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Laws of Peru

Resolución Nº 184-99-AG-SENASA ─ Establece puestos de control cuarentenario a nivel nacional

Made 1999-12-30 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Livestock, Cultivated plants
Keywords
animal health, pests/diseases, quarantine, hygiene/sanitary procedures, international trade, plant protection
Categories
*, agriculture

Where to read it

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  1. Pág. 182489NORMAS LEGALESLima, sábado 8 de enero del 2000 AGRICULTURA Establecen puestos de control cuarentenario a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 184-99-AG-SENASA (Se publica nuevamente la siguiente resolución, aparecida en nuestra edición del día 7 de enero del 2000, por presentar defectos la edición de ese día.) Lima, 30 de diciembre de 1999 VISTO: Los informes presentados por las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal, mediante Oficio Nº 2995-99 AG-SENASA-DGSA y Memorándum Nº 2021-99-AG-SENASA DGSV-DDF, sobre los Puestos de Control Cuarentenario a nivel nacional, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Orga nización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, en su Artículo 5º inciso g), establece como una de sus funciones organizar y conducir el sistema cuarentenario nacional evitando la introducción de nuevos problemas sanitarios y la dispersión de los existentes hacia otras regiones y países libres de ellos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 033-98-AG-SENASA, se establece los Puestos de Control Cuarentenario - PCC en el ámbito nacional; Que, se hace necesaria la reestructuración de la ubicación de los PCC externos, para enfrentar eficientemente la naturaleza dinámica de las plagas, en armonía con las normas fito y zoosa nitarias y acuerdos internacionales de los cuales el Perú es signatario; así como la ubicación de los PCC internos, en la lucha contra plagas que se encuentran bajo control oficial, con el fin de determinar áreas libres de plagas; Que, las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal, tomando en cuenta los criterios referidos en el conside rando anterior, han realizado un minucioso estudio sobre la situación y rol que cumplen los PCC actualmente establecidos para la protección y mantenimiento de la sanidad agropecuaria del país, concluyendo en la necesidad de reestructurar el actual sistema cuarentenario; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 10º del Regla mento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y, Con las visaciones de las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Planificación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer oficialmente los Puestos de Control Cuarentenario - PCC, como los únicos autorizados en el país para ejercer acciones en materia de control cuarentenario en aplica ción de las normas fito y/o zoosanitarias. Artículo 2º.- Los Puestos de Control Cuarentenario - PCC señalados estarán ubicados en los ámbitos geográficos de las Coordinaciones del SENASA, que a continuación se señalan: COORDINAC. PROVINCIA - DISTRITO PCC FUNCION Ayabaca - Suyo La Tina Externo Ayabaca - Ayabaca Espíndola Externo Paita - Paita Puerto de Paita Externo Piura Sullana - Lancones Alamor Externo Sullana - Lancones Lancones Interno Piura - Las Lomas Desvío - Las Lomas Interno Zarumilla - Aguas Verdes Aguas Verdes Externo Tumbes Ctralmte. Villar - Zorritos Zorritos Externo Jaén San Ignacio - Namballe Namballe Externo Lambayeque Lambayeque - Mocupe Mocupe Interno La Libertad Trujillo - Salaverry Puerto de Salaverry Externo Callao - Callao Puerto del Callao ExternoLima - Callao Callao - Callao Aeropuerto del Callao Externo Ica Pisco - Pisco Puerto de Pisco Externo Islay - Mollendo Puerto de Matarani ExternoArequipa Arequipa - Cerro Colorado Aeropuerto de Arequipa Externo Chucuito - Desaguadero Desaguadero Externo Puno Yunguyo - Yunguyo Kasani Externo Moho - Moho Moho Externo Ilo - Ilo Puerto de Ilo Externo Mrcal. Nieto - Torata Torata Interno Moquegua Mrcal. Nieto - Moquegua Montalvo Interno Gral. Sánchez Cerro - Puquina Talamolle Interno Ilo - Pacocha Fundición Interno Tacna - Tacna Santa Rosa Externo Tacna - Palca Palca Externo Tacna Tacna - Tacna El Ferrocarril Externo Tacna - Tacna Aeropuerto de Tacna Externo Tacna - Estiquepampa Estiquepampa Interno Tahuamanu - Tahuamanu Mavila ExternoMadre de Dios Tahuamanu - Iñapari Iñapari Externo Maynas - Iquitos Puerto Fluvial Mazuza Externo Maynas - Iquitos Aeropuerto de Iquitos ExternoLoreto Maynas - Napo Pantoja Externo Ramón Castilla - Santa Rosa Santa Rosa Externo Cusco Cusco - Cusco Aeropuerto del Cusco Externo Artículo 3º.- Las Direcciones Generales de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal determinarán, previo estudio técnico, la ubi Pág. 182490 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de enero del 2000 cación de los PCC móviles, en apoyo a los PCC listados en el artículo precedente, de acuerdo a la situación fito y/o zoosanitaria que se presente a nivel nacional. Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Resolución Jefatural Nº 033 98-AG-SENASA. Regístrese, publíquese y comuníquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 0213

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