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Laws of Peru

Resolución Nº 254-2016-MIDIS ─ Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS)

Made 2016-10-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, policy/planning, cultural heritage, Indigenous Peoples, governance

Where to read it

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Text

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  1. 601977NORMAS LEGALESJueves 20 de octubre de 2016 El Peruano / Aprueban los Lineamientos N° 004-2016-MIDIS, “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social“ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2016-MIDIS Lima, 19 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe N° 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando N° 220-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° 029-2016-MIDIS/ VMPS/DGCOPS, emitido por la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales; el Memorando N° 427-2016-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 095-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 418-2016-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; y siendo competente para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, la citada Ley N° 29792, en su artículo 5 prevé que las políticas de desarrollo e inclusión social tienen su fundamento en los principios y valores de respeto a los derechos humanos, desarrollo humano, justicia social, equidad, inclusión, universalismo, solidaridad, 601978 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2016 / El Peruano igualdad, descentralización, calidad, efectividad, participación social, interculturalidad, emprendimiento e intersectorialidad; y en el literal g) de su artículo 8, establece entre las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, formular y aprobar las disposiciones normativas de su competencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, como expresión de la política de desarrollo e inclusión social basada en la articulación de los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados, según sus respectivas competencias, para el logro de resultados prioritarios de desarrollo e inclusión social; estableciéndose como una de las dimensiones transversales a dicha estrategia el aspecto de interculturalidad; Que, por su parte, el artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS, establece que la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social es el órgano de línea responsable de proponer y conducir el diseño de las políticas y estrategias en materia de desarrollo e inclusión social, dirigir la articulación con otros actores públicos y privados para el establecimiento de la política, y la defi nición y seguimiento del funcionamiento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social – SINADIS. Asimismo tiene entre otras funciones, conducir y proponer políticas públicas y estrategias nacionales, en materia de desarrollo e inclusión social, considerando las dimensiones transversales de género e interculturalidad, dirigiendo el monitoreo y la supervisión para su cumplimiento; Que, en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Políticas y Estrategias, mediante Informe N° 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, ha propuesto la aprobación de los lineamientos denominados “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, con el objetivo de facilitar la operatividad del enfoque intercultural en el diseño, implementación, evaluación y seguimiento de las políticas del Ministerio, a fi n de que los procesos de desarrollo e inclusión social, dirigidos a la población culturalmente diversa, particularmente a los pueblos indígenas u originarios y a la población afroperuana, sean pertinentes a sus características culturales; Que, estando a lo indicado en los documentos de Vistos, corresponde aprobar los lineamientos denominados “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, propuestos por la Dirección General de Políticas y Estrategias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, de la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos N° 004-2016-MIDIS, “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social “, cuyo texto, en anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Políticas y Estrategias ejecute las acciones de difusión y asistencia técnica a los distintos órganos y unidades orgánicas del Ministerio, para la implementación de los lineamientos aprobados en el artículo precedente. Estas acciones se ejecutan en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la emisión de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1443701-1

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