Resolución Nº 126/09/PRODUCE - Modifica la Resolución Nº 047/09/PRODUCE, modificatoria de la Resolución Nº 775/08/PRODUCE, que suspende la actividad extractiva del recurso merluza en zona del litoral
Made 2009-03-19 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, marine fishes, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals
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Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .luridica Modifican la R.M. N° 047-2009-PRODUCE, referida a veda reproductiva y suspension de la actividad extractiva del recurso merluza RESOLUCION MINISTERIAL N° 126-2009-PRODUCE Lima, 19 de marzo de 2009 VISTOS: el Oficia N° PCD-1QO-069-2009-PRODUCE/IMP del 13 de marzo de 2009 del Instituto del Mar del Peru - IMARPE, mediante el cual se alcanza el informe "Pesca exploratoria de merluza 09 y 10 de marzo 2009. Puerto Pizarro (030 30' LS) a Talara (040 30' LS)", ellnforme N° 158-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y el Informe N° 023-2009-PRODUCE/OGAJ-cfva de ta Oficina General de Asesoria Juridica: CONSIDERANDO Que, conforme a 10 dispuesto en el articulo 2 de la Ley General de Pesca - Decreto Ley W 25977, los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Naci6n, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotaci6n racional de dichos recursos. considerando que la actividad pesquera es de lnteres nacional: Que, el articulo 9 de la citada Ley establece que el Ministerio de la Produccion. sobre la base de evldenclas clentttlcas disponibles y de factores soctoeconcmtcos determlnara. sequn el tipo de pesquerta. los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible. las temporadas y zonas de pesca. la regulaci6n del esfuerzo pesquero. los metodos de pesca. las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservaci6n y explotaci6n racional de los recureos hidrobioloqicos: Paqina 48 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .luridica Que, par Decreta Supremo N° 016-2003-PRODUCE, S8 aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el prop6sito de lograr su recuperaci6n en el mediano plaza, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompanante. teniendo en cuenta sus caracteristicas biol6gicas y poblacionales, considerando los principios de pesca reeponsable, la conservacton del media ambtente y la biodiversidad; Que, a traves de la Resoluci6n Ministerial N° 874-2008-PRODUCE del 30 de diciembre de 2008. 58 estableclo e! Regimen Provisional de Pesca del recurso mertuza (Merfucclus gayi peruanus) correspondiente al ano 2009, en el marco del cual se autoriz6 la actividad extractiva del citado recurso desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2009 en el area maritima comprendida desde el extreme norte del dominic maritimo del Peru y e! paralelo 06 00' Latitud Sur; edemas se fij6 la cuota total de pesca del recurso merluza en 45,000 toneladas metricas: Que, mediante el articulo 2 de la Resoluci6n Ministerial N° 047-2009-PRODUCE del 30 de enero de 2009, se estableci6 la veda reproductiva del recurso merluza y se suspendi6 la actividad de extracci6n del citado recurso. a partir de las 00:00 horas del 16 de febrero del 2009, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominic maritimo del Peru y el paralelo 06 00' Latitud Sur; Que. a traves de la Resoluci6n Ministerial N° 109-2009-PRODUCE del 6 de marzo de 2009, se autoriz6 al Instituto del Mar del Peru - IMARPE la ejecuci6n de la Pesca Exploratoria del recurso merluza los dias 9 y 10 de matzo de 2009, en el area maritima comprendida entre Puerto Pizarro (03 30' LS) YTalara (04 30' LS) con la participaci6n de dos (2) embarcaciones arrastreras con permiso de pesca vigente y que participan en el Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resoluci6n Ministerial N° 874-2008-PRODUCE; Que, el Instituto del Mar del Peru - IMARPE mediante el Oficio N° DE-100-069-2009 PRODUCE/IMP del 13 de marzo de 2009, alcanz6 ellnforme "Pesca Exploratoria de merluza 9 y 10 de marzo de 2009, Puerto Pizarro (03 30' LS) a Talara (04 30' LS)", en e! cua! seriate que ta merluza en el area de estudio mostr6 caracteristicas similares a las encontradas en la Operaci6n Merluza XIV (16 al 20 de enero de 2009) con altos niveles de concentraci6n en el extremo norte y con la prevalencta del grupo de taua 26-27 cm como principal componente poblacionaf asimtemo. que el pico principal de desove de verano se encuentra en proceso de descenso siguiendo el patron multianual; por 10 que recomienda excluir de la veda establecida en el articulo 2 de la Resoluci6n Ministerial N° 047-2009-PRODUCE, al area maritima comprendida desde el extremo norte del dominic maritimo del Peru y el paralelo 04 30' Latitud Sur; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca. su Reqlarnento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reqlamento de Ordenamiento Pesquero de la merluza, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2003 PRODUCE asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto legislativo 1047 y el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria. de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Jurfdica: SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar e! articulo 2 de la Resotuctcn Ministerial N° 047-2009-PRODUCE respecto al area maritima, quedando establecida la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la fecha de publicaci6n de la presente Resoluci6n Ministerial, en el area comprendida entre los paralelos 04°30'01" y 6°00' Latitud Sur. Paqina 49 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .luridica Articulo 2.- Las embarcaclones pesqueras que participan en el Regimen Provisional de Pesca del recurso merluza establecido par la Resoluci6n Ministerial N°. 874-2008-PRODUCE, podran extraer el citado recurso a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la fecha de publicaci6n de la presente Resoluci6n Ministerial, en el area comprendida desde el extreme norte del dominic maritima del Peru y el paralelo 04° 30' Latitud Sur. Articulo 3.- Dejar sin efeeto el articulo 4 de la Resoluci6n Ministerial N° 047-2009 PRODUCE. Articulo 4.- Precisar que la suspension de la actividad extractiva del recurso merluza (Merluccius qayi peruanus) dispuesta par ta Resotucton Ministerial N° 775-2008-PRODUCE, modificada por el articulo 1 la Resoluci6n Ministerial N° 047-2009-PRODUCE qued6 sin efecto el 15 de febrero de 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producci6n Paqina 50