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Laws of Peru

Resolución Nº 292-2020-PRODUCE ─ Manual de operaciones del Programa Nacional A Comer Pescado

Made 2020-09-01 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Food and nutrition, Fisheries and aquaculture
Keywords
institution, marine fisheries, inland fisheries, fish products, processing/handling, internal trade, subsidy/incentive, food security, nutrition

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  1. 13NORMAS LEGALESMartes 8 de setiembre de 2020 El Peruano / DIEZ en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (CAP-P Nº 091); Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a quien la reemplazará; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora DORA ISABEL DULANTO DIEZ al cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora CYNTHIA OTANI CANO en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1882949-1 PRODUCE Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2020-PRODUCE Lima, 1 de setiembre de 2020 VISTOS: Los Memorandos Nº 00000080-2020-PRODUCE/UE003-FCHD-ACP y Nº 00000165-2020-PRODUCE/UE003-FCHD-ACP, y el Proveído Nº 00000014-2020-PRODUCE/UE003 FCHD-ACP de la Jefatura de la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado, los Informes Nº 025-2020-PRODUCE/ UE003:FCHD-ACP/UPP y Nº 062-2020-PRODUCE/ UE003: FCHD-ACP/UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, los Informes Nº 010-2020-PRODUCE/UE003:FCHD-ACP/UAL y Nº 033-2020-PRODUCE/UE003:FCHD-ACP/UAL de la Unidad de Asesoría Legal de la Unidad Ejecutora 003; los Memorandos Nº 00000283-2020-PRODUCE/OGPPM y Nº 00000670-2020-PRODUCE/OGPPM de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OGPPM), el Informe Nº 00000076-2020-PRODUCE/ OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización de la OGPPM; y los Informes Nº 00000546-2020-PRODUCE/ OGAJ y Nº 566-2020-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modifi catorias, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Programas son creados en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; asimismo, indica que los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece; Que, el artículo 17 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, prevé que un programa es una forma de organización desconcentrada que adopta una entidad para resolver un problema, una situación crítica o implementar una política pública, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece; no tiene personería jurídica pero puede contar con identidad organizacional para el cumplimiento de las funciones que determine su norma de creación y para la ejecución de sus procesos conforme se establezca en su Manual de Operaciones; Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, establece que el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura funcional de los Programas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE, se crea el Programa Nacional “A Comer Pescado”- PNACP, el cual depende del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, y se encuentra a cargo de un/una Coordinador/a Ejecutivo/a designado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, el PNACP tiene como objetivo general fomentar, consolidar y expandir los mercados internos para el consumo de productos hidrobiológicos en todo el país, con especial énfasis en las zonas de menor consumo articulando la demanda con la oferta de productos para el consumo humano directo; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE dispone que el Ministerio de la Producción aprueba, mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del PNACP, el mismo que ha sido aprobado con Resolución Ministerial Nº 361-2013-PRODUCE; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2017-PRODUCE, se modifi ca el artículo 12 del Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE, estableciendo que el PNACP se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2022; Que, mediante Ofi cio Nº 191-2013-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, atendiendo entre otros a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE, y a la implementación de las Políticas del Sector Pesca que busca desarrollar el hábito de consumo de recursos derivados de la pesca y fomentar el mercado para el desarrollo de la actividad pesquera, a través del mencionado Programa, desde el ámbito de su competencia, considera viable la creación de la Unidad Ejecutora “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado”, por cumplir con los requisitos y criterios establecidos en la normatividad presupuestaria vigente; Que, con Resolución Ministerial Nº 141-2013-PRODUCE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pecado”, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, la Unidad Ejecutora 003, previa coordinación con el PNACP, formula y fundamenta la propuesta de actualización del Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado”, que se adecúa a lo previsto por la Ley Nº 27658 y los Lineamientos de Organización del Estado, en la cual se complementa la estructura del PNACP con unidades de apoyo, de asesoramiento y de línea en una sola Identidad, con una sola autoridad máxima, el Coordinador Ejecutivo, quien tiene a su cargo el PNACP, dependiente del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, y la representación legal de la Unidad Ejecutora 003; organizándose a fi n de responder al objeto para el cual fueron creados e incorporando 14 NORMAS LEGALES Martes 8 de setiembre de 2020 / El Peruano las nuevas estrategias de intervención del PNACP, con lo que se propicia la simplifi cación administrativa y se promueve la calidad en la aplicación de las regulaciones del Sector, la racionalidad de la estructura funcional del Programa, y la organización y el funcionamiento del Estado; Que, mediante Memorando Nº 00000283-2020-PRODUCE/OGPPM, ratifi cado con Memorando Nº 00000670-2020-PRODUCE/OGPPM, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 076-2020-PRODUCE/ OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, por el cual considera procedente la aprobación del Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado” por encontrarse en concordancia con los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018 PCM y su modifi catoria, recomendando proseguir con el trámite correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el nuevo Manual de Operaciones del PNACP, que actualiza la estructura funcional de dicho Programa Nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE, que crea el Programa Nacional “A Comer Pescado”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado”, que consta de tres (03) títulos, ocho (08) capítulos, treinta y nueve (39) artículos y un (01) Anexo - Organigrama, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial como Anexo. Artículo 2.- Facultar al Jefe de la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado y al Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional “A Comer Pescado” a realizar las cesiones de posición contractual respecto de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y de los Contratos para la adquisición de bienes y contratación de servicios suscritos por la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado, así como a formalizar la transferencia de los bienes, acervo documentario y materiales correspondientes a dicha Unidad Ejecutora, de conformidad con lo dispuesto por la normatividad vigente, por el plazo de hasta treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 361-2013-PRODUCE, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado”, así como las Resoluciones Ministeriales Nº 226-2013-PRODUCE, Nº 022-2017-PRODUCE y Nº 333-2017-PRODUCE a partir del día siguiente de fi nalizado el plazo establecido en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, fecha en la cual entra en vigencia el Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado” aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1882844-1 Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes para la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2020-PRODUCE Lima, 7 de setiembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29271, establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndole las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa - MYPE; Que, de acuerdo a lo previsto en el Capítulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, se establecen medidas en materia de producción y productividad a favor de las MYPE, autorizando al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de núcleo ejecutor la adquisición de determinados bienes a las MYPE; Que, el artículo 9 del precitado Decreto de Urgencia Nº 058-2011, dispone que para la adquisición de cada bien se forma un Núcleo Ejecutor de Compra, conformado entre otros, por un (1) representante del Ministerio de la Producción - PRODUCE, debiendo acreditar su designación mediante Resolución; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 041-2020-PRODUCE se designa al señor Bartolomé Emilio Cueva Saenz como representante del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes para la Policía Nacional del Perú, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2011; siendo necesario dar por concluida su designación y designar a su reemplazo; por lo que resulta necesario expedir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, sus modifi catorias y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modifi catoria; y el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 041-2020-PRODUCE. Artículo 2.- Designar al señor HECTOR ROSENDO CHAVEZ CHAVEZ, como representante del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes para la Policía Nacional del Perú, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2011. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Ministerio del Interior, a la Sociedad Nacional de Industrias y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1882850-1

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