Resolución Nº 158-2018-MINAGRI ─ Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP)
Made 2018-04-11 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development, Water
- Keywords
- agricultural development, institution, legal proceedings/administrative proceedings, basin/catchment/watershed, water resources management, river basin institution, water conservation zone, inland waters, governance
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5NORMAS LEGALESSábado 14 de abril de 2018 El Peruano / Nº 0692-2014-MINAGRI, rectifi cada por Resolución Ministerial Nº 0700-2014-MINAGRI; Que, es necesario dar por concluida la referida designación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada por Resolución Ministerial N° 0064-2017-MINAGRI al Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Agricultura y Riego, como representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo denominado: “Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria PNIA”, conformado mediante Resolución Ministerial Nº 0692-2014-MINAGRI, rectifi cada por Resolución Ministerial Nº 0700-2014-MINAGRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Pablo Benjamín Quijandría Salmón, Asesor I del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, como representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo denominado: “Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA”, conformado mediante Resolución Ministerial Nº 0692-2014-MINAGRI, rectifi cada por Resolución Ministerial Nº 0700-2014-MINAGRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1636958-1 Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0158-2018-MINAGRI Lima, 11 de abril de 2018 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 3302-2017-MINAGRI-SG-OGPP/ ODOM y 128-2018-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre aprobación de la propuesta de Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 153-91-PCM, se crea el Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo califi cándolo como un Proyecto de carácter Binacional; Que, por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 030 2008-AG, se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, del que dependía el Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo, al entonces Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego, siendo este último el ente absorbente; por consiguiente incorporándose este Proyecto Especial, dentro de la estructura del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo constituye actualmente la Unidad Ejecutora 018 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego y se encuentra bajo la supervisión del Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, respecto del cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria de conformidad con el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0102-2017-MINAGRI; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 152-2001-INADE-1100, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del mencionado Proyecto Especial; Que, el artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que la defi nición de las funciones y la estructura orgánica de los Programas y Proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, cuyo contenido mínimo está señalado en el artículo 36 de los referidos Lineamientos; Que, el artículo 73 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modifi catorias, establece que los objetivos e intervención de los proyectos especiales deben alinearse al cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN 6 NORMAS LEGALES Sábado 14 de abril de 2018 / El Peruano Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG, se dictan disposiciones para la aprobación de Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modificada por la Resolución Ministerial Nº 0355-2017-MINAGRI, precisándose que estos documentos de gestión deberán ser aprobados mediante resolución ministerial previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, con los documentos del Vistos, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo, remite para su aprobación la propuesta del Manual de Operaciones de dicho Proyecto Especial; Que, mediante los Informes Técnicos Nos. 094-2017-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM y 001-2018-MINAGRI-SG, la Ofi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, ha emitido opinión favorable a la aprobación de la propuesta adecuada de Manual de Operaciones del Proyecto Especial, refi riendo que este instrumento de gestión cumple con las características y requisitos de la normatividad vigente; Que, el Manual de Operaciones permitirá al Proyecto Especial Binacional de Desarrollo de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP) contar con un instrumento de gestión actual alineado al Sector, en el cual se establece la naturaleza y finalidad, objetivo general, objetivos específicos, ámbito de intervención, dependencias, funciones, estructura orgánica y principales procesos, entre otros; orientado al cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la Política Nacional Agraria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI; Que, en consecuencia resulta necesario proceder a la aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP). Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP), el mismo que consta de cinco (05) Títulos, veintitrés (23) artículos y (01) Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Medidas Complementarias Dentro del plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP), presentará a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MINAGRI la propuesta de su Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y, en tanto se apruebe, podrá adoptar las medidas transitorias necesarias que se requieran, para asegurar la adecuada implementación de todas las funciones establecidas en el referido Manual de Operaciones. Artículo 3.- Derogatoria Derogar la Resolución Jefatural Nº 152-2001-INADE-1100 de fecha 07 de agosto del 2001. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano y la Resolución que aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (www.pedicp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1636958-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a Costa Rica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 120-2018-MINCETUR Lima, 4 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior en concordancia con la política general del Estado y con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias; así como representar al país en las cumbres y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actuar como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, el día 18 de abril de 2018, se llevará a cabo en la ciudad de San José, República de Costa Rica, la “Segunda Cumbre Ministerial sobre Productividad en Latinoamérica y el Caribe”, evento coorganizado por el Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE y el Banco Mundial; dicho evento reunirá a investigadores y legisladores para entablar discusiones sustantivas bajo el tema central la “Integración comercial regional y la productividad”; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Luis Alberto Mesías Changa, Director General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Segunda Cumbre Ministerial antes mencionada; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2018, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 17 al 19 de abril de 2018, del señor Luis Alberto Mesías Changa, Director