Resolución Nº 211/00/PE/DNE - Declaración jurada de pesca y pago de derechos de explotación de recursos hidrobiológicos pelágicos
Made 2000-09-04 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, marine fishes, fees/royalties, legal proceedings/administrative proceedings, aquatic animals
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Text
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pag. 192566 Lima. mattes 5 de sctiernbrc de 2000 PESQUERIA Aprueban Formulario de Declaraci6n Jurada de Pesca y Pago de Derechos de Explotaci6n de Recursos Hidrobio 16gicos Pelagicos, correspondiente a la primera cuota del ana 2000 RESOLUCION DlRECTORAL N" 211·2000·PElDNE Lima, 4 de setiembre del 2000 CONS IDERAt'lfDO: Que mediante Resolucion Ministerial W 087 -2000 PE del 13 de marzo del 2000, se establecen las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por con cepto de explotacicn de recursos hidrobiologicos, el mismo que deberan efectuar los armadores de ernbar caciones pesqueras con permiso de pesca para ancho veta y/o sardina y/o jurel y/o cabalia e inclusive aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca al amparo de 10 dispuesto por la Ley N° 26920 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre mo N" 003-98-PE; Que la citada Resolucion Ministerial, dispuso que la Direccion Nacional de Extraccion establecera los formatos y la informacion que debe contener la decla racion jurada para la liquidacion de los derechos de pesca, el formato de los recibos de pago, los lugares y agentes autorizados para recibir el pago y ernitira las constancias del pago de derechos de las ernbarcacio nes; Que en los Articulos 2" y 3" de la citada Resolucion Ministerial, se dispuso que para efectos del pago de derechos de pesca, este puede abonarse en forma fraccio nada y por el presente ano seran liquidados en tres (3) cuotas, cuyas fechas de vencimiento son el 15 de setiem bre del 2000, 15 de noviembre del 2000 y 15 de enero del 2001, determinandose el monto a pagar por concepto de la primera cuota conforme los calculos establecidos en los citados articulos; De conformidad con 10establecido en los Articulos 2", 3° y 6" de la Resolucion Ministerial N" 087-2000-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°, Aprobar el Formulario de Declaracion Jurada de Pesca y Pago de Derechos de Explotacion de Recursos Hidrobiologicos Pelagicos correspondiente a la primera cuota del afio 2000, cuya fecha de vencimiento es el15 de setiembre del 2000, conforme con 10dispuesto en los Articulos 2° , 3°y 6° de la Resolucion Ministerial N" Lima. martes 5 de setiembrc de 2000 Pag.192567 087-2000-PE, el mismo que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resoluci6n. Articulo 2°, Los armadores pesqueros que eligieron pagar los derechos de extracci6n mensualmente confor me al sistema alternativo establecido en el Articulo 4° de la Resoluci6n Ministerial N" 087-2000-PE, deberan cum plir con presentar la Declaraci6n Jurada de derechos por extracci6n de recursos hidrobiologicos correspondiente al mes de agosto del 2000, en los cinco (5) primeros dias utiles del mes de setiembre del 2000; sin perjuicio de la presentaci6n del Formulario de Declaraci6n Jurada de Pesca y Pago de Derechos de Explotaci6n de Recursos Hidrobiologicos Pelagicos correspondiente a la primera cuota del afio 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDa GALLO GALLO Director Nacional de Extracci6n (e) ~ MINISTERIO DE PESQUERIA FORMULARIO DE UQUIDACION DE lera. CUOTA DECLARACION JURADA DE PESCA Y PAGO DE DERECHOS DE EXPLOTACION DE RECURSOS HIDROBIOLOGICOS PELAGICOS (ENERO - 31 AGOSTO 2000) ResolucionMinisterial N0087-2GOO-PE [ EMBARCACION PESQUERA ] [ N° MATRICULA ]ECAPAC. DE BODEGA (m3) I Para consignar correctamente 121 informaci6n en el presente formulario, sirvase leer 121 cartilla de instrucciones queseencuentra en el reverso. A) PAGO MINIMO PARAMANTENER VIGENTE ELPERMISO DE PESCA (3) Valor r metrocublco USD$ 10 x m3 Monto anual total (USD s) Li uidaci6n de lera. Cuota (5) B) PAGO DE DERECHOS POR EXTRACCION REC.HIDROBIOLOGICOS ACUMULADO (ENERO-AGOSTO 2000) ValorporTonelada USD$ 0.44 x T.M. VALOR MAYOR CaptureTotalefectiva en T.M. Comparaci6n de resultados de las casillas (5) y (8) C) UQUIDACIONDE PAGO DE DERECHOS ENERO - AGOSTO 2000 IMPORTE A PAGAR PORCONCEPTO DE LAlera, CUOTA (15 Setiembre 2000) Restar casillas (10) y (14) Nota: • En121 cesma (13), es importante teneren conslderacl6n la indicaci6n quefigura en el reverse. I DEDUCCIONES> Valor de la casllla (9) Suma de los derechos paqados de enero hasta agosto Credlto del ejercicio 1999 Suma de los pagos efectuados al SISESAT' Total de Deducdones Suma de casillas (11), (12) Y(13) (USD s) DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL RAZON SOCIAL : (De la personaJurfdica querepresenta) APEWDOS Y NOMBRE5: (Representante legal) DOCUMENTO DE IDENTIDAD : (Representante legal) ARMA: pag. 192568 Lima, martes 5 de setiembre de 2000 CARTILLA DE INSTRUCCIONES~ ~J Las instrucciones que se presentan a continuaci6n son claras y precisas, por favor lealas can detenimiento antes de lIenar la Declaraci6n Jurada; asf evitaremos errores. (1) Consignar el c6digo de pago asignado a la embarcaci6n pesquera (ver publicaci6n que se etectuara en el Diario Oficial EL PERUANO). (2) Consignar la capacidad de bodega establecida en la Resoluci6n Ministerial NQ 500-98-PE. Aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca con fecha posterior a la publicaci6n de la A.M. NQ 500-98-PE, considerar la capacidad de bodega expresada en metros cubicos (m3) de su respectiva Resoluci6n autoritativa, asimismo para aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca al amparo de la Ley NQ 26920 Y el Decreto Supremo NQ 003-98-PE. (3) Indica el valor en US$ D61ares americanos por metro cublco (m3) de capacidad de bodega, conforme 10 establece el Articulo 2Qde la Resoluci6n Ministerial NQ 087-2000-PE. (4) Colocar el resultado de la multiplicaci6n de los valores de las casillas (2) y (3). (5) Indicar el 50% del monto resultante de la casilla (4). (6) Indica el valor en US$ D61ares americanos por Tonelada extraida, conforme 10dispuesto en el Articulo 3Qde la Resoluci6n Ministerial NQ 087-2000-PE. (7) Consignar el tonelaje total extrafdo de los recursos hidrobiol6gicos del 1 de enero al 31 de agosto. (8) Colocar el resultado de la multiplicaci6n de los valores de las casillas (6) y (7). (9) En esta casilla se conslqnara el valor que resulte mayor de la comparaci6n de las casillas (5) y (8). (10) Colocar el valor de la casilla (9). (11) Indicar el monto que resulte de sumar los pagos mensuales efectuados de enero-agosto 2000 por concepto de derecho de explotaci6n. (12) Indicar el monto de creolto a favor del armador que resultara del ejercicio anterior (1999). (13) Indicar el monto que resulte de sumar las cuotas pagadas al SISESAT (* Siempre y cuando haya efectuado pagos mensuales de los derechos en las fechas prevista - Art.4Qde la A.M. NQ 087-2000 PEl· (14) Consignar el resultado de la suma de las casillas (11) + (12) + (13) (15) Consignar en esta casilla, el valor que resulte de la resta de las casillas (10) - (14) Consultar: Telefonos 224-3254 - 224-3229 Fax 224-3338