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Laws of Peru

Resolución Nº 290/12/ANA - Lineamientos para la elaboración y el Modelo de Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca

Made 2012-07-17 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Water
Keywords
institution, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, basin/catchment/watershed, inland waters, governance, water resources management

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  1. evafuar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas at pais, propone el establecimiento de requisites fitosanitanos para la importaci6n de estacas de higuera (Ficus carica) de origen y procedenca Israel y; CONSIDERANDO: Que, ccntcrme al Decreto tecereuvc W 1059 - Ley General de San idad Agraria , er ing reso al pais como .mpcrtaccn, transite mtemacronar 0 cualquier otrc reg imen aduanero, de plantas y productos veceteie e. anima les y productos de orig en anim al, insumos agrarios,org anismos benefices, materia les de empaqu e. embale je y acondrcicnarntento. cualquier ctrc material capaz de mtrooucrr 0 propagar ptagas y entermeoeoee, as! como los medios utilizados para transport arlos, se sujetaran a las dispcsiciones que estabrezca . en et ambito de su ccmcetencte. ra Autoridad Nacional en Sanidad Agra ria; Que, el articulo 12° del Reglamento de Ia Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG , establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA pubhca ra los requisi tos filo y zcosamtarrcs en er mane Oficial EI Peruano y se notmcaran a ta OrqanizacionMundial de Ccrnercio: Que, el articulo 38" del Decreto Supremo N" 032 2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisites fitosanilarios necesancs que se debe cumplir para la importaci6n al pais de plantas, productos vegetales y otros articulus reg lamentados , seran aprobados mediante Resclucicn del 6 rgano de LInea Competente: Que , et art iculo 1" de la Resoluci6n Dire ctoral N" 0002-2012-AG-SENASA-DSV. establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reg lamentados cuyo riesgo filosani tario se encuentra en forma asceno ente: Que, ante et interes de la empresa lca Pacif ic SA en importa r a nuestro pais estacas de higuera (Ficus carica) procedente de Israel, fa Subdireccicn de Analis is de Riesgo y Vigilancia Fitosanitana de ra Direcci6n de Sanidad Vegetal del SENASA, inici6 el respectivo estudio con la nnaudao de establecer tos requisites fitosanitarios para re importaocn del menciona do producto; Que, como resuftadc de dicho estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal, ha establecdo los requlsjtos fitosanitanos re cesanos para garantizar un nivel ececoecc de protecci6n er pais , minmizando lOS riesgos en el ingreso de plagas cuarentenanas: De conlormid ad con 10 oisouesto en et Decreto legislativo N" 1059, el Decreto Supremo N" 018-2008 AG , et Decreto Supremo N° 032-200J-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG Y moomcatcns. la Resoluci6n Directoral N° 0002-2012-AG-SE NASA-DSV y con et visado de la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal y de ta Oficina de Asesoria Juridica ; SE RESUEl VE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplim iento obligatorio en la importaci6n de estacas de higuera (Ficus carica) de origen y procedencia Israel de la siguiente manera: 1. EI envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Imporlaci6n emitido por el SENASA , obtenido por el importador 0 interesado, previo a la certiflcaci6n y embarque en el pais de origen 0 procedencia. 2, EI envio debera venir acompanado de un Cerl iflcado Filosanitario oflcial del pais de origen, en el cual se consigne' 2,1 Dedaraci6n adiciona l: 2,1.1. Producto libre de:Aceria ficus,Aonidiella aurantii, Nipaecoccus viridis, Paropta parado)(a, Parthenolecanium persic ae, Sino)(ylon se)(dentatum , Zeuzera pyrina y Monilinia fructigena . 2,2 Tratamiento de desinfecci6n pre emba rque: inmersi6n en acetamiprid 0.1 %0 -+- abamectina 0.018 %0 21 +- benomyl 2 %0 0 cualesquiera otros productos de accc n equivalente. 3. l as estacas deberan venir sin hojas y sin rarces 4. Los envase s seran nuevos vde primer usc , libre de tierra y de cualquier malerial extrano al producto. 5. EI importador oetera cooter con su Registro de Importadores, lugaresde producci6ny resccoseces iecncce de material sujeto a cuarentena posentrada vqente. 6. tnspeccon fitosanitaria en et punto de ingreso at pais. 7. EI Inspector del SENASA tomera una muest ra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagn6 stico de Sanidad Vegetal de! SENASA . con er fin de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la declaraci6n adicional del producto. EI costa del diagn6stico sera asumido por et importador, 8. EI proceso de cuarentena posentrada tenore una duraci6n de diez (10) meses. En dicho repso , er materiat instaracc en er lugar de prcdcccion sera sometido per parte del SENASA a tres (03) oececccoee obliqatonas para el segu imiento de la cuarentena posentrada , y a una (01) inspecci6n obligatoria final para el levantamiento de la coarentenaposentraoa. de cuyos resultados sedisoondra el destino final del producto. Reg istrese , cornuruuuese y publiquese. JORGE BARRENE CHEA CABRERA arrector General mreccoode Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 816327-1 Aprueban los Llneamlentos para la e laboracl6n y cl Modelo d e Reglamento Interno del Conscj o de Recursos Htd rt c os de Cuenca RESOLUCI6N JEFATURAL N° 290-2012-ANA Lima, 17 de julio de 2012 CON SIDERANDO: Que, de conlorm idad con la Primera Disposicion Comp lementaria Final del Reglamento de ta Ley de Recursos Hidricos aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, ta Autoridad Nac onal del Agua esta facu ltada para dictar mediante Resclecicn Jefatural, las dispo siciones que sean necesarias en el marco del citado Reglamento: Que, eecun e! articulo 24° de la Ley N" 29338, ley de Recursos Hidricos, los Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca son 6rganos de naturaleza permanenle integrantes de la Autoridad Nacional del Agua. creados mediante decreto supremo, a inicialiva de los gobiernos regionales , con el objeto de participar en la planiflcaci6n, coord inaci6n y concertaci6n del aprovechamiento sostenible de los recursos hldricos en sus respectivos ambitos; Que , conforme el numera141 .2 del articulo 41.2° de l Reglamento de Organizaci6n y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 06 2012-AG , los Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca cuenlan para su funcionamiento con un Reglamento Interno aprobado pof Resoluci6n Jefatural de esta Autoridad: Que , con Informe Tecnico NO 006-20 12·ANA· DCPRH-OCA -CONN GF, la Direcci6n de Conservaci6n y Planeamien to de Recu rsos Hidricos remite el proyecto de "Lineamientos para la elaboraci6n del Reglame nto Interno de los Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca" y el "Modelo de Reglamento Interno Consejo s de Recursos Hidricos de Cuenca", para su aprobaci6n; Que , la propuesta antes indicada liene como objeto unilormizar los criterios para la elaboraci6n del Reglamento Interne de los Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca , a fin de garantizar su funcionamien lo y parlic ipaci6n REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL 22 en ra planiflcaci6n, coordinaci6n y concertaciOn del aprovecname ntc sostenible de los recursos hidricos en sus respedivos ameecs. por 10 que resulta necesana su ecrcceceo: Con los vrstos de ta ueeccen de Conservaci6n y Planeamiento de gecursos Hidncos. la Ofic ina de Planeamiento y Presupuesto, ta Oficna de Asesoria Juridica y de la 5e cretaria General, en usa de las tacultades confe ridas en er Reglamento de Organizaci6n y Funciones de la Autoriclad Nacional de l Ag ua, aprob ado por Decreto Supremo N"006-2 01l).AG; SE RESUElVE: Articulo 1· .- Aprobar los "llneamientos para Ia elaboraei6n del Reglamento Inlemo de los Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca " y el "Modelo de Reglamento Intemo del Consejo de Recursos Hidric:os de Cuenca", que forman parte de la presente resciucen. A rt iculo 2".- Publiquese en er portal inslltuoonal de la Auloriclad Nacional del Agua, W'NW,ana gob ,pe, los documentos aprobados med iante la prese nte resorucen Reg islrese, comu niquese y publiquese HUGO EDUARDO JARA FACUN OQ Jele Autoridad NaCiOnal del Agua 816567"1 AlIIBIENTE Reconocen Area de Conservacton Prtvada EI Gat o sobrc prcdto ubt cado en e l departamento de Madre de Dtos RESOlUCION MINISTERIAL N° 185-2012 -MINAM l ima . 16 de jul io de 2012 vrsto . el Oficio N" 291·201 2-SERNANP-J de 3 de julio de 2012 del Jete del service Nacional de Areas Naturales Prolegidas por el Estado " SERNANP, y cemas antecedentes reraccnaoos a la sohcitud presentada por el senor Eduardo Ramirez Plzango, score reconocimiento de Area de Conservaci6n Pnvada : y, CONSIDERANOO: Que, el articulo 66° de la Constituci6 n Politica del Peru establece que es obligaci6n del Eslado promover la conserva ci6n de la d iversidad biol6gica y de las Areas Naturales Prolegidas: Que, el art iculo 12" de la l ey N° 26634. l ey de Areas Naturales Protegidas . estab iece que los predios de propiedad pr ivada podran, a inicial iva de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo 0 en parte de su extens i6n, como Areas de Conservaci6n Privada , siempre que cumplan con los requisitos fis icos y tecnicos que ameriten su reconocimiento; Que, el art iculo 70" del Reglamento de la ley de Areas Naturales Protegldas. aprobado por Decreto ?upremo N° 038-2001 -AG , eslablece que constituyen Areas de Conservaci6n Priva<la aquellos pred ios de prepied ad privada que por sus caraderisticas arroientales, biol6gicas. pa isaJislicas u otras analog as , cont ribuyen a complementar la cobertura de l Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE. aportando a fa conse rvaci6n de la diversldad biol6g ica e incrementando la oferta para investigaCiOn Cientifica y la educaCl6n. asi como de oportunldades para el desarrollo de turiSmO especialLZado las Areas de ConservatiOn Privada pueden zonificarse en base a 10 establecido par fa ley; Que . de conformldad con 10 estabtecido en el literal h) del articulo 7" del Decret o legislalivo N" 1013. el Ministerio del Ambiente - MINAM bene como funci6n especlfica dirigir et Sistema Nacional de Areas Naturales Proteg ldas por el Estado " SINANPE: asimismo, en et numeral 2 de ta Segund a Disposici6n Complementaria Final del ct acc oec retc l eg islativo. se crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por er Estado SERNANP. acscttc al MINAM, constllu yl!lndolo como ente rector del SINANPE; Que, las funCiones de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del entonces Inst ituto Naco nat de Recursos Naturales - INRENA, han side abso rbldas por el ServiCio Nacional de Areas Naturales Protegidas per el Estado - SERNANP; Que, de conformidad con 10 establecido en er meso c) del art icul o 42" y el numeral 71.1 del erncnc 71· del Reglamento de ta ley de Areas Naturales Proteg idas. las Areas de ccoservacon Privada se reco nocen med iante Resoluci6n MInisterial de l Mlnisterio del Ambiente. a solicilud del propletario del predio y a propuesta del SERNANP, en base a un acuerdo con er Estado. a fin de conserver la diversidad biol6gica en parte , 0 Ia totalidad de dicho pre<liO, por un periodo no menor a diez (10) aecs renovables : Que . mediante ResoluCiOn Presideneial N" 144-20 10 SERNANP.defecha 14 deagostode 2010.se aprueban las Oisposiciones Comp lementanas para el Reconocimiento de las Areas de ccnservacen Privada . Las cuales son aplicables a t prese nte proced imiento administrat ive por enconnase vigentes a La lecha de presenta ci6n de la solicil:ud de recceecenemc del Area de Conservaci6n Privada, conforme a 10 estab lecido en er art iculo 1· de la Resoluci6n Ptesoencat N" 155-2010-SERNANP; Que. rrediarlte los dooJmentos con ReglSlrosN" oo54Q3. 2012 N" 008196-2012 y NO 008989, presentados ante er SERNANP, el sellor Eduardo Ramirez Pizango solicit a el reccnccrnentc de l Area de Conservaci6n EI Gato, por el periodo de diez (10) ali os . sco re la tola lidad del predio de su propiedad ubicado en la Com unidad de BaltimOre . margen derecha de l rio Tambopata. diStrito de Tambopala . provincia de rerreecate. departamen to y regiOn de Madre de Dies . cuyo cerecno se encuentra mscnto en la Partida N° 05000654 de de la Ofici na Reg istral de Madre de Dros de ta Zona Registra l N° X Sede Cusco ; Que, med iante los Informes N" 237-2012-SERNANP ODE y N" 162-2012-SERNANP-QAJ , la Oirecci6n de Desarrollo Estrategico y la Oficina de Asesoria Jur idica del SERNANP, respeetivamente , cond uyen que el area propuesta Ilene importancia per presentar flora y fauna cerectertsnca y propia de ta ecorregi6n de los Bosques Humedcs de la Amazonia Sur Occidental; asimismo, sella lan que el area propuesta cumple con los requi sitos tecn icos y lega les establecidos en las Disposiciones Complementarias para el Reconoc imiento de las Areas de Conse rvaci6n Privada s, aprobadas por Resoluci6n Presidencial N°144-2010-SERNANP; Que , las areas nalurales protegida s cumplen un rol fundamental para el proceso de mit igaci6n a los efedos del cambio climati co y contribuyen significal ivamente a reducir sus impados: la biodiversidad que estas conservan constituyen un componente necesario para una estrateg ia de adaptaci6n al cambio climatco y sirven como amortiguadores naturales contra los efed os del clima y olres desaslres , estabilizan do el suelo frente a deslizamientos de tierra, servicios como regulaci6n del clima y absarci6n de los gases de efedo invernadero, enl re olres: manteniendo los recursos naturales sanDs y productivos para que puedan resistir los impados del cambio climatico 'J seguir proporciona ndo servicios ambientales a las comunidades que dependen de ellos para su supervivencia ; por tanto , resulta prooedente emilir la respediva resoluci6n sobre reconocimiento de Area de Conservaci6n Privada; De conformldad con 10 eslab!ecido en el Decreto l egisLativo N" 1013. l ey de Creaci6n. OrganizaCl6n y FunCiones del MI'listerio del Ambiente: la ley N" 26834. Ley de Areas Naturales Protegidas 'J su Reg lamento aprobado por el Decret o Suprem o N" 038-2oo1-AG; SE RESUELVE : Articu lo 1°. Reconocer el Area de Conservaei6n Privada EI Gato. pol' el periodo de diez (10) ar'los. sabre REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL

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