Resolución Nº 163-2014-PCM ─ Crea la Comisión Multisectorial encargada de elaborar el Plan Perú - Compromiso Climático
Made 2014-05-16 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Air and atmosphere
- Keywords
- institution, climate change, environmental planning, international agreement-implementation, policy/planning, governance
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Normas Legales del 17.05.2014 11 de con ictos en las relaciones de consumo de acuerdo con el ámbito de su competencia, así como favorecer e impulsar un mayor desarrollo del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor creado por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en la medida que la información recolectada permitirá realizar un mejor y mayor planeamiento de las políticas de protección al consumidor, en función a las necesidades detectadas en el mercado a través del sistema SINDEC; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación de los citados funcionarios resulta de interés nacional, por lo cual se estima necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran los participantes, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; el Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Benjamín Vila Alarcón, Ejecutivo 1 de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor (DPC), Claudia Blanco Athos, Ejecutivo 1 del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) y Elmer Gil Guevara, Asesor de la Gerencia General (GEG) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, del 27 al 31 de mayo de 2014, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasaje US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Benjamín Vila Alarcón 1500 370 3+1 1480 2980 Claudia Blanco Athos 1500 370 3+1 1480 2980 Elmer Gil Guevara 1500 370 3+1 1480 2980 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1084439-3 Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el “Plan Perú Compromiso Climático” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 163-2014-PCM Lima, 16 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 67° de la Constitución Política del Perú establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que tiene como objetivo lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera; Que, el Decreto Supremo N° 080-2002-RE rati có el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 27824; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013 MINAM se declaró de interés nacional la realización de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, y la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10” que se llevarán a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, en el presente año; Que, asimismo, siendo decisión del Poder Ejecutivo impulsar el compromiso climático en el marco de la realización de la COP 20; mediante Decreto Supremo N°001-2014-PCM se declara el año 2014 como el “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”; Que, es necesario conformar una Comisión Multisectorial de carácter temporal presidida por el Ministerio del Ambiente, que proponga la estrategia y medidas que adoptará el Estado que re ejen dicho compromiso climático y que estén contenidas en el “Plan Perú-Compromiso Climático”; Que, considerando lo expuesto precedentemente y en el marco de lo previsto por el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Creación de la Comisión Multisectorial Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el “Plan Perú-Compromiso Climático”, la que estará adscrita al Ministerio del Ambiente. Artículo 2°.- Objeto de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial tiene como objeto elaborar el “Plan Perú-Compromiso Climático”, el mismo que deberá contener medidas concretas que generen efectos ambientales y sociales positivos dando muestra del compromiso político que asume el Estado Peruano en el “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”; así como en el marco de su rol de anfitrión de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, y la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10”. Precísese que las medidas que se plantearán como parte del referido plan se establecerán sin perjuicio de las acciones que se identifiquen como prioritarias en la estrategia nacional frente al cambio climático y las estrategias regionales. Sin embargo los mencionados documentos serán formulados de tal forma que las intervenciones se encuentren debidamente alineadas entre ellas y con los objetivos nacionales y sectoriales. PC3 Rectángulo Normas Legales del 17.05.2014 12 Artículo 3°.- Funciones de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial creada en virtud a lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución, elaborará el Informe que contenga y sustente el “Plan Perú-Compromiso Climático”. El informe, una vez aprobado al interior de la citada Comisión, será elevado al Titular del Sector Ambiente en su calidad de Presidente de la Comisión Multisectorial. La Comisión Multisectorial podrá consultar a expertos y actores de la sociedad civil y el sector privado que puedan aportar a la elaboración del Plan. El “Plan Perú-Compromiso Climático” será publicado y difundido para conocimiento del sector privado, sociedad civil, academia y otros. Artículo 4°.- Lineamientos para la elaboración del “Plan Perú-Compromiso Climático” El Plan Perú-Compromiso Climático deberá enmarcarse en los siguientes lineamientos: i. El plan deberá contener medidas concretas y costo efectivo que generen efectos ambientales y sociales positivos; así como consolidar acciones de la misma naturaleza. ii. El plan consolidará las acciones sectoriales, promoviendo la articulación multisectorial sin implicar el desconocimiento o modi cación de competencias o creación de nuevas entidades para su ejercicio. iii. El plan privilegiará la inversión pública y privada en bienes y servicios favorables al sistema climático sin perjuicio del desarrollo económico. iv. El plan fomentará la participación de la inversión privada en su implementación. v. El plan tomará como referencia los avances que vienen logrando el sector privado, las organizaciones de la sociedad civil y las entidades del sector público en materia de las medidas concretas que se propongan como parte del mismo. Artículo 5°.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial estará conformada por los Ministros de cada uno de los siguientes sectores: Ministerio del Ambiente, quien la presidirá Ministerio de Agricultura y Riego Ministerio de Economía y Finanzas. Ministerio de Energía y Minas Ministerio de la Producción Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Salud Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Transportes y Comunicaciones Los Ministros designarán a su representante alterno mediante Resolución Ministerial, dentro del plazo de tres (3) días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. La designación del representante alterno recaerá en un Viceministro o Director General del sector correspondiente. La Comisión Multisectorial podrá solicitar la incorporación de nuevos participantes en función de las necesidades que identi que. Artículo 6°.- Plazo Su plazo será de cuarentaicinco (45) días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 7°.- Gastos de la Comisión La creación de la Comisión Multisectorial y el cumplimiento de las funciones de la Comisión no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público. Cada Pliego Presupuestal asumirá los gastos que pudieran generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 8°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros del Ambiente, Agricultura y Riego, Economía y Finanzas, Energía y Minas, Producción, Relaciones Exteriores, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo; y, Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1084441-3 AGRICULTURA Y RIEGO Dan por concluida designación y encargan la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0286-2014-MINAGRI Lima, 14 de mayo de 2014 VISTO: La Carta con número de registro N° 53202-2014 de fecha 23 de abril de 2014, presentada por el señor Werner Cabrera Campos, Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 101-2013 AG de fecha 25 de marzo de 2013, se designó al señor Werner Cabrera Campos, como Director Ejecutivo encargado del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua; Que, de acuerdo con la carta de visto, el señor Werner Cabrera Campos ha presentado su renuncia al cargo de Director Ejecutivo encargado del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua, por lo que, en tal sentido resulta necesario dar por concluida la designación del funcionario mencionado y a su vez efectuar el encargo correspondiente y el nombramiento respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modi cado por Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. PC3 Rectángulo