Resolución Nº 198-2015-PRODUCE ─ Normas complementarias al Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29051, que regula la participación y la elección de los representantes de las micro y pequeña empresas en las diversas entidades públicas
Made 2015-06-17 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- business/industry/corporations, legal proceedings/administrative proceedings
- Categories
- *
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Artículo 1.- Aprobar las “Normas complementarias al para la mejora de los procedimientos administrativos y Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, que aprueba servicios prestados en exclusividad por las entidades de el Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la la Administración Pública; participación y elección de los representantes de las Que, mediante Informe Técnico N° 253-2015- MYPE en las diversas entidades públicas”, que en anexo PRODUCE/DGCHD-DIAC, la Dirección de Acuicultura se acompañan y forman parte integrante de la presente de la Dirección General de Extracción y Producción Resolución Ministerial. Pesquera para Consumo Humano Directo propone
Artículo 2.- Deróguese la Resolución Ministerial Nº la simplificación de los procedimientos de acuicultura 019-2012-PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 041- al haberse reducido los tiempos efectivos, lo que ha 2013-PRODUCE. generado la reducción de los costos y consecuentemente
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución la reducción de los derechos de tramitación de los Ministerial se publicará en el Diario Oficial El Peruano. mismos, siendo los procedimientos administrativos Asimismo, su anexo se publicará en el Portal simplificados los consignados en los numerales: 36, 38, Institucional del Ministerio de la Producción (www. 42, 43, 45, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y 70 del TUPA del produce.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Ministerio de la Producción; Diario Oficial. Que, mediante Informe N° 139-2015-PRODUCE/ OGPP-OPRA, la Oficina de Planeamiento y Racionalización Regístrese, comuníquese y publíquese. de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto considera viable la simplificación administrativa de los PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS procedimientos 36, 38, 42, 43, 45, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y Ministro de la Producción 70 contenidos en el TUPA del Ministerio de la Producción; asimismo, refiere que cuenta con la documentación 1252794-2 señalada en el artículo 12 de los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA, los cuales han sido aprobados mediante Decreto Supremo N° 079-2007- Modifican el Texto Único de PCM, por lo que corresponde efectuar la modificación Procedimientos Administrativos – correspondiente; Con el visado del Despacho Viceministerial de TUPA del Ministerio de la Producción Pesquería y de las Oficinas Generales de Planeamiento RESOLUCION MINISTERIAL y Presupuesto, Asesoría Jurídica; y, Nº 199-2015-PRODUCE De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión Lima, 18 de junio de 2015 del Estado; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en el Decreto Supremo N° VISTOS: El Memorando N° 2412-2015-PRODUCE/ 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para DGCHD-DIAC de la Dirección General de Extracción y la elaboración y aprobación del TUPA y establece Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, disposiciones para el cumplimiento de la Ley del el Informe Técnico N° 253-2015-PRODUCE/DGCHD- Silencio Administrativo; en el Decreto Legislativo N° DIAC de la Dirección de Acuicultura, el Informe N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones 139-2015-PRODUCE/OGPP-OPRA de la Oficina de del Ministerio de la Producción; y en el Reglamento Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Organización y Funciones del Ministerio de la de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 117- Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 2015-PRODUCE/OGAJ-jmantilla de la Oficina General 343-2012-PRODUCE; de Asesoría Jurídica; y, SE RESUELVE: CONSIDERANDO:
Artículo 1.- Modifíquese el Texto Único de Que, mediante Decreto Supremo N° 010- Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de 2015-PRODUCE se aprobó el Texto Único de la Producción, reduciendo los derechos de tramitación de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio los procedimientos administrativos consignados en los de la Producción; numerales 36, 38, 42, 43, 45, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 36.3 del 70, conforme al Anexo que forma parte integrante de la artículo 36 de la Ley del Procedimiento Administrativo presente Resolución Ministerial. General las disposiciones concernientes a la simplificación de procedimientos podrán aprobarse por Resolución Ministerial al tratarse de entidades dependientes del Artículo 2.- Publicación. Gobierno Central; asimismo, el numeral 38.5 del artículo Publíquese la presente Resolución Ministerial y el 38 de la citada Ley dispone que, una vez aprobado el Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal de Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www. toda modificación que no implique la creación de nuevos serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional procedimientos, incremento de derechos de tramitación o del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, por Decreto Supremo N° 062-2009-PCM se aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Administrativos – TUPA, mediante el cual las entidades Ministro de la Producción