Resolución Nº 354-2018-MEM ─ Crea los Comités de Gestión e Información Minero Energético
Made 2018-09-18 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Energy, Mineral resources
- Keywords
- institution, data collection/reporting, legal proceedings/administrative proceedings, sustainable development, capacity building, good practices, governance
- Categories
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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34 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de setiembre de 2018 / El Peruano Cusco habrían acatado la huelga, no registrándose Que, conforme al reporte emitido por la Dirección participación de otras regiones; de Relaciones Intergubernamentales de la Dirección Que, el artículo 20 del Decreto Supremo N° 017- General de Gestión Descentralizada y lo informado 2007-ED, Reglamento de la Ley N° 28988, Ley que por la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Declara la Educación Básica Regular como Servicio Dirección General de Desarrollo Docente, se advierte Público Esencial, en adelante el Reglamento, señala que la suspensión de las labores de los docentes que, “la huelga será declarada ilegal por la Dirección iniciado el 17 de setiembre de 2018 continúa al 18 de Regional de Educación si es a nivel regional; o, por el setiembre de 2018; razón por la que se hace necesaria Ministerio de Educación, si es a nivel nacional: a) si se la intervención del Sector, a fin de declarar su ilegalidad; materializa sin que la respectiva Organización Gremial Con la visación del Viceministerio de Gestión haya comunicado la declaración de huelga a la instancia Pedagógica, del Viceministerio de Gestión Institucional, de gestión educativa descentralizada; b) si se materializa de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la no obstante haber sido declarada improcedente; c) Dirección General de Gestión Descentralizada y de la por haberse producido, con ocasión de ella, tomas de Oficina General de Asesoría Jurídica; local, obstrucción de vías o carreteras y violencia sobre De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley bienes o personas; d) por incurrirse en cualquier forma Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, irregular de suspensión del servicio educativo como modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28988, paros o cualquier otro tipo de interrupción del referido Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio, por decisión unilateral del personal directivo, Servicio Público Esencial; el Decreto Supremo Nº jerárquico, docente, auxiliar de educación, administrativo 017-2007-ED que aprueba el Reglamento de la Ley y de servicio, de las Instituciones Educativas Públicas Nº 28988; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU de la Educación Básica Regular, cualquiera sea la que aprueba el Reglamento de Organización y denominación que se le dé, que no constituya el Funciones (ROF) del Ministerio de Educación; y, las ejercicio del derecho de Huelga declarada de acuerdo al facultades delegadas mediante Resolución Ministerial presente Reglamento; e) por no cumplir los respectivos N° 007-2018-MINEDU, modificada por la Resolución gremios con garantizar la permanencia del personal Ministerial N° 297-2018-MINEDU; directivo de las Instituciones Educativas Públicas de la Educación Básica Regular, necesario para asegurar SE RESUELVE: la continuidad de los servicios y actividades en dichas Instituciones Educativas; f) por no ser levantada después Artículo 1.- Declarar ILEGAL la Huelga Indefinida de notificada la solución definitiva que ponga término a que llevan a cabo los docentes de la Región Cusco, al la controversia”; incurrir en los supuestos previstos en los literales b) y Que, mediante Informe N° 736-2018-MINEDU/ d) del artículo 20 del Decreto Supremo N° 017-2017- VMGP-DIGEDD-DITEN de fecha 18 de setiembre de ED, Reglamento de la Ley N° 28988, Ley que Declara 2018, la Dirección Técnico Normativa de Docentes, la Educación Básica Regular como Servicio Público señala que: i) De acuerdo al informe sobre la paralización Esencial, en atención a los fundamentos expuestos en la docente por huelga reportada por la Dirección General parte considerativa de la presente resolución. de Gestión Descentralizada, materializada a través Artículo 2.- La Secretaría General pondrá en de los cuadros que forman parte del Memorándum conocimiento del Órgano de Control Institucional del N° 422-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED, en la región Gobierno Regional de Cusco, el contenido de la presente Cusco, el día 17 de setiembre de 2018 el 6.7% (1,167) resolución, para determinar el cumplimiento y uso docentes, y el día 18 de setiembre de 2018 el 3.6% adecuado de los fondos públicos. (623) docentes, han suspendido el servicio educativo de manera irregular; ii) La comunicación sobre el acuerdo del reinicio de la huelga indefinida a partir del 17 de Regístrese, comuníquese y publíquese. setiembre de 2018, comunicada por el señor Ernesto Meza Tica, quien se apersona como Secretario General JESSICA REÁTEGUI VELIZ del Sindicato Unificado de Trabajadores en la Educación Secretaria General - SUTER - Cusco, ha sido declarada improcedente a través de la Resolución de Secretaria General N° 1693157-1 224-2018-MINEDU; iii) Corresponde al Ministerio de Educación declarar la ilegalidad de la Huelga Nacional Indefinida convocada para su reinicio a partir del 17 de ENERGIA Y MINAS setiembre de 2018, comunicada por el señor Ernesto Meza Tica, quien se apersona como Secretario General del Sindicato Unificado de Trabajadores en la Educación Crean los “Comités de Gestión e Información - SUTER - Cusco, al incurrir en los supuestos previstos Minero Energético”, a ser constituidos en en los literales b) y d) del artículo 20 del Decreto Supremo cada Región N° 017-2007-ED; Que, el artículo 17 del Reglamento señala que RESOLUCIÓN MINISTERIAL la competencia para resolver las comunicaciones de Nº 354-2018-MEM/DM huelga es del Ministerio de Educación, en caso que organizaciones gremiales de nivel regional declaren Lima, 18 de setiembre de 2018 la huelga con un pliego de reclamos específico de competencia exclusiva del Gobierno Regional, será VISTOS: El Informe Nº 160-2018-MEM/OGGS de la conocida y resuelta por la Dirección Regional de Oficina General de Gestión Social; y, el Informe Nº 867- Educación en primera instancia y el Gobierno Regional en 2018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría segunda instancia; en el presente caso se observa que la Jurídica; comunicación de huelga presentada por la organización gremial regional contenía un pliego de reclamos a nivel CONSIDERANDO: nacional, razón por la que el Ministerio de Educación declaró su improcedencia a través de la Resolución Que, el numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley Nº 27783, de Secretaría General N° 224-2018-MINEDU; en ese Ley de Bases de la Descentralización, establece que el sentido, el sector resulta competente para pronunciarse gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales sobre la ilegalidad, a consecuencia del acatamiento de la mantienen relaciones de coordinación, cooperación y huelga convocada en dicha región; apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro Que, el último párrafo del artículo 20 del Reglamento, del ejercicio de su autonomía y competencias propias, establece que la Resolución que declara la ilegalidad de articulando el interés nacional con los de las regiones y la huelga será emitida de oficio dentro de los dos (2) días localidades; de producidos los hechos y es impugnable dentro del Que, el literal a) del numeral 23.3 del artículo 23 tercer día de expedida; de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
El Peruano / Miércoles 19 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 35 establece que para el ejercicio de las competencias a) Dos representantes del Ministerio de Energía compartidas, en las funciones que son materia de y Minas, uno de los cuales se desempeñará como descentralización, corresponde a los ministerios Presidente del Comité y el otro como Secretario Técnico coordinar con los gobiernos regionales y locales la del Comité, y; implementación de las políticas nacionales y sectoriales, b) Un representante de la Gerencia y/o Dirección y evaluar su cumplimiento; Regional de Energía y Minas de cada Región, Que, el literal a) del artículo 45 de la Ley Nº 27867, correspondiente. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es c) Representantes de otras entidades públicas y competencia exclusiva del Gobierno Nacional, definir, privadas de alcance nacional o regional, cuando sean dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y convocados por los Comités. sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las Los representantes del Ministerio de Energía y realidades regionales, concordando el carácter unitario y Minas se designarán mediante Resolución de Secretaría descentralizado del gobierno de la República; General. Los Presidentes de cada Comité organizan y Que, conforme lo establecen los artículos 2 y 4 de proponen la agenda, efectúan las convocatorias para las la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del reuniones a ser desarrolladas, y otras funciones que se Ministerio de Energía y Minas, éste es un organismo del disponga en los lineamientos de los Comités. Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho La Secretaría Técnica brinda a los Comités el público y constituye un pliego presupuestal; y, ejerce apoyo técnico y administrativo necesario para su competencias en materia de energía, que comprende funcionamiento y el cumplimiento de su objeto; elabora electricidad e hidrocarburos, y de minería; y conserva las actas de cada sesión y los reportes de Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 8.10 avances; determina la frecuencia de las reuniones en del artículo 8 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y coordinación con el Comité; y, realiza otras funciones Funciones del Ministerio de Energía y Minas, corresponde que le asigne la Presidencia del Comité. a éste efectuar las coordinaciones intersectoriales e Cada Comité podrá invitar a representantes de otras interinstitucionales, a fin de cumplir con los objetivos entidades públicas y privadas para el mejor cumplimiento establecidos para la entidad, ejercer sus funciones y de su objeto a fin que brinden su colaboración, competencias asignadas; asesoramiento o apoyo, sin que ello genere gastos Que, los numerales 16.4 y 16.5 del artículo 16 de adicionales al Tesoro Público. la Ley Nº 30705 Ley de Organización y Funciones del Se puede designar a un representante alterno de los Ministerio de Energía y Minas, corresponde a éste titulares de los Comités, mediante comunicación escrita implementar mecanismos de coordinación y articulación dirigida a la Presidencia del Comité. con los gobiernos regionales para el ejercicio de las funciones que se derivan de las competencias exclusivas Artículo 3.- Objetivos de los Comités y compartidas, así como otros que considere pertinente; Los Comités tienen las siguientes funciones: asimismo, el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 031- 2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y 3.1 Tomar conocimiento e informar de los Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece compromisos y obligaciones a cargo de las entidades que el Ministro de Energía y Minas tiene la función, entre públicas y privadas, en relación con las actividades que otras, de expedir resoluciones ministeriales relativas al se desarrollan en las Regiones al que corresponde el Sector Energía y Minas; Comité. Que, a través del Informe Nº 160-2018-MEM/OGGS, la 3.2 Promover mecanismos de transparencia y acceso a la información dirigidos a las poblaciones sobre temas Oficina General de Gestión Social propone la creación de minero energético. los Comités de Gestión e Información Minero Energético 3.3 Identificar y promover las buenas prácticas que tengan como objetivo lograr el fortalecimiento de minero energéticas para un mejor relacionamiento de la gobernabilidad y gobernanza en el sector minero las empresas con las poblaciones asentadas en torno al energético nacional, siendo necesario que las políticas desarrollo de sus operaciones. públicas se mantengan coordinadas en todos los niveles, 3.4 Coordinar e impulsar con los Gobiernos para promover la coordinación y articulación entre el Regionales la identificación y avances de proyectos de gobierno nacional y los gobiernos regionales desde los desarrollo y bienestar social en favor de las poblaciones espacios territoriales, fortaleciendo mecanismos efectivos relacionadas a las operaciones y proyectos mineros y de coordinación y cooperación; energéticos. Que, por ello resulta conveniente que acorde con las competencias del Ministerio de Energía y Minas, se cree Artículo 4.- Instalación de los Comités de Gestión los Comités de Gestión e Información Minero Energético e Información Minero Energético como un mecanismo de coordinación y articulación de Los Presidentes de los Comités otorgarán el Acta de alcance regional, en relación con el desarrollo sostenible constitución del mismo, dentro de un plazo máximo de de actividades mineras y energéticas; 15 días hábiles, desde su designación. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Artículo 5.- Presentación de Informes de los Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Comités Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado Los Comités de Gestión e Información Minero por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Energético presentan un informe trimestral al Ministro de Energía y Minas sobre los avances y acciones SE RESUELVE: desarrolladas, o cuando se solicite.
Artículo 6.- Financiamiento Artículo 1.- Creación y objeto de los Comités El cumplimiento de las funciones de los Comités Créase los “Comités de Gestión e Información se financia con cargo al presupuesto institucional del Minero Energético” como un mecanismo de coordinación Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos y articulación de alcance regional, en relación con adicionales al Tesoro Público. el desarrollo sostenible de actividades mineras y energéticas. Artículo 7.- Lineamientos de los Comités de Los Comités serán constituidos en cada Región, Gestión e Información Minero Energético a través de la suscripción del Acta correspondiente, de En un plazo no mayor a los treinta (30 días) manera progresiva y de acuerdo a la priorización que calendario, computado a partir del día hábil siguiente de la determine el Ministerio de Energía y Minas. publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Energía y Minas aprueba Artículo 2.- Conformación de los Comités los Lineamientos necesarios para el funcionamiento de Cada Comité tiene la siguiente conformación: los Comités. 36 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de setiembre de 2018 / El Peruano Artículo 8.- Publicación ITEM DESCRIPCIÓN Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas Servicios de arrendamiento, cesión, arrendamiento (www.minem.gob.pe). 28 financiero o retroarrendamiento financiero de inmubles, maquinarias, vehículos y equipos. Regístrese, comuníquese y publíquese. Servicio de diseño, fabricación, montaje industrial, 29 eléctrico y mecánico, instalación, armado y desarmado de FRANCISCO ISMODES MEZZANO maquinaria y equipo necesario para el proyecto. Ministro de Energía y Minas Servicios de inspección, control de calidad, mantenimiento y reparación de maquinaria, vehículos, u otro equipo 1692782-1 30 mobiliario utilizado en el proyecto. Incluye el control de calidad de los referidos bienes. FE DE ERRATAS 31 Servicios de pesaje de carga, bienes y vehículos. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Servicios de mantenimiento, mejoramiento y señalización N° 341-2018-MEM/DM 32 de carreteras, caminos de acceso, caminos de acarreo y otras vías vinculadas con la ejecución del proyecto. Mediante Oficio N° 1350-2018-MEM/SEG, el Ministerio Seervicios de perfilaje, afirmado, compactación y de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la 33 pavimentación de terrenios. Resolución Ministerial N° 341-2018-MEM/DM, publicada en la edición del día 14 de septiembre de 2018. Servicios de instalación y mantenimiento de campamentos 34 y de otros instalaciones necesarias para el proyecto. DICE: 35 Servicios de limpieza. Servicios de eliminación de desperfectos y aguas ANEXO II: LISTA DE SERVICIOS 36 residuales, saneamiento. ITEM DESCRIPCIÓN Servicios de transporte, manejo, almacenamiento, 37 disposición y eliminación de residios sólidos, líquidos y Servicios topográficos, geodésicos, geofísiscos, otros desperfectos o materiales 1 geotécnicos, geoquímicos, geológicos y de propspección 38 Servicios de almacenamiento y depósito. Servicios de ensayos e inspección de todo tipo de 2 Servicios de pruebas pre-ocupacionales y puesta en materiales, productos y minerales. 39 marcha. 3 Servicios de auditoría de recursos y reservas del mineral. 40 Servicios de asesoría en relaciones comunitarias. 4 Servicios de preparación y análisis químicos de muestras Servicios de consultoría y estudios técnicos vinculados a Servicios de preparación de muestras Estándares de 41 la preparación, modificación y ampliación de instrumentos 5 Control (estándar Reference Material - SRM). de gestión ambiental. 6 Estudios de suelo y subsuelo. 42 Estudios hidrogeológicos 7 Estudios meteorológicos. Servicios relacionados con la protección ambiental, 8 Estudios y servicios metalúrgicos 43 control, monitoreo, remediación y gestión ambiental, 9 Servicios de cartografía Digital. incluye el plan de monitoreo arqueológico. 10 Servicios de perforación Servicos de gestión para la obtención de permisos y 44 autorizaciones. Monitoreo de las infraestructura de la disposición de 11 45 Servicos de comunicaciones. relaves, ripios y desmontes. 12 Estudios de reservas y de yacimientos. 46 Servicios de sistemas imformáticos. 13 Servicios de excavación, relleno y de canteras. Servicios de edición y suminsitro de programas de 47 informática. 14 Servicios electromecánicos. Servicios de base de datos y distribución de línea de 15 Servicios de arquetectura e Ingeniería. 48 contenidos electrónicos Servicios de transporte y suministro de concreto pre- Servicios de reclutamiento, dotación, capacitación,, 16 mezclado, agua para la construcción; así como los demás 49 supervisión y entrenamiento del personal. materiales necesarios para la realización del proyecto. Servicios de investigación del personal y empresas Servicios de extracción, suministro y manejo de agregados 50 17 proveedoras. y fabricación de concreto pre-mezclado. Servicios de salud, médicos y hospitalarios, así como de Servicio de supervisión de obras y de otras operaciones 51 18 suministros de medicamentos. vinculadas con la ejecución del proyecto. Servicios de seguridad y vigilancia de las instalaciones de Servicios portuarios, de muelles (marítimos y fluviales) y 52 19 proyectos y del personal. amarraderos 53 Servicios de seguros y reaseguros. 20 Servicios de voladura Servicios de rescate, auxilio, entrenamineto y respuesta Servicios de suministro de energía eléctrica, gas,vapor, y 54 21 a emergencias agua. Servicios de seguridad industrial, contraencendios, 22 Servicio de suministro de combustible. 55 salud ocupacional y planes de contingencia así como Servicio de alojamiento, alimentación, provisión y capacitación, estudios y asesoría en control de riesgos. 23 suministro de alimentos y viveres. Servicios de asesoría, consultoría, estudios técnicos 24 Servicio de transporte por vía terrestre, acuática y área. 56 especiales y auditorías destinadas a las actividades del Servicios ofrecidos por agencias de viaje vinculados con proyecto. 25 Servicios legales y de contabilidad de teneduría de libros y el proyecto. 57 Servicios de desaduanaje, destinación aduanera, de auditoría; así como asesoría en materia tributaria. 26 logísticos y serviciosvinculados con la im´portación de Servicios de gerenciamiento, control de proyectos, bienes y despachos aduaneros. incluyendo control y estimaciones de costos, 58 Servicios de equipamiento, provisión y suministro de administración, contabilidad, logístca y recursos 27 materiales, equipos, herramientas e insumos a las humansdo. actividades del proyecto. 59 Servicios de levantamiento catastral