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Laws of Peru

Resolución Nº 559/06/EF - Perfiles de los proyectos de inversión pública en saneamiento declarados en emergencia

Made 2006-10-02 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Waste and hazardous substances
Keywords
waste management, non-governmental entity, soil rehabilitation, subsidy/incentive, institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance

Where to read it

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  1. Autorizon 10cpncccren de contenidos minimos adecuados de los Perfiles de los proyectos de inversion publica en saneomiento declarodos en emergencio RESOLUCION MINISTERIAL N° 559·2006·EF· 15 (publicada en el Diorio Oficiol "EI Perucno" el4 de octubre de 2006) Lima, 2 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de 10 Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificado por el articulo cmco de 10 Ley W 28802, dispone que el Ministerio de Economia y Pmcnzos. a troves de 10 Direccion General de Prcqromccion Multionual del Sector Publico, es 10 mas alta autoridad tecnlco normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Dicta las normas tecnicos. metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el articulo 3 de 10 Ley N° 28870, Ley para optimizor 10 oesflon de las Entidades Prestodoros de Servicios de Sonecmlento. declara en emergencia par e! termino de 365 enos. los crcvectos de agua y oesooce para 10 prestocion de los servicios de saneamiento que elabore y apruebe 10 Direccion Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivien do, Construcclon y Scneornlento. 10 misma que elobcrorc y oproboro 10 relccion de provectos pricrltcrios de agua y descque a ejecutarse en el marco de 10 emergencia; Que, 10 citada Ley N° 28870 dispone que para 10 eiecucicn de los proyectos en lntroestructoro de soneomlento. 10 viabilidad sera otorgada can 10 oprobocron del estudio de orelnverslon a nivel de perfil: ostmtsmo. dispone que 10 viabilidad sera otorgada a los proyectos que a 10 fecha de entrada en vigencia de dicha Ley se encuenlren en 10 lase de prefcctibilidcd y toctibilidod: Que, en ese sentido, teraendose en cuenta que 10 decloroclon de viabilidad de los provectos es otorgada como resultado de las evolvociones tecnicos que reollzon los oruonos del Sistema Nacional de Inversion Publica, es necesario establecer los niveles y contenidos minimos para que dichas evaluaciones sean realizadas contando con 10 informacion precisa; Que, el Decreta Supremo W 020-2006-VIVIENDA declara en estado de emergencia 10 infraestructura para 10 presto cion de servicios de saneamiento por el termlno de 365 cfos y senoia los proyectos que seron eiecvtodos en el marco de 10 mlsmo. disponiendo que 10 viabilidad de etches orovectos sera otorqooo can un estucao de preinversicn a nivel de perfil, cuvo contenido sera aprobado par Resolucion Ministerial del Ministerio de Economic y Finanzas en coorolnocton con el Ministerio de Vivien do, Construcclon y Saneamiento; Que, se han realizado las coorcnnoclones necesortos con los crconcs tecmcos el Sector Vivien do, Construcclcn y Saneamiento; En uso de las tocultooes contenoos por el Decreto Legislativo W 183, Ley Org6nica del Ministerio de Economia y Finanzas y 10 Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 157-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- AutorlzacJon del contenido minlmo de los Perfiles para los Proyectos de Inversion Publica en Saneamiento enmarcados en 10 emergencia declarada par 10 Ley N° 28870 Y el Decreto Supremo N° 020-2006-VIVIENDA 1.1 Autorizose 10 opllcocion del contenroo rnlnirno del estucno de prelnversion a nivel de Perfil para los proyectos de inversion publica en saneamiento que involucran obras prim arias, enmarcodos en 10 emergencio declarodo por 10 Ley N° 28870 Y el Decreto Supremo W 020-2006-VIVIENDA el msmo que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolucton. 1.2 Autorizose 10 oplicocion del contenido minimo del estudio de preinversion a nivel de Perfil para los provectos de inversion publica en soneamiento que no involucran obros prlmonos. enmarcados en 10 emergencio declarada por 10 Ley N° 28870 Y e! Decreto Supremo N° 020-2006-VIVIENDA el mismo que, como Anexo II. forma parte integronte de 10 presents Resolucion Las entidades que formulen los provectos a que se reneren los numerales precedentes. oplicoron el contenido que se opruebo por 10 presente Resolucion. solomente. durante el plazo del estado 0 situocton de emerqencto. vencido el mtsmo. dicho contenido minimo queooro sin efecto. Articulo 2.- Aplicacion de los contenidos mi"nimos autorizados a los proyeetos de Inversion publica que cuentan con estudios de prelnverstcn Los conlenidos minimos outorizodos por el articulo 1 de 10 presente Resoluclon. son aplicables a los proyectos cuyos perfiles esten en eloborocion. presentodos para evoluocicn. en evolcocicn u observodos. Asimismo. son de opllcocion para los orovectos con perfiles aprobados y con outonzoclon para la eloborocion del estudio de prefoctibilidod 0 factibilidod. siempre y cuando dicho estudio no se encuentre en eloboroclcn. en virtud a un contrato suscrito 0 por comlnistroclcn directa 0 st su elobcrocion he side obieto de un ccnvenio internacional de finonciamiento 0 documento similar. En coso contrario. el estudio debero culminarse para su evoluoclon v. de corresoonoer. su posterior declaratoria de viabilidod. Ademos. los contemoos minimos ovtonzooos por el articulo 1 de 10 presente Resolucion. son aplicables para complementar 10 informacion de los proyectos cuyos estudios de prefactibilidad esten en eloboroclon. presentodos para evoluoclcn. en evoluoclon u observcoos. Asnnrsmo. son de opncoclon para los orovectos con estuoros de prefoctibilidod aprobados y con outonzoclon para 10 eloboroclon del estudio de factibilidad, siempre y cuonoo. este ultimo no se encuentre en eloboroclon. en virtud a un contrato suscrito 0 por odmlntstroclcn directa. En coso contra rio, el estudio de factibilidad deberc culminarse para su evoluocion y de corresponoer. su posterior declarotorio de viabilidad. Articulo 3.- Proyectos de Inversion Publica en Saneamiento Los contenroos minimos outorizados por 10 presente Resolucion no son de oollccclon a los proyectos de inversion publica en soneomiento declarados en emergencia, que se enmarquen en el Articulo 21 inciso 21.1 literal b) de 10 Directivo General del Sistema Nacional de Inversion Publico, oproboda por 10 Resolucion Directoral W 002-2007-EF/68.01, a los cuales les es de opllcocicn el Anexo SNIP 05 Contenido Minima de Perfil de un Proyecto de Inversion Publico.' Articulo 4.- Prohlblclcn de cpucccten indebida de los contenidos minimos y de 10 dedaratorla de emergencla I Articulo moomcoco por el Ar/iculo i de 10 Resolucion Ministerial N° 163-2007-EF-15, publico do en el Diorio Onere! "EI Peruono" el 04abril2007. Los contenidcs minimas ovtonzooos par la presente Resolucion no pueden ser aplicados para la tormutoclon de proyectos cuya ejecucion a 10 eloborocton de los estudios definitivos 0 expediente tecnlco se haya iniciado antes de la vigencia de 10 presente norma sin haber contado can los estvdios de preinversicn respecftvos: ni para proyectos que hoven sida evoluooos y rechozcdos. bajo responsabilidad de 10 Unidad Formuladora y de 10 Oficina de Proqrornocion e Inversiones que evolue dichos proyeetos. Articulo S.- Vigencia La presente norma entra en vigen cia el mismo dlo de su publlcocion. Articulo 6.- Pubnccctcn de los Anexos Disponer 10 publicocion de los contenidos minimos autorizados por la presente Resoluci6n en la pcoino web de to Direcci6n General de Programaci6n Multianual del Sector Publico (http://ofi.mef.gob.pe). Reqlstrese. comuniquese y publiquese. LUIS CARRANZA UGARTE Mrnrstro de Economla y Flnanzas

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