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Laws of Peru

Resolución Nº 178-2013-MINCETUR ─ Reglamento Interno del Consejo Nacional de Fomento Artesanal (CONAFAR)

Made 2013-07-03 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
Indigenous Peoples, cultural heritage, agricultural extension, institution, agricultural development, governance

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  1. Normas Legales del 06.07.2013 5 y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031 2008-AG; y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Bonifacio Chambi Apaza, José Luis Rabines Alarcón y Vidal Apaza Mamani, Especialistas del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego, y del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, respectivamente, a la ciudad de Ibarra, República del Ecuador, del 07 al 13 de julio de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: BONIFACIO CHAMBI APAZA Pasajes (incluye TUUA) US$ 1, 300.00 Viáticos US$ 2, 220.00 TOTAL US$ 3, 520.00 JOSE LUIS RABINES ALARCÓN Pasajes (incluye TUUA) US$ 1, 300.00 Viáticos US$ 2, 220.00 TOTAL US$ 3, 520.00 VIDAL APAZA MAMANI Pasajes (incluye TUUA) US$ 1, 300.00 Viáticos US$ 2, 220.00 TOTAL US$ 3, 520.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados profesionales deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 958900-5 RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 120-2013-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 5 de julio de 2013 VISTA: La carta S/N de fecha 03 de julio de 2013, presentada por la CPC Juana Muñoz Rivera; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 105 2012-AG-AGRO RURAL-DE, se designó a la CPC Juana Muñoz Rivera como Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia formulada por la CPC JUANA MUÑOZ RIVERA al cargo de Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados, retornando a su cargo estructural de origen. Artículo 2°.- DESIGNAR al CPC OSCAR PEDRO CANALES TOLEDO como Jefe de la Unidad de Contabilidad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura, cargo considerado de confi anza. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL 958324-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2013-MINCETUR/DM Lima, 03 de julio de 2013 Visto el Memorándum N° 416-2013-MINCETUR/VMT de la Viceministra de Turismo y Presidenta del Consejo Nacional de Fomento Artesanal. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, se crea el Consejo Nacional de Fomento Artesanal – CONAFAR; Que, el artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010 MINCETUR, señala que el CONAFAR es un órgano de coordinación entre el sector público y el sector privado vinculado a la actividad artesanal. Tiene carácter consultivo y de asesoramiento en materia de artesanía a nivel de Viceministerio de Turismo; Que, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 11° del citado Reglamento, es función del CONAFAR presentar al titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR su propuesta de Reglamento Interno, para su aprobación; Normas Legales del 06.07.2013 6 Que, conforme al Visto, el CONAFAR en su segunda sesión ordinaria del presente año ha elaborado su Reglamento Interno, el mismo que ha sido presentado por su Presidenta para ser aprobada conforme a las normas legales antes referidas; Que, con la fi nalidad de regular el régimen interno y el desarrollo de sus funciones, es necesario aprobar el Reglamento Interno del CONAFAR; De conformidad con la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y el Reglamento de la Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Fomento Artesanal - CONAFAR que en cinco (05) folios forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo Segundo.- Publicar el Reglamento aprobado por la presente Resolución Ministerial en el portal web del MINCETUR: www.mincetur.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 957785-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 179-2013-MINCETUR/DM Lima, 5 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 332-2011 MINCETUR/DM, de fecha 7 de noviembre de 2011, se designó a la señora Gabriela Rosa Gutiérrez Hemala en el cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Nivel F-3, cargo considerado de confi anza; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora Gabriela Rosa Gutiérrez Hemala, al cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 958815-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 080-2013-PROMPERÚ/PCD Lima, 5 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013 MINCETUR, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, incorporándose mediante el artículo 59º J, a la Dirección de Coordinación de la Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, estando a cargo de un Director, quien es designado por el Presidente del Consejo Directivo; Que, en tal sentido es necesario, para el correcto funcionamiento de PROMPERÚ, se designe al Director de Coordinación de la Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor Jorge Eduardo Urbina Vargas como Director de Coordinación de la Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 958834-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 081-2013-PROMPERÚ/PCD Lima, 5 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013 MINCETUR, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, incorporándose mediante el artículo 59º C, a la Dirección de Mercadeo, Comunicaciones y Eventos, a cargo de un Director, quien es designado por el Presidente del Consejo Directivo; Que, en tal sentido es necesario, para el correcto funcionamiento de PROMPERÚ, se designe al Director de la Dirección de Mercadeo, Comunicaciones y Eventos; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR y normas modifi catorias;

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