Resolución Nº 207/13/VIVIENDA - Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano
Made 2013-08-21 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Land and soil
- Keywords
- soil conservation/soil improvement, soil pollution/quality, urban land, pollution control
Where to read it
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Text
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Normas Legales del 23.08.2013 47 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada VEHÍCULOS PERUANOS S.A.C. – VEHPERÚ, el incremento de un circuito de manejo ubicado en: Valle Moche U.C N° VD-13, Distrito de Moche, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; así como encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 975135-1 VIVIENDA Designan representante alterno del Ministerio ante la Comisión Interinstitucional constituida con el objetivo de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la población, así como definir el proceso de reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo urbano sostenible RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2013-VIVIENDA Lima, 21 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29293, se declaró de necesidad pública e interés nacional la implementación de medidas para lograr el desarrollo urbano sostenible concertado y la reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco, y se constituyó una Comisión Interinstitucional con el objetivo de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la población; así como, defi nir el proceso de reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo urbano sostenible; la misma que se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 310-2009-VIVIENDA de fecha 23 de noviembre de 2009, se designó a la arquitecta Rosario Gonzáles Seminario como representante titular; y mediante Resolución Ministerial N° 067-2010-VIVIENDA de fecha 13 de abril de 2010, se designó al urbanista Augusto Mendoza Castillo, como miembro alterno, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la precitada Comisión Interinstitucional; Que, mediante Informe N° 141-2013/VMVU/DNU de fecha 19 de agosto de 2013, el Director Nacional de Urbanismo, informó al Viceministro de Vivienda y Urbanismo respecto a la renuncia formulada por el urbanista Augusto Mendoza Castillo, proponiendo designar en su reemplazo al ingeniero Máximo Ayala Gutiérrez, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Interinstitucional antes indicada; por lo que resulta conveniente dar por concluida la designación del urbanista Augusto Mendoza Castillo; así como, designar al ingeniero Máximo Ayala Gutiérrez; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29293, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la implementación de medidas para lograr el desarrollo urbano sostenible concertado y la reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco; la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del urbanista Augusto Mendoza Castillo, como miembro alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Interinstitucional constituida con el objetivo de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la población; así como, defi nir el proceso de reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo urbano sostenible. Artículo 2.- Designar al ingeniero Máximo Ayala Gutiérrez, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Interinstitucional constituida con el objetivo de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la población; así como, defi nir el proceso de reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo urbano sostenible. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Presidencia de la indicada Comisión Interinstitucional; así como, a las personas a que se refi eren los artículo 1 y 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 978499-1 Aprueban Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano PGSU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 207-2013-VIVIENDA Lima, 21 de agosto de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 099-2013-VIVIENDA OGPP y el Informe Técnico Legal Nº 009-2013-VIVIENDA/ VMVU-PGSU, emitidos por la Dirección General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Programa Generación de Suelo Urbano (PGSU), respectivamente, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; Que, por Decreto Supremo N° 003-2012-VIVIENDA, se crea el Programa Generación de Suelo Urbano, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el propósito de atender la demanda de suelo urbano con fi nes de vivienda social y servicios complementarios de infraestructura y de equipamiento mediante la promoción de acciones de recuperación y/o transformación urbana y desarrollo de proyectos de producción de nuevo suelo urbano; Que, de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria, Final y Transitoria del mencionado Decreto Supremo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobará mediante Resolución Ministerial el Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano; Que, los artículos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de cliente Rectángulo cliente Rectángulo Normas Legales del 23.08.2013 48 Organización y Funciones por parte de las Entidades de la Administración Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, establecen que los programas o proyectos contarán con un Manual de Operaciones en el que se consignará, entre otros, la descripción del Programa o Proyecto, el objetivo, la identifi cación de las entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del mismo, organización, funciones y responsabilidades; así como, sus procesos de programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación desembolsos, según corresponda, y los procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión técnica, informes (fi nancieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspección y supervisión, según corresponda; Que, con Informe Técnico Legal Nº 009-2013 VIVIENDA/VMVU-PGSU, el Programa Generación de Suelo Urbano (PGSU) remite el proyecto del Manual de Operaciones para la prosecución del trámite correspondiente que conlleve a su aprobación; Que, mediante Memorando Nº 099-2013-VIVIENDA OGPP, la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, señala que luego de la evaluación realizada por la Unidad de Planifi cación, Programación y Racionalización a través del Informe Nº 005-2013-OGPP-UPPR, emite opinión favorable al Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano, recomendando se prosiga con el trámite de aprobación respectiva; De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002 VIVIENDA, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública y el Decreto Supremo N° 003 2012-VIVIENDA, que crea el Programa Generación de Suelo Urbano; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano - PGSU, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial y consta de nueve (09) Capítulos, sesenta y cinco (65) Artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias, una (01) Disposición Complementaria Final y dos (02) Anexos. Artículo 2º.- Aprobación del Cuadro de Recursos Humanos Delegar en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo la facultad de aprobar el Cuadro de Recursos Humanos del PGSU, el mismo que será propuesto por el Director Ejecutivo del Programa, en un plazo que no excederá los treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano – PGSU, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Vigencia El Manual de Operaciones del Programa Generación de Suelo Urbano - PGSU entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DIAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 978951-1