Resolución Nº 269-2013-TR ─ Reconforma el Consejo de Vigilancia del Programa FONDEMI - BONOPYME
Made 2013-08-28 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- institution, agricultural development, non-governmental entity, cooperative/producer organization, capacity building, subsidy/incentive, special fund, business/industry/corporations, governance
- Categories
- *
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Artículo 1º.- Aprobar el “Listado de Vitaminas,
Artículo 2.- Disponer que el Consejo de Vigilancia del Minerales y Otros Nutrientes Permitidos en la Fabricación FONDEMI adecue y apruebe sus documentos de gestión de Productos Dietéticos”, cuyo Anexo forma parte y/o administración interna en el plazo de sesenta (60) días integrante de la presente Resolución. calendario, contados a partir de la fecha de publicación de Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el la presente Resolución Ministerial. Diario Oficial El Peruano y en la dirección electrónica del
Artículo 3.- Disponer que en tanto se lleven a cabo las Portal de Internet del Ministerio de Salud: http://www.minsa. acciones señaladas en el artículo precedente, el Consejo gob.pe/transparencia/dge normas.asp de Vigilancia del FONDEMI, podrá sesionar y ejercer sus funciones en concordancia con los objetivos institucionales Regístrese y publíquese. y disposiciones contenidas en los instrumentos de gestión y administración interna vigentes. PEDRO LUIS YARASCA PURILLA
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Director General Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Dirección General de Medicamentos, Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) Insumos y Drogas Regístrese, comuníquese y publíquese. ANEXO: LISTADO DE VITAMINAS, MINERALES GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Y OTROS NUTRIENTES PERMITIDOS EN LA Ministra de la Producción FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DIETÉTICOS 1. VITAMINAS 981615-1 1.1 ÁCIDO FÓLICO (μg) SALUD a) ácido pteroilmonoglutámico (acido fólico) b) L-metilfolato de calcio Aprueban “Listado de Vitaminas, 1.2 ÁCIDO PANTOTÉNICO (mg) Minerales y Otros Nutrientes Permitidos a) D-pantenol en la Fabricación de Productos b) dexpantenol Dietéticos” c) DL-pantenol d) D-pantotenato cálcico RESOLUCIÓN DIRECTORAL e) D-pantotenato sódico Nº 177-2013-DIGEMID-DG-MINSA f) pantetina Lima, 22 de agosto del 2013 1.3 BIOTINA O VITAMINA H (μg) VISTO: el Informe Nº 065-2013-DIGEMID-DAS-ERPF/ a) D-biotina MINSA de la Dirección de Autorizaciones Sanitarias; 1.4 COLINA (mg) CONSIDERANDO: 1.5 NIACINA O VITAMINA PP (mg NE) Que, el artículo 92º del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos a) ácido nicotínico Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos b) hexanicotinato de inositol (hexaniacinato de Sanitarios, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011- inositol) SA, dispone que el Registro Sanitario de los productos c) nicotinamida dietéticos y edulcorantes se otorga por nombre, forma d) nicotinamida ascorbato farmacéutica, cantidad de ingrediente activo (expresado en unidad de dosis o concentración), fabricante y país, 1.6 VITAMINA A (μg RE) y, que podrán utilizarse en la fabricación de productos dietéticos las vitaminas, minerales y otros nutrientes a) acetato de retinilo o Vitamina A acetato aprobados por la Autoridad Nacional de Productos b) beta-caroteno Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos c) palmitato de retinilo Sanitarios (ANM), actualmente la Dirección General de d) retinol