Resolución Nº 297-2017-MINAGRI ─ Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027 (PNDG 2017-2027)
Made 2017-07-20 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- agricultural development, policy/planning, animal production, cattle
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7NORMAS LEGALESSábado 22 de julio de 2017 El Peruano / Aprueban el “Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027” (PNDG 2017-2027) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0297-2017-MINAGRI Lima, 20 de julio de 2017 VISTO: El Ofi cio N° 183-2017-MINAGRI-DVDIAR/DGGA, de fecha 04 de julio de 2017, del Director General de la Dirección General de Ganadería; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, delimitado como ámbito de competencia, entre otros, los cultivos y crianzas y como competencias compartidas, entre otras, ejerce la función de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos nacionales a nuevos mercados; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2017-MINAGRI, establece que la Dirección General de Ganadería es el órgano de línea que depende jerárquicamente del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos de la actividad ganadera y con valor agregado, incluyendo los camélidos sudamericanos domésticos, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores y entidades, según corresponda; en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente; Que, mediante el Ofi cio del Visto, el Director General de la Dirección General de Ganadería de este Ministerio, adjunta el Informe Técnico N° 049-2017-MINAGRI DVDIAR/DGGA-MALM, el mismo que sustenta la necesidad de la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027 (PNDG 2017-2027), así como la creación de una Comisión Sectorial encargada de supervisar y proponer medidas para la mejor y más efi ciente implementación del referido Plan; Que, entre los argumentos expuestos, se señala que la ganadería es una actividad de fundamental importancia para el área rural y la seguridad alimentaria del país, que genera empleo e ingreso a un millón ochocientos 8 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2017 / El Peruano mil familias (1,800,000), que equivalen a siete millones seiscientos mil (7’ 600,000) personas, y representa el cuarenta punto dos por ciento (40.2%) del Valor Bruto de la Producción (VBP) del Sector Agropecuario. Por otro lado, en el periodo 2007 al 2016, el subsector pecuario ha mostrado una tasa de crecimiento anual de cinco punto dos por ciento( 5.2%) (MINAGRI, 2017); sin embargo, también se observan bajas tasas de crecimiento para algunas especies, así como diferencias en los niveles tecnológicos y acceso a servicios pecuarios; Que, en la última década, el VBP tuvo una elevada tasa promedio anual de crecimiento en la actividad avícola (7.6%), con moderado crecimiento en porcinos (3.4%), vacunos (3.2%) y alpacas (2.9%); un limitado crecimiento en llamas (0.6%), y una tasa negativa en ovinos (-0.2%) y caprinos (-1.3%). El mayor crecimiento en la actividad avícola y porcina se debe, en parte, a su buen nivel tecnológico y producción a gran escala; condiciones que contrastan con los sistemas de crianza de las otras especies como vacunos, ovinos, camélidos, caprinos, y cuyes; en los que los productores son principalmente pequeños y medianos, con bajo nivel tecnológico y limitado acceso a servicios pecuarios; Que, entre las lecciones aprendidas del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero – PNDG 2006-2015, se evidencia una baja implementación del mismo; ello, debido a factores como la ausencia de gobernanza multisectorial e intergubernamental, falta de presupuesto y ausencia de acciones de seguimiento y monitoreo; asimismo, ha habido defi ciencias en lograr la participación de los Gobiernos Regionales y Locales, debido a una mala o nula generación de confi anza con las unidades orgánicas y organismos públicos adscritos al MINAGRI y las instancias regionales y locales; Que, respecto al PNDG 2017-2027, se considera un nuevo escenario político tras la decisión de priorizar acciones en temas ganaderos; evidencia de ello es la creación de la Dirección General de Ganadería en la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego, así como su incorporación como estrategia de acción en el Programa AGROPRÓSPERO, lo que respalda además su fi nanciamiento; asimismo, el PNDG 2017-2027 precisa la identifi cación de indicadores mediante la metodología de marco lógico, los mismos que han sido identifi cados con el apoyo técnico de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas de este Ministerio. En el marco de las recomendaciones, se precisa la necesidad de focalización y priorización de intervenciones basadas en evidencias; al respecto, el PNDG 2017-2027 identifi ca zonas a intervenir según potencialidades ganaderas de la cadena productiva priorizada; asimismo, las estrategias y líneas de acción propuestas en el nuevo documento, cuentan con evidencias técnicas para mejorar la competitividad de la ganadería nacional, puesto que se encuentra articulado con la Política Nacional Agraria y los instrumentos fi nancieros para la implementación de la misma; Que, respecto a su validación, el PNDG 2017-2027 ha previsto desde su fase de formulación el uso de metodologías participativas, incorporando las necesidades regionales desde los principales actores públicos y privados a nivel nacional; para ello, durante el mes de Noviembre y Diciembre de 2016, se realizaron mesas técnicas con los principales referentes de las cadenas productivas de vacunos de leche, ovinos, alpacas, caprinos y aves; desde el mes de Diciembre de 2016 y Marzo de 2017 se realizaron 16 talleres participativos con la participación de 1,709 representantes de cadenas productivas de vacunos de leche, carne, ovinos, caprinos, cuyes, porcinos y camélidos sudamericanos de los zonas ganaderas de Ayacucho, Huancavelica, Lima, Cusco, Arequipa, Ancash, Tocache, Cajamarca, Ucayali, Huánuco, Puno, Piura, Tumbes, Tarapoto, Jaén y La Libertad; y, por último, con fecha 15 de mayo de 2017 se realizó el lanzamiento del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero en la provincia de Parinacochas – Ayacucho; Que, en todo este trabajo, la contraparte regional, a través de los Gobiernos Regionales, han facilitado el proceso de levantamiento de información; en base a ello, el nuevo PNDG 2017-2027 ha contemplado la incorporación de los Comités de Gestión Regional Agrarios como estrategia de implementación de las acciones del Plan, en los que las Direcciones Regionales Agrarias ejercen liderazgo; en este mismo proceso, se incorpora también toda la plataforma del MINAGRI, con la intención de ejecutar acciones coordinadas en función de objetivos alineados, según competencia; Que, el PNDG 2017-2027 es un documento alineado a las tendencias internacionales y a los instrumentos de gestión del Sector Agricultura y Riego, como el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) y el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como articulado a los actuales instrumentos de fi nanciamiento del Sector al momento de proponer metas y presupuesto; el mismo que, desde su fase de formulación, contó con el asesoramiento de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), así como de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Políticas Agrarias y de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI; Que, atendiendo a los fundamentos expuestos, resulta necesario aprobar el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027, como instrumento orientador, que contribuye a mejorar la competitividad de la ganadería nacional; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Sectoriales, son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Aprobar el “Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027” (PNDG 2017-2027), el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Órgano responsable Establecer como órgano responsable de la implementación y seguimiento del Plan aprobado en el artículo 1, precedente, a la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Riego, pudiendo crear grupos de trabajo para tal fi n. Artículo 3.- Creación de la Comisión Sectorial Crear la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, denominada “Comisión de Implementación del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027” (Comisión PNDG 2017-2027), dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego, encargada de supervisar y proponer medidas para la mejor y más efi ciente implementación del PNDG 2017-2027. Artículo 4.- Miembros de la Comisión PNDG 2017 2027 La Comisión Sectorial está conformada de la siguiente manera: El(la) Director(a) General de la Dirección General de Ganadería, o su representante, quien la presidirá; Un(a) representante de la Dirección General de Ganadería, quien además ejercerá la Secretaría Técnica; Un(a) representante de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Un(a) representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Un(a) representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; Un(a) representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; 9NORMAS LEGALESSábado 22 de julio de 2017 El Peruano / Un(a) representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL; Un(a) representante del Programa de Compensaciones para la Competitividad –AGROIDEAS; y, Un(a) representante del Fondo Sierra Azul. Los representantes de la Comisión PNDG 2017-2027, ejercerán sus funciones ad honorem. Artículo 5.- Funciones de la Comisión PNDG 2017 2027 La Comisión Sectorial tiene las siguientes funciones: a. Proponer lineamientos para el cumplimiento de los objetivos del PNDG 2017-2027; b. Coordinar la inclusión y desarrollo de actividades en los planes operativos y planes estratégicos multianuales, enmarcadas en el PNDG 2017-2027, así como en los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego; c. Coordinar y alinear acciones descentralizadas, en el marco de los objetivos del Plan en todos los espacios de articulación regional y local. d. Proponer la suscripción de acuerdos interinstitucionales. e. Gestionar el apoyo de otros sectores públicos y privados, que puedan vincularse a actividades complementarias a la ganadería. f. Presentar informes semestrales a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, en coordinación con la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, g. Otras funciones que le sean encargadas por el Ministro de Agricultura y Riego, para el cumplimiento de sus objetivos. La Comisión Sectorial elaborará su plan de trabajo y se desempeñará de forma articulada a los Comités de Gestión Regional Agrarios - CGRA. Artículo 6.- Instalación La Comisión Sectorial se instalará dentro de los cinco (05) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Para tal efecto, los representantes titulares y alternos serán designados mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial, dentro de los tres (03) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7.- Plan de Trabajo La Comisión Sectorial aprobará su Plan de Trabajo, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de su instalación. Artículo 8.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2017-2027, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MANUEL HERNANDEZ CALDERON Ministro de Agricultura y Riego 1546949-2