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Laws of Peru

Resolución Nº 567-2016-MINAGRI ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 016-2015-MINAGRI, Texto único de procedimientos administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI)

Made 2016-11-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, legal proceedings/administrative proceedings, soil conservation/soil improvement, governance

Where to read it

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  1. 604104 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2016 / El Peruano PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego - TUPA MINAGRI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0567-2016-MINAGRI Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTO: El Memorando N° 1279-2016-MINAGRI-OGPP/ ODOM, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre modifi cación de procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego - TUPA MINAGRI; y, CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 016-2015-MINAGRI, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego - TUPA MINAGRI, modifi cado por Decreto Supremo N° 017-2016-MINAGRI y por las Resoluciones Ministeriales Nº 0012-2016-MINAGRI y 0301-2016-MINAGRI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciendo una nueva estructura orgánica de este Ministerio; Que, el objetivo general de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, el numeral 38.5 del artículo 38 de la mencionada Ley, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, la Metodología de Simplifi cación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, aprueba y establece las disposiciones a las entidades públicas para la eliminación y simplifi cación de 604105NORMAS LEGALESDomingo 13 de noviembre de 2016 El Peruano / procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral; Que, mediante Informe Técnico N° 091-2016-MINAGRI ODOM/OGPP, expedido por la Ofi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización, remitido con el Memorando N° 1279-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, emite su conformidad para la modifi cación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA del MINAGRI, que comprende la propuesta de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, mediante el Informe N° 107-2016-MINAGRI DVDIAR-DGAAA-DERN y, la determinación de los órganos llamados a resolver los recursos de reconsideración en los casos de los procedimientos administrativos 7, 8 y 9, dada la modifi cación de la estructura del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, producida en virtud del Decreto Supremo N° 018-2016-MINAGRI; por lo que el referido Informe Técnico concluye en “(…) como medida de simplifi cación en los procedimientos administrativos N° 12 y 13 sobre Inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos y su Renovación, la eliminación del requisito de acreditación documentaria “Copia de la habilitación vigente del colegio profesional respectivo” y la actualización del Formulario P-5. En el marco del Decreto Supremo N° 018-2016-MINAGRI, que modifi ca el ROF del MINAGRI, corresponde la modifi cación de los procedimientos 7, 8 y 9 respecto a la autoridad que resuelve el trámite y al instancia de recurso de reconsideración”; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la simplifi cación de los procedimientos administrativos contenidos en los numerales 12 Inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos; y, 13 Renovación de Inscripción en el Registro de Especialistas en Levantamiento de Suelos, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego - TUPA MINAGRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2015-MINAGRI, modifi cado por Decreto Supremo N° 017-2016-MINAGRI y por las Resoluciones Ministeriales Nº 0012-2016-MINAGRI y 0301-2016-MINAGRI, conforme al Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Modifi car los procedimientos administrativos 7 Refrendo de los Certifi cados de Elegibilidad de Cuotas de Exportación de Azúcar que otorga el Gobierno de los Estados Unidos de América al Perú; 8 Emisión del Certifi cado de identifi cación individual de alpacas y/o llamas para exportación; y, 9 Inscripción y actualización en el Registro de Cooperativas Agrarias, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Agricultura y Riego - TUPA MINAGRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2015-MINAGRI, modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 0012-2016-MINAGRI y 0301-2016-MINAGRI; y, Decreto Supremo N° 017-2016-MINAGRI, conforme al Anexo 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Asimismo, se establece que el órgano competente para resolver los procedimientos administrativos 7 y 9 es la Dirección General Agrícola y, en el caso del procedimiento administrativo 8, la Dirección General de Ganadería. Artículo 3.- Modifi car el Formulario P-5, Solicitud para la Inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos o Renovación de Inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Levantamiento de Suelos, según el Anexo 3, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Los Anexos 1, 2 y 3 serán publicados en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1452618-1

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