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Laws of Peru

Resolución Nº 166-2013-PRODUCE ─ Autoriza el reinicio de actividades extractivas del recurso merluza en área del dominio marítimo

Made 2013-05-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
marine fisheries, marine fishes, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals

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  1. Normas Legales del 12.05.2013 1 PODER EJECUTIVO CULTURA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2013-MC Mediante Ofi cio Nº 349-2013-SG/MC, el Ministerio de Cultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 138-2013-MC, publicada en la edición del día 9 de mayo de 2013. DICE: “Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, las Unidades Ejecutoras del Pliego 003 - Ministerio de Cultura y la Ofi cina de Control Institucional.” DEBE DECIR: “Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, las Unidades Ejecutoras del Pliego 003 - Ministerio de Cultura y la Ofi cina de Control Institucional.” 935565-1 PRODUCE Designan Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2013-PRODUCE Lima, 9 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; siendo que mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, determinándose su estructura orgánica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 053-2013 PRODUCE de fecha 30 de enero de 2013, se encargó al señor José Bernardo Arróspide Aliaga en el puesto de Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción; Que, conforme lo establece el numeral 5 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde al Ministro de Estado, designar y remover a los titulares que desempeñan cargos de confi anza del Ministerio; disposición concordante con el inciso j) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Con la visación de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012 PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura del señor JOSÉ BERNARDO ARRÓSPIDE ALIAGA, en el puesto de Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor HENRY AGUILERA RODRIGUEZ, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 935838-1 Autorizan el reinicio de actividades extractivas del recurso merluza en área del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 166-2013-PRODUCE Lima, 10 de mayo de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº DEC-100-113-2013-PRODUCE/ IMPdel Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe REAL TIME EIRL Rectángulo REAL TIME EIRL Rectángulo Normas Legales del 12.05.2013 2 Nº 097-2013-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; y, el Informe Nº 064-2013-PRODUCE/OGAJ-cmorenov de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, en su artículo 2, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son Patrimonio de la Nación;correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, la citada Ley en su artículo 9, establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; además, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003 PRODUCE se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, que tiene como uno de sus objetivos, lograr la recuperación del recurso en el mediano plazo para el posterior aprovechamiento sostenido de la Merluzay de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 549-2012 PRODUCE se establece el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merlucciusgayiperuanus) correspondiente al primer semestre del año 2013, en el marco del cual se autorizala actividad extractiva del mencionado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero hasta el 30 de junio de 2013, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 06°00 Latitud Sur. Asimismo, se establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) del citado recurso, en trece mil setecientos cuarenta y ocho (13 748) toneladas; Que, por Resolución Ministerial Nº 119-2013 PRODUCE se establece la veda reproductiva del recurso Merluza en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 06°00´Latitud Sur a partir del 28 de marzo de 2013, basado en el informe del Instituto del Mar del Perú, en el que reportó la proximidad del desove del verano de dicho recurso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 154 2013-PRODUCE se autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE, la ejecución de la Pesca Exploratoria de Merluza entre el 28 y 29 de abril del 2013, con la fi nalidad de evaluar el estado de la actividad reproductiva del stock parental del recurso, así como recopilar información sobre la distribución del stock disponible con fi nes de manejo operativo, con la participación de embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca vigente; Que, por Ofi cio N° DEC-100-113-2013-PRODUCE/ IMP, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE informa que la captura total del recurso Merluza durante la pesca exploratoria autorizada, alcanzó las 116,5 toneladas, de las cuales los mayores volúmenes fueron extraídos en los estratos II y III (entre 50 y 200 bz), con una menor captura en el estrato I (7%); asimismo, en toda el área evaluada el recurso presentó una estructura por tallas entre 22 y 69 cm de longitud total con una talla media de 34 cm de longitud total; siendo que en las tres subáreas, las tallas medias y modas se encuentran por encima de la talla mínima autorizada; Que, asimismo, en el citado Ofi cio,el Instituto del Mar del Perú – IMARPE concluye que la prohibición de las actividades extractivas en este período, ha permitido la protección del recurso Merluza, pues en todas las subáreas en las que se desarrolló la pesca exploratoria, a nivel de profundidad, los índices reproductivos mostraron una gradiente decreciente desde los estratos más someros a los más profundos, encontrándose un importante contingente de individuos grandes (del grupo de edad 3 años, cuya talla media superó los 34 cm. Por ello,IMARPE recomienda dar por concluida la veda reproductiva del recurso Merluza y reiniciar las actividades extractivas de esta especie, en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 06°00´LS; Que, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, en el informe de vistos, concluye que resulta pertinente autorizar el reinicio de las actividades extractivas del recurso Merluza en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 06°00´LS, considerando únicamente el remanente del Límite Máximo de Cuota Total Permisible (LMCTP) del Recurso Merluza (Merlucciusgayiperuanus) autorizado mediante Resolución Ministerial N° 549-2012-PRODUCE y el saldo del Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) asignado; Con el visado del Viceministro de Pesquería, y de los Directores Generales de las Direcciones Generales de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de Políticas y Desarrollo Pesquero,y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012 2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, el Decreto Legislativo Nº 1047 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el reinicio de las actividades extractivas del recurso Merluza en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 06°00´ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial hasta el 30 de junio de 2013. Los titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones a las que se hubieran asignado un Límite Máximo de Captura por embarcación – LMCE para la extracción del recurso Merluza, realizarán actividades extractivas sujetándose a lo previsto en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza establecido por Resolución Ministerial Nº 549-2012-PRODUCE, y la Resolución Directoral No. 003-2013-PRODUCE-DGCHD. Artículo 2°.- El procesamiento del recurso Merluza extraído se realizará únicamente en las plantas de procesamiento que cuenten con licencia de operación vigente, y cuyos titulares hubieran suscrito el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 549-2012-PRODUCE y demás normas aplicables. Artículo 3°.- El Instituto del Mar del Perú – IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso Merluza debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero. Artículo 4°.- El seguimiento, control y vigilancia se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital, sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y de la Dirección General de Sanciones del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de la Producción de Tumbes, Piura y Lambayeque. Artículo 5°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca – Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE, sus modifi catorias y demás normativa pesquera aplicable. Artículo 6°.- Las Direcciones Generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción, así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales del litoral marítimo y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas Normas Legales del 12.05.2013 3 competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 936138-1 SALUD Designan Ejecutiva Adjunta I de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2013/MINSA Lima, 10 de mayo del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-046016-001, que contiene la Nota Informativa Nº 0199-2013-DGIEM/MINSA, remitida por la Directora General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 020-2012 SA, de fecha 9 de julio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, el mismo que fue reordenado con Resolución Ministerial Nº 087 2013/MINSA, de fecha 26 de febrero de 2013, en el cual, el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, a través del documento de visto, la Directora General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, solicita designar a la Médico Cirujano Katianna Elizabeth Dolores Baldeón Caqui, como Ejecutiva Adjunta I de la Dirección General a su cargo; Que, por convenir al servicio resulta necesario adoptar la acción de personal pertinente, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a la Médico Cirujano Katianna Elizabeth Dolores Baldeón Caqui, como Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 936079-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje a Suiza de Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2013-TR Lima, 11 de mayo de 2013 VISTOS: La Carta del Funcionario a cargo del Sector de Diálogo Social de la Ofi cina Internacional del Trabajo, del 20 de diciembre de 2012, el Facsímil (DGM-DAS) N° 01, de la Directora para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 07 de enero de 2013; el Ofi cio N° 176-2013-MTPE/4/10, del Jefe de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, del 20 de febrero de 2013; el Ofi cio N° 327-2013-MTPE/4/11, del Jefe de la Ofi cina General de Administración, del 06 de marzo de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de Vistos, la Directora para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores transmite la invitación al Estado peruano del Director General de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, a participar en el Foro de diálogo mundial para la promoción del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (Núm. 188), a realizarse del 15 al 17 de mayo de 2013, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, siendo el propósito del foro examinar los desafíos que plantea la aplicación de dicho Convenio sobre el trabajo en la pesca, a través del intercambio de experiencias y prácticas óptimas entre los representantes de trabajadores, empleadores y Gobiernos de los países miembros de la Organización Internacional del Trabajo OIT, permite abordar cuestiones fundamentales de nuestro Sector con respecto a la problemática de las relaciones laborales en la pesca; Que, dada la relevancia e importancia de la participación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el referido evento, resulta conveniente autorizar el viaje del señor abogado Jorge Alberto Larrea De Rossi, Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que participe en el evento señalado en el primer considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047 2002-PCM y modifi catorias; el numeral 4) del artículo 11° y el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 10º de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor abogado JORGE ALBERTO LARREA DE ROSSI, Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 13 al 18 de mayo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2720,10 Viáticos US$ 1300,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor público REAL TIME EIRL Rectángulo REAL TIME EIRL Rectángulo

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