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Laws of Peru

Resolución Nº 392-2016-PRODUCE ─ Fórmula para Asignar Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur

Made 2016-10-12 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
international agreement-implementation, marine fisheries, marine fishes, high seas, fishing vessel, legal proceedings/administrative proceedings, registration, allocation/quota, fishery management and conservation, aquatic animals, maritime zone

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  1. 601584 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2016 / El Peruano Establecen fórmula para asignar cuota de jurel a que hace referencia el numeral 5.6 de los lineamientos aprobados en el artículo 1 de la R. M. N° 262- 2016-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 392-2016-PRODUCE Lima, 12 de octubre de 2016 VISTOS: el Informe N° 362-2016-PRODUCE/DGP Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero y el Informe N° 287-2016-PRODUCE-OGAJ de CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que la actividad extractiva realizada por embarcaciones de bandera extranjera será supletoria o complementaria de la realizada condiciones establecidas en la referida Ley y su Reglamento, así como en los acuerdos internacionales que el Perú celebre sobre la materia, los cuales no podrán contravenir los requisitos comúnmente exigidos Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, esta entidad tiene como una de sus funciones rectoras dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, Que, por Decreto Supremo N° 002-2015-PRODUCE se creó el Registro Único de Embarcaciones Pesqueras que realizan Actividades Pesqueras en la Zona de Alta Mar, a fin de establecer medidas orientadas a autorizar, acreditar, controlar y supervisar la actividad pesquera de embarcaciones de bandera peruana en el ámbito de la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur, así como promover el desarrollo de la actividad pesquera nacional en la Que, mediante Resolución Legislativa N° 30386 se aprobó la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros a través de la aplicación del criterio de precaución y del enfoque basado en los ecosistemas, para salvaguardar los ecosistemas marinos que albergan la Convención para la Conservación y Ordenamiento de Que, el Informe N° 362-2016-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, señala que la Organización Regional de Ordenamiento medidas de conservación y ordenamiento aplicables a por naves que enarbolen los pabellones de los Miembros y de las Partes No Contratantes Cooperantes incluidas en el Registro de Naves de la citada Organización y los tonelajes de participación de esta captura que corresponde a cada Miembro y Parte No Contratante Que, mediante Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE se aprueban los “Lineamientos para Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización de una parte o del total de la cuota del recurso jurel asignada al Perú por la OROP- PS de manera supletoria o complementaria a las actividades extractivas realizadas del Organismo Regional citado, conforme a las Medidas de Conservación y Manejo que la OROP- PS establezca, Que, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, dispone que la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Ministerio de la Producción establecerá la fórmula para asignar la cuota de jurel en el ámbito de la Convención, a que hace referencia el numeral 5.6 de los Que, mediante el Informe N°362-2016-PRODUCE/ General de Políticas y Desarrollo Pesquero propone cumplimiento a lo establecido por la Resolución Ministerial De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, y la Resolución SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer como fórmula para asignar la cuota de jurel a que hace referencia el numeral 5.6 de los lineamientos aprobados en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 262- 2016-PRODUCE, la siguiente: Siendo: Donde: expresada en toneladas métricas. C: Cuota de jurel disponible a ser asignada a los actores extranjeros, expresada en toneladas métricas. VPi: Valor por tonelada que está dispuesto a pagar supletoria o complementaria a la cuota de jurel disponible, en el marco de la OROP. Se recomienda que dicho valor esté expresado en dólares americanos. Di: Variable dicotómica, en razón del destino de desembarque. Di=1 cuando el destino de desembarque es Perú. Di=0 cuando el destino de desembarque es distinto al Perú. n: Es el número total de expresiones de interés mostradas por los actores extranjeros. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial deberá ser publicada en el Portal Institucional del www.produce.gob.pe Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1440973-3

Resolución Nº 392-2016-PRODUCE ─ Fórmula para Asignar Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur · Nelum