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Laws of Peru

Resolución Nº 359/98/PE - Implementa la tercera etapa del Programa de racionalización de la flota pesquera cerquera de mayor escala

Made 1998-07-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
fishing vessel, policy/planning, total allowable catch, fishery management and conservation

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  1. Pag. 162318 Lima, viernes 17 dejulio de 1998 Implementan la tercera etapa del Pro grama de Racionallzacl6n de la Fiola pesquera C8rquera de Mayor EscaIa RESOLUClONMlNlSTERW.. N" 8S9-98-PE Lima, 16 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2° del Decreto Ley N" 25977 - Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Naci6n los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionalesdel Peruy, enconsecuencia, corresponde al E&tado regular el manejo integral y la explotaci6n racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Quelos Artlculos 43°y44°de lacitada Ley, disponen que para la operaci6n de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especffico que el Mini&terio de Pesquerla otorga a plazodeterminadopara el desarrollo de la actividad pesque ra; Que el Articulo 4° del Decreto Supremo N" 010-97oPE, estableceque las medidas de reducci6n del esfuerzo pesque ro sa aplican tambien, en caso de los recursos plenamente explotados, cuando la dimensi6n de la flota, 0 la sustituci6n de embarcaciones que no hayan realizado esfuerzo pesque ro significativo, pueda potencialmente poner en riesgo de 8Obreexplotaci6na un recurso 0 puede implicar la reducci6n signit'icativa de los dlas de pesca del conjunto de la flota; Que mediante la Re801uci6n Ministerial N" 781-97-PE, de fecha 3 de diciembre de 1997, sa dispuso la implementa ci6n del Programa de Racionalizaci6n de la Flota Pesquera Cerquera de Mayor Escala, orientado a la regulaci6n del esfuerzo pesquero, presarvaci6n y explotaci6n racional de diehos recursos y a la conservaci6n del medio ambiente marino, aSI como a contribuir en los aspectos de seguridad en la operaci6n de las embarcaciones pesqueras; . Que como parte de dicho Programa sa dispuso que las embarcaciones pesqueras conslgnadas en el anexo de la resoluci6n mencionada en el considerando precedente,de bfan presentar a mas tardar el 1 de marzo de 1998, el Certificadode Inspecci6n de Condici6n0,altemativamente, el Peritaje de Garantfa de acuerdo a 10 dispuesto en la Resoluci6n Ministerial N" 030-98-PE, a tin de ser conside radas para efectos de la su&tituci6n de igual capacidad de bodega a que sa refiere el Articulo 24° de la Ley General de Pesca y los Articulos 19° y 20° de su Reglamento; Que por Resoluci6n Ministerial N° 132-98-PE, se modi ficaron los terrninos de referencia del Certificado de Inspec ci6n de Condici6n a que se refiere el Articulo 5° de la Resoluci6n Ministerial N" 781·97-PE; Que de la evaluaci6n del conjunto de embarcaciones pesqueras dedicadas a la extracci6n de los recursos ancho veta y sardina que han presentado los Certificados de Inspecci6n de Condici6n 0 Peritajes de Garantfa, se ha verm.cado que un deterrninado grupo de embarcaciones reglstra en los Ultimos dos dos (1996-1997) volumenes de extracci6n que indican un considerable nivel de ineficiencia operativa y productiva, por 10 que es necesario dictar las medidas de regulaci6ndel esfuerzo pesquero que se encuen tran enmarcadas en el Programa de Racionalizaci6n de la FlotaPesqueraCerquerade Mayor Escala que elMinisterio de Pesquerla viene implementando de manera progresiva; De conformidad con 10establecido en el ArtiCulo 4° del Decreto Supremo N" 010-97-PE y las facultades otorgadas al Ministerio de Pesquerla mediante la Decimo Tercera de las D1sposicionesComplementarias, Transitorias y Finales del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N" 01-94-PE; Con la opini6n favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1°. Implementar la tercera etapa del Progra ma de Racionalizaci6n de 1a Flota Pesquera Cerquera de Mayor Escala, orientado a la regulaci6n del esfuerzo pes quero, preservaci6n y explctacion racional de los recursos anchoveta (Engrau1is ringens) y sardina (Sardinops sagax) y a 1a conservaci6n del medio ambiente marino, asf como a contribuir en los aspectos de seguridad en 1a opera ci6n de las embarcaciones pesqueras, Articulo 2°.-Como partede dicho Programa,lasembar caciones pesqueras consignadas en e1anexo de la presente reso1uci6n s610 seran consideradas para los efectos de la sustituci6n de igual capacidad de bodega a que se refiere el Articulo 24° de la Ley General de Pesca y los Artfeulos 19° y 24° de su Reglamento hasta e1dia 11de setiembre de 1998. Vencido dicho plazosinque los armadores hayan acreditado 10estab1ecidoen los Artfculos 3 64 de la presenteresolucion, las embarcaciones seran incluidas en el Anexo V de la Resoluci6n Ministerial N" 200-98-PE. Hastael vencimiento del plazo a que se refiere e1parrafo anterior, cualquier armador pesquero podra presentar soli citudes de autorizaci6n de incremento de flota mediante 1a sustitucion de las embarcaciones consignadas en elanexo de la presente resolucion, siempre que dichas solicitudes se destinen a embarcaciones que cuenten con autorizaci6n de incremento de flota 0 permiso de pesca para la extracci6n de recursos subexplotados 0 10hayan solicitado de conformi dad con el D.S. N" 002-98-PE. Articulo 3°. Los armadores y empresas pesqueras cuyas embarcaciones se encuentren consignadas en el anexo que forma parte integrante de la presente resoluci6n, podran solicitar a mas tardar hasta.e117 de agosto de 1998, 1a revisi6n de las descargas de sus embarcaciones, aeredi tando informaci6n de descargas 0 desembarques mayores a las consignadas en el mencionado anexo para los aftos 1996 1997, a efectos de solicitar 1a reconsideraci6n de su ubicaci6n en el mismo; mediante la presentaci6n de los siguientes documentos: a) Certificados Anuales de Aportaciones a la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador correspondien tes a los citados anos, en los que se especifique nombre de la embarcaci6n, numero de matrfeula y los volumenes de descarga 0 desembarque declarados por el armador 0 em presa pesquera; 0, b) Reportes y facturas emitidas por las empresas recep toras de la materia prima. Articulo 4°; Los armadores y empresas pesqueras cuyas embarcaciones sa encuentren consignadas en el anexo de la presente resoluci6n, podran solicitar, de consi derarlo pertinente, 1a exclusion de sus embarcaciones ante la Direcci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pes querta, para cuyo efecto deberan cumplir con prssentar antes del plazo establecido en el Articulo Segundo, el Certiflcado de Inspecci6n de Condici6n de la embarcacion emitido conforme a los terrninos de referencia establecidos en la Resoluci6n Ministerial N° 132-98-PE. Articulo 5°. La Direcci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pesquerfa, mediante Resolucion Directoral sa pronunciara sobre las solicitudes presentadas conforme al Articulo 3°delapresenteresoluci6n. Encaso de que la solicitud con la informacion de descarga presentada fuera declarada infundada, los arm:adores podran presentar el Certificado de Inspecci6n a que se hace referencia en el articulo anterior y dentro del plazo establecido en el Articulo 2", a efectos de ser excluidos del anexo de la presente resoluci6n. Articulo 6".- Sin perjuicio de las sanciones administra tivas que correspondan de -acuerdo al ordenamiento legal pesquero, de verificarse la falsedad dela informaci6n pre sentada por los armadores y empresas pesqueras, para los efectos de 10dispuesto en la presente reso1ucipn, la Direc ci6n Nacional de Extracci6n procedera a remitir 10actuado al Procurador PUblico del Ministerio de Pesquerla para los efectos de que evalue las acciones penales y civiles a que hubiere'lugar. Regfstrese, comumquese y publlquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquerla Lima, viemes 17 de julio de 1998 Pag.162319 ANEXO DESCARGA DE EMBARCACIONES PESQUERAS CON PERMISO DE PESCA PARA ANCHOVETAlSARDlNA 1996-1997 N' EllBAIICAClON MATRICUU CAJI-IIOD ANoINlC. DESCARGAS l11Il ARMADDR m3 CONST. 1 1987 1 tlHAV\J6 3l11.W 1!lll2 7,838 8,395 EPI::I;CA S.A. 2 C&Z3 CE·I887.cM 156.30 1965 4,063 2,109 JACOBO CAVENAGO REBAZA 3 CAMILA CQ.1252S-CM 104.00 1963 1,836 1,459 INV. CAREY SA 4 CAPRICORNlO I CQ.1457.cM 58.03 1959 143 m PESOUERA CAPRICORNIO S.A. 5 com MAR I CE-6262-PM 187.57 1964 4,883 4,427 PESOUERA ACUARIUS S.R.L. 8 COSTA MAR~II CQ.14981·PM 158.98 1963 vsn PESOUERA COSTA MAR S.R.Ltda. 7 COMANCHE I CE-4051·PM 4Ol!.ll6 1970 9,094· 2,441 EMPRESA PESOUERA MAUl SA 8 DANUBIO CE·I2518-PM 382.53 1989 10,036 5,594 PESQUERA LABAROUIl1I S.A. 9 DON MILTON CE·5718.cM 133.88 1965 1,356 2,512 PESOUERA BETHEL SA 10 FERNANDO 4 CE'3039-PM 208.52 1ge7 1,177 2,487 ISAAC CHU GAMARRA Y CONYUGE 11 RORELlA CE-I335-CM 102.00 1965 478 PESOUERA DON MODESro SA 12 RSHERMAN ~ 97.19 1982 1,432 1,923 PESOUERA GAlAXY SRI. 13 GABRIELA V CQ-ll054-PM 381.00 1991 5,402 9,427 PESOUERA RODGA S.A. 14 JEOUETEPEOUE 7 SE-351....PM 196.36 1967 4,343 3,728 PEEA MAJESA S.R.L. 15 JUNIN 3 MQ.24Ol!-PM 375.26 1971 4,704 10,090 PEEA CEMBAU S.R.L 16 MARANATHA CE·l0409-PM 20212 1966 VlCroRCRISOlOGO ESPEJO 17 MARISOLIi PT-5242-cM 110.68 1985 1,125 MARIANO JESUS PERICHE PINGQ 18 MARITIMA·I CE-8818.cM 127.40 1964 2,651 1,373 INv.CAREY SA 19 MARTIN CO-4632·PM 325.00 1970 5,175 1,002 INV.CAREY S.A. 30 MAYNAS-6 1O-2401-PM 342.00 1989 4,588 8,496 PEEA PESQUERA ncANI S.R.L 21 MERO CE-e330-PM 202.00 1968 2.496 PESOUERA SANTA INES S.R.L 22 PEGASO CQ.5802·PM 399.96 1967 8,744 10,149 POSElOON SA 23 PM-6 CE·I869-PM 104.87 1963 2,307 870 JUAN M.NUNEZ DELOS RIOS 24 POLAR XI CQ-l031....PM 402.58 1992 6,708 5,971 PESOUERA POlAR SA 25 RODGA-I CQ-14259-PM 497.53 1993 2,458 12,340 PESQUERA RODGA SA 26 SAN PEDflO..4 CQ.2005-PM 327.27 1979 7,157 8,430 PEEA DELFIN S.R.L. 27 SENA CE·I2513-PM 383.83 1989 4,384 PESOUERA ELCANGREJO S.A. 28 TIBER CE·I251....PM 381.41 1989 6,995 7,966 PESOUERA ELlANGOSTINO SA 29 TIJNO CE·I2512·PM 390.;18 1989 8,158 PESQUERA ELLANGOSTINO S.A. 30 URUBAMBA8 P$-8407·PM 198.83 1966 4,246 2,114 PESOUERA AUSTRAL SA 7978

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