Resolución Nº 156-2011-PCM ─ Constituye Comisión para elaborar la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo Apícola
Made 2011-06-16 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- institution, apiculture/sericulture, animal production, governance
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
seguridad de las personas, la recaucaccn tributaria, ra conservaciOn del patrimonio natural, y et desarrollo de actividades economicas sostenibles. Art iculo 2".-Apoyo tecnic c para la form ali zaci6n de la pequena min eria V mineri a arte sanal en Pun o EI Ministerio de Enerqta y Minas y et Minislerio del Ambiente en el ambito de sus competencies , apoyaran tecmcamente V sequn corresponds al Gobierno Regional de Puna en las ecuvoeoes reraccoaoas con el objeto de la presentenorma. Art iculo 3°. nerecnos adquiridos 3,1 . La titularidad sobre concesiones mineras aurtreras en las zonas oenomrnaoas Pampa Blanca . Chaquiminas, Ancco Gala , Huacchani y Suches, otorgadas antes de ta vigencia del presente Decreto de Urgencia , no autoriza al litular minero a realizar actrvoaoes de explcracion, explo tacion Vlo benefice. salvo que cuenten con la respectiva cenmceccn ambientat otorgada por la autoridad ccmpetente. as! como con los otros requisilos que establecen las normas reececwee sobre ta materia. 3.2 La DirecciOn Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Puno. oeoera entregar al Ministerio Publico V ar Mmisteno de Defensa, en er ptazo de quince (15) dlas habiles. la relaciOn detallada y sustentada de los titutares mmeros de su competencia que cuenten con la certmcacicn ambiental y autorizac iOn de operacion ccrreeccnceme. ast como la retacion de la maquinana pesada autorizada para tal fin. Art iculo 4°. Proh ibi ci On de l uso de determ inado equipo en la ext raccrcn auntera Sin perjuicio de 10 establecido en el numeral 3.1 del articulo orecedente. se prohlbe en las zonas cenormnaoas Pampa Blanca , Chaquiminas. Ancco Cala , Huacchani y Suches. el usc itegal 0 informal de ra siguiente maquinana y/o equipc: cargador Irontal , retroexcavadora ylo vclqoete. 'rranscumcos sesenta (60) etas habnee de la entrada en viqencia del presenle Decrelo de Urgencia , et incump limlento de ta prohibiciOn menconada en el panafu precedente care tuqar a que las Fuerzas Armadas procedan at decem-so de los ecucce yl o maquinaria anteriormente mencionados. En esta ope-aeon cebera estar oresente er reoresentante del Minlsterio Publico. En lal oportunidad , debera levan tarse un acta de ccnstetecron con los medros de prueba loonecs. pudiendo ser estes med ios filmicos 0 fotcqraficos . Art iculo 5°.- Apoyo de Otras Entid ades c uenca s Las entidades ccbncee en general. en el ambito de sus competencies . y sequn corresponda, adoptaran de ser necesano. las medidas que coadyuven a la mejor implemenlaciOn de 10 d ispuesto en la presente norma , Articul o 6°, Financiami ento Las acciones que realicen las entidades involucradas en la ecncecrcn de ra presents norma se sujetan a sus Presupueslos Insl ilucionales resoectivos, sin demandar recursos adicicnales del Tesoro Publico. Art iculo 1".- Plazo EI ptazo para ta Implementaocn del presente Decreto de Urgencia es de seis (6) meses contados desde su entrada en viqencia. Articulo so,- Refrend o EI cresente Decreto de Urgencia sera refrendado por ra Presidenta del Consejo de Ministros, el Minislro del Ambiente , el Minislro de Economla y Finanzas. el Minislro de Energia y Minas , el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa, D1SPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Llnica,- Del apoy o de la Policia Nacional del Peru V las Fuerzas Arm adas La Policia Nacional del Peru y las Fuerzas Armadas colaboraran con el Gobierno Regional de Puno, para asegurar el cumplimienlo de la presente norma. 11 Dado en ra Casa de Gcbiemo. en Lima. a los dieciseis dias del mes de junio del al'lo dos mil once , ALAN GARCIA Pe:REZ Presidente Ccnstitucional de taRepubl ica ROSARIO OEl PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Minislra de Justicia ANTONIO JOSe: BRACK EGG Ministro del Amoente ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior JAIME THORNE LE6N Ministro de Defensa 654556-1 FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA W027-2011 Mediante once N" 401-2011-SCM-PR la secretene del Consejo de Minislros schcita fa publicaciOn de la Fe de Erratas del Decreto de Urpencia N"027-2011, publicado en la ediciOn del 12 de junio de 2011. En el cecmc cons iderando, octave linea : DICE: (...) "(Dosce ntcs Cuarenta y Nueve y 001100 Nuevos Soles) (...j" DEBE DECIR: (...) "(Doscienlos Cuarenta y Nueve Millones y 001100 Nuevos Soles) (...)"' 654553-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Co nstttuycn Comtsio n Mul ttscctortal de natur alez a te mporal . adsc rita al Mtnts tert o de Agrtcu lt ura. e ncargada de elaborar la prop uesta del Plan Nac tonal de Desarro llo Apicola RESOLUCI6N SUPREMA N°1 56-2011-PCM lima. 16 de [uno de 2011 CONSIDERANDO: Que, ra l ey N" 26305 declare de interes nacicnat a ta Apicullura y la activk:lad agroinduslrial de los productos apicolas. por su importancia econ6mica, social y ecolOgica: Que, corresponde al Minislerio de Agricu ltura la elaboraciOn y aprobaci6n del Plan Nacional de Desarrollo Aplcola . en coordinaciOn con las demas instiluciones y sectorej; compelentes, conforme se establece en el articulo 2° y la Unica DisposiciOn Transitoria de la crtada ley: Que, es convenienle conformar una ComisiOn Murtisectorial de naluraleza lempora l, encargada de elaborar ta propuesla del Plan Nacional de Desarrollo Apicola ; REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL De conformidad con 10 d ispuesto par et articulo 36° de la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutrvo: SE RESUELVE: Articu lo 1°. Const it ucl6 n de la Com fsi6n Mu llisectorial Ccnstauyase una Comisi6n MUnlsed oria l de natcrae za temporal , acsceta al Minislerio de Agricull ura, enca rgada de etabcrar la propue sta del Plan Naciooal de Desa rro llo Api cola Articu lo 20.- Confo rmaciOn de la Comisi6n Multisectorial La ComisiOn Mullised oria l estaril consteuc a de la sigulente manera a Dos (2 ) representantes del Ministel'io de Agricullura, uno de enos 10presidlra b. Un (1) reoresentente del Milisterio de la PToducaon. c. Un (1) representanle del Servic:io National de seoeeeAgraria • SENASA. d . Un (1) recresereame del Instlluto NaCiOnal de InnovaciOn Agraria -INLA , e . Un (1) representant e del Programa de Desarrollo Agrario Produdivo -AGRORURAl. f. Un (1) representanle de Ia Direcci6n General de Salud Ambiental- OIGESA. g . Un (1) represenlante del Instlluto Naccoat de Defensa de Ia Com petencia Y Protecci6n de Ia Propiedad Inteledual - INDECOPI. h. Un (1) representante de Ia Socied ad Nacional de Apicullores del PerU -SONADAP. L Un (1) representante de Ia AsooaCi6n de ApiaJllores del PerU - AQAP, j , Un (1) representante de Ia Asoeiaci6n Apicola del PerU -APlPERU La ComisiOn se encuentra lacult ada para convocar a instil uCiOnes naciona les e imemaCiooales . pcbtcas 0 prweda s, a lin de con sultar aspectos tece ccs reseva ntes para ta etaooraco n del Plan Nacional de Desarrollo Ap lcola. Articulo 3".- Acreditacl6n de representantes Los representaotes de los MinisterlOS y delas entidades pubhcas. seran des'9nados med iante resoluCi6n del Titular de l Sector 0 Jete del Organismo PubliCO, dentro de los siete (07) dias siguientes a ra pub licaci6n de te presente Resclucion. Las inst iluciones privada s acrecearan a sus represe reantes . mediante comunicac i6n dirigKla al Mlnlsterio de Agn cultura, en et mismo plazo seneieoc en el po!l rrafo precedente. EI cargo de integranle de ta Comisi6n Multisectorial es Ad honorern y no inhabilrta para et desempello de la funci6n publica , Articulo 4°, Instalacl6n de ta Comisi6n Multisectoria l La Comi si6n Munisectorial debero!l instalarse en el plazo de siete (07) dlas hilbiles, contados a parti r del dia sigulente del plazo indlcad o en el art iculo precedenle. A rt iculo 5°, Secretaria Tecnica La Secretar la Tecnica de la Comisi6n Multisectorial, la ejercera la Direcci6n de Prom0Ci6n de la Compeli tividad de la Direcci6n General de Com petltividad Agraria del Ministerio de Agricu nura y tendra las siguientes funciones: a Act uar como relalor y redadar las aClas corr espondienles a las reuniones convocadas par la Comisi6n Multlsedorial b. Hacer el seguimiento de los Acuerdos acIop1ados en el seno de Ia Comi siOn Multisectorial. c. Administrar. maneja r y con5efVar el ace rvo oocu mentario y el archivo correspondiente. d las demas funeiones Que se Ie aSigne, e. Una vez concluida las funciones de la ComisiOn Multisectorial, el acervo oocumentario pasara a form ar parte del ace rvo del MiniSterio de Agricultura Articulo 6" .- lnlorme fi na l La ComisiOn Multlsectona l debera prese ntar ante el MlOl5teoo de Agricultura. Ia pmpuesta del Plan Nacional 12 de Desa rrollo Aptcola an un plazo no mayor de centc ochenta (180) dias hablles de etectuaca su tosrerectcn. Con ta entrega de este cccumento culmmara la labor de la Com isi6n Multisectorial. Articulo 7".- Gastos Los gastos individuales Que irrogue a los miembros de Ia coneonMultised.orial eI cumplimienlo de 10 dl$pues\o en Ia presente ResoIuci6n, deberan ser cubiertos con cargo a los presupuestos Irlstrtucionales de sus respeclivas entidades Articulo 8".- Refrendo La prese nte Reso luciOn Suprema sera reeeoeece par Ia PreSidenta del COO5ejO de Minlst ros . el Minisl ro de Agricult ura. er Ministro de Ia Prod ucciOn y el Ministro de Salud Registrese . cornunlQuese y pub liQuese , ALAN GARCiA PEREZ Presoeme Constitucional de la Republica ROSARIO DEL PIlAR FER NANDEZ FIGUEROA Pre sidenla del ConseJO de Mlnl$tros y MlOl$tra de JustiCia ..K)RGE V1llASANTE ARANIBAR MiniStro de Agricultura LUIS NAVA GUIB ERT Minislro de Ia Producci6n OSCARUGARTE UBIU UZ MiniStro de Salud 654554-15 AGRICULTURA Dan por concl ulda e ncarga tu ra y encarga n funclones de Atlml nlstrador Tecruco f-o restal y de Fauna Silvest re de Cajamarca RES OLUC l6 N MINISTERIAL N" 0237·201 1·AG Lima, 16 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que , mediante Resoluci6n Ministe rial NO 0144-2011 AG . se encargaron las tunccnes de Administrador recucc Forestal y de Fauna Silveslre de Caiamarca er Ingeniero Alberto Yataco Perez : Que, se ha visto per ccnvenente dar por concluida ta encargalura de tonccoee ccorenea al referido proteslonal y encargar las funciones correspondientes; En usa de las facultades conleridas par la Ley de Organizaci6n y Funciones del Minisler io de Agricultura . aprobado par Decreto Legislat ivo N° 997, el Reglamento de Orga nizaci6n y Funciones, aprobado par Decreto Supremo N" 031-200 8-AG , Y ellilaral b) del art iculo 4° del Decr eto Supremo W 0 1Q..2009 ·AG ; SE RESUELVE: Articulo 1°. Oar par conclu ida, a part ir de la fecha la encargatura de funciooes de Admi nistraclor Tecn ico Forestal y de Faun a Silvestre de Cajamarca conferid a al Ingeniero Alberto Yalaco Perez, dandosele las gracias par los servicios prestados. Articulo 20.- Enca f9ar, a part ir de Ia fecna Ias funCiOnes de Admlnistrador Tecn lCO Foreslal y de Fauna SIlvestre de Cajamarca al ll"lgefliero Andres Ram irez Graci ano . Registrese , cornunlQuese y publiQuese ..K)RGE V1 UASANTE A. Ministro de Agricultuta 654142·1 REAL TIME EIRL