Resolución Nº 236-2015-MEM ─ Requisitos para autorización de inicio o reinicio de actividades de exploración y explotación de minerales de sujetos en vías de formalización, y Procedimientos de fiscalización y de modificación de la información contenida en el Registro de Saneamiento
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Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Mineral resources
- Keywords
- institution, exploration, mining, registration, legal proceedings/administrative proceedings, pollution control, authorization/permit, governance
- Categories
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de
Artículo 1.- Aprobar las Bases de los Juegos Florales Educación Básica Regular, Direcciones Regionales de Escolares Nacionales 2015 “MÁS CULTURA PARA UN Educación, Gerencias Regionales de Educación, Unidades MEJOR PAÍS”, las mismas que como Anexo forman parte de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, el integrante de la presente resolución. adecuado cumplimento de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Educación Básica Regular, Direcciones Regionales de O¿cial El Peruano, encargándose a la O¿cina General Educación, Gerencias Regionales de Educación, Unidades de Asesoría Jurídica su publicación y la de su Anexo de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, el en el Sistema de Información Jurídica de Educación adecuado cumplimento de la presente resolución. – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma O¿cial El Peruano, encargándose a la O¿cina General fecha. de Asesoría Jurídica su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación Regístrese, comuníquese y publíquese – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA fecha. Viceministro de Gestión Pedagógica Regístrese, comuníquese y publíquese 1238943-2 FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestión Pedagógica ENERGIA Y MINAS 1238943-1 Aprueban la Guía de Contenidos que Aprueban Bases del Concurso Nacional establecen especificaciones técnicas Crea y Emprende 2015 sobre requisitos del expediente RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL técnico para autorización de Nº 023-2015-MINEDU inicio o reinicio de actividades de exploración, explotación y/o beneficio Lima, 18 de mayo de 2015 de minerales de los sujetos en vías de VISTOS, el O¿cio N° 393-2015-MINEDU/VMGP- formalización; y los procedimientos de DIGEBR, el Informe Nº 121-2015/MINEDU/VMGP- DIGEBR/DES, y el Informe N° 195-2015- MINEDU/SG- fiscalización y de modificación de la OGAJ; información contenida en el Registro CONSIDERANDO: de Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Nº 236-2015-MEM/DM Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por ¿nalidad de¿nir, dirigir y articular la política de Lima, 11 de mayo de 2015 educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; CONSIDERANDO: Que, a través de la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Que, los Decretos Legislativos Nº 1100 y Nº 1105 Escolar 2015 en la Educación Básica”, aprobada por establecen disposiciones para el proceso de formalización Resolución Ministerial Nº 556-2014-MINEDU, el Ministerio de las actividades de pequeña minería y minería de Educación autoriza, entre otros, el Concurso Nacional artesanal; Crea y Emprende 2015; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1105, Que, el Concurso Nacional Crea y Emprende 2015 establece que para iniciar o reiniciar actividades de busca desarrollar en los estudiantes del cuarto y quinto exploración o explotación así como para bene¿ciar grado de educación secundaria de la Educación Básica minerales, se requiere la autorización del Gobierno Regular, competencias de emprendimiento, creatividad, Regional correspondiente. La autorización referida innovación tecnológica y el desarrollo de capacidades de deberá ser emitida previa opinión favorable del Ministerio gestión empresarial con responsabilidad social, mediante de Energía y Minas, basada en el informe de evaluación la elaboración de Proyectos de Negocio; emitido por el Gobierno Regional, y consistirá en la Que, mediante el O¿cio Nº 393-2015-MINEDU/VMGP/ veri¿cación del cumplimiento de los pasos contenidos en DIGEBR, la Directora General de Educación Básica el artículo 4 del mencionado Decreto Legislativo. Agrega Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión el referido artículo 10 que el Ministerio de Energía y Minas Pedagógica el Informe N° 121-2015/MINEDU/VMGP- establecerá, mediante decreto supremo, las medidas DIGEBR/DES, a través del cual la Dirección de Educación complementarias para la autorización de inicio/reinicio de Secundaria sustenta la necesidad de aprobar las Bases actividades mineras, así como su cancelación; del Concurso Nacional Crea y Emprende 2015, precisando Que, dando cumplimiento a lo ordenado por el Decreto que es una estrategia pedagógica que moviliza a los Legislativo N° 1105, el Ministerio de Energía y Minas emitió estudiantes de cuarto y quinto de educación secundaria el Decreto Supremo N° 043-2012-EM, donde establece el de instituciones educativas públicas y privadas en el área contenido del expediente técnico para la autorización de de educación para el trabajo; fomenta el trabajo en equipo, inicio/reinicio de actividades de exploración, explotación como un nuevo estilo de aprendizaje colectivo; y propicia y/o bene¿cio de minerales; señalando, además, que la sana competencia, el compañerismo y la amistad entre mediante Resolución Ministerial el Sector Energía y los estudiantes del país; Minas aprobará una Guía de Contenidos en la que Normas Legales del 19.05.2015 13 se establecerán especi¿caciones técnicas sobre los En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto requisitos del expediente técnico; Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2013-EM y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el se modi¿có el Reglamento de Organización y Funciones Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ministerio de Energía y Minas, creándose la Dirección de Energía y Minas y sus modi¿catorias; General de Formalización Minera, conforme lo dispone el artículo 105–A de dicho Reglamento, y precisando SE RESUELVE: las funciones y atribuciones de dicha Dirección General, entre las cuales se encuentra la establecida en el literal b) Artículo 1.- Aprobar la Guía de Contenidos en la consistente en monitorear las acciones relacionadas con que se establecen especi¿caciones técnicas sobre los la formalización minera; requisitos del expediente técnico para la autorización de Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 029- inicio o reinicio de actividades de exploración, explotación 2014-PCM precisa que serán objeto del Registro de y/o bene¿cio de minerales de los sujetos en vías de Saneamiento aquellos sujetos en vías de formalización que formalización, acogidos al amparo de lo dispuesto en el cuenten con estatus de vigente en el Registro Nacional de Decreto Legislativo N° 1105 y en el Decreto Supremo N° Declaraciones de Compromisos del Ministerio de Energía 029-2014-PCM, que como Anexo I, forma parte integrante y Minas y que, además, se encuentren inscritos en el de la presente resolución. Registro Único del Contribuyente; Artículo 2.- Aprobar el procedimiento de ¿scalización Que, así también el Decreto Supremo mencionado de la información contenida en el Registro de Saneamiento en el párrafo anterior establece en su artículo 3 que la que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente Dirección General de Formalización Minera depurará el Resolución. Registro de Saneamiento mediante la ¿scalización de la Artículo 3.- Aprobar el procedimiento de modi¿cación información contenida en dicho Registro; ¿scalización que de la información contenida en el Registro de Saneamiento podrá ser efectuada con el apoyo de la autoridad regional que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente competente; Resolución. Que, por Resolución Ministerial N° 470-2014-MEM/ Artículo 4.- Derogar los artículos 2 y 3 de la Resolución DM, se aprobó la creación del Registro de Saneamiento en Ministerial N° 470-2014-MEM/DM. el ámbito de la Estrategia de Saneamiento de la pequeña Artículo 5.- Todos los procedimientos que se minería y minería artesanal, a cargo de la Dirección encuentren en trámite se adecuarán a las disposiciones General de Formalización Minera; que la presente norma aprueba. Que, a efectos de que la Dirección General de Formalización Minera ejerza la facultad de depuración Regístrese, comuníquese y publíquese. del Registro de Saneamiento es necesario establecer un procedimiento que permita ¿scalizar y modi¿car la ROSA MARÍA ORTIZ RIOS información contenida en dicho Registro; Ministra de Energía y Minas Normas Legales del 19.05.2015 14 EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PRODUCTOR M INERO ARTESANAL G-1 PARA ACTIVIDAD MINERA SUBTERRÁNEA Y A TAJO ABIERTO I. INTRODUCCIÓN 1.1. Datos del derecho minero Nombre de la Concesión Minera o petitorio minero Nombre del titular de la Concesión Minera, titular del contrato explotación o titular de cesión 1.2. Ubicación y Accesibilidad Paraje Distrito Provincia Departamento. Ubicación Política Nombre Carta Nacional: Código Zona Geográfica Ubicación Cartográfica Coordenadas U.T.M. (PSAD56 ): VERTICE NORTE ESTE VERTICE NORTE ESTE 1 4 2 3 Accesibilidad Distancia De A Tipo de Vía Tiempo (Horas) (Km) Identificar el pueblo más cercano ubicado en la zona de influencia directa del proyecto. II. GEOLOGÍA GENERAL DEL ÁREA DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD Describir la geología del área del proyecto (local, estructural, entre otros), tomando como referencia los boletines geológicos del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET. De igual manera, se debe hacer una descripción del tipo de yacimiento y mineral o los minerales de valor económico identificados en la zona del proyecto. Asimismo, considerar la geomecánica. III. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA (EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN) En el caso de “Exploración” De acuerdo a lo señalado, se deberá describir la recopilación de datos, actividades en gabinete y campo, y el método que emplearon para determinar las dimensiones, posición, características mineralógicas, periodo, reservas y evaluación y/o valoración del o los yacimiento(s) mineral(es). Así mismo se describirá los pozos, calicatas o zanjas y otros trabajos con el propósito de extraer muestras antes de comenzar la explotación; como la construcción de caminos, accesos y otras infraestructuras relacionadas con dicho trabajo e indicar que mineral se esta explorando. En el caso de “Explotación”: Se deberá describir las labores de preparación, desarrollo y explotación que permitirán el acceso al yacimiento y extraer los minerales del subsuelo, ya sea mediante la realización de túneles, pozos, chimeneas y galerías, entre otros. Para minería a tajo abierto o también denominadas a cielo abierto, describir como la explotación minera se desarrolla en la superficie del terreno, su excavación, con medios manuales o con explosivos e indicar la producción por día. IV.- DESCRIPCIÓN DEL BENEFICIO DE MINERALES, DE SER EL CASO: 4.1 Describir el proceso metalúrgico, que se está aplicando, pudiendo ser: a) Lixiviación b) Gravimetría c) Amalgamación 4.2 Plano general en coordenadas UTM PSAD 56 de ubicación de los componentes de cada uno de los procesos de beneficio y relaveras V.- DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Presentación de una Declaración Jurada en donde indique: que se cumple con lo establecido en el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 055-2010-EM y sus modificatorias. NOTA: EL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PRODUCTOR MINERO ARTESANAL, NECESARIAMENTE SERÁ ELABORADO POR UN PROFESIONAL CON EXPERIENCIA EN ACTIVIDADES MINERAS, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, Y AMBIENTAL DE LAS ESPECIALIDADES DE INGENIERÍA DE MINAS Y/ O GEÓLOGO Y/O METALURGISTA, SEGÚN SEA EL CASO . Normas Legales del 19.05.2015 15 DEFINICIONES E INDICACIONES DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA b.5. Sostenimiento Usualmente se denomina al sostenimiento como la actividad de EXPLORACIÓN mantener la estabilidad de las labores mineras que se encuentran La exploración es la actividad minera tendiente a demostrar las bajo presiones para mejorar la estabilidad y mantener la capacidad dimensiones, posición, carácterísticas mineralógicas, reserva y valores de resistir las cargas que produce el terreno cerca al perimétro de la de los yacimientos minerales excavación subterránea. De acuerdo al enunciado se deberá describirel tipo de roca y el tipo EXPLOTACIÓN de sostenimiento más adecuado. Se puede considerar el tircado con Consiste en la extracción del mineral econócimente explotable, rocas de desmonte, cuadros de madera, uso de puntales de madera mediante métodos que pueden ser subterráneos o a tajo abierto y otros, manteniendo buenas condiciones de seguridad. (superficial). b.6. Transporte de Mineral Se deberá describir las labores de preparación, desarrollo y explotación Describir como efectúa el traslado de mineral extraido, de las labores a la que permitirán el acceso al yacimiento y extraer los minerales del bocamina, si es manualmente (indicar si emplean, bolsa de polietileno, latas subsuelo, ya sea mediante la realización de túneles, pozos, chimeneas y o bolsas de jebe), o empleando algún equipo móvil (carretillas o carros galerías, entre otros. mineros). Si, el transporte de mineral es manual detallar el peso en Kilogramos del Para minería tajo abierto o también denominadas a cielo abierto, mineral y el tiempo que emplean. describir como la explotación minera se desarrolla en la superficie del terreno, su excavación, con medios manuales o con explosivos, C) PARA MINERÍA NO METÁLICA: PROCESO DE EXPLOTACIÓN, indicando que tipo de explosivos y conexos se utilizan. CHANCADO, CLASIFICACIÓN Y TRANSPORTE, SEGÚN EL CASO. Describir el proceso de explotación a tajo abierto, chancado, clasificación A) LABORES MINERAS A DESARROLLARSE COMO: CRUCERO y transporte, así como los tipos de herramientas que se utilizan. GALERÍA, CHIMENEA, TAJO ABIERTO, BOTADEROS, ENTRE Entre los minerales no metálicos podemos mencionar: materiales de OTROS. construcción (arenas, sillar, piedras, lajas y otros), agregados calcáreos a.1. Crucero (calizas, arcillas, yeso, puzolana y otros), rocas ornamentales (mármol Labor minera horizontal que se realiza sobre roca estéril. travertino, granitos, ónix y otros), y minerales industriales (sílice, diatomita, De acuerdo al enunciado describir la labor a desarrollar de ser el caso. bentonita, caolín, boratos, feldespato, abrasivos, gránate y otros). a.2. Galerías Labor subterránea horizontal, construida sobre la estructura D) DEL POLVORÍN Y SU UBICACIÓN, DE SER EL CASO. mineralizada. d.1. Polvorín De acuerdo al enunciado describir las galerías que van a utilizar para la Presentar información relativa al polvorín indicando si es propio o de exploración y/o desarrollo y/o explotación. terceros, en ambos casos efectuar su descripción de acuerdo a las De otro lado, de ser el caso, describir el acceso de personal, transporte disposiciones legales vigentes. Si el polvorín es de terceros presentar de mineral y estéril e instalaciones de tuberías de agua y aire, cables copia del contrato suscrito con la empresa que se encargará del elétricos, canales de drenaje (cuneta) entre otros. almacenamiento y seguridad de los explosivos. En ambos casos debe a.3. Chimenea(s) presentarse constancia de autorización del Polvorín por la SUCSCAMEC. Labor subterránea vertical, pudiendo ser de acceso a servicios, como Todo polvorín debe ser un ambiente seguro, seco, ventilado y cuyo también de producción y de ventilación natural. acceso será restringido y estrictamente controlado. De acuerdo al enunciado, describir las labores verticales que realizan, teniendo en cuenta si se utilizan como echadero de mineral y estéril, d.2. Ubicación transporte de personal, ventilación, entre otros. Describir la distancia de los polvorines en relación a las poblaciones, zona a.4. Pique de trabajo, instalaciones industriales y en lugares tales que, en caso de Es una perforación desde superficie, en forma vertical en la cual se explosión, no afecten las instalaciones superficiales ni subterráneas. puede descender en cabrias (ascensores). a.5. Tajeo d.3. Manipuleo Labor de extracción de mineral por métodos subterráneo. Acreditar la autorización de los trabajadores por la SUCSCAMEC para el De acuerdo al enunciado describir el método de explotación manipuleo y uso de explosivos y accesorios. subterráneo. a.6. Tajo Abierto E) RELACIÓN DE EQUIPOS BÁSICOS Y HERRAMIENTAS A Es el método de explotación de mineral en superficie. Para el desarrollo de actividad minera artesanal esta permitido el uso de De acuerdo al enunciado describir las dimensiones de altura de los equipos, herramientas básicas y demás elementos y equipos similares, bancos, taludes, vías, bermas, entre otros. mediante los cuales no supere la producción de 25 TM/día indicadas en el Considerar si es necesaria la remición de material estéril que lo cubre, artículo 91 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. lo que se llama desbroce y expresar una relación de tonelaje de F) PLANO GENERAL EN COORDENADAS UTM PSAD 56 DE desmonte a mineral. LAS LABORES MINERAS a.7. Botaderos Debe contener ubicación de las bocaminas, tajo, campamentos mineros, Lugar donde se deposita material estéril. depósito de desmonte, entre otros componentes donde desarrollan sus De acuerdo al enunciado, se deberá describir el diseño de los actividades. botaderos, incorporando la secuencia de llenado y medidas de control de su estabilidad física y química. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO METALÚRGICO a.8. Calicatas Lixiviación Excavación pequeña del terreno para el reconocimiento de una La lixiviación en montón (Heap Leaching) es un proceso muy económico estructura mineralizada. para tratar metalúrgicamente minerales de metales preciosos con baja ley. En el proceso de cianuración, las soluciones alcalinas débiles, tienen una De acuerdo al enunciado, describir como se realizan las excavaciones acción directa disolvente preferencial sobre el oro y la plata, contenidos en en el terreno. el mineral. La química involucrada en la disolución de oro y plata, en el a.9. Media Barreta proceso de cianuración en pilas, es la misma aplicada en los procesos de Labor subterránea inclinada, generalmente siguiendo la veta de cianuración por agitación. El oxígeno, esencial para la disolución del oro y mineral con fines de extracción. plata, es introducido en la solución de cianuro, mediante la inyección De acuerdo al enunciado, describir las labores inclinadas y el uso que directa de aire al tanque solución de cabeza, por irrigación en forma de tienen. lluvia y por bombeo de la solución recirculante. De acuerdo al enunciado, en el proceso de lixiviación del mineral aurífero se tiene que identificar una área apropiada alejada de zonas urbanas, B). DE LA PERFORACIÓN, VOLADURA, LIMPIEZA, agrícolas, quebradas, ríos, zonas arqueológicas y áreas naturales VENTILACIÓN, SOSTENIMIENTO, TRANSPORTE DE MINERAL, protegidas. Se tiene que acondicionar en un lugar adecuado los reactivos ENTRE OTROS. químicos. b.1. Perforación: Para la instalación de pozas de lixiviación, se recomienda usar La perforación es la primera operación en la preparación de una obligatoriamente revestimiento de geomembrana conectado a una tubería voladura que pueden ser realizada empleando barrenos, accionados de drenaje para captar la solución rica de lixiviación. por la mano del hombre (comba y barreno) y/o por una perforadora manual. De acuerdo al enunciado, describir el tipo de perforación utilizado. b.2. Voladura Rotura del mineral mediante el uso de explosivos. De acuerdo al enunciado, especificar el tipo de voladura, armado, disparo y consumo de explosivos. La voladura deberá realizarse al final de la guardia con conocimiento de los trabajadores y disposición de Gravimetría Procedimiento que se basa en la utilización del mayor peso específico de vigías. determinada metal o mineral para separarlo del material estéril o de otros b.3. Limpieza minerales de menor peso específico. De acuerdo al enunciado, describir el Acarreo del mineral y/o material estéril disparado. proceso metalúrgico de concentración de metales y/o minerales pesados De acuerdo al enunciado describir la limpieza del mineral después de la voladura. b.4. Ventilación Amalgamación Es el proceso mediante el cual se suministra aire en calidad y cantidad Es un proceso mediante el cual se pone en contacto el metal oro con el suficientes al interior de la mina para satisfacer las necesidades del mercurio líquido para formar una amalgama, es decir una aleación de mercurio-oro, dando lugar a partículas de metal revestidas de mercurio, las trabajador, de los equipos y para evacuar los gases, humos y polvo partículas amalgamadas se adhieren unas a otras, para formar una mayor suspendido que pudieran afectar la salud del trabajador. llamada amalgama. De acuerdo al enunciado se deberá describir el procedimiento del De acuerdo al enunciado describir como se efectuará la ventilación de proceso de amalgamación las labores conforme a lo establecido por la legislación minera vigente. En el caso de quimbalete, previamente se muele el mineral en molinos Se deberá considerar entre otros, lo siguiente: polveadores, el mineral molido (polveado-oro fino) es alimentado al quimbalete con adición de agua y el mercurio líquido, después de un * Al inicio de cada jornada o antes de ingresar a cualquier labor, en tiempo de mezcla, se comienza a desaguar y deslamar la mezcla especial labores ciegas programadas, realizar mediciones de, gases quedando en el fondo lo más pesado que es la amalgama de mercurio de monóxido de carbono, oxígeno, entre otros; registrarlas y con oro, se retira la amalgama, se le limpia de las impurezas de ganga y comunicarlas a los trabajadores que tienen que ingresar a dicha labor. se exprime (ahorca) con una tela fina, quedando la amalgama sólida que a continuación es sopleteado para eliminar el mercurio al medio ambiente. * Las labores de entradas y salida de aire deberán ser absolutamente Obteniéndose finalmente el oro refogado o “bola de oro”. independientes. El circuito general de ventilación se dividirá en el interior de las minas en ramales para hacer que todas las labores Similar al proceso de lixiviación, se tiene que efectuar en un área en trabajo reciban su parte proporcional de aire limpio y fresco. apropiada alejada de zonas urbanas, agrícolas, quebradas, ríos, zonas * Cuando las minas se encuentren hasta un mil quinientos (1,500) arqueológicas y áreas naturales protegidas. Se tiene que acondicionar en metros sobre el nivel del mar, en los lugares de trabajo la cantidad un lugar adecuado el mercurio y usar tecnologías equipos de seguridad mínima de aire necesaria por hombre será de tres (03) metros cúbicos para evitar la contaminación de los trabajadores dedicados a esta actividad y del ambiente, asimismo, recuperación del mercurio en la etapa de por minuto. En otras altitudes la cantidad de aire será de acuerdo refogado utilizando tecnologías como las retortas, entre otras adecuadas. con la siguiente escala: 1. De 1,500 a 3,000 msnm, aumentará en 40% que será igual a 4m3/min 2. De 3,000 a 4,000 msnm, aumentará en 70% que será igual a 5m3/min 3. Sobre los 4,000 msnm, aumentará en 100% que será igual a 6m3/min * En ningún caso la velocidad del aire será menor de veinte (20) metros por minuto. Normas Legales del 19.05.2015 16 EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PRODUCTOR M INERO ARTESANAL G-2 PARA LA ACTIVIDAD MINERA EN PLACERES AURÍFEROS I. INTRODUCCIÓN 2 5 4 1 1.1. Datos del derecho minero Nombre de la Concesión Minera o petitorio minero Nombre del titular de la Concesión Minera, titular del contrato explotación o titular de cesión 1.2. Ubicación y Accesibilidad Paraje Distrito Provincia Departamento. Ubicación Política Nombre Carta Nacional: Código Zona Geográfica Ubicación Cartográfica Coordenadas U.T.M. (PSAD56 ): VERTICE NORTE ESTE VERTICE NORTE ESTE 1 4 2 3 Accesibilidad Distancia De A Tipo de Vía Tiempo (Horas) (Km) Identificar el pueblo más cercano ubicado en la zona de influencia directa del proyecto. II. GEOLOGÍA GENERAL DEL ÁREA DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD Describir la geología del área del proyecto (local, estructural, entre otros), tomando como referencia los boletines geológicos del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET. De igual manera, se debe hacer una descripción del tipo de yacimiento y mineral o los minerales de valor económico identificados en la zona del proyecto. III. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA (MÉTODOS ARTESANALES DE EXPLOTACIÓN) Descripción de las labores mineras a desarrollarse, incluyendo: - Las dimensiones de altura de los bancos, taludes, vías, bermas, rampas, entre otros. - Relación de equipos básicos y herramientas a utilizarse - Producción por día. - Plano general en coordenadas UTM PSAD 56 de las labores mineras IV.- DESCRIPCIÓN DEL BENEFICIO DE MINERALES, DE SER EL CASO: 4.1 Describir el proceso físico y/o químico para la recuperación del oro: a) Gravimetría b) Amalgamación describir los equipos y herramientas utilizadas en amalgamación y gravimetría 4.2 Plano general en coordenadas UTM PSAD 56 de ubicación de los componentes de cada uno de los procesos, según corresponda V.- DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Presentación de una Declaración Jurada en donde indique: que se cumple con lo establecido en el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 055-2010-EM y sus modificatorias. NOTA: EL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PRODUCTOR MINERO ARTESANAL, NECESARIAMENTE SERÁ ELABORADO POR UN PROFESIONAL CON EXPERIENCIA EN ACTIVIDADES MINERAS, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, Y AMBIENTAL DE LAS ESPECIALIDADES DE INGENIERÍA DE MINAS Y/ O GEÓLOGO Y/O METALURGISTA, SEGÚN SEA EL CASO . Normas Legales del 19.05.2015 17 DEFICIONES E INDICACIONES DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA DESCRIPCIÓN DEL PROCESO METALURGICO LOS PLACERES AURÍFEROS: Amalgamación Los placeres auríferos son acumulaciones fragmentarias de Describir el proceso y adjuntar un balance grava, arena, arcilla, provenientes de la desintegración de rocas metalurgico, de como se pone en contacto por agentes naturales y que contiene partículas o laminas de d el metalcon contenido de Oro con el mercurio diferente tamaño de Oro, que se obtienen mediante un proceso líquido para formar una amalgama, es decir una de lavado, por lo que se les denomina comúnmente " Lavaderos". aleación de mercurio-oro, dando lugar a partículas De acuerdo al enunciado describir el metodo artesanal de explotación, de metal revestidas de mercurio, las partículas teniendo en cuenta la definición indicada. amalgamadas se adhuieren unas a otras, para formar una mayor cantidad de amalgama. A) LABORES MINERAS A DESARROLLARSE Describir las dimensiones de altura de los bancos, taludes,vias, Gravimetria bermas,rampas, entre otros. Describir el proceso metalúrgico de concentración de metales y/o minerales pesados, que se basa en la B) RELACIÓN DE EQUIPOS BÁSICOS Y HERRAMIENTAS A diferencia de densidad entre la mena pesada(oro,galena,etc) UTILIZARSE y la ganga que es liviana, que son los materiales estériles En la minería artesanal aluvial tipo placer está permitido el uso (óxidos de fierro, sílice y otros). de equipos, herramientas básicas y demas elementos y equipos similares, mediante el cual no supere la capacidad instalada de producción y/o beneficio de 200 metros cúbicos por día indicadas en el articulo 91 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Mineria. C) PLANO GENERAL EN COORDENADAS UTM PSAD 56 DE LAS LABORES MINERAS Elaborar un plano general de las labores mineras, entre otros componentes donde desarrollan sus actividades den coordenadas UTM PSAD56. Normas Legales del 19.05.2015 18 EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PEQUEÑO P RODUCTOR MINERO G-3 PARA AUTORIZACIÓN DE INICIO/REINICIO DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN EN CONCESIONES MINERAS METÁLICAS/NO METÁLICAS (INCLUYE APROBACIÓN DE PLAN DE MINADO) Y MODIFICACIONES INFORMACIÓN GENERAL 2 5 4 1 1.1. Datos del derecho minero Nombre de la Concesión Minera o petitorio minero Nombre del titular de la Concesión Minera, titular del contrato explotación o titular de cesión 1.2. Ubicación y Accesibilidad Paraje Distrito Provincia Departamento. Ubicación Política Nombre Carta Nacional: Código Zona Geográfica Ubicación Cartográfica Coordenadas U.T.M. (PSAD56 ): VERTICE NORTE ESTE VERTICE NORTE ESTE 1 4 2 3 Accesibilidad De A Tipo de Vía Distancia Tiempo (Horas) (Km) Identificar el pueblo más cercano ubicado en la zona de influencia directa del proyecto. A. EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN MINERA A CIELO ABIERTO (CONCESIONES METÁLICAS Y NO METÁLICAS) CONTENIDO: 1. Plano general. 2. Estudio de ingeniería. 3. Plan de M inado detallado. 4. Diseño del tajo 5. Diseño detallado de los botaderos. 6. Diseño detallado de almacenes. 7. M edidas de seguridad y salud ocupacional. 8. El límite de explotación. 9. Cronograma de ejecución de las actividades. 10. Estudio Geomecánico 11. Delimitación del área de la actividad minera 12. Producción por día B. EXPLOTACIÓN EN MINERÍA SUBTERRÁNEA (CONCESIONES METÁLICAS Y NO METÁLICAS) CONTENIDO: 1. Plano general. 2. Estudio de ingeniería. 3. Plan de M inado detallado. 4. Diseño del geomecánico 5. Diseño de labores mineros 6. Diseño detallado de los botaderos. 7. Diseño polvorin 8. Diseño de almacenes de sustancias peligrosas 9. Diseño detallado del sistema de ventilación. 10. M edidas de seguridad y salud ocupacional 11. Programa detallado de avances y labores mineras. 12. Cronograma de ejecución de las actividades. 13. Delimitación del área de la actividad minera 14. Producción por día NOTA EL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO, NECESARIAMENTE SERÁ ELABORADO POR UN PROFESIONAL CON EXPERIENCIA EN ACTIVIDADES MINERAS, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, Y AMBIENTAL DE LAS ESPECIALIDADES DE INGENIERÍA DE MINAS Y/ O GEÓLOGO Y/O METALURGISTA, SEGÚN SEA EL CASO . Normas Legales del 19.05.2015 19 DEFINICIONES E INDICACIONES A. EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN MINERA A CIELO ABIERTO El expediente técnico contendrá la siguiente: Asimismo, se deberá sustentar técnicamente la estabilidad química del depósito de desmonte. 1. Plano general de ubicación de todas las instalaciones del proyecto, incluidas mina(s), botadero(s), cantera(s) de préstamo, 6. Diseño detallado de almacenes de sustancias peligrosas planta de beneficio, relavera(s), talleres, vías de acceso, y sub estaciones eléctricas o casa de fuerza, incorporando campamentos, enfermería y otros, en coordenadas UTM WGS 84 medidas de seguridad y manejo de contingencias; así como y a escala adecuada. la autorización de funcionamiento del polvorín, expedidad por De igual manera, dicho plano tiene que superponerse a la capa la DISCAMEC. de información de derechos mineros que conforman el catastro minero nacional y el catastro de áreas restringidas a la actividad 7. Medidas de seguridad y salud ocupacional basados en el minera a cargo del instituto Geológico minero y Metalúrgico. Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional aprobado Asimismo, deben identificarse las autorizaciones por el uso del por Decreto Supremo N° 055-2010-EM (Reglamento Interno, terreno superficial y el área georeferenciada del estudio ambiental Organigrama, Manual de Organización y Funciones, Procedimientos aprobado. Escritos de Trabajo Seguro, Programas de Capacitación al personal). 2. Estudio de Ingeniería ( topográfico, geotécnico, hidrológico, 8. El límite de explotación se establecerá de acuerdo al lugar peligro sísmico). donde se ubica el tajo abierto: * Si el tajo abierto está ubicado en zonas alejadas de las poblaciones 3. Plan de Minado detallado, sustentando: geología regional y local, o centros poblados o de expansión urbana, el límite del tajo será geologúa estructural, geología económica, evaluación económica, hasta el límite económico del depósito a explotar. método de explotación, recursos, planeamiento de minado, y otros * Si el tajo abierto está ubicado próxima a zona urbana y/o dentro detalles técnicos. o próximas a zonas de expansión urbana, el límite superior o cresta del tajo deberá considerar un área de influencia no menor de cien 4. Diseño de tajo sustentado con los estudos de ingeniería, indicando (100) metros, medidos alrededor de la cresta final del tajo, respetando los límites finales de explotación, secciones verticales y área de influencia estrictamente las viviendas, derechos de terceros y/o insfraestructuras no minable, entendidas éstas como la franja de cien(100) metros de ancho públicas mas cercanas. Dichas áreas no podran ser afectadas ni como mínimo alrededor del tajo abierto, medida desde el límite final, así explotadas bajo ninguna circuntancia. Asimismo, la profundidad de como los parámetros de diseño utilizados en rampas, bermas y banquetas explotación de los tajos no podrá ser inferior al nivel superficial de la de seguridad ( área de seguridad) asegurando la estabilidad física, zona urbana ( o de expansión urbana) en la que se encuentre. y carreteras de alivio. 9. Cronograma de ejecución de las actividades. 5. Diseño detallado de los botaderos, incorporando secuencia de llenado del mismo y medidas de control de estabilidad física. El referido estudio debe contener estudio de cimentaciones, hidrológico, de peligro sísmico y otros que aseguren la estabilidad física del depósito de desmonte. B. EXPLOTACIÓN EN MINERÍA SUBTERRÁNEA El expediente técnico contendrá lo siguiente: 5. Diseño de labores mineras de acuerdo a la zonificación geomecánica, 1. Plano general de ubicación de todas las instalaciones sustentando ciclos (perforación, voladura, carguio, transporte, ventilación, superficiales del proyecto, incluidas bocamina(s), botadero(s), relleno, drenajem,etc). Asímismo, debe indicar la ubicación de los refugios. cantera(s) de préstamo, planta de beneficio, relavera(s), talleres, vías de acceso, campamentos, enfermería 6. Diseño detallado de los botaderos, incorporando la secuencia de llenado y y otros, en coordenadas UTM WGS 84 y a escala adecuad. medidas de control de su estabilidad física y química. Asimismo, dicho plano deberá contener superpuestas las concesiones mineras, terrenos superficiales y 7. Diseño del polvorín, almacenes de sustancias peligrosas y sub estaciones el área georeferenciada del Estudio Ambiental aprobado eléctricas ( o casa de fuerza) , incorporando medidas de seguridad y manejo de (adjuntar en formato DWG, editable). contingencias; asi como la autorización de funcionamiento del polvorín expedida por la SUCAMEC. 2. Estudio de Ingeniería ( topográfico, geotécnico, hidrológico, peligro sísmico). 8. Diseño detallado del sistema de ventilación estableciendo el balance de ingreso de aire fresco y salida de aire viciado. 3. Plan de Minado detallado sustentado: geología regional, local y estructural, geología económica, evaluación económica, 9. Medidas de seguridad y salud ocupacional basadas en el Reglamento de método de explotación, recurso, planeamiento de minado, y Seguridad y Salud Ocupacional aprobado por el Decreto Supremo N° 055-2010- otros detalles técnicos. EM ( Reglamento Interno, Organigrama, Manual de Organización y Funciones, Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro, Programas de Capacitación al 4. Estudio geomecánico, sustenado con los estudios de personal). Ingeniería, que incluya registro de mapeos geomecánicos y geotécnicos, conducentes a caracterizar y zonificar el macizo 10. Programa detallado de avances y labores mineras ( tajeos, galerías, cruceros rocoso. subniveles, chimeneas, entre otras), adjuntando planos en planta por nivel. Diseño de labores mineras y sostenimiento sustenado en la clasificación geomecánica y parámetros de resistencia del 11. Cronograma de ejecución de las actividades. macizorocoso. Normas Legales del 19.05.2015 20 EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PEQUEÑO P RODUCTOR MINERO G-4 BENEFICIO DE MINERALES PARA LA PEQUEÑA MINERÍA 2 5 4 1.1. Datos de los derechos mineros Nombre de la Concesión Minera o petitorio minero Nombre del titular de la Concesión Minera, titular del contrato explotación o titular de cesión 1.2. Ubicación y Accesibilidad Paraje Distrito Provincia Departamento. Ubicación Política Nombre Carta Nacional: Código Zona Geográfica Ubicación Cartográfica Coordenadas U.T.M. (PSAD56 ): VERTICE NORTE ESTE VERTICE NORTE ESTE 1 4 2 3 Accesibilidad Distancia De A Tipo de Vía Tiempo (Horas) (Km) Identificar el pueblo más cercano ubicado en la zona de influencia directa del proyecto. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE 1. Ingeniería detallada de las obras civiles. 2. Ingeniería detallada de las instalaciones electromecánicas. 3. Ingeniería detallada del proceso metalúrgico. 4. Estaciones de Control. 5. Cronograma y presupuesto detallado. 6. Permisos y autorizaciones. 7. Producción por día 8. Plano de delimitación del área de la planta de beneficio NOTA EL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA EL PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO, NECESARIAMENTE SERÁ ELABORADO POR UN PROFESIONAL CON EXPERIENCIA EN ACTIVIDADES MINERAS, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, Y AMBIENTAL DE LAS ESPECIALIDADES DE INGENIERÍA DE MINAS Y/ O GEÓLOGO Y/O METALURGISTA, SEGÚN SEA EL CASO . DEFINICIONES E INDICACIONES CONCESIÓN DE BENEFICIO DE MINERALES PARA LA PEQUEÑA MINERÍA El expediente técnico contendrá lo siguiente: 1.- Ingenierí a detallada de las o bras civiles: 3. Ingenierí a detallada del pro ceso metalúrgico : Descripción general del proceso metalúrgico, diagrama de flujo y relación de equipos, sistemas de alimentación y clase de mineral Origen, productos finales, manual de operaciones y manejo de contingencias. (Planta metalúrgica, a tratar, reactivos a Utilizar, balance de agua del proceso, balance metalúrgico, consumo energético y origen, productos finales, depósito de relaves, plataforma de lixiviación, obras auxiliares y complementarias). manual de operaciones y manejo de contingencias. Resumen ejecutivo, criterios de diseño, diseño civil, diseño geotécnico, implementación de recomendaciones del Instrumento de Gestión Ambiental, especificaciones técnicas para la 4. Estacio nes de C o ntro l: Puntos de construcción, manual de aseguramiento de la calidad de la construcción (CQA), manual de monitoreo (agua, aire, ruido y suelos), puntos de monitoreo geotécnicos, control de instrumentación operaciones y manejo de contingencias. 5. C ro no grama y presupuesto detallado . 2. Ingenierí a detallada de las instalacio nes electro mecánicas: Resumen ejecutivo, criterios de diseño (sustentado en una memoria de cálculos), diseño de las 6. P ermiso s y auto rizacio nes: Recibo de pago original por derecho de vigencia, recibo de pago por derecho de trámite, instalaciones electromecánica, especificaciones técnicas de las instalaciones electromecánicas, resolución que aprueba los estudios de aprovechamiento hídrico, autorización de la construcción de las obras hídricas, manual de aseguramiento de la calidad (CQA, manual de operaciones y manejo de contingencias) Instrumento de Gestión Ambiental aprobado, licencia de uso de agua, acreditación de uso de terreno superficial donde se encuentra el área solicitada, declaración jurada de compromiso ambiental y social según D.S. N° 042-2003-EM y modificatorias, autorización de vertimientos Normas Legales del 19.05.2015 21
ANEXO II 4.2.9 Testigos, observadores y/o técnicos que acompañan en la ¿scalización, de ser el caso; Procedimiento para la fiscalización de la información 4.2.10 Áreas, componentes u otros veri¿cados; contenida en el Registro de Saneamiento 4.2.11 Firma del sujeto en vías de formalización o de su representante, en caso se trate de persona jurídica, y I. Objeto del ¿scalizador, así como de los testigos, observadores o técnicos que acompañan en la visita de ¿scalización, en El presente tiene por objeto establecer el procedimiento caso hubieran participado; de ¿scalización de la información presentada por los 4.2.12 Observaciones precisadas por el ¿scalizador sujetos en vías de formalización contenida en el Registro y/o por el administrado, de ser el caso; de Saneamiento. V. Vía procedimental II. Ámbito de aplicación 5.1 El resultado de la ¿scalización de gabinete o Conforme a lo establecido en el artículo 3° del Decreto de campo, según corresponda, estará contenido en un Supremo N° 029-2014-PCM, el presente anexo es Informe Técnico – Legal. aplicable a nivel nacional y está bajo la competencia de la 5.2 Si el Informe Técnico – Legal citado en el Dirección General de Formalización Minera del Ministerio numeral anterior concluyera que el resultado de la de Energía y Minas, en adelante, DGFM. ¿scalización de gabinete y/o de campo es acorde con la información contenida en el Registro de Saneamiento, III. Del apoyo de la autoridad competente la DGFM trasladará dicho informe al sujeto en vías de formalización para conocimiento, sin perjuicio de que La DGFM podrá requerir el apoyo de los Gobiernos puedan programarse ¿scalizaciones posteriores. Regionales, a través de sus Direcciones Regionales 5.3 Si el Informe Técnico – Legal, concluyera que de Energía y Minas o las que hagan sus veces, en las el resultado de la ¿scalización de gabinete y/o de campo, ¿scalizaciones que programe en el marco del presente presumiblemente, carece de veracidad, la DGFM, a través procedimiento. de un acto administrativo, otorgará un plazo máximo de cinco (05) días hábiles al sujeto en vías de formalización IV. Aspectos generales de la fiscalización de la para que realice su descargo respectivo. información contenida en el Registro de Saneamiento Sin embargo, de advertirse que el sujeto en vías de formalización no presentó el descargo correspondiente 4.1 Tipos de Fiscalización dentro del plazo establecido o de haberlo presentado, oportunamente, el mismo resulta insu¿ciente, la DGFM La ¿scalización de la información contenida en el emitirá la resolución directoral que resuelva depurar al Registro de Saneamiento, ejercida por la DGFM, podrá acotado sujeto en vías de formalización del Registro de ser efectuada en gabinete y/o en campo, sin previo aviso Saneamiento. al administrado. A continuación, se de¿nen los tipos de Por otro lado, si cumple con absolver de forma correcta ¿scalización: el traslado conferido dentro de plazo otorgado, la DGFM trasladará un informe al sujeto en vías de formalización 4.1.1. Fiscalización de gabinete.- Es aquella que precisando que la información contenida en el Registro de desarrollan los profesionales de la DGFM, respecto de la Saneamiento es veraz. información contenida en el Registro de Saneamiento que 5.4 La DGFM hará de conocimiento del Ministerio será contrastada con la documentación que posean y/o los Público y de la Policía Nacional del Perú respecto de datos que observen de los registros correspondientes. las resoluciones directorales que resuelven depurar a 4.1.2. Fiscalización en campo.- Es aquella que efectúa los administrados del Registro de Saneamiento, a ¿n de el(os) ¿scalizador(es), debidamente acreditado(s), también que dichas entidades públicas actúen de acuerdo a su profesionales de la DGFM, en la concesión minera y/o competencia. coordenadas precisadas en el Registro de Saneamiento. 5.5 La Resolución Directoral expedida por la DGFM, que resuelve depurar al sujeto en vías de Para los efectos de la presente ¿scalización, el formalización del Registro de Saneamiento, podrá ser ¿scalizador debe elaborar el Acta de Fiscalización que materia de impugnación, de conformidad a lo establecido describe lo observado desde el inicio hasta el término en el artículo 154° del Decreto Supremo N° 014-92-EM de dicha diligencia, utilizando, de ser el caso, equipos u que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General otros similares que ayuden al cumplimiento de la función de Minería. asignada. 5.6 Los sujetos en vías de formalización que fueron depurados del Registro de Saneamiento o aquellos que 4.2 Del contenido del acta de fiscalización se les canceló la Declaración de Compromisos, podrán formalizar sus actividades a través del procedimiento El Acta de Fiscalización debe consignar la siguiente establecido en la Ley N° 27651, Ley de Formalización y información: Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, así como de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 4.2.1 Nombres, apellidos y el número de Documento Supremo N° 013-2002-EM. Nacional de Identidad del Fiscalizador; 4.2.2 En caso de ser persona natural, nombres, VI. Disposiciones Complementarias apellidos, domicilio y el número de Documento Nacional de Identidad del sujeto en vías de formalización. Luego que los Gobiernos Regionales cancelen la 4.2.3 En caso de ser persona jurídica, razón social y Declaración de Compromisos del sujeto en vías de domicilio del sujeto en vías de formalización, así como los formalización, en virtud a lo establecido en el artículo 5° nombres, apellidos, domicilio y el número de Documento del Decreto Legislativo N° 1105, o en virtud de ejecutar Nacional de Identidad del representante legal. sus funciones como Entidades de Fiscalización Ambiental 4.2.4 De no encontrarse al sujeto en vías de (EFA), y se lo comuniquen a la DGFM, ésta cancelará la formalización en la zona materia de ¿scalización, se inscripción del sujeto en vías de formalización del Registro consigna los nombres, apellidos, domicilio y el número Nacional de Declaraciones de Compromisos o lo depurará de Documento Nacional de Identidad de quienes se del Registro de Saneamiento, de ser el caso. encuentran desarrollando actividad minera en la zona Sin perjuicio de la cancelación o depuración antes materia de ¿scalización. mencionadas, en caso de advertirse incongruencias 4.2.5 Actividad minera declarada y/o desarrollada por técnicas y/o legales en el contenido de los actos en el sujeto en vías de formalización; referencia, la DGFM hará de conocimiento de dicha 4.2.6 Nombre, código y ubicación del derecho minero situación al Órgano de Control Institucional del Gobierno u otro; Regional correspondiente, a ¿n de que determine las 4.2.7 Fecha y hora de la ¿scalización (de inicio y de responsabilidades que hubiere lugar. cierre); Los sujetos en vías de formalización que fueron 4.2.8 Operarios y/o dependientes del sujeto en depurados del Registro de Saneamiento o aquéllos que vías de formalización que participan de la diligencia de se les canceló la Declaración de Compromisos, podrán ¿scalización, debidamente identi¿cados; formalizar sus actividades a través del procedimiento Normas Legales del 19.05.2015 22 establecido en la Ley N° 27651, Ley de Formalización y Sólo procederá el cambio de titular de la inscripción en Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, el Registro de Saneamiento en los siguientes casos: así como de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2002-EM. 3.3.1 Si el sujeto en vías de formalización declaró La DGFM queda facultada a adoptar las medidas ser persona natural y luego se constituye como una necesarias para la mejor implementación del procedimiento persona jurídica, bajo la ¿gura societaria de una Empresa establecido en el presente Anexo. Individual de Responsabilidad Limitada, siempre que el titular gerente de dicha empresa sea el mismo sujeto
ANEXO III de formalización, debiendo mantenerse éste en dicho cargo, por lo menos, hasta obtener la resolución de inicio PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LA / reinicio de actividad minera. INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL REGISTRO DE 3.3.2 Si el sujeto en vías de formalización declaró SANEAMIENTO ser persona jurídica bajo la ¿gura societaria de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y luego desea 1. Objeto continuar el proceso que inició como persona natural, siempre que dicha persona natural haya sido titular El presente procedimiento tiene por objeto ¿jar los gerente de la acotada empresa desde el momento que se parámetros para modi¿car la información consignada en acogió al indicado proceso. el Registro de Saneamiento, ya sea de o¿cio o a pedido de parte. 3.4 Cambio en el supuesto en que una concesión minera pase a formar parte de una acumulación minera 2. Ámbito de aplicación Si el sujeto en vías de formalización declaró desarrollar El procedimiento es aplicado por la Dirección General actividad en un derecho minero que posteriormente pasa de Formalización Minera, a nivel nacional, o por los a formar parte de una acumulación, se procederá a la Gobiernos Regionales, a través de sus Direcciones modi¿cación correspondiente al nombre de la concesión Regionales de Energía y Minas o de quien haga sus veces, minera en la que se desarrolla la actividad minera, respecto de las solicitudes presentadas por los sujetos en conforme al siguiente detalle: vías de formalización que se encuentren inscritos en el Registro de Saneamiento. 3.4.1 El sujeto en vías de formalización, titular o Las autoridades mencionadas en el párrafo anterior cesionario minero, solicitará la modi¿cación de los datos expedirán los actos administrativos sobre la base del del derecho minero en el que desarrolla su actividad presente procedimiento. En el caso del Gobierno Regional, minera informal tomando en consideración los datos de el acto administrativo correspondiente es trasladado a la acumulación, pudiendo ejercer la actividad minera en la la Dirección General de Formalización Minera para la totalidad de las áreas que conforman dicha acumulación; respectiva actualización del Registro de Saneamiento. no obstante, deberá respetar el hectareaje máximo que debe observar un productor minero artesanal o un 3. Supuestos de modificación de la información pequeño productor minero, conforme a lo establecido en contenida en el Registro de Saneamiento el artículo 91° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014- 3.1 Subsanación de error en el nombre y/o apellido 92-EM y sus modi¿catorias. o razón social del sujeto en vías de formalización 3.4.2 Si el sujeto en vías de formalización suscribió El sujeto en vías de formalización debe presentar la siguiente documentación: un contrato de explotación respecto de la concesión minera que precisó en el acotado Registro, se restringirá En caso sea persona natural el desarrollo de su actividad al área indicada en dicho contrato, sin perjuicio de modi¿car el nombre del derecho - Documento Nacional de Identidad vigente. minero en el que desarrolla la actividad minera por el - Registro Único del Contribuyente activo. nombre de la acumulación. Los supuestos anteriormente indicados no son En caso sea persona jurídica aplicables para las Unidades Económico Administrativas (UEA). - Copia simple de la partida registral de la constitución de la persona jurídica. 3.5 Modi¿cación de la razón social del sujeto en - Registro Único del Contribuyente activo. vías de formalización que forma parte del Registro de - Documento Nacional de identidad del representante. Saneamiento 3.2 Subsanación de error relacionado con Si el sujeto en vías de formalización es una persona información sobre el derecho minero jurídica, ésta podrá solicitar la modi¿cación de su razón social siempre y cuando mantenga el número del Registro 3.2.1 En caso exista un error en el nombre del derecho Único del Contribuyente inicialmente consignado y minero, el sujeto en vías de formalización debe presentar demuestre que la conformación de su accionariado se un escrito que lo señale, adjuntando lo siguiente: mantiene. - Resolución Directoral o Jefatural que concede el 4. Vía procedimental título de concesión minera. - De tratarse de un petitorio minero, presenta la solicitud 4.1 Considerando los supuestos acotados en debidamente tramitada ante la autoridad competente. los numerales anteriores, la Dirección General de Formalización Minera, actualizará la información contenida 3.2.2 En caso exista un error en el código y/o en el Registro de Saneamiento respecto de los actos coordenadas de ubicación del derecho minero, el sujeto administrativos propios o emitidos por las Direcciones en vías de formalización debe presentar un escrito que Regionales de Energía y Minas o las que hagan sus veces, lo señale, ajuntando el documento que corresponda. La siempre que dichos actos no contravengan la Constitución, autoridad competente debe efectuar una veri¿cación en las leyes, las normas reglamentarias aplicables vigentes o campo. el carácter de declaración jurada que tiene la declaración 3.2.3 En caso que la autoridad competente observe de compromisos, ni lo dispuesto en el presente Anexo. omisión y/o error de la información contenida en el 4.2 Para efectos de resolver la solicitud de Registro de Saneamiento, subsanará el error o la omisión modi¿cación presentada por el sujeto en vías de efectuando una evaluación en gabinete y/o mediante formalización o cuando la autoridad competente deba veri¿cación en campo, a criterio de dicha autoridad. modi¿car la información contenida en el Registro de Saneamiento, por error u omisión, de conformidad con 3.3 Cambio de titularidad del sujeto en vías de el numeral 3.2.3., dicha autoridad podrá efectuar la formalización, inscrito en el Registro de Saneamiento veri¿cación en campo y/o en gabinete; salvo el supuesto Normas Legales del 19.05.2015 23 descrito en el numeral 3.2.2, el cual amerita una Designan Directora de Programa veri¿cación en campo. El resultado de dicha veri¿cación debe estar contenido en un Informe Técnico-Legal, Sectorial IV, Directora General del respaldado por fotografías, planos o cualquier otro medio Centro de Estudios en Justicia y que compruebe la oportunidad y forma de ejecución de dicha veri¿cación. El Informe antes referido sustenta Derechos Humanos del Ministerio la Resolución Directoral o Gerencial expedida por la autoridad competente, según el caso, que concede el RESOLUCIÓN MINISTERIAL cambio solicitado. Nº 0130-2015-JUS 4.3 El plazo para expedir la Resolución Directoral o Gerencial que resuelva la solicitud de modi¿cación de la Lima, 18 de mayo de 2015 información contenida en el Registro de Saneamiento es de treinta (30) días hábiles. Dentro de dicho plazo debe CONSIDERANDO: emitirse el Informe Técnico-Legal, referido en el numeral Que, se encuentra vacante el cargo de con¿anza de anterior. Director de Programa Sectorial IV- Director General del 4.4. En caso que la atención de la solicitud amerite Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del una veri¿cación en campo, podrá ampliarse el plazo de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; atención por un máximo de tiempo similar al plazo máximo Que, resulta necesario designar al profesional que establecido en el numeral 4.3 anterior. desempeñará dicho cargo público con¿anza; 4.5. La modi¿cación de la información contenida De conformidad con lo previsto en Ley N.º 27594, en el Registro de Saneamiento, efectuada por la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Dirección Regional de Energía y Minas o la que haga nombramiento y designación de funcionarios públicos; sus veces, deberá ser puesta en conocimiento de la la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Dirección General de Formalización Minera dentro de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto las veinticuatro (24) horas de emitida la Resolución que Supremo N.º 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento resuelve la modi¿cación, sin perjuicio de alcanzar la copia de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y debidamente fedateada del expediente que sustenta y Derechos Humanos; contiene dicha Resolución. 4.6. La Dirección General de Formalización Minera SE RESUELVE: queda facultada a adoptar las medidas necesarias para la mejor implementación del procedimiento establecido en Artículo Único.- Designar a la señora Teresa de Jesús el presente Anexo. Valverde Navarro en el cargo de con¿anza de Directora de Programa Sectorial IV- Nivel F-5 como Directora General 1238507-1 del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUSTICIA Y DERECHOS GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA HUMANOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1238755-1 Designan Directora de Sistema Administrativo III de la Secretaría General del Ministerio PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Autorizan viaje de profesional del Nº 0125-2015-JUS IMARPE a Colombia, en comisión de Lima, 15 de mayo de 2015 servicios CONSIDERANDO: INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Nº DEC-145-2015 Sistema Administrativo III, Nivel F4, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Callao, 18 de mayo de 2015 Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñe dicho cargo público de con¿anza; VISTO: De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley El Expediente relacionado con la participación del Blgo. que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Ruslan Alfredo Pastor Cuba, profesional del Área Funcional nombramiento y designación de funcionarios públicos, de Investigaciones en Biodiversidad de la Dirección General la Ley 29809, Ley de Organización y Funciones del de Investigaciones de Recursos Demersales y Litorales, en Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto el Curso “Plani¿cación Espacial Marina y Manejo Integrado Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Zonas Costeras”, a realizarse en la ciudad de Santa de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Marta, Colombia, del 25 al 29 de mayo de 2015, remitido Derechos Humanos; por la Dirección Ejecutiva Cientí¿ca a la O¿cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Hoja de Remisión SE RESUELVE: Nro. DEC-1944-2015, el 30 de abril de 2015. Artículo Único.- Designar a la señora abogada Erika CONSIDERANDO: Elizabeth Briceño Aliaga en el cargo de con¿anza de Directora de Sistema Administrativo III, Nivel F4, de la Que, mediante Circular CPPS/SE/056/2015, del 14 Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos de abril de 2015, el Secretario General de la Comisión Humanos. Permanente del Pací¿co Sur (CPPS) y Secretario Ejecutivo del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pací¿co Sudeste, señor Julián Reyna Regístrese, comuníquese y publíquese. Moreno, comunica la convocatoria para participar en el curso sobre “Plani¿cación Espacial Marina y Manejo GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Integrado de Zonas Costeras”, que se realizará en el MInistro de Justicia y Derechos Humanos Centro de Entrenamiento Regional en Ciencias del Mar para Latinoamérica INVEMAR en Santa Marta, Colombia, 1238137-1 del 25 al 29 de mayo de 2015;