Resolución Nº 169/06/AG/SENASA - Complemento de la evaluación de riesgo de la Comisión especial multisectorial de evaluación de riesgo para la encefalopatía espongiforme bovina
Made 2006-07-10 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- institution, hygiene/sanitary procedures, cattle, pests/diseases, animal health, governance
Where to read it
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Text
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Disponen implementar contenido del complemento de la evaluaci6n de riesgo de la Comisi6n Multisectorial de Evaluaci6n de Riesgo de la Encefalopatia Espongiforme Bovina, respecto al ingreso de carne con hueso de bovinos menores de 30 meses de EE.UU. RESOLUCION JEFATURAL N° 169-2006-AG-SENASA La Molina, 10 de julio de 2006 VISTOS: Las Resoluciones Legislativas N° 28767 Y N° 28768 en virtud de las cuales el Congreso de la Republica aprob6 la Carta de Intercambio en Asuntos MSF/OTC para el TLC entre los Estados Unidos y el Peru de fecha 5 de enero de 2006, y la Carta de Intercambio Adicional en Asuntos MSF/OTC para el TLC entre los Estados Unidos de America y el Peru de fecha 10 de abril de 2006, respectivamente; EI Decreta Supremo N° 019-2006-AG, que recoge 10 establecido en las Cartas de Intercambio de 5 de enero de 2006 y 10 de abril de 2006; EI Oficio N° 1777-2006-DM/MINSA de 10 de julio de 2006, en la que el Ministerio de Salud comunica el complemento de la evaluaci6n de riesgo de la Comisi6n Multisectorial de Evaluaci6n de Riesgo de la Encefalopatfa Espongiforme Bovina, creada mediante Resoluci6n Ministerial N° 149-2006-PCM, respecto al ingreso de carne can hueso de bovinos menores de 30 meses de edad de Estados Unidos de America; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 55 de la Constituci6n Polftica del Peru, los tratados celebrados par el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional; Que, mediante las Resoluciones Legislativas N° 28767 Y 28768 el Congreso de la Republica aprob6 como Tratados Internacionales los siguientes documentos: (i) la Carta de Intercambio en Asuntos MSF/OTC para el TLC entre los Estados Unidos y el Peru, de 5 de enero de 2006, y (ii) la Carta de Intercambio Adicional en Asuntos MSF/OTC para el TLC entre los Estados Unidos de America y el Peru, de 10 de abril de 2006, respectivamente; Que, el inciso d.2) del numeral 5 de la Carta de Intercambio Adicional en Asuntos MSF/OTC para el TLC entre los Estados Unidos de America y el Peru, de 10 de abril de 2006, establece que el Peru perrnitira la importaci6n de otras carnes de bovinos y productos de bovinos no listados en el Articulo 2.3.13.13 del C6digo Sanitaria de los Animales Terrestres de la Organizaci6n Mundial de Sanidad Animal (OlE) sabre la base de los resultados del analisis de riesgo; Pagina 25 Sistema Peruano de Informacion Juridica Que, bajo este contexto, mediante Decreta Supremo N° 019-2006-AG se permiti6 la importaci6n de carnes y productos de bovinos de los Estados Unidos de America, estableciendose en el Articulo 2 de la citada norma que sabre la base de un analisis de riesgo se perrnitira el ingreso de dichas mercancfas siempre que no esten listadas en el Articulo 2.3.13.13 del C6digo Sanitaria de los Animales Terrestres de la OlE; Que, para efectos de la realizaci6n del analisis de riesgo establecido en la Carta de Intercambio Adicional de 10 de abril de 2006 y en el Decreta Supremo N° 019-2006-AG, mediante Resoluci6n Ministerial N° 149-2006-PCM se cre6 una Comisi6n Multisectorial de Evaluaci6n de Riesgo para la Encefalopatfa Espongiforme Bovina, conformada par tres representantes del Ministerio de Salud, tres representantes del Ministerio de Agricultura, un representante del Ministerio de la Producci6n y un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la Comisi6n Multisectorial de Evaluaci6n de Riesgo para la Encefalopatfa Espongiforme Bovina citada Resoluci6n Ministerial tenia un plaza de 30 dlas calendario para presentar su Informe Final a la Ministra de Salud, prorroqandose dicho plaza hasta el17 de julio de 2006 conforme ala Resoluci6n Ministerial N° 252-2006-PCM; Que, bajo este marco normativo, mediante Oficio N° 1777-2006-DM/MINSA de 10 de julio de 2006, el Ministerio de Salud comunica al Presidente del Consejo de Ministros, al Ministerio de Agricultura y al Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el complemento de la evaluaci6n de riesgo de la Comisi6n Multisectorial de Evaluaci6n de Riesgo para la Encefalopatfa Espongiforme Bovina, sefialando que esta ha concluido que el ingreso de carne can hueso de bovinos menores de 30 meses no representa riesgo para la salud humana y animal del pais; De conformidad can 10 dispuesto en la Constituci6n Polftica del Peru, las Resoluciones Legislativas N° 28767 Y N° 28768; el Decreta Supremo N° 019-2006-AG Y el Decreta Supremo N° 008-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo Onico.- Implementar el contenido del complemento de la evaluaci6n de riesgo de la Comisi6n Multisectorial de Evaluaci6n de Riesgo de la Encefalopatfa Espongiforme Bovina creada mediante Resoluci6n Suprema N° 149-2006-PCM, respecto al ingreso de carne can hueso de bovinos menores de 30 meses de los Estados Unidos de America. Registrese, comuniquese y publfquese. JOSE R. ESPINOZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria