Resolución Nº 344-2015-MINAGRI ─ Lineamientos de Política de la Inversión Pública en Desarrollo Forestal 2015-2021
Made 2015-07-03 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- financing, forest management/forest conservation, forest service, subsidy/incentive, sustainable use, afforestation/reforestation, business/industry/corporations, community management, internal trade, international trade, timber extraction/logging, local government, Indigenous Peoples, investment
- Categories
- *
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Normas Legales del 17.07.2015 3 modernización tiene el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, transparente en su gestión y con servidores públicos califi cados para la gestión pública; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085 2012-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de abril de 2012, se aprobó el Plan de Acción del Perú para su incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto 2012 - 2014, que contiene compromisos del Estado peruano en materia de transparencia y acceso a la información pública, integridad pública, participación ciudadana, gobierno electrónico y mejoras en los servicios públicos; Que, el citado Plan de Acción fue presentado en la Segunda Reunión de la Alianza para el Gobierno Abierto que se realizó en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, los días 17 y 18 de abril de 2012, con lo cual nuestro país, desde esa fecha, se incorporó formalmente a dicha alianza como miembro pleno; Que, la Alianza para el Gobierno Abierto, es una iniciativa multilateral que tiene como objetivos mejorar los niveles de transparencia y rendición de cuentas de la Administración Pública mediante la apertura de datos; promover y expandir los mecanismos de participación ciudadana en los asuntos públicos que les conciernen, y generar la colaboración entre entidades públicas y sociedad civil para la búsqueda e implementación de soluciones a los problemas públicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de enero de 2013, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; precisándose en su noveno objetivo específi co asegurar la transparencia, la participación, la vigilancia y la colaboración ciudadana en el debate de las políticas públicas y la expresión de opinión sobre la calidad de los servicios públicos y el desempeño de las entidades; Que, en el marco de la referida Política Nacional se han venido implementando los compromisos del mencionado Plan de Acción; sin embargo, ha culminado el periodo de vigencia del mismo, por lo que es necesario la elaboración y aprobación de un nuevo plan, de acuerdo con los lineamientos brindados por la Alianza para el Gobierno Abierto; Que, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha liderado el proceso de elaboración del Plan de Acción de Gobierno Abierto 2015 2016, el mismo que se ha realizado de manera participativa y descentralizada, habiendo participado entidades públicas, organizaciones de la sociedad civil, gremios empresariales, universidades, colegios profesionales y la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; y en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modifi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan de Acción de Gobierno Abierto Aprobar, con efectividad a enero de 2015, el Plan de Acción de Gobierno Abierto 2015 – 2016, que contiene los compromisos del Estado peruano en materia de transparencia y acceso a la información pública, rendición de cuentas, participación ciudadana; y mejoras en los servicios públicos, así como, las acciones necesarias, plazos y entidades públicas responsables de su implementación. Artículo 2.- Seguimiento y evaluación del Plan de Acción de Gobierno Abierto La Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para el Seguimiento de la Implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto, realizará el seguimiento y evaluación de la ejecución del referido plan, debiendo defi nir los mecanismos y periodicidad de reporte por parte de las entidades públicas responsables. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y el Plan de Acción de Gobierno Abierto 2015 - 2016 deberá ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1264282-1 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Lineamientos de Política de la Inversión Pública en Desarrollo Forestal 2015-2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0344-2015-MINAGRI Lima, 3 de julio de 2015 VISTO: Los Ofi cios N° 0232 y 0404-2015-MINAGRI-DVPA DIPNA/DGPA, de la Dirección General de Políticas Agrarias, proponiendo la aprobación de los Lineamientos de Política de la Inversión Pública en Desarrollo Forestal 2015-2021; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 23.3 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que para el ejercicio de las competencias compartidas, en las funciones que son materia de descentralización, corresponde a los Ministerios “b) Dictar normas y lineamientos técnicos para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones”; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego MINAGRI, dispone que este diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria, ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; asimismo, el artículo 4 establece como ámbito de competencia del MINAGRI, entre otros, los recursos forestales y su aprovechamiento; Que, en el Perú los bosques, plantaciones forestales, sistemas agroforestales y terrenos de aptitud forestal abarcan la mayor parte del territorio, razón por la que es necesario contar con un marco de política de inversiones que reconozca su valor e importancia para la sociedad, permitiendo visibilizar las relaciones y conexiones que tiene el Sector Forestal con otras agendas de desarrollo igualmente importantes, como son la producción de energía limpia, la provisión de agua para consumo y regadío, el turismo y otros usos del suelo que mantienen vínculos directos con las actividades forestales; Que, conforme al artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, una de las funciones de la Dirección General de Políticas Agrarias es proponer y conducir la formulación de políticas nacionales y sectoriales, planes sectoriales y normas en materia agraria, en coordinación con los órganos y los organismos públicos adscritos al MINAGRI; Que, con los documentos del visto, la citada Dirección General, en coordinación con el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha presentado al Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, los Lineamientos de Política de Inversión Pública para el Desarrollo Forestal 2015-2021, cuyo propósito es consolidar la ejecución de las inversiones que lleva a cabo el Estado contribuyendo a incrementar la productividad y competitividad del Sector Forestal, en un marco de desarrollo sostenible, generando procesos de inclusión social, a través de la articulación de las actividades forestales a los mercados; Normas Legales del 17.07.2015 4 Que, los referidos Lineamientos se encuentran enmarcados dentro de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, y contribuye a una intervención coordinada de los sectores público y privado, con el fi n de lograr una mejor calidad de vida de la población rural; Que, por las consideraciones expuestas y, en el marco de las funciones técnico normativas del Ministerio de Agricultura y Riego, resulta necesario aprobar los Lineamientos de Política de la Inversión Pública en Desarrollo Forestal 2015-2021; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos de Política de la Inversión Pública en Desarrollo Forestal 2015-2021, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en los Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe) y, del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1263679-1 Aprueban “Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0365-2015-MINAGRI Lima, 14 de julio de 2015 VISTO: El Ofi cio Nº 0296-2015-MINAGRI-DGESEP-76-DSEP del Director General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, proponiendo la aprobación de Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala como funciones generales de los Ministerios la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como también aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, aprobado por Decreto Legislativo N° 997, modifi cado por Ley N° 30048, establece que el MINAGRI diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; y, ejerce la rectoría en relación con ella, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno; Que, mediante el artículo 5 de la acotada Ley N° 30048, se modifi ca la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciendo que la Alta Dirección está conformada, entre otros, por el Viceministerio de Políticas Agrarias, el cual está encargado de formular, planear, coordinar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial en materia agraria, de conformidad con las disposiciones legales vigentes; Que, conforme a los artículos 48 y 49 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Políticas Agrarias, encargado de conducir y realizar el seguimiento y supervisión del cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales, planes sectoriales y normas correspondientes en materia agraria, y de los objetivos de los programas y proyectos especiales, evaluando su impacto en el desarrollo del Sector; Que, en concordancia con las facultades atribuidas en el mencionado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas ha elaborado y propuesto los “Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales”; a fi n de defi nir los roles y responsabilidades de los actores intervinientes, contribuir a la mejora continua y fortalecimiento de la gestión institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, sustentados en el Informe N° 039-2015-MINAGRI DGESEP-DSEP; Que, a través del Informe N° 0113-2015-MINAGRI DVPA-DIPNA/DGPA la Dirección General de Políticas Agrarias ha dado conformidad a la aprobación de los citados Lineamientos; Que, en el marco de las funciones técnico normativas del Ministerio de Agricultura y Riego, que le permite dictar las disposiciones normativas de su competencia, corresponde aprobar los “Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales”; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y conjuntamente con los Lineamientos aprobados en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1263679-2 Designan representante del Ministerio ante el Proyecto Especial Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0366-2015-MINAGRI Lima, 14 de julio de 2015