Resolución Nº 248-2015-MINAM ─ Lineamientos para la Designación de sitios Ramsar (o Humedales de Importancia Internacional) en el Perú
Made 2015-09-18 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Water, Wild species and ecosystems
- Keywords
- international agreement-implementation, wetlands, inland waters, protected area, policy/planning, institution, zoning, standards, special fund, research, biodiversity, protection of habitats, Indigenous Peoples, community management, governance
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Normas Legales del 22.09.2015 6 Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante la Junta de Administración del Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental al que se re ere el artículo 5 de la Ley N° 30321, según el siguiente detalle: Señora Delia Angélica Morales Cuti, Directora General de la Dirección General de Calidad Ambiental, representante titular. Señor Carlos Francisco Eyzaguirre Beltroy, Jefe de la O cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales, representante alterno. Artículo 2.- Noti car la presente Resolución Ministerial a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional del Ambiente – FONAM, así como a los representantes designados, para los nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1290212-1 Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Ambiental Descentralizada del año 2015 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2015-MINAM Lima, 18 de setiembre de 2015 Visto; el Acta s/n de fecha 27 de marzo de 2015, suscrita por los integrantes de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, el Memorándum N° 131-2015-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental, el Informe N° 059-2015-MINAM-VMGA/ DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene cio de la población; Que, la Directiva N° 005-CND-P-2005 “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005 del Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente constituida por Resolución Ministerial N° 086-2009-MINAM, modi cada por Resoluciones Ministeriales N° 171-2009-MINAM y N° 075-2014-MINAM, encargada de realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, conforme a lo establecido por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; en la Sesión de fecha 27 de marzo de 2015, acordó aprobar el proyecto del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Ambiental Descentralizada del año 2015, a n de que sea aprobado por el Titular del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Informe N° 059-2015-MINAM-VMGA/ DGPNIGA de 13 de abril de 2015, la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, en su calidad de Secretaria Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, sustenta la aprobación del Plan Anual citado, señalando que ha sido elaborado conforme a lo solicitado por la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros en el O cio Múltiple N° 0002-2015 PCM/SD; Que, ante lo expuesto, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se apruebe el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Ambiental Descentralizada del año 2015; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, la Secretaría General, la O cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O cina de Asesoría Jurídica, y; De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y la Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Ambiental Descentralizada del año 2015 del Ministerio del Ambiente, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la Resolución Ministerial y de su Anexo a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y a los miembros de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, para los nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O cial El Peruano. La presente Resolución y sus Anexos serán publicados, asimismo, en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación de la resolución en el Diario O cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1290212-2 Aprueban los “Lineamientos para la Designación de sitios Ramsar (o Humedales de Importancia Internacional) en el Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2015-MINAM Lima, 18 de setiembre de 2015 Normas Legales del 22.09.2015 7 Visto; el Memorando N° 447-2015-MINAM/DVMDERN de fecha 22 de julio de 2015, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 180-2015-MINAM/DVMDERN/DGDB de fecha 17 de julio de 2015, de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Memorando N° 656-2015-MINAM/SG/OPP y el Informe N° 016-2015-MINAM/SG/OPP/RAC, ambos de fecha 19 de agosto de 2015, de la O cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 160-2015-MINAM/SG/OAJ de fecha 03 de septiembre de 2015, de la O cina de Asesoría Jurídica; y, demás antecedentes, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 25353 se aprueba la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, suscrito por el Perú el 28 de agosto de 1986, así como su Protocolo Modi catorio, adoptado en París el 03 de diciembre de 1982, los cuales reconocen las funciones ecológicas fundamentales de los humedales como reguladores de los regímenes hidrológicos y como hábitat de la ora y fauna, especialmente de aves acuáticas, y comprometen a cada parte contratante designar humedales idóneos en su territorio para ser incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional o sitios Ramsar, en base a criterios ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos; Que, el artículo 99 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, modi cada por la Ley N° 29895, señala que el Estado reconoce la importancia de los humedales como hábitat de especies de ora y fauna, en particular de aves migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos, y dispone que las autoridades públicas, en el ejercicio de sus funciones, adopten medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, que comprenden entre ellos, a los humedales; Que, el literal j) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013 que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, modi cado por Decreto Legislativo N° 1039, establece que el Ministerio tiene como función especí ca, implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales; Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, consigna entre los Lineamientos de Política del Eje 1 “Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica”, proteger ecosistemas frágiles como los humedales; Que, la Estrategia Nacional de Humedales, aprobada mediante Decreto Supremo N° 004-2015-MINAM, establece como una acción del Lineamiento Estratégico 1, del Eje Estratégico 2: Fortalecimiento del Marco Normativo y de las Capacidades para la Gestión de los Humedales, desarrollar e implementar normas que impulsen la prevención, protección y conservación de los humedales; Que, el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, señala como una de las funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, actuar como punto focal de la Convención sobre Humedales RAMSAR, supervisando el cumplimiento de sus disposiciones; Que, asimismo, el literal c) del artículo 35 del citado Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Diversidad Biológica, formular, conducir y supervisar, la política, planes, estrategias e instrumentos para la gestión de los ecosistemas en el país, especialmente los ecosistemas frágiles; Que, considerando los documentos de los vistos, resulta necesario contar con un mecanismo oriente la actuación de las autoridades involucradas, a nivel nacional, en la designación de humedales de importancia internacional en el Perú, por lo que, se ha propuesto los “Lineamientos para la Designación de sitios Ramsar (o Humedales de Importancia Internacional) en el Perú”; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General, la Dirección General de Diversidad Biológica, la O cina de Planeamiento y Presupuesto y la O cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la Designación de sitios Ramsar (o Humedales de Importancia Internacional) en el Perú”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Diversidad Biológica la implementación de los “Lineamientos para la Designación de sitios Ramsar (o Humedales de Importancia Internacional) en el Perú”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en los Portales Institucionales del Ministerio del Ambiente (www.minam. gob.pe) y del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1290212-3 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de personal del Ministerio a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 262-2015-MINCETUR Lima, 21 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para de nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a n de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpací co – TPP, las partes de dicho Acuerdo convinieron en llevar a cabo la Reunión de Ministros de Comercio Exterior, las Reuniones Bilaterales de Viceministros de Comercio Exterior, y la Reunión de Jefes Negociadores y Grupos Técnicos en la ciudad de Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América, del 23 de setiembre al 04 de octubre de 2015; Que, dicho evento tiene por n alcanzar mayores avances en los temas pendientes de la negociación tales como: Acceso a Mercados, Reglas de Origen y Textiles, Propiedad Intelectual y Revisión Legal del capítulo de Propiedad Intelectual, Revisión Legal de los capítulos negociados en el TPP; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice su viaje y el del equipo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia de su titular; USUARIO Rectángulo