Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Resolución Nº 125-2014-MINAM ─ Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental para suelos

Made 2014-04-30 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Land and soil
Keywords
soil conservation/soil improvement, soil pollution/quality, solid waste, waste disposal, waste non-domestic sources, pollution control, environmental planning, environmental standards, soil rehabilitation, hazards, policy/planning, standards, protection of environment, waste management

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Normas Legales del 06.05.2014 14 Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DIAZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1079601-8 Encargan funciones de la Adminis tración Local de Agua Huamachuco RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº150-2014-ANA Lima, 05 de mayo de 2014 VISTO: El Informe Nº 250-2014-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la O cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 081-2012-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Huamachuco, al señor Luis Adelmer Pizan Flores; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario hará uso de su descanso físico del 05 de mayo al 03 de junio de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010 AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 05 de mayo hasta el 03 de junio de 2014, al señor OSCAR HELI MARTIN ROSAS, las funciones de la Administración Local de Agua Huamachuco, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad. Artículo 2º.- Precísase que al término del encargo de funciones a que se re ere el artículo precedente, el señor LUIS ADELMER PIZAN FLORES, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Huamachuco. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1079498-1 AMBIENTE Aprueban Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 125-2014-MINAM Lima, 30 de abril de 2014 Visto, el Memorando N° 136-2014-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como los Informes Técnicos N° 165-2014-DGCA-VMGA/MINAM y N° 224-2014-MINAM/VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 31° de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, de ne al Estándar de Calidad Ambiental – ECA, como la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo signi cativo para la salud de las personas ni al ambiente. El ECA es obligatorio en el diseño de las normas legales y las políticas públicas; así como referente obligatorio en el diseño y aplicación de los instrumentos de gestión ambiental; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM se aprobaron los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo, los mismos que son aplicables a todo proyecto y actividad, cuyo desarrollo dentro del territorio nacional genere o pueda generar riesgos de contaminación del suelo en su emplazamiento y áreas de in uencia; Que, con Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM se establecieron disposiciones complementarias para la aplicación del Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM y el cumplimiento gradual de los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo contenidos en dicha norma; Que, según el artículo 7° del Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM, declarada la emergencia ambiental, los titulares de las actividades involucradas deben identi car los sitios potencialmente contaminados, en función al Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental. El mencionado protocolo será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente; Que, el Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental tiene como objetivo estandarizar los procedimientos para la recolección de muestras de suelos en el marco de la declaratoria de emergencia ambiental, que permita identi car los sitios impactados y potencialmente contaminados, y como resultado de esta identi cación proponer las medidas adicionales para reducir y controlar los riesgos e impacto al ambiente y a la salud derivados de la contaminación de los suelos; Que, estando a la propuesta presentada por la Dirección General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, resulta necesaria la aprobación del citado protocolo; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General, la Dirección General de Calidad Ambiental y la O cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo; el Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM, que aprueba disposiciones complementarias para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. PC3 Rectángulo Normas Legales del 06.05.2014 15 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, el seguimiento y la supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O cial El Peruano. La presente resolución y su Anexo serán publicados, asimismo, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1079203-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del MINCETUR a China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2014-MINCETUR Lima, 5 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Foro de Cooperación Económica del Asia Pací co – APEC llevará a cabo la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM 2), reuniones conexas y la Reunión de Ministros Responsables de Comercio (MRT) en la ciudad de Qingdao, República Popular China, del 9 al 18 de mayo de 2014; Que, durante dichas Reuniones, se realizarán reuniones bilaterales y de Grupos de Comité de Comercio e Inversión - CTI, con el n de progresar en los acuerdos comerciales y de cooperación que se vienen coordinando, deliberando asuntos en materia de políticas comerciales con miras a alcanzar un sistema de libre comercio e inversión entre las economías miembro; Que, en tal sentido, la participación de representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR permitirá establecer contacto con funcionarios de países del Asia Pací co para promover el apoyo a los asuntos de interés del Perú en APEC y asuntos comerciales bilaterales, participar en las actividades que son parte de la agenda de Avances hacia el Área de Libre Comercio del Asia – Pací co, tales como fortalecimiento de capacidades APEC sobre negociación de tratados de libre comercio y diálogo sobre intercambio de información de acuerdos comerciales; así mismo, se participará de la revisión de las Metas de Bogor (liberalización y facilitación del comercio e inversiones) para veri car el contenido y comentar cualquier omisión o falta y/o complementar el texto del Informe Final de las 21 economías miembro; realizar seguimiento de tratados y actualizar textos desarrollados a lo largo de las reuniones previas a la Reunión de Ministros Responsables de Comercio, brindando apoyo técnico a la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo, y en términos generales, mantener activa la participación peruana en el proceso APEC y promover los intereses del Perú en las diversas reuniones que se llevarán a cabo; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señorita Daniela Fernanda Huertas Mendoza, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en las Reuniones antes mencionadas; Que, el MINCETUR ejerce la representación y preside la delegación peruana en las reuniones del Comité de Comercio e Inversión de APEC y de sus subcomités y grupos de trabajo, realizando una coordinación permanente con entidades del sector público en los temas relacionados a la política comercial y a las materias que se tratan en dichos subcomités y grupos de trabajo del APEC; Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, establece que la Entidad es el organismo público competente para de nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047 2002-PCM, modi cado por el Decreto Supremo N° 056 2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Qingdao, República Popular China, del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señorita Daniela Fernanda Huertas Mendoza, del 06 al 20 de mayo de 2014, para que en representación del MINCETUR participen en la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM 2), reuniones conexas y la Reunión de Ministros Responsables de Comercio (MRT) del Foro de Cooperación Económica del Asia Pací co – APEC, a que se re ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 3 737,29 x 2 personas) : US $ 7 474,58 Viáticos (US$ 500,00 x 12 días x 2 personas) : US $ 12 000,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1079545-1 PC3 Rectángulo PC3 Rectángulo

Resolución Nº 125-2014-MINAM ─ Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental para suelos · Nelum