Resolución Nº 458-2020-PRODUCE — Modifica la Resolución Nº 386-2008-PRODUCE, que crea la Comisión Especial para la gestión de los recursos destinados a la investigación y capacitación pesquera, y el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial aprobado por Resolución Nº 831-2008-PRODUCE
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About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- institution, research, governance
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25NORMAS LEGALESMartes 12 de enero de 2021 El Peruano / PRODUCE Modifican el artículo 1 de la R.M. Nº 386-2008-PRODUCE y el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial aprobado por R.M. Nº 831-2008-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00458-2020-PRODUCE Lima, 30 de diciembre de 2020 VISTOS: El Informe N° 00000033-2020-PRODUCE/ DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y el Informe N° 00000836-2020-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, señala que el Ministerio de Pesquería (hoy, Ministerio de la Producción), destinará de sus recursos propios y para fi nes de investigación científi ca, tecnológica y capacitación, un porcentaje de los derechos que graven el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, Decreto Legislativo N° 1047, establece la estructura orgánica del Ministerio de la Producción considerando al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; Que, el artículo 2 de la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), dispone que se cree dicha entidad como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2020, modifi ca la conformación del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), así como la regulación de la estructura orgánica básica del mismo, señalados en el Decreto Legislativo N° 95; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, dispone una nueva estructura orgánica de la entidad, estableciendo las funciones de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001 PE, señala que el Ministerio de la Producción destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fi nes de investigación científi ca, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos que recaude por concepto de concesiones y permisos de pesca; y que dichas actividades y proyectos serán previamente analizados y evaluados por una Comisión Especial que contará con la participación del sector pesquero privado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE se constituye la Comisión Especial a que se refi ere el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca, la cual está conformada por: El Viceministro de Pesquería, quien la presidirá, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), el Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el Director General de Políticas y Desarrollo Pesquero, quien actuará como Secretario Técnico, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, un representante de la Sociedad Nacional de Pesquería, un representante de la Asociación de Armadores Pesqueros del Perú, un representante de la Asociación de Armadores de nuevas embarcaciones pesqueras, y un representante de la Asociación Nacional de Armadores Pesqueros - Ley Nº 26920; Que, conforme a los considerandos precedentes y de acuerdo al análisis realizado en el Informe N° 00000033-2020-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, resulta necesario adecuar la conformación de la Comisión Especial debiendo incorporarse al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera en lugar de la Asociación de Armadores Pesqueros del Perú, teniendo en cuenta sus competencias, y actualizar la denominación respecto al Despacho Viceministerial en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Presidencia Ejecutiva del IMARPE; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Legislativo N° 1047; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modifi catoria; la Ley General de Acuicultura, Decreto Legislativo N° 1195; y del Decreto de Urgencia N° 015 2020, que modifi ca el Decreto Legislativo N° 95; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE Modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE, el cual quedará redactado conforme al siguiente texto: “Artículo 1.- Conformar la Comisión Especial a que se refi ere el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la cual estará integrada por: El/la Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, quien la presidirá; El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto del Mar del Perú (IMARPE); El/la Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES); El/la Presidente/a del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); El/la Director/a General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, quien actuará como Secretario/a Técnico/a; El/la Director/a General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Un/a representante de la Sociedad Nacional de Pesquería; Un/a representante de la Asociación de Armadores de nuevas embarcaciones pesqueras; y Un/a representante de la Asociación Nacional de Armadores Pesqueros – Ley Nº 26920. Esta Comisión Especial se rige por las disposiciones aplicables a las Comisiones Sectoriales previstas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158.” Artículo 2.- Modifi cación del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial aprobado por Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE Modifi car el artículo 4 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial aprobado por 26 NORMAS LEGALES Martes 12 de enero de 2021 / El Peruano Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE, el cual quedará redactado conforme al siguiente texto: “Artículo 4.- Conformación 4.1 La Comisión Especial estará integrada por diez (10) miembros: El/la Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, quien la presidirá; El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto del Mar del Perú (IMARPE); El/la Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES); El/la Presidente/a del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); El/la Director/a General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, quien actuará como Secretario/a Técnico/a; El/la Director/a General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Un/a representante de la Sociedad Nacional de Pesquería; Un/a representante de la Asociación de Armadores de nuevas embarcaciones pesqueras; y Un/a representante de la Asociación Nacional de Armadores Pesqueros – Ley Nº 26920.” Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1918917-1 SALUD Designan Jefa de Equipo de la Dirección de Control y Vigilancia de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2021/MINSA Lima, 11 de enero del 2021 Visto, el expediente N° 20-123260-001 que contiene la Nota Informativa Nº 455-2020/DG/DIGESA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 285-2020/ MINSA, de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Jefe/a de Equipo (CAP – P Nº 1086) de la Dirección de Control y Vigilancia de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, se encuentra clasifi cado como Directivo Superior de libre designación; Que, con el documento de Visto, la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria propone designar a la señora CARMEN EUDOSIA PUEMAPE VALLEJO, en el cargo señalado precedentemente; Que, a través del Informe Nº 970-2020-EIE-OARH OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la acción de personal solicitada; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora CARMEN EUDOSIA PUEMAPE VALLEJO, en el cargo de Jefa de Equipo (CAP – P Nº 1086), Nivel F-3, de la Dirección de Control y Vigilancia de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. Regístrese y comuníquese. PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1918896-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2021-VIVIENDA Lima, 11 de enero de 2021 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Oscar Uldarico Malaspina Quevedo, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1918912-1