Resolución Nº 204-2013-AG ─ Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de principales cultivos de interés nacional y regional Campaña Agrícola 2013-2014
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About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant production, data collection/reporting
- Categories
- agriculture
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Normas Legales del 12.06.2013 1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2013-PCM Lima, 11 de junio de 2013 VISTO: el Informe N° 008-2013-PCM/ONGEI de fecha 27 de mayo de 2013 de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM se crea la “Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento de la implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto” con el objeto de realizar acciones de seguimiento y emisión de informes referidos al citado Plan de Acción; Que, el artículo 2° del mencionado Decreto Supremo dispone que la citada Comisión estará conformada por el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá, un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de la Secretaria de Gestión Pública, un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática; un (1) representante designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; un (1) representante designado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; un (1) representante del Poder Judicial; un (1) representante de las organizaciones de la actividad empresarial, y tres (3) representantes de las organizaciones de la sociedad civil; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 025-2013 PCM, modifi cada por la Resolución Ministerial N° 066 2013-PCM, se designa a los representantes titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 003-2013 PCM; Que, es conveniente dar por concluida la designación del señor César Vílchez Inga como representante ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM, correspondiendo modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 025-2013-PCM, modifi cada por Resolución Ministerial N° 066-2013-PCM, a efecto de designar a su reemplazo; Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática propone a la señora Jaddy Silvana Fernández Iparraguirre, Jefa (e) de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática, como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor César Vílchez Inga como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 025-2013-PCM, modifi cado por Resolución Ministerial N° 066-2013-PCM, que designa a los representantes titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM, el cual quedará redactado como sigue: “Artículo 1º.- Designar a los representantes titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 003-2013 PCM, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Manuel Ángel Clausen Olivares, Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá. Sra. Mariana Llona Rosa, Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Sra. Jaddy Silvana Fernández Iparraguirre, Jefa (e) de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática”. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 948753-1 AGRICULTURA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0204-2013-AG Lima, 10 de junio de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 0302-2013-AG-OEEE/0120-UE, de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, y el Ofi cio Nº 1416-2013-AG-OPP/UPS, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1082, se creó el Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, conformado por los Órganos del Ministerio de Agricultura, los organismos adscritos al Sector Agrario, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria; señalando la misma norma que el citado sistema forma parte del Sistema Estadístico Nacional - SEN, cuyo órgano rector es el Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, el artículo 2 del citado Decreto Legislativo, estableció que el Ministerio de Agricultura dirige, consolida y coordina, a nivel nacional, con las diferentes entidades conformantes del SIEA, la recopilación y acopio de la información estadística agraria que éstas produzcan; asimismo, en su Segunda Disposición Complementaria Final dispuso que, el Ministerio de Agricultura emitirá y/o actualizará sus Lineamientos Metodológicos para la Recopilación de la Información Agraria y demás documentos técnicos que resulten pertinentes para la implementación del SIEA; Que, los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 del Reglamento del Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2009-AG, señalan que la Autoridad Estadística Agraria Nacional (AEAN) es el órgano designado por el Ministerio de Agricultura para desarrollar, generar y difundir las estadísticas agrarias nacionales; asegurando a escala nacional, la generación de estadísticas agrarias nacionales con arreglo a las normas establecidas y a los principios estadísticos; correspondiéndole defi nir los procesos, métodos estadísticos, estándares, procedimientos, así como el contenido y oportunidad de las publicaciones estadísticas nacionales; asimismo, en su Segunda Disposición Complementaria Final se designó a la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, como la Autoridad Estadística Agraria Nacional (AEAN); Que, el artículo 45 y el literal b. del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de cliente Rectángulo cliente Rectángulo Normas Legales del 12.06.2013 2 Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008 AG, establecen que la Oficina de Estudios Económicos y Estadísticos es el órgano encargado de brindar apoyo en materia de estadística y estudios económicos al Ministerio; y tiene la función específi ca de dirigir, consolidar y coordinar, a nivel nacional, la recopilación y acopio de la información estadística agraria que produzcan las entidades conformantes del Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Reglamento para la formulación, aprobación y supervisión de la ejecución del Plan de Cultivo y Riego - PCR, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2005-AG, el Plan de Cultivo y Riego es el instrumento de planifi cación de la campaña agrícola en las áreas irrigadas de un Distrito de Riego, que se formulan en función a las políticas nacionales y regionales de producción agraria; a las condiciones hidrológicas, climatológicas, agrológicas y fi tosanitarias; y a la intención de siembra de los agricultores; Que, con Ofi cio Nº 0302-2013-AG-OEEE/0120-UE, el Director General de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, sustentado en el Informe Técnico Nº 002/2013-AG-OEEE/UE, de la Unidad de Estadística, solicita la aprobación de la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, con la fi nalidad de conocer las intenciones de siembra de los principales cultivos transitorios, para proporcionar información oportuna a los formuladores de políticas, organismos y dependencias del Ministerio de Agricultura, así como facilitar información a los agentes económicos de las Cadenas Agroproductivas para la planifi cación y programación de sus siembras; Que, con Ofi cio Nº 1416-2013-AG-OPP/UPS, el Director General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo y remite el Informe Nº 0077-2013-AG-OPP-UPS, de la Unidad de Política Sectorial, en el cual se emite opinión favorable para la aprobación de la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, toda vez que, cumple con los lineamientos de política agraria y la programación establecida en el Plan Operativo Institucional 2013 de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Tecnología de la Información publique la presente Resolución y la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, en el Portal del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del despacho del Ministerio de Agricultura NORMAS PARA LA ESTIMACIÓN DE INTENCIONES DE SIEMBRA DE PRINCIPALES CULTIVOS DE INTERÉS NACIONAL Y REGIONAL CAMPAÑA AGRÍCOLA 2013-2014 DIRECTIVA SECTORIAL N° 002-2013-AG-DM Formulada por: Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos Fecha: 10 de junio de 2013 I. OBJETIVO Normar las acciones para la Estimación de Intenciones de Siembra de los principales cultivos de importancia nacional y regional para la campaña agrícola 2013-2014. II. FINALIDAD Contar con información oportuna sobre Intenciones de Siembra y difundir a los productores, organizaciones y agentes económicos del sector, a fi n de orientar los procesos de producción, comercialización y consumo de alimentos. III. BASE LEGAL Resolución Ministerial Nº 0536-2002-AG - Aprueba Directiva Sectorial “Normas para la formulación, trámite, aprobación y actualización de Directivas”. Del 31.MAY.2002. Resolución Ministerial N° 0739-2002-AG. Crea la Comisión de Orientación al Productor Agropecuario. Del 07.AGO.2002. Decreto Supremo Nº 029-2005-AG, Aprueban Reglamento para la formulación, aprobación y supervisión de la ejecución del Plan de Cultivo y Riego – PCR. Del 09.JUL.2005. Resolución Ministerial N° 0731-2005-AG. Reglamento Interno de la Comisión del Plan Nacional de Siembras. Del 08.SET.2005. Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que Aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura. Del 13.MAR.2008. Decreto Legislativo N° 1082 que crea el Sistema Integrado de Estadística Agraria conformante del Sistema Estadístico Nacional. Del 28.JUN.2008 Decreto Supremo N° 031-2008-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura. Del 11.DIC.2008. Decreto Supremo N° 021-2009-AG Reglamento del Sistema Integrado de Estadística Agraria. Del 15.OCT.2009. Resolución Ministerial N° 0105-2013-AG. Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Agricultura. Del 03.ABR.2013. IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación en la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, Organismos del Ministerio de Agricultura, Organismos Públicos Adscritos del Sector Agrario, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria. V. NORMAS DE CARÁCTER TÉCNICO 1.- La Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos (OEEE), es el órgano encargado de ejecutar el planeamiento, diseño y metodología a aplicarse, en la estimación de siembra, así como del análisis cuantitativo de los datos, para lo cual proporcionará los manuales, cédulas, materiales y útiles necesarios para el desarrollo de la encuesta. 2.- La Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos coordinará con las Gerencias o Direcciones Regionales de Agricultura para que éstas a su vez, coordinen con las Juntas de Usuarios y Administraciones Locales de Aguas existentes en sus respectivos ámbitos a fi n de que proporcionen la información de las intenciones de siembra por Comisión de Regantes según cultivo, antes del inicio de la campaña agrícola, a la Dirección de Información Agraria Regional. 3.- La Sectorización para la recolección de datos en los distritos políticos en donde exista infraestructura de riego, se hará en base a la organización de riego (Junta de Usuarios, Comisión de Regantes y Sector de Riego), teniendo en cuenta que las personas encargadas de cada instancia actúan como Informantes Califi cados. 4.- El trabajo de campo para la estimación de los datos sobre Intenciones de Siembra, estará a cargo de las Gerencias o Direcciones Regionales de Agricultura a través de sus correspondientes Direcciones de línea: Subgerencia de Estadística o Dirección de Información Agraria y Ofi cina de Planifi cación Agraria; sus dependencias Normas Legales del 12.06.2013 3 desconcentradas Agencias y Ofi cinas Agrarias; con el apoyo de los Organismos Públicos Descentralizados y Proyectos adscritos del Ministerio de Agricultura en el ámbito administrativo de su competencia. La estimación de los datos de Intenciones de Siembra para la campaña agrícola 2013-2014, se realizará para los siguientes cultivos de importancia nacional: arroz, algodón, papa, maíz amarillo duro, maíz amiláceo, yuca, trigo y cebada grano. Catorce cultivos de interés regional: ajo, arveja grano seco, arveja grano verde, camote, cebolla, fríjol grano seco, haba grano seco, haba grano verde, maíz choclo, olluco, quinua, tomate, zanahoria y zapallo. Dicha estimación de datos se hará de acuerdo a la metodología, procedimientos e instrucciones establecidas en los Manuales (Manual del Encuestador, Manual del Supervisor y Manual del Usuario Aplicativo SRIS-2013) para la Estimación de Intenciones de Siembra de los Principales Cultivos. Campaña Agrícola 2013–2014. 5.- La Información obtenida de Intenciones de Siembra de principales cultivos de importancia nacional y regional, en los sectores estadísticos de un distrito político, mediante el método de entrevista directa al Informante Califi cado, debe ser contrastada con la información de Intenciones de Siembra que proporcionen las Juntas de Usuarios y Administraciones Locales de Aguas y/o algunas otras fuentes de información existentes en el ámbito local, a fi n de darle coherencia a los datos, tal como esta establecido en el documento Manual del Encuestador, numeral 2 Diseño de la Investigación y numeral 3 Defi niciones y Conceptos (ver Anexos). 6.- La supervisión del trabajo de campo es de responsabilidad de la Subgerencia de Estadística o Dirección de Información Agraria Regional, siguiendo los procedimientos e instrucciones establecidos en el Manual del Supervisor. 7.- La ejecución de la presente encuesta se realizará durante el período previo al inicio de la campaña agrícola 2013-2014 a nivel nacional. La OEEE remitirá los formularios de encuesta, mapas distritales y útiles de escritorio a las Gerencia o Direcciones Regionales de Agricultura. Los documentos diligenciados por el encuestador serán recibidos por el Jefe de la Agencia Agraria quien conjuntamente con el personal encargado de la actividad Estadística de su dependencia procederá a realizar la pre-crítica de los formularios, digitación de datos en el software “Sistema Regional de Intenciones de Siembra” (SRIS), y la emisión de reportes a nivel de Distrito y Provincia para realizar el control de calidad. Validados los datos por el Director de la Agencia procederá a remitirlos a la Subgerencia o Dirección de Información Agraria Regional en las fechas establecidas en el calendario de actividades. La Subgerencia de Estadística o Dirección de Información Agraria Regional recibirá de las Agencias Agrarias los datos, formularios y mapas respectivos, para procesarlos en el software SRIS a nivel regional y emitir los reportes a nivel de Distrito, Provincia y Región; para realizar control de calidad de los datos. Validados los datos y con la aprobación del Gerente o Director Regional de Agricultura procederá a remitir el material de encuesta diligenciado a la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos en la fecha establecida. La Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, recibirá de las Gerencias o Direcciones Regionales de Agricultura los formularios y los datos procesados validados en el software SRIS, y procederá a emitir reportes regionales para realizar el control de calidad, consistencia fi nal, y migración de los datos al software de Intenciones de Siembra de la Unidad de Tecnología de Información y a la Unidad de Imagen Institucional para la difusión de resultados. VI. MECÁNICA OPERATIVA El desarrollo de las actividades y tareas se ejecutarán de acuerdo a la metodología, procedimientos e instrucciones contenidas en el Manual del Encuestador, Manual del Supervisor y Manual del Usuario Aplicativo SRIS-2013, adjuntos a la presente como Anexos. VII. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Los documentos de encuesta diligenciados deberán estar debidamente revisados y aprobados por el Gerente o Director Regional de Agricultura para su respectiva remisión a la OEEE, siendo exclusiva responsabilidad de la instancia correspondiente garantizar la validez de los datos reportados. VIII. RESPONSABILIDAD Los Gerentes o Directores de las Direcciones Regionales de Agricultura, Subgerentes o Directores de Estadística / Información Agraria Regional y Directores de Agencias Agrarias son los encargados del cumplimiento de la presente Directiva en sus respectivas instancias. 948430-1 RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 095-2013-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 10 de junio de 2013 VISTA: La carta S/N de fecha 05 de junio de 2013, presentada por la Abogada Silvia Bodero Bullón; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 033 2013-AG-AGRO RURAL-DE, se designó a la Abogada Silvia Bodero Bullón como Asesora de la Dirección Ejecutiva del cliente Rectángulo