Resolución Nº 547-2013-MEM ─ Términos de Referencia para Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión con características comunes o similares en el Subsector Electricidad
Made 2013-12-13 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Energy
- Keywords
- energy conservation/energy production, financing, transport/storage, business/industry/corporations, environmental impact assessment (EIA), environmental standards, inspection, standards, protection of environment
- Categories
- *
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Normas Legales del 19.12.2013 54 Aprueban Términos de Referencia Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, la Autoridad Nacional del Agua – ANA, el para Estudios de Impacto Ambiental Ministerio de Cultura, el Ministerio del Ambiente y el de proyectos de inversión con Ministerio de Agricultura y Riego; características comunes o similares en Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación el Subsector Electricidad de Impacto Ambiental, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, RESOLUCIÓN MINISTERIAL aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, el Nº 547-2013-MEM/DM Decreto Supremo Nº 060-2013-PCM, mediante el cual se aprobaron disposiciones especiales para la ejecución Lima, 13 de diciembre de 2013 de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada, el CONSIDERANDO: Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones Que, a través de la Ley N° 27446 se creó el Sistema del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA Supremo Nº 031-2007-EM; como una herramienta transectorial de gestión ambiental que permite la conservación del ambiente en la realización SE RESUELVE: de actividades o ejecución de proyectos de inversión susceptibles de generar impactos ambientales negativos, Artículo 1º.- De la aprobación así como la protección de la salud de la población Apruébese los Términos de Referencia para los involucrada; Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión Que, el artículo 9º de la ley citada, expresa que la que presentan características comunes o similares, autoridad competente podrá establecer los mecanismos relacionados con el Subsector Electricidad, que a para la clasificación y definición de los Términos de continuación se detallan: Referencia de los estudios de impacto ambiental de actividades comunes en el sector correspondiente, - Para Estudios de Impacto Ambiental Detallados (EIA- procediendo en tales casos el titular a la elaboración d): del estudio de acuerdo con los términos de referencia correspondientes; TdR-ELEC-01 : Proyectos de Centrales Hidroeléctricas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM TdR-ELEC-02 : Proyectos de Líneas de Transmisión. se aprobó el Reglamento de la Ley 27446, cuyo objeto es TdR-ELEC-03 : Proyectos de Centrales Térmicas. lograr la identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales - Para Estudios de Impacto Ambiental Semidetallados (EIA-sd): negativos derivados de los proyectos de inversión privada, pública o de capital mixto; TdR-ELEC-04 : Proyectos de Centrales Hidroeléctricas. Que, el literal e) del artículo 8º, en concordancia TdR-ELEC-05 : Proyectos de Líneas de Transmisión. con el artículo 39° del citado reglamento, expresa que TdR-ELEC-06 : Proyectos de Centrales Térmicas. las autoridades competentes a cargo de la evaluación de los estudios ambientales tienen como función, Artículo 2º.- De la aplicación entre otras, aprobar los Términos de Referencia para Dichos Términos de Referencia deben ser aplicados por la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental los titulares de proyectos de inversión, para la elaboración detallado y semidetallado para proyectos que presenten de los estudios de impacto ambiental correspondientes, características comunes o similares, en cuyo caso los los cuales estarán sujetos a evaluación y, de ser el caso, titulares presentarán directamente el estudio ambiental la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos elaborado, para su revisión y aprobación; otorgará la conformidad respectiva; en caso contrario, esta Que, de acuerdo al literal e) del artículo 91º del autoridad procederá a formular las observaciones que Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de correspondan, de acuerdo al procedimiento administrativo Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031- respectivo. 2007-EM, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos-DGAAE tiene entre sus funciones, evaluar Artículo 3º.- De la Publicación y aprobar los estudios ambientales referidos al Sector La presente Resolución Ministerial será publicada en Energía que se presenten ante el Ministerio de Energía el Diario Oficial “El Peruano” y, los Términos de Referencia y Minas; referidos en el Artículo 1º en el Portal institucional del Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 060-2013- Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). PCM, mediante el cual se aprobaron disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos Artículo 4º.- De la Vigencia administrativos y otras medidas para impulsar La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia proyectos de inversión pública y privada, señala al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El en el numeral 1 de su artículo 2º, que las entidades Peruano”. públicas que intervienen en el procedimiento para la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental Regístrese, comuníquese y publíquese. Detallados y Semidetallados, deberán aprobar conjuntamente términos de referencia para proyectos JORGE MERINO TAFUR con características comunes, los mismos que deberán Ministro de Energía y Minas ser utilizados por los administrados para la elaboración de los estudios antes referidos; 1028859-1 Que, en función a las disposiciones legales citadas, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticas, Imponen servidumbre de acueductos, ha elaborado los Términos de Referencia para los Estudios de Impacto Ambiental Detallados y Semidetallados de embalses, obras hidroeléctricas, de proyectos de inversión que presentan características paso y de tránsito a favor de concesión comunes o similares relacionados con el Subsector Electricidad: Proyectos de Centrales Hidroeléctricas, definitiva de generación con recursos Proyectos de Líneas de Transmisión y Proyectos de energéticos renovables de la que es Centrales Térmicas; titular Empresa Eléctrica Agua Azul Que, estos términos de referencia han sido elaborados de manera coordinada con las autoridades competentes S.A. para emitir opinión técnica, con las demás autoridades administrativas involucradas y con la respectiva publicidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL para el conocimiento de la opinión pública en general; N° 551-2013-MEM/DM asimismo, cuenta con la opinión técnica del Servicio Lima, 13 de diciembre de 2013