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Resolución Nº 316-2016-MINAM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 007-2010-MINAM, Texto único de procedimientos administrativos (TUPA) del Ministerio del Ambiente (MINAM)

Made 2016-10-25 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Environment
Keywords
institution, legal proceedings/administrative proceedings, air quality/air pollution, pollution control, governance

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  1. 602683NORMAS LEGALESJueves 27 de octubre de 2016 El Peruano / Modifican formulario y el TUPA del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 316-2016-MINAM Lima, 25 de octubre de 2016 Vistos, el Memorando N° 588-2016-MINAM/VMGA/ DGPNIGA de fecha 25 de octubre de 2016 de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° 905-2016-MINAM/SG/ OPP de fecha 25 de octubre de 2016 de la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto que remite el Informe N° 056-2016-MINAM/SG/OPP/RAC; y el Informe N° 327-2016-MINAM/SG/OAJ; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; y constituye un pliego presupuestal; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, es un documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 numeral 1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el TUPA de las entidades debe comprender, entre otros, todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente, el cual fue modifi cado mediante Resoluciones Ministeriales N° 273-2011-MINAM, N° 040-2012-MINAM, N° 224-2012-MINAM y N° 170-2013-MINAM; Decreto Supremo N° 011-2014-MINAM, Decreto Supremo N° 007-2015-MINAM y Resolución Ministerial N° 363-2015-MINAM; Que, de conformidad con el Principio de Simplicidad previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar y el numeral 10 del artículo 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, en el numeral 3 del artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; Que, en este contexto, mediante Memorando N° 588-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA, el Director General de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental señala que de la evaluación y revisión del Procedimiento N° 4 del TUPA del MINAM a su cargo, concluye que es necesario precisar el contenido del Formato de Solicitud del Procedimiento N° 4 del TUPA, sin que ello implique de modo alguno el incremento de requisitos; y que debe ser considerado como un procedimiento gratuito; Que, asimismo, señala que la modifi cación planteada infl uye positivamente en el administrado considerando que aumentará la predictibilidad y dispondrá de un pronunciamiento de la Autoridad Ambiental Nacional en un plazo determinado a partir de Información Básica, sin que exista la necesidad de solicitar información o precisiones adicionales; Que, el artículo 38, numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé que toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, para la revisión y aprobación del proyecto de TUPA o de su modifi catoria, se debe contar, entre otros aspectos, con el Informe Técnico de la Ofi cina de Planeamiento que sustente y destaque los cambios contenidos en el proyecto, así como, los avances en la simplifi cación administrativa de los procedimientos administrativos (reducción de plazos de atención, requisitos o costos); además del Formato de sustentación legal y técnica del procedimiento administrativo contenido en el TUPA de la Entidad; Que, atendiendo a lo antes señalado y de conformidad con el procedimiento establecido para ello, mediante Informe N° 056-2016-MINAM/SG/OPP/RAC, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del MINAM sustenta técnicamente los cambios contenidos en la propuesta de modifi cación del Procedimiento 04 del TUPA del MINAM que optimiza el procedimiento a través de precisiones en el contenido del Formulario y que elimina costos; emitiendo opinión favorable; Que, de la revisión efectuada a los actuados, se advierte que la modifi cación que se propone está referida a la eliminación del costo del derecho de tramitación, dado que pasa a ser gratuito y se realiza precisiones respecto de la información contenida en el Formulario: DGPNIGA-SEIA-01, utilizado en el citado procedimiento administrativo; Que, estando a lo anteriormente expuesto, la modifi cación que se propone se encuentra en el marco de lo dispuesto en el artículo 38, numeral 38.5, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, al no implicar la creación de nuevos procedimientos, el incremento de derechos de tramitación o requisitos, correspondiendo su aprobación por Resolución Ministerial; Con el visado de la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; y el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM y modifi cado mediante Resoluciones Ministeriales N° 273-2011-MINAM, N° 040-2012-MINAM, N° 224-2012-MINAM y N° 170-2013-MINAM; Decreto Supremo N° 011-2014-MINAM, Decreto Supremo N° 007-2015-MINAM y Resolución Ministerial N° 363-2015-MINAM, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Modifi car el Formulario: DGPNIGA SEIA-01, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial su Anexo y Formulario en el diario ofi cial El Peruano; en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente – MINAM (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 602684 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2016 / El Peruano TE XT O ÚN IC O DE P RO CE DI M IE NT OS A DM IN IS TR AT IV OS D EL M IN IS TE RI O DE L AM BI EN TE ( TU PA M IN AM ) Nº D E OR DE N DE NO M IN AC IÓ N DE L PR OC ED IM IE NT O Id en tifi ca ció n de la a ut or ida d co m pe te nt e y/o d et er m ina ció n de e xig ibi lid ad d e ce rti fi c ac ión am bie nt al en e l m ar co d el Si ste m a Na cio na l d e Ev alu ac ión d e Im pa cto Am bie nt al SE IA , a pli ca ble a Pr oy ec to s d e In ve rs ión q ue n o se en cu en tre n inc lui do s e n el Lis ta do de l A ne xo II d el Re gla m en to d e la Le y d el SE IA o e n no rm a leg al ex pr es a, o cu an do e xis tie ra n va cío s, su pe rp os ici on es o de fi c ien cia s n or m at iva s. Ba se L eg al : A rtí cu los 3 º y 1 6º d e la Le y N º 27 44 6 L ey d el Si ste m a Na cio na l de E va lua ció n de Im pa cto Am bie nt al; p ub lic ad a el 23 .0 4. 20 01 y m od ifi c ad a po r D ec re to Le gis lat ivo N º 1 07 8, p ub lic ad o el 28 .0 6. 20 08 . A rtí cu lo 7º lit er al f) de l D ec re to Le gis lat ivo N º 1 01 3 qu e ap ru eb a la Le y d e Cr ea ció n, O rg an iza ció n y F un cio ne s d el M ini ste rio d el Am bie nt e, p ub lic ad a el 14 .0 5. 20 08 . A rtí cu los 6 º y 7 º l ite ra l n ) d el Re gla m en to d e la Le y N º 2 74 46 , Le y d el Si ste m a Na cio na l d e Ev alu ac ión d e Im pa cto A m bie nt al, ap ro ba do p or D ec re to S up re m o Nº 0 19 2 00 9 M IN AM , p ub lic ad o el 25 .0 9. 20 09 . RE QU IS IT OS DE RE CH O DE TR AM IT AC IÓ N CA LI FI CA CI ÓN PL AZ O PA RA RE SO LV ER (E N DÍ AS H ÁB IL ES ) IN IC IO D EL PR OC ED IM IE NT O AU TO RI DA D CO M PE TE NT E PA RA RE SO LV ER IN ST AN CI AS D E RE SO LU CI ÓN D E RE CU RS OS NÚ M ER O Y DE NO M IN AC IÓ N 1. F or m at o de S oli cit ud co n inf or m ac ión m ín im a ne ce sa ria pa ra id en tifi ca r l a au to rid ad co m pe te nt e y/o d et er m ina r l a ex igi bil ida d de la ce rti fi c ac ión am bie nt al de u n pr oy ec to de in ve rs ión , e n el m ar co d e SE IA . E l c ua l e stá d ivi did o en : D at os g en er ale s d el pr oy ec to D at os e sp ec ífi c as d el pr oy ec to d e In ve rs ión C ar ac te rís tic as g en er ale s d e las co nd ici on es a m bie nt ale s de l á re a de l p ro ye cto y po sib les im pa cto s a m bie nt ale s ne ga tiv os . A ne xo s 2. P lan o de D ist rib uc ión 3. M ap a ge or ef er en cia do e n el cu al se u biq ue e l p ro ye cto y e l á re a de in fl u en cia d ire cta so br e las ca ra cte rís tic as m ás im po rta nt es d el en to rn o. (s eñ ala r, re d hid ro gr áfi ca , m or fo lóg ica , z on as d e vid a, AN P, ví as d e tra ns po rte , po bla ció n, e nt re o tra s ca ra cte rís tic as q ue p ue da n pr es en ta rs e) . FO RM UL AR IO /C ÓD IG O/ UB IC AC IÓ N EN % U IT (S /. 3, 95 0) (E N S/ .) AU TO M ÁT IC O EV AL UA CI ÓN P RE VI A RE CO NS ID ER AC IÓ N AP EL AC IÓ N PO SI TI VO NE GA TI VO 4 Fo rm ula rio DG PN IG A SE IA 0 1 ww w. m ina m .g ob .p e Gr at uit o X 30 d ía s Tr ám ite Do cu m en ta rio Di re cc ión G en er al de P olí tic as , No rm as e In str um en to s d e Ge sti ón A m bie nt al DG PN IG A Di re cc ión G en er al de Po líti ca s, No rm as e In str um en to s d e Ge sti ón Am bie nt al D GP NI GA Tr ibu na l d e So luc ión d e Co nt ra ve rs ias Am bie nt ale s TS CA 1 1 E n ta nt o no se im ple m en te e l T rib un al de S olu ció n de C on tro ve rs ias A m bie nt ale s TS CA , la s a pe lac ion es se rá n re su elt as p or e l V ice m ini ste rio d e Ge sti ón A m bie nt al VM GA 602685NORMAS LEGALESJueves 27 de octubre de 2016 El Peruano / FORMULARIO: DGPNIGA-SEIA-01 SOLICITUD PARA IDENTIFICAR LA AUTORIDAD COMPETENTE Y/O DETERMINAR LA EXIGIBILIDAD DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL DE UN PROYECTO DE INVERSIÓN EN EL MARCO DEL SEIA1, APLICABLE A PROYECTOS DE INVERSIÓN QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDOS EN EL LISTADO DEL ANEXO II DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEIA O EN NORMA LEGAL EXPRESA, O CUANDO EXISTIERAN VACÍOS, SUPERPOSICIONES O DEFICIENCIAS NORMATIVAS. , (Fecha) Señor(a): Director(a) General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental Ministerio del Ambiente Presente. Yo,.........................................con DNI Nº ..................... ........................., RUC Nº ..........................., con domicilio fi scal.............................................. titular del proyecto de inversión: .........................................................................., el cual no se encuentra en ejecución, solicito a usted, en razón a lo establecido en el literal n) del artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 27466 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental1, determinar la Autoridad Competente y/o determinar la exigibilidad de la certifi cación ambiental del citado proyecto, en el marco del SEIA. Para este fi n, adjunto la información solicitada por su Dirección General con el objeto de que mi solicitud sea atendida. Asimismo, autorizo a la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, para que efectúe las verifi caciones que considere necesarias con relación a la información proporcionada, comprometiéndome a comunicar oportunamente cualquier cambio o variación, para los fi nes que considere pertinente. Agradeciendo la atención que se sirvan brindar a la presente, quedo de ustedes. Atentamente, Firma del Titular INFORMACIÓN MÍNIMA NECESARIA PARA IDENTIFICAR LA AUTORIDAD COMPETENTE Y/O DETERMINAR LA EXIGIBILIDAD DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL DE UN PROYECTO DE INVERSIÓN, EN EL MARCO DEL SEIA, APLICABLE A PROYECTOS DE INVERSIÓN QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDOS EN EL LISTADO DEL ANEXO II DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEIA O EN NORMA LEGAL EXPRESA, O CUANDO EXISTIERAN VACÍOS, SUPERPOSICIONES O DEFICIENCIAS NORMATIVAS. 1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO 1.1.Nombre del proyecto: 1.2.Titular del proyecto (persona natural o jurídica a cargo del proyecto): 1.3. Representante legal de la empresa o entidad (Nombre y DNI) 1.4. Dirección exacta, teléfono / celular; y correo electrónico del representante legal 1.6.Describir con precisión el objetivo o fi nalidad del proyecto 1.7.Señalar la actividad del titular, giro, o rubro del negocio 1.8.Estado de proyecto (mar-car con una X): a)Nuevo b)Modifi cación c)Reubicación d)Ampliación 1.9. Ubicación geográfi ca del proyecto (precisar departamento, distrito, lo calidad, etc.). Además describir si el proyecto está o se encuentra en un área natural protegida o zona de amortiguamiento; si colinda con un cuerpo de agua o fuente hídrica, o un ecosistema frágil, etc. 1.10. Vida útil del proyecto: Período en el cual se estima que los activos instalados por el proyecto mantengan la capacidad de generar los benefi cios previstos por el proyecto de inversión 2. DATOS ESPECÍFICOS DEL PROYECTO 2.1. Área del proyecto (superfi cie total en m2) 2.2. Volumen de la instalación (m3) o área total a construir (m2) 2.3. Señalar el tipo de Zonifi cación Distrital o Provincial en donde se ubicará el proyecto. 2.4. Señalar las principales edifi caciones, centros comerciales, industrias, predios de interés cultural o zonas arqueológicas alrededor del proyecto (en caso aplique) 2.5. Componentes del proyecto, detallar componentes principales y componentes auxiliares o actividades asociadas al proyecto de inversión perteneciente a la empresa o titular del proyecto (plantas, almacenes, centro de recreación, etc.). Nombre del componente1 Nombre del componente 2 Nombre del componente 3 Nombre del componente 4 Detalle del componente1 Detalle del componente 2 Detalle del componente 3 Detalle del componente 4 2.6. Número de niveles o pisos de la construcción proyectada. 2.7. Número de estacionamientos y área total destinada (m2) 2.8. Especifi car y delimita r el Área de Infl uencia Directa del Proyecto 2.9. Existencia de focos contaminantes cerca al terreno, tales como botaderos, pasivos ambientales, entre otros. 2.10. Nivel del Proyecto de Inversión3 2.11. Presentar un diagrama de fl ujo de los procesos y subprocesos del proyecto de inversión. 2.12. Describir brevemente las características de los efl uentes, emisiones, residuos, etc., que podrían generarse en cada uno de las etapas del proyecto (cantidades aproximadas a generar). 2.13. Aforo y/o fl ujo de personas y/o fl ujo vehicular. 2.14. Matriz que señala las actividades que se realizarán en cada una de las etapas del ciclo de vida del proyecto (etapa de construcción, de funcionamiento, de mantenimiento, cierre, etc.). Precisar, en la siguiente matriz, las actividades que se realizará para cada una de las etapas del ciclo de vida del proyecto (etapa de construcción, de funcionamiento, de manteamiento, cierre, etc.) Acción Etapa de Construcción Etapa de Operación Etapa de Cierre o Abandono de la actividadFuncionamiento Mantenimiento 1 2 3 1 Literal n) del artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 27446 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto La solicitud debe estar fi rmada por la persona natural o jurídica a cargo del proyecto de inversión y que será la responsable de la elaboración del estudio ambiental que corresponda y del cumplimiento de los compromisos ambientales que se asuman (Ver defi nición de Titular en Anexo I del Reglamento de la Ley del SEIA). 3 Indicar si el proyecto se encuentra a nivel de Perfi l o Anteproyecto o Factibilidad o Defi nitivo, 602686 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2016 / El Peruano 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES DEL AREA DEL PROYECTO Y POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS. Breve descripción de las condiciones ambientales (aspectos abióticos, bióticos, sociales, culturales y económicos) del área del proyecto y del área de infl uencia identifi cada de manera preliminar. Breve descripción de los principales posibles impactos ambientales identifi cados que generaría el proyecto de inversión, caracterizando su signifi cancia (altos, medios o bajos). Firma del Titular 1446367-1

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