los gastos individuales que irJ'09ue a los integrantes del Grupo de Trabajo 'recncc de Seguridad A1imentaria y Cambio Climatico eI cumplimiento de 10 dispuesto en Ia presente Resoluci60, oeberan ser cubierlos con cargo a los presupuestos instilucionales de sus respectivas entidades. Articulo 6°. Debar de Infor mar perl6dlcamente El Grupo Tecnlco de $eguridad Alimeolaria y Cambio cumaucc informara peri6d icamenteal Despacho Ministerial score et desarroll o, avarice y resultados obten idos como prod uctc de sus activida des. Regist rese, comun iquese y publiquese. ISMAEL BENAVIDE S FERREYROS Ministro de Agricu ltura 233563-2 mensualmenle en el Diario Oficial EI Peruano, la relaci6n de productos de usa veterinario registrados en el mes anterior ; Que , con Memorando N° 2756-2008-AG-SENASA DIAIA-SDIP, de techa 04 de julio de 2008 , la Subdirecci6n de Insumos Pecuarios de Ia Direcci6n General de Insumos Agropecuarios e lnocuidad Agroal imenlaria del Servicio Naciooal de Sanidad Agraria-SENASA, ha remitido et Iislado de Productos de Uso Veterinario y AJimentos para animales registrados durante el mes de junio de 2008 , a erectos de dar cumplim iento a 10que dispone el Articulo 14° del n ee-etc Supremo N° 015-98-AG; De conformid ad con la gesoiuccn Jefatural N° 044 2006-AG-SENASA; el Decreta Supremo N° 015-98-AG , Y el Decreto Supremo N° oo8-2005-AG; y con la visaci6n del Director General de Asesoria Jurid ica; SE RESUELVE: Articulo Onlco.- Disponer la publ icaci6n en et Diario Oficial EI Peruano de la Usia de Produclos de Uso Veterinario y Alimentos para animales , registrados en el mes de junio de 2008 en la Subd irecci6n de Insumos Pecuarios de la Direcci6n General de lnsumos Agropecuarios e Inocuidad Agroal imenlaria de l Servicio Naciooal de Sanidad Agraria - SENASA, que se detalla seguidamente : N' NUMERO DE NOMBRECOMERCIAL ORIGEN EMPRESA RESPONSABLE DEL FECHADE REGISTRO REGISTRO REGISTRO 1 oo11KJ1Kl575 AVIPRO V1BURSACE EillJ LENDER PERU SA """""" 2 001201007 res NEWBROOZ VN:; IR<S< MOllTANASA '""""'" 3 F5520lrol GANAMINOVIT ESPANA PHARTECSA C. 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