Resolución Nº 116-2000-ITINCI-DM ─ Formatos de calificación previa, declaración de impacto ambiental, y lineamientos para el sistema de consultoría y auditoría ambiental
Made 2000-09-12 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Environment
- Keywords
- environmental impact assessment (EIA), legal proceedings/administrative proceedings, environmental audit
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Lima. vicrncs 15 de sctiembre de 2000 ano pag. 192949 MITINCI Aprueban formatos de Calificaci6n Pre via, Declaraci6n de Impacto Ambiental y lineamientos para el Sistema de Consul toria yAuditoria Ambiental aque se refie re el D.S. N!! 019-97-ITINCI RESOLUCION MINISTERIAL N"116·2000-ITINCIIDM Lima, 12 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el "Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera", aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-ITINCI, estable ce las pautas y obligaciones que deben cumplir las empre sas industriales manufactureras del pais; asi como estable ce un conjunto de instrumentos de gesti6n ambiental con el objeto de promover el desarrollo sostenible y competitivo de la industria manufacturera nacional; Que, el Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Intemacionales - MITINCI, en su condici6n de autoridad competente encargada de la implemen taci6n de losinstrumentos de gesti6n ambiental, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones que el titular de la actividad industrial manufaeturera debe llevar a cabo, ha considerado pertinente aprobar los formatos de Calificaci6n Previay de Declaraci6n de Impacto Ambiental asi como los lineamientos para el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental; Que, losreferidos documentos han sido sometidos a consulta ciudadana, a traves de su prepublicaci6n en el Diario Oficial EI Peruano, con el objeto que se presenten aquellas observaciones y sugerencias que las personas naturales y juridicas interesa das, estimen conveniente formular; Que, habiendose recibido, evaluado y considerado las observaciones y recomendaciones alcanzadas durante el proceso de consulta ciudadana, los referidos documentos han quedado expeditos para su aprobaci6n; De conformidad con el Decreto Ley N" 25831 "Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociacio nes Comerciales Intemacionales" y el Decreto Supremo N" 019 97-ITINCI, "Reglamento de Protecci6nAmbiental para el Desa rrollo de Actividades de la Industria Manufaeturera"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los formatos de Calificaci6n Previa y de Declaraci6n de Impacto Ambiental asi como los lineamientos para el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental a ser aplicados por el Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Interna cionales, a los que hace referencia el Decreto Supremo N" 019 97-ITINCI, "Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera". Registrese, comuniquese y publiquese. GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Internacionales MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES DIRECCION DE ASUNTOS AMBIENTALES • FORMATO DE CALIFICACION PREVIA • FORMATO DE DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL • SISTEMA DE CONSULTORIA Y AUDITORIA AM BIENTAL Pcig. 192950 Lima. viernes 15 de seticmbre de 2000 .. e-mail: . CALIFICACION PREVIA L DATOS GENERALES: 1. Nornbre de la empresa y/o raz6n social: 2. Av./Jr./Calle: . 3. Distrito: .... Urbanizaci6n: .. Provincia: Departamento: . 4. ClIU: 5. Fecha de inicio de actividades: . 6. Representante Legal: Telefono: Fax: .. 7. Tarnano del Proyecto: 7.1 Costo estimado total lEn NS/.J.: 7.2 Valor de los activos lEn NS/.): 7.3 Monto de las ventas anuales (En NS/.): 7.4 Volumen de producci6n anual (TM): 8. Duraci6n del Proyecto: 8.1 Etapa de construcci6n y/o instalaci6n: Fecha estimada de inicio y finalizaci6n: 8.2 Etapa de Operacion: Fecha de inicio y vida uti] estimada: MATERIA PRIMA E INSUMOS UTILIZADOS POR ANO: 9. Programa de Trabajo. Se debe anexar el cronograma de actividades de cada etapa (construccion y operacion), ACTIVIDADES INVERSION MESES OBSERVACIONES . (Encasode ser necesanoadJuntar boiasadicionales) II. OBJETIVOS DEL PROYECTO A IMPLEMENTAR (INCREMENTOS EN LA CAPACIDAD INSTALA DA, DE TAMANO DE PLANTA 0 INSTALACION FABRIL 0 DIVERSIFICACION). BREVE DES CRIPCION. III. DESCRIPCION TECNICA 1. Breve descripci6n de los procesos y/o actividades. 2. Materias primas e insumos utilizados (nombrequimi co, comercial y cantidad), DESCRIPCION CARACTERISTICAS NOMBRE NOMBRE UNID.DE Procedencia TOTAL Inflamable Corrosivo Reactivo Explosivo Toxico Nose QUIMICO COMERCIAL MEDIDA conoce . - --------t f-------.r L 3. Productos y subproductos elaborados (cantidad y periodo de elaboracion). PRODUCTOS YSUBPRODUCTOS ELABORADOS POR ANO: FASE DE PRODUCTOS SUB UNlOAD DE PERIODO CANTIDAD ~~ PRODUCTOS MEDIDA DEPROD. . . --- ... 4. Abastecimiento de agua (Fuente y consumo) 5. Abastecimiento de energia (Tipo y consumo) ~ IV. DESCRIPCION DEL ENTORNO 4.1. EN BASE A LA MATRIZ DE RIESGO, ABSOLVER LOS SIGUIENTES PUNTaS: 1. Descripci6n breve de las caracteristicas del entorno: fisico-quimicas, biologicas, sociales y culturales; y los efec tos en el ambiente debido al proyecto. 2. Principales problemas ambientales del entorno. 4.2. Tipo de zonificaci6n (adjuntar croquis de ubicacion) Cuando corresponda debera sefialarse las zonas prote gidas, de valor turistico 0 paisajistico 0 algun otro que tenga algun nivel de restricci6n 0 intangibilidad. V. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS IM PACTOS: 1. Etapa de Construcci6n y/o Instalaci6n 1.1. Descripci6n breve de las principales actividades y/u obras. 1.2. Principales impactos ambientales generados por la construcci6n y/o instalacion. Lima, vierncs 15 de scticmbre de 2000 Pcig. 192951 1.3. Breve descripci6n de lasmedidas de prevenci6n y mitigaci6n previstas. 2. Etapa de Operaci6n: 2.1. Breve descripci6n de los principales impactos am bientales generados. 2.2. Descripci6n breve de las medidas de prevenci6n y mitigaci6n previstas. VI. EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES: Debe adjuntarse la matriz de riesgos absuelta. " En caso necesario usar hojas adicionales NOTA.- EI presente documento debera ser suscrito por el representante legal de la empresa y por el representante legal del Consultor Ambiental. DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL I. DATOS GENERALES: 1. Nombre de la empresa y/o raz6n social: 2. Av./Jr./Calle: . 3. Distrito: Urbanizaci6n: . MATERIA PRIMA EINSUMOS UTILIZADOSPOR ANOS: Provincia: Departamento: . 4. Actividad a realizarse 5. Fecha de inicio de actividades: . 6. Representante Legal: . Telefono Fax e-mail . 7. Tamano del Proyecto 8. Duraci6n del Proyecto 9. Programa de Trabajo Se debe anexar el cronograma de actividades de cada etapa (construccion y operacion). Aclividades InversiOn MESES OBSERVACIONES • Encaso necesario usar hojas aocionales II. OBJETIVOS DEL PROYECTO: 1- Breve Descripci6n III. DESCRIPCION DEL PROYECTO: 1. Descripci6n breve del proceso industrial indicando sus fases, adjuntando el diagrama de flujo correspondiente. Seftalar las etapas donde se producen descargas de resi duos (solidos, lfquidos, gaseosos) . 2. Materias primas e insumos utilizados (nornbre quimi co y comercial y cantidad), DESCRIPCION CARACTERISTICAS NOMBRE NOMBRE UNID.DE Procedencia TOTAL Inflamable Corrosivo Reactivo Explosivo T6xico Nose QUIMICO COMERCIAL MEDIDA conoce 3. Productos y subproductos elaborados por fase de proceso (cantidad y perfodo de elaboraci6n). PRODUCTOS YSUBPRODUCTOS ELABORADDS: FASE DE PRODUCTOS SUB UNlOAD DE PERIODO CANTlDAD PROCESO PRODUCTOS MEllIDA DEPROD. 4. Abastecimiento de agua (fuente y volumen) 5. Abastecimiento de energfa (tipo de energfa y cantidad y procedencia) IV. CARACTERISTICAS DEL ENTORNO 4.1. EN BASE A LAMATRIZ DE RIESGO, ABSOLVER LOS SIGUIENTES PUNTOS: 1. Breve descripci6n de las caracterfsticas del enter no, principalmente las caracterfsticas ffsico-qufmicos, biol6gicas, econ6micas, sociales y culturales en el am biente debido al proyecto. Asimismo, debera precisar el area de influencia. Igualmente, cuando corresponda, debera incluirse informaci6n sobre tendencias y usos de las tierras (concesiones de uso de agua, forestales y otros) P8g.192952 Lima, viernes 15 de setiernbre de 2000 2. Breve descripci6n de los principales problemas am bientales del entorno del proyecto. NOTA.- EI presente documento debera ser suscrito por el representante legal de la empresa y por el representante legal del Consultor Ambiental. . 4.2. Tipo de zonificaci6n (adjuntar croquis de ubicacion) Cuando corresponda debera sefialarse las zonas prote gidas, de valor turistico 0 Paisajistico 0 algun otro que tenga algun nivel de restricci6n 0 intangibilidad. I. SISTEMA DE CONSULTORIA Y AUDITORIA AMBIENTAL INDICE ANTECEDENTES II. OBJETIVOS III. BASE LEGAL V. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS 1M· IV. DEFINICIONES PACTOS: 1. Etapa de Construcci6n: 1.1. Breve descripci6n de las principales actividades y/u obras. ~ 1.2. Principales impactos ambientales generados por la construcci6n y/o instalaci6n. 2. Etapa de Operaci6n: 2.1. Breve descripci6n de los principales impactos am bientales generados, VI. EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES Debe adjuntarse la matriz de riesgos debidamente ab suelta. VII. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Breve descripcion de las medidas de prevenci6n (cons trucci6n y operacion). Breve descripci6n de las medidas de correccion y/o mitigaci6n previstas (construccion y operacion) Programa de control y monitoreo para cad a fase. ----~---~-----~ Incluir las medidas de contingencia a aplicar y los responsables de su implementaci6n. Especificar las medidas a ejecutarse en caso de cierre de la empresa para garantizar la restituci6n de las condiciones iniciales del area del proyecto. * En caso necesario usar hojas adicionales V. ANALISIS DE LA SITUACION ACTUAL VI. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE CONSUL TORAS AMBIENTALES VII. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE AUDITO· RAS AMBIENTALES VIII. SANCIONES ANEXOS SISTEMA DE CONSULTORIA Y AUDITORIA AMBIENTAL EN EL SECTOR DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA I. ANTECEDENTES La Resoluci6n Directoral N" 080-92-ICTI-DGI (20-5-92), dispuso la apertura en la ex Direcci6n de Medio Ambiente e Infraestructura Industrial de la ex Direcci6n General de Industrias y en las ex Secretarias Regionales de Asuntos Productivos de Transformaci6n de los Gobiernos Regiona les, del Registro de Entidades autorizadas a realizar Estu dios de Impacto Ambiental. EI 26 de setiembre de 1997 se aprob6 el Decreto Supre mo N° 019-97-ITINCI "Reglamento de Protecci6n Ambien tal para el Desarrollo de Actividades de la Iridustria Manu facturera". En dicho Reglamento se define a los Auditores y Consultores Ambientales, se senala sus responsabilida des y se declara en reorganizaci6n el Registro de Empresas Autorizadas para elaborar Estudios de Impacto Ambiental. EI presente documento tiene por objeto proponer una serie de criterios para establecer dichas normas, con el fin de desarrollar un sistema eficaz y transparente de califica cion de empresas de consultoria y auditoria ambiental. Asimismo, se proponen los mecanismos mediante los cuales el MITINCI pueda fomentar la calidad del trabajo de consultoria y auditoria, con el objeto de producir informa ci6n util y confiable para la toma de decisiones del Ministe rio. En este sentido, se busca que la consultoria ambiental tambien contribuya de manera eficaz a la divulgaci6n de estrategias costo-eficientes de prevenci6n y mitigaci6n ambientales en el sector industrial. Varios de los criterios utilizados en el presente docu mento para establecer el registro de consultores y auditores ambientales del MITINCI, se han establecido en base al conocimiento de experiencias anteriores en la materia y estan dirigidos a superar los problemas que fueron detecta dos en ellas. II.OBJETIVO Elaborar un sistema que perrnita evaluar, registrar y controlar a las empresas de consultoria y auditoria arnbien tal que prestaran servicios al MITINCI y a las empresas del Sector en actividades relacionadas a los asuntos ambienta les, promoviendo la eficiencia y competitividad en estos servicios. III. BASE LEGAL • Ley N° 23407 "Ley General de Industrias" (28-5-82); indica que las empresas industriales desarrollaran sus actividades sin afectar el medio ambiente ni alterar el equilibrio de los ecosistemas, ni causar perjuicio a las colectividades. • Decreto Legislativo N° 613, "Codigo del Medio Am biente y los Recursos Naturales" (8-9-90); indica en el Lirna, vierncs I5 de sctiernbre de 20(JO pag. 192953 Articulo 10" que los Estudios de Impacto Ambiental s610 podran ser elaborados por las instituciones publicas 0 privadas debidamente calificadas y registradas ante la autoridad competente. En el Articulo 20" indica que la evaluaci6n tecnica del ambiente y de los recursos naturales corresponde a la autoridad competente. En el Articulo 22" indica que la autoridad ambiental esta investida de la facultad de inspeccionar los locales, establecimientos 0 cualquier otro tipo de area, donde se llevan a cabo activida des que generen riesgo ambiental, asi como exigir la infor maci6n que permita verificar el cumplimiento de las dispo siciones legales. • Decreto Legislativo N" 757 "Ley Marco para el Creci miento de la Inversion Privada" (13-11-91); indica que las Autoridades Sectoriales competentes para conocer sobre los asuntos relacionados con la aplicaci6n de las disposicio nes del C6digo del Medio Ambiente y los Recursos Natura les son los Ministerios de los Sectores correspondientes a las actividades que desarrollen las empresas; asimismo, seftala que los Estudios de Impacto Ambiental seran reali zados por empresas 0 Instituciones Publicas 0 Privadas que se encuentren debidamente calificadas y registradas en el registro que para tal efecto aperturara la Autoridad Secto rial competente, la que establecera los requisitos que debe ran cumplirse para dicho efecto. • Constituci6n Politica del Peru, Articulo 67°(29-12-93); indica que el Estado determina la politica nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales. • Ley N° 26786 "Ley de Evaluaci6n de Impacto Ambien tal para Obras y Actividades" (13-5-97); indica que los Estudios de ImpactoAmbientaly los Programas de Adecua cion y Manejo Ambiental, seran elaborados por empresas 0 instituciones que se encuentren debidamente calificadas e inscritas en el Registro que para el efecto abrira la autori dad sectorial competente • Decreto Supremo N° 014-2000-MITINCI (26-6-2000), Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis terio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Internacionales, procedimientos Nos. 54 y 51; establecen los requisitos para inscribirse en el Registro de Consultores Ambientales y Auditores Ambientales res pee tivamente. • Decreto Supremo N" 019-97 -ITINCI, "Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufacturera" (26-9-97); prioriza la regu laci6n de practicas e instrumentos de prevenci6n y evalua cion ambiental para afianzar el desarrollo sostenible del Sector Industrias. IV. DEFINICIONES Auditor Ambiental: EI Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufacturera (D.S. N" 019-97-ITINCn, 10defi ne en su Articulo 3° como toda persona juridica inscrita en el MITINCI de acuerdo a las disposiciones del citado Regla mento y que se dedica a la fiscalizaci6n y verificaci6n del cumplimiento de las normas de conservaci6n del ambiente. Autoridad AmbientaI Competente para la indus tria manufacturera es el Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCn. Auditoria Ambiental Ad-hoc 0 de oficio, es el proceso de verificaci6n sistematico y documentado que realizan las empresas de auditoria en representaci6n del MITINCI para evaluar objetivamente evidencias con el fin de verificar situaciones contingentes, denuncias 0 cualquier otra situa cion, que ajuicio del MITINCI, 10amerite. Auditoria Ambiental ordinaria es el proceso de verificaci6n sistematico y documentado que realizan las empresas de auditorfa en representaci6n del MITINCI con el objeto obtener y evaluar objetivamente evidencias para verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos en los PAMAs, EIAs, DIAs y DAPs. Consultor Ambiental: EI mismo Articulo 3" 10define como la persona jurfdica que se encuentra inscrita en el Registro del MITINCI y en consecuencia autorizada a elaborar y suscribir Informes Ambientales, Diagn6sticos Ambientales Preliminares (DAP), Estudios de Impacto Ambiental (EIA), Declaraciones de ImpactoAmbiental (DIA) y Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental (PAMA). Consultoria Ambiental: Es la actividad que realizan las personasjurfdicas, inscritas en el MITINCI vinculadas a la elaboraci6n de Estudios relacionados con el Sistema de Gesti6n Ambiental para las actividades de la industria manufacturera. Es incompatible con la Consultorfa Am biental las actividades de fiscalizaci6n y verificaci6n del cumplimiento de las normas de conservaci6n del ambiente. V. ANALISIS DE LA SITUACION ACTUAL Atribuciones de la autoridad competente relacio nada a Ia flscalizacion EI Articulo 4" del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu facturera (D.S. N°019-97-ITINCn, en el inciso 3, indica que el MITINCI es el encargado de fiscalizar el efecto ambiental producido por las actividades industriales en sus centros operativos y areas de influencia, determinando la responsa bilidad del titular de la actividad de la industria manufac turera en caso de producirse una violaci6n a las disposicio nes ambientales aplicables a la industria manufacturera e imponiendo las sanciones del caso. Responsabilidades y atribuciones de los consul tores y auditores ambientales EI Articulo 7"del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu facturera <D.S. N° 019-97 -ITINCn, indica que los consulto res y auditores ambientales son responsables de la veraci dad e idoneidad de la informacion contenida en los docu mentos que suscriban, de acuerdo a las normas que sobre la materia dicte la autoridad competente, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponde al titular de la actividad en su cumplimiento. EI Articulo 16°del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu facturera <D.S.N" 019-97-ITINCn, indica que las personas juridicas para la realizaci6n de la DIA 0 el EIA para actividades de la industria manufacturera, son las consul toras ambientales incluidas en el Registro correspondiente del MITINCL Asimismo, el Articulo 3" indica que las con sultoras ambientales estan autorizadas a elaborar y suscri bir Informes Ambientales, Diagn6sticos Ambientales Pre liminares <DAP), Estudios de Impacto Ambiental (EIA), Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental (PAMA). EI Articulo 25"del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu facturera (D.S. N" 019-97-ITINCn, establece que «la Auto ridad Competente podra encargar a personas naturales 0 juridicas que cuenten con la debida experiencia, calificaci~n y especializaci6n 0 a los auditores ambientales, la reVISIOn y evaluaci6n de las DIA, EIA 0 PAMA, para 10cual estable cera los mecanismos necesarios que permitan atender el pago de los servicios que se contrate-. La Cuarta Disposici6n Complementaria del Reglamen to de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Activi dades de la Industria Manufacturera (D.S. N° 019-97 ITINCn, indica que el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este y en las dernas normas ambientales para la industria manufacturera podra ser fiscalizado a traves de los auditores ambientales. La Segunda Disposici6n Transitoria del Reglame.nto de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufacturera <D.S.N"019-97-ITINCn, en el numeral 2 indica que el Diagn6stico Ambiental Prelimi nar (DAP) sera suscrito por un consultor ambienta!. EI Anexo 1 del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu facturera <D.S. N" 019-97 -ITINCn, indica que las consulto ras ambientales estan autorizadas a suscribir y a elaborar los documentos ambientales. Analtsis de la situacion actual del registro de consultores ambientales La Resoluci6n Directoral N" 080-92-ICTI-DGI dispuso en su Articulo 1°, la apertura en la Direcci6n de Medio Ambiente e Infraestructura Industrial de la ex-Direcci6n General de Industrias y en las ex-Secretarias Regionales de Asuntos Productivos de Transformaci6n de los Gobiernos Regionales, el Registro de entidades autorizadas a realizar EIA'. La Sexta Disposici6n Transitoria del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufacturera <D.S. N° 019-97-ITINCIJ, declara en reorganizaci6n el registro de em presas autoriza das para elaborar EIA. Actualmente las funciones de esta antigua Direccion de Medio Ambiente e Infraestructura Industrial han sido asignadas a laDireccion deAsuntos Ambien tales delaDireccion Nacional deIndustrias. Page 192954 Lima, vicrncs 15 de scticmbre de 2000 La Sexta Disposici6n Transitoria del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufacturera (DB. N° 019-97-ITINCI), cambia de denominaci6n al Registro de empresas autoriza das para elaborar EIA por el de Registro de consultores ambientales. Por 10tanto, las empresas que actualmente cuentan con el Registro como empresas autorizadas a elaborar EIA, en acatamiento de la Sexta Disposici6n Transitoria, tendran que adecuarse a 10que disponga la autoridad competente para regularizar su situaci6n y poder acceder a las nuevas disposiciones del Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufactu rera (D.S. N" 019-97-ITINCn. Analists de la sltuacion actual del Registro de auditores ambientales. La Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamen to de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Activi dades de la Industria Manufacturera (D.S. N° 019-97 ITINCIl, dispone la creaci6n en el MITINCI del Registro de auditores ambientales en el que se podran inscribir las personas jurfdicas que cumplan con los requisitos y condi ciones que establezca la autoridad competente. En la Quinta Disposici6n Transitoria del mismo Regla mento, se indica que el MITINCI promulgara las normas requeridas para la calificaci6n, inscripci6n y funcionamien to del Registro de auditores ambientales para la industria manufacturera. VI. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE CON SULTORAS AMBIENfALES 1. Contar con un unico Registro a nivel nacional de empresas consultoras ambientales para el Sector Industrial. . • Este Registro sera diferente al Registro de Empresas Auditoras. . • Para la evaluaci6n de las solicitudes, se requerini contar con el personal id6neo (tecnico-normativo) y la logis tica adecuada situaci6n que sera mas facil de ser lograda, si las actividades son centralizadas en un solo lugar. • Permitira evitar vicios de registro por inscripciones fraudulentas; por ejemplo que una misma em presa se encuentre inscrita en diferentes registros con nombres diferentes. • Permitira tener un unico organo administrativo para todas las consultoras ambientales. 2. Las Direcciones Regionales de Industria y Turis mo del MITINCI podran canalizar las solicitudes de registro de las empresas que se encuentran en su respectiva region; asimismo, seran estas quienes se encargarari de bacer el seguimiento del tramite de las solicitudes, basta su aprobaclon 0 desaprohacion, Bajo esta modalidad se permitira tener brazos coordina dores para la atenci6n de las solicitudes de Registro de Consultorasen diferentes localidades del pais, mantenien do como unico ente registrador al MITINCI. Las Direcciones Regionales de Industria y Turismo estaran facultadas para proporcionar a las comparuas loca les la solicitud de registro, para aceptar las solicitudes, para contestar preguntas acerca del proceso y acerca del estado que guardan las solicitudes. Sin embargo, la toma de decisiones sobre la calificaci6n de los solicitantes permane cera en la oficina central. Las Direcciones Regionales de Industria y Turismo tarnbien podran recibir quejas sobre el desempefto de una cornpama registrada y ayudar en el proceso de investigaci6n. 3. Las empresas consultoras deben tener un domi cilio legal en el Peru para poder acceder al registro. Las entidades que no tienen oficinas en el Peru deberan, ademas de cumplir con los requisitos normalmente exigidos, tener un domicilio legal en el pais con sus respectivos apoderados. Esta exigencia se hace con el fin de que todas las entidades, sin distinci6n de nacionalidades, asuman las responsabilidades civiles y penales a las que se someten al momento de prestar el servicio de una consultoria ambiental. De este modo se asegura que tanto las consultoras extranje ras como las nacionales actuen bajo las leyes peruanas. 4. Para poder ser calificadas como consultoras ambientales, las empresas deberan contar con la informacion necesaria que permita demostrar que poseen una solida organtzacion. Permitira asegurar que los trabajos de consultoria sean ejecutados adecuadamente y de acuerdo a las exigencias de la normatividad ambiental. Como minima para tener este aseguramiento, se debera presentar los siguientes requerimientos basicos: a) Raz6n Social de la empresa solicitante b) Direcci6n, telefono 0 telefax, correo electr6nico (de contar con este servicio), c) RUC de la Empresa d) Nombre del Representante Legal. Una vez inscrita la empresa dentro del Registro, el MITINCI registrara la firma del representante legal. e) N6mina de accionistas f) Testimonio 0 Copia Simple de la Escritura Publica de Constituci6n Social de la Empresa. Las empresas extranje ras deberan tener este documento registrado en los Regis tros Publicos del pais de su constituci6n. Tambien debe estar inscrito y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores asf como por el Consulado Peruano en el pais de su constituci6n. EI objeto de la empresa estara expresamen te dirigida a realizar trabajos de consultoria ambiental. 5. Para poder ser calificadas como consultoras ambientales, las empresas deberan contar con un medio que permita demostrar que poseen la capaci dad tecnica adecuada. Capacidad que perrnitira a las consultoras a efectuar trabajos de calidad, sin de pender totalmente de otros servi cios debido a que cuentan con los instrumentos basicos necesarios y la capacidad tecnica adecuada para realizar consultorias que se Ie demande. Se podra demostrar esta capacidad presentando 10si guiente: a) Un equipo multidisciplinario con profesionales prove nientes de las areas de ciencias naturales, sociales y proce sos industriales; quienes conformaran el equipo base de la empresa. Se requerira un minima de 5 profesionales con las siguiente caracteristicas: • 3 profesionales con por 10menos 2 anos de experiencia en asuntos ambientales. • 2 profesionales con por 10menos 5 anos de experiencia en la industria manufacturera. Adicionalmente, el equipo podra ser integrado por otros profesionales de las areas antes mencionadas, 0 de otras especialidades, que cuenten con estudios de especializacion en materia ambiental Para cada uno de los profesionales se adjuntara Curri culum Vitae documentado, indicando trabajos desarrolla dos y cargo que ocupo en dicho trabajo. Tambien se presen tara el certificado de habilitaci6n del colegio profesional para aquellas profesiones que 10 tuviesen. En caso de tratarse de un profesional extranjero, el titulo profesional debe estar visado 0 certificado por el Consulado Peruano en el pais de origen. Cada profesional debe proporcionar por 10 menos tres referencias de empresas seftalando la persona de contacto que tenga conocimiento de sus aptitudes y reputaci6n profesional. No se pueden incluir referencias que tengan relacion de parentesco con el profesional. No se podran presentar funcionarios ni servidores del Estado. Para cada trabajo de consultoria que se realice, se debe designar a uno de los profesionales con experiencia en asuntos ambientales y a otro con experiencia en industrias como Iideres del estudio. Los Iideres deben supervisar el estudio y asegurar la cali dad y veracidad de la informaci6n presentada. La labor de los Iideres no implica necesaria mente trabajo de campo. La firma de los 5 profesionales de la nomina sera registrada en el MITINCI, una vez que la empresa haya sido aceptada en el Registro. Los 2 profesionales que figu ren como Iideres del estudio, al igual que los demas profe sionales que hayan participado en el estudio, deberan incluir su firma en el informe, indicando en que consisti6 su participaci6n. La preferencia de las especialidades de los profesionales a modo indicativo y no limitativo es: Profesionales en asuntos ambientales .', Especializado en ciencias ambientales (biologia, qui mica, ecologia, ciencias sociales, geologia 0 gesti6n ambien tal). EI grado de Maestria en temas afines a asuntos ambientales contara como 6 meses de experiencia y el de PhD en temas afines en asuntos ambientales como minima Lima, viernes 15 de setiernbre de 2000 pag. 192955 1 afio; debiendo anexar los certificados de los cursos apro bados en materia ambiental. Profesionales en la industria manufacturera * Profesional en cualquiera de las ramas industriales: industrial, qufmico, metalurgista, industrias alimentarias, textil, mecanico, electricista 0 profesiones afmes. Del mismo modo, la especializaci6n se rnedira tanto por los grados academicos como por los resultados que haya obtenido en su desempeno profesional. EI grado de Maestria en temas afines en asuntos ambientales contara como minimo con 6 meses de experiencia y el de PhD en temas afines en asuntos ambientales, como mmimo 1 ano; debiendo anexar los certi ficados de los cursos aprobados en materia ambiental. b) Prueba de relaci6n de los profesionales propuestos con la empresa, ya sea mediante planilla de sueldos 0 fotocopia de los ultimos 3 recibos de honorarios. En el caso de profesionales que no tengan relaci6n permanente con la empresa, se presentara Carta Certificada Notarial de Com promiso de los profesionales en el que se comprometen a prestar servicios a la empresa cuando esta 10 requiera. Ninguno de los 5 profesionales inscritos como equipo base de una empresa podra aparecer en el equipo base de la n6mina de otra empresa (consultora 0 auditora arnbiental); no obstante podra figurar como profesional adicional. 6. Contar con un adecuado sistema de evaluacion de las solicitudes de Inscrtpcien, de manera que esta e':leda efectuarse eficazmente y dentro del plazo fijado. Esto asegura que las empresas que califiquen sean las que realmente han cumplido con los requisitos exigidos y que su calificaci6n se haya efectuado dentro del plazo que estipule la Ley; para este efecto, se propone que la metodo logia de la evaluaci6n considere los siguientes puntos: a) Verificaci6n que los documentos presentados en co pias esten certificados por el Fedatario del MITINCI y que los testimonios de escritura publica, aetas u otros esten inscritos en la Oficina Regional de Registros Publicos. b) Cumplir con el plazo de revisi6n de la documentaci6n, el cual no podra ser superior a 30 dias calendarios. EI plazo de evaluaci6n de la documentaci6n se ernpezara a contar a partir de la fecha de recepci6n de las solicitudes en la Direcci6n de Asuntos Ambientales. Los solicitantes seran notificados de la fecha en que la Direcci6n de Asuntos Ambientales recibi6 sus solicitudes. Si antes del vencimien to del plazo el MITINCI no ha informado a cerca del estado de la evaluaci6n de la documentaci6n presentada, la solici tud quedara aprobada automaticamente. c) Preparar el Proyecto de Resoluci6n Directoral me diante el cual se aprobara, observara 0 desaprobara la solicitud. 7. Considerar un periodo de actualfzacion de la Inscrtpelon de las consultoras en el Registro de con sultoras ambientaIes EI periodo de vigencia de la inscripci6n es de 1 afio, De esta manera, el MITINCI podra mantener actualizado el Registro, tanto en 10que respecta al cumplimiento de los requisitos baaicos de las consultoras, como en 10que respec ta a su desernpefio durante ese periodo y la permanencia de las mismas en el mercado. Sin embargo, las empresas deben gestionar ante el MITINCI las modificaciones que correspondan, en caso sucedan cambios en los datos consignados en el Registro durante este intervalo. Transcurrido este tiempo y para que las empresas puedan seguir desempenandose como consultoras deberan solicitar la renovaci6n de su inscripci6n adjuntando la ficha que se presenta en el Anexo 1. 8. La Dlreccion de Asuntos Ambientales defiriir-a los procedimientos de aprobacion y control -drrecto o a traves de terceros- de la calidad del trabajo de las empresas de consultoria ambiental Con el objeto de asegurar la cali dad en los servicios que prestan las diversas empresas de consultoria ambiental, es necesario que la Direcci6n de Asuntos Ambientales cuente con fichas de control de las consultoras ambientales. El Anexo 2 propone una ficha de control que comprende diversas partes a traves de las cuales se facilitara el control. EI MITINCI definira los criterios de evaluaci6n en base a las gufas que para tal fin se elaboren. Asimismo, el MITINCI podra exigir que las compafuas consultoras permitan el acceso a un representante autori zado del MITINCI a toda la informaci6n tecnica, reportes, archivos, muestreos ambientales, fotografias, mapas y do cumentos usados en la preparaci6n de los estudios que se presenten al MITINCI. Igualmente, el MITINCI queda facultado para disponer la realizaci6n de auditorias a los Consultores Ambientales, cuando 10considere pertinente. 9. Contar con un mecanismo que incentive a las consultoras ambientales a trabajar correctamente teniendo en eonsideracien los aspectos tecnico-nor· mativos. Para tal fin se establecera un sistema de acceso a la informaci6n destinado a mejorar el funcionamiento del mercado de consultoria. EI sistema hara de dominio publico informaci6n referente a las consultoras ambientales, pero sin asignar un elemento de evaluaci6n. En este caso se dejaria que las propias empresas manufactureras saquen sus propias conclusiones de la informaci6n que se les proporcione. EI sistema incluira la publicaci6n anual de una matriz, donde se incluiran aquellos datos que reflejen el desempeno que tuvieron las empresas consultoras durante ese afio. La matriz tendra un formato similar al que se aprecia en el Anexo N"4. Debido a que la matriz de informaci6n sera de domi nio publico, las empresas que requieran los servicios de consultoria tendran acceso a una serie de informaci6n que les permita seleccionar una empresa de acuerdo a sus calificaciones y experiencia. En este caso, las empre sas que tengan el mejor desempeno tendran ventajas competitivas respecto a las que tengan un desempeno menos exitoso. La matriz de informaci6n sera publicada en el Diario Oficial EI Peruano, al inicio de cada ano, mediante Resolu ci6n Directoral y estara a disposici6n del publico en el MITINCI. VII. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE AUDI· TORAS AMBIENTALES 1. Contar con un unico Registro a nivel nacionaI de auditoras ambientales para el Sector Industrial. • Este Registro sera diferente al Registro de Empresas Consultoras. • Para la evaluaci6n de las solicitudes, se raquerira contar con el personal id6neo (tecnico-normativo) y la logis tica adecuada situaci6n que sera mas facil de ser lograda, si las actividades son centralizadas en un solo lugar. • Permitira evitar vicios de registto por inscripciones fraudulentas; por ejemplo que una misma empresa se encuentre inscrita en diferentes registros con nombres diferentes. • Permitira tener un unico 6rgano administrativo para todas las auditoras ambientales. 2. Las Direcciones Regionales de Industria y Tu rismo del MITINCI podran canalizar las solicitudes de registro de las empresas que se encuentran en su respectiva region; asimismo, seran estas quienes se encargaran de hacer el seguimiento del tramite de las solicitudes, hasta su aprobacion 0 desaproba cion. Bajo esta modalidad se permitira tener brazos coordina dores para la atenci6n de las solicitudes de Registro de Auditoras en diferentes localidades del pais, manteniendo como unico ente registrador al MITINCI. Para este efecto las Direcciones Regionales de Industria y Turismo, luego de recibir los expedientes los remitiran via correo a la Direcci6n de Asuntos Normativos; los resultados de evaluacion que esta ultima efectua podran hacerse conocer preliminarmente via fax, con cargo a ser regulari zados posteriormente a traves de la entrega directa de las resoluciones originales. Para efectos de plazo de evaluaci6n de la documenta cion, el plazo de evaluaci6n se ernpezara a contar a partir de la fecha de recepci6n de las solicitudes en la Direcci6n de Asuntos Ambientales. Para tal fin los solicitantes seran notificados de la fecha en que la Direcci6n de Asuntos Ambientales recibi6 sus solicitudes. 3. No podran acceder al registro de auditoras ambientales las entidades que hayan sido registra das como consultoras ambientaIes El cumplimiento de esta exigencia permitira evitar que una empresa audite un proyecto desarrollado por ella como consultora. Asimismo evitara vicios en el proceso de audi toria, como por ejemplo que una auditora favorezca con su pag. 192956 Lima, vicrnes 15 de scticmbrc de 2000 informe a un c1iente determinado a cambio de trabajos futuros de consultoria. 4. Para poder ser calificadas como auditoras am bientales, las empresas deberan contar con la infer macion necesaria que permita demostrar que po seen una sofida orgariizueion e infraestructura ade cuadas. Perrnitira asegurar que trabajos de auditoria sean eje cutados adecuadamente y de acuerdo a las exigencias de la normatividad ambienta!' Como minimo para tener este aseguramiento, se debera presental' los siguientes requerimientos basicos: a) Razon Social y denorninacion de la empresa solici tante. b) Direccion, telefono 0 telefax, correo electronico (de contar con este servicio). c) RUC de la Empresa. d) Nombre del Representante Legal, adjuntando su firma. e) Nomina de accionistas. f) Testimonio 0 Copia Simple de la Escritura Publica de Constitucion Social de la Empresa. Las empresas extranje ras deberan tener este documento registrado en los Regis tros Publicos del pais de su constitucion. Tambien debe estar inscrito y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores asi como pOl'el Consulado Peruano en el pais de su constitucion. EI objeto de la empresa estara expresamen te dirigida a realizar trabajos de auditorta ambienta!' 5. Para poder ser calificadas como auditoras am bientales, las empresas debet-an contar con un medio que permita demostrar que poseen la capacidad tecniea adecuada. Esta capacidad se refiere a la posibilidad de que las auditoras efectuen trabajos de naturaleza tecnica y multi disciplinaria. Se podra demostrar esta capacidad tecnica cumpliendo con los siguientes requerimientos: a) Presentar un minimo de 5 profesionales, quienes conforrnaran el equipo base de la empresa, con las siguien tes caracteristicas: • 1 profesional con por 10menos 2 anos de experiencia en auditoria ambiental y un mmimo de 3 auditorias comproba das (auditor senior). Dicho profesional tambien debe tener un minirno de 2 anos en consultoria ambienta!' • 2 profesionales con por 10menos 5 anos de experiencia en la industria manufacturera. • 2 profesionales con por 10menos 2 anos de experiencia en asuntos ambientales. Adicionalmente, el equipo podra ser integrado por otros profesionales que cuenten con estudios de especializacion en materia ambienta!' Para cada uno de los profesionales se adjuntara Curri culum Vitae documentado, indicando los trabajos desarro lIados y el cargo ocupado en ellos. Asimismo, se presentara certificado de habilitacion del colegio profesional para aque lias profesiones que 10tuviesen. En casu de tratarse de un profesional extranjero, el titulo profesional debe estar visa do 0 certificado por el Consulado Peruano en el pais de obtencion del titulo. Para cad a trabajo de auditoria que se realice, se debe designal' al auditor senior como hder del estudio. Ellider debe su pervisar el estudio y asegurar la cali dad y veracidad de la informacion presentada. La labor dellider no implica necesariamente trabajo de campo. La firma de dicho profesional sera registrada en el MITINCI, una vez que la empresa haya sido aceptada en el Registro. EI profesional registrado, asf como los dernas profesionales que hayan participado en la auditorta, debe ran incluir su firma en el informe. La preferencia de las especialidades de los profesionales a modo indicativo y no limitativo es: Profesional con experiencia en auditonas ambientales • .Se requiere de un profesional con conocimiento y experiencia en procedimientos, procesos y tecnicas de audi toria, con el objeto de garantizar el trabajo de auditoria. Profesional con experiencia en asuntos ambientales • Especializado en ciencias ambientales (biologta, qui mica, ecologia, ciencias sociales, geologia 0 gestion ambien tall. EI grado de Maestria en temas afines a asuntos ambientales contara como 6 meses de experiencia y el de PhD en temas afines en asuntos ambientales como 1 ano; debiendo anexar los certificados de los cursos aprobados en materia ambienta!' Profesionales con experiencia en la industria manufac turera ;Profesional en cualquiera de las ramas industriales: industrial, quimico, metalurgista, industrias alimentarias, textil, mecanico, electricista 0 profesiones afines. Del mis mo modo, la especializacion se medira tanto por los grados acadernicos como por los resultados que haya obtenido en su desempeno profesiona!. EI grado de Maestria en temas afines a asuntos ambientales equivaldra a 6 meses ano experiencia y el PhD en temas afines a asuntos ambienta les, equivaldra a 1 ano; debiendo anexar los certificados de los cursos aprobados en materia ambienta!' b) Presentar pruebas de relacion permanente de los profesionales propuestos con la empresa (planilla 0 copia de los recibos de honorarios correspondientes a los ultimos 3 meses). En el caso de profesionales que no tengan relacion permanente con la empresa, se presentara Carta Certifica da Notarial de Compromiso de los profesionales en el que se comprometen a prestar servicios a la empresa cuando esta 10requiera. Ninguno de los 5 profesionales que aparezcan en el equipo base de la nomina de una empresa podra aparecer en el equipo base de la nomina de otra empresa (auditora 0 consultora arnbiental); no obstante podra figu ral' como profesional adiciona!' c) Presentar una carta compromiso notarial en el que la empresa auditora se comprometa a no realizar labores de auditoria en aquellas areas donde la empresa 0 alguno de sus profesionales haya tenido 0 tenga participacion como consultor ambiental u otra vinculacion de cualquier indole. d) Adjuntar carta de compromiso de confidencialidad e independencia de partes, para garantizar transparencia en el proceso de auditoria. 6. Contar con una metodologia de evaluacion de las solicitudes de Inscrtpcion, de manera que esta pueda efectuarse eficazmente y dentro del plazo fijado, Permitira lograr la calidad de atencion a las empresas solicitantes de inscripcion. . Debido a que los periodos de fiscalizacion se inician solamente en enero de cada ano, las solicitudes de inscrip cion unicarnente podran hacerse durante los meses de setiembre, octubre y noviembre de cada ano, Obtenido la aprobacion de registro, recien podra ser ejercida a partir del primer dta del ano siguiente, para 10cual durante el mes de diciembre la Direccion de Asuntos Ambientales publicara la relacion de empresas habiles para poder ejercer labores de auditoria. La aprobacion 0 desaprobacion de las solicitudes debe ran hacerse conocer en un plazo no mayor de 30 dias calendario. EI plazo de evaluacion de la documentacion se empezara a contar a partir de la fecha de recepcion de las solicitudes en la Direccion de Asuntos Ambientales. Los solicitantes seran notificados de la fecha en que la Direccion de Asuntos Ambientales recibi6 sus solicitudes. En caso de no emitirse comunicacion alguna dentro del plazo fijado, la solicitud sera aprobada autornaticamente. EI periodo de vigencia en el Registro sera de 1 ano, despues del cualla empresa debe renovar su inscripcion. De esta manera, el MITINCI podra mantener actualizado el Registro, tanto en 10 que respecta al cumplimiento de los requisitos basicos de las auditoras, como en 10que respecta a su permanencia en el mercado. En todo caso, los datos de la empresa deben ser actualizados continuamente, notifi cando al MITINCI los sucesos que se produjeron en la empresa durante la vigencia de su autorizacion como con sultora ambienta!' 7. Permitir una modalidad de control de las con trataciones y retribuciones por los servicios presta dos por las empresas de auditoria ambienta!' EI objeto del control de las contrataciones sera evitar se cometan vicios de toda indole en los trabajos que realizan las auditoras ambientales. Para este efecto se propone tener las siguientes consideraciones: Para evitar que las auditoras prorroguen indefinida mente sus contratos con las empresas a fiscalizar, se propo ne que los contratos que celebren no tengan una continui dad superior a los dos anos, obligandose por 10tanto a las empresas a partir de este tiempo a cambial' de auditora ambienta!' Podra restablecerse la contratacion a la misma Lima, viernes 15 de seticmbre de 2000 Plig. 192957 auditora, transcurrido un ano de producida la interrupcion de contrato. Para las auditorias ordinarias y de oficio, la Direccion de Asuntos Ambientales sera quien designe a la auditora ambiental, debiendo la empresa proceder a su contratacion en un plazo no mayor de 20 dias calendario. Los honorarios a ser pagados a la auditora ambiental seran asumidos por las empresas operadoras. 8. La Direcci6n de Asuntos Ambientales definira los procedimientos de aprobaci6n y control -en for ma directa 0 a traves de terceros- de la calidad del trabajo de las empresas de auditoria ambiental. El control sera efectuado a traves de la ficha que se menciona en el Anexo 3, el mismo que podra ser verificado in situ por la Direccion de Asuntos Ambientales. Asimismo, el MITINCI queda facultado para disponer la realizacion de Auditorias a los Auditores Ambientales, cuando 10considere pertinente. 9. Contar con un mecanismo que incentive a las auditoras ambientales a trabajar correctamente te niendo en consideraci6n los aspectos tecnicos-nor mativos. Para tal fin se utilizara la misma matriz de informacion utilizada para las empresas de consultoria ambiental, presentada en el Anexo N° 4. La matriz contendra aquella informacion que refleje el desernpeno que tuvieron las empresas auditoras durante un determinado periodo. Di cha matriz de informacion tendra como objetivo el dar ventajas competitivas a las empresas de acuerdo a su desempefio en los trabajos realizados. Tal y como se indico en la seccion de Empresas Consul toras, la matriz de informacion hara de dominio publico una serie de informaciones claves, peru sin asignar un elemento de evaluacion, dejando que las propias empresas rnanufac tureras saquen sus propias conclusiones de la informacion que se les proporcione. VIII. SANCIONES 1. Contar con un mecanismo que sancione a las consultoras ambientales que realicen trabajos sin las consideraciones de los aspectos tecrrico normati vos otorgados por el MITINCI. EI mecanismo permitira a las consultoras ambientales, trabajar de una manera seria y profesional, debido a que estara consciente que si sus estudios no estan acordes con los aspectos tecnico normativos senalados por el MITINCI, seran sujetos de sancion. Se proponen las siguientes sanciones: a) Racer publica la informacion del desempeno de las consultoras EI mal desempeno de una empresa consultora se vera reflejado en la matriz de informacion. Si la calidad del trabajo de una consultora es pobre, entonces tendra menos oportunidad de ser contratada. La matriz contendra informacion referente a estudios desaprobados y con observaciones importantes. En todo caso, los criterios que el MITINCI utilizara para evaluar la validez del trabajo de las consultoras seran los que deterrni nen las guias ambientales que se elaboren para el sector. Dichas guias contendran los requisitos que un trabajo de consultoria debe cumplir para su aprobacion, Del mismo modo, las multas, sanciones y suspensiones que hayan tenido las empresas seran senaladas en la matriz, por 10que seran de dominio publico y podran ser recabadas del Ministerio por los clientes potenciales. b) Otras sanciones El MITINCI podra aplicar sanciones a las empresas de consultoria de acuerdo a las obligaciones y responsabilida des asumidas por diehas empresas al momenta de aceptar realizar un trabajo. Dichas obligaciones y responsabilida des son: 1) Las empresas de consultoria estan obligadas a pre sentar informacion veraz en la solicitud de registro; 2) Las empresas de consultoria son responsables de la veracidad e idoneidad de la informacion contenida en los documentos que suscriben (Articulo 7" del DB. N° 019-97 ITINCn, Si como resultado de un proceso de auditoria el MITIN CI comprueba que en un estudio se han cometido irregula ridades referentes a cualquiera de las obligaciones y res ponsabilidades arriba mencionadas, procedera a sancionar de la siguiente manera: • La presentacion de informacion falsa en la solicitud de registro, arneritara la eliminacion de la eonsultora del Registro. • La presentacion de informacion falsa 0 enganosa en los documentos preparados sera sancionada con la suspen sion definitiva de la empresa consultora y con una multa que variara entre los 5 UIT, hasta los 100 UIT, dependiendo de la envergadura del estudio. Asimismo, la presentacion de informacion falsa 0 enganosa arneritara una denuncia judiciaL • A los profesionales que hayan figurado como hderes de estudios desaprobados por prescntacion de informacion falsa 0 engafiosa, se les suspendera del Registro por espacio de 1 ana; durante este tiempo no podran figurar en la nomina de ninguna otra consultora. Adicionalmente se elaborara una lista con los profesio nales que hayan sido sancionados. Esta lista sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, al inicio de cada ano, mediante Resolucion Directoral y estara a disposicion del publico en el MITINCI. EI formato de la lista de profesiona les sancionados sera similar al que se presenta en el Cuadro N"lo 2. Contar con un mecanismo que sancione a las auditoras ambientales que realicen trabajos sin las consideraciones legales otorgadas por el MITINCI. Se debe tener presente que el auditor al momento de realizar una auditoria representa al Ministerio. Por 10tanto los profesionales que intervienen en una auditoria, al momento de ejecutar el trabajo, se constituyen en funciona rios publicos. Toda sancion que se imponga a un funcionario publico por ocultar maliciosamente un problema que posteriormen te tiene consecuencias graves sobre la vida 0 salud de la poblacion 0 bien sobre la integridad del ecosistema, debe resultar de un proceso previo, el cual esta senalado en el Articulo 425" del Codigo PenaL El MITINCI, por su parte, podra aplicar las siguientes sanciones a las empresas auditoras: a) Por presentar informacion falsa 0 incorrecta en la solicitud de registro, se elirninara a la auditora del Registro. b) Por presentar informacion falsa 0 enganosa en los documentos preparados, se sancionara con el retiro defini tivo de la auditora del Registro y la imposicion de una multa de 5 UIT a 100 UIT, dependiendo de la envergadura de la auditoria. Asimismo, dicha falta arneritara la apertura de un proceso judiciaL c) Al igual que en los trabajos de consultoria, se sancionara al profesional que figura como responsable de una auditoria que haya sido desaprobada por la causa indicada en el acapite b). Dicha sancion consistira en suspenderlo por 1 ano del registro, no pudiendo figurar en la relacion de profesionales de ninguna otra empresa durante este lapso, sin perjuicio de las sanciones que disponga el Codigo PenaL Para aplicar las sanciones arriba mencionadas, las faltas que 10ameriten deberan comprobarse previamente a traves de un proceso de auditoria. Adicionalmente se elaborara una lista con los profesio nales que hayan sido sancionados. Esta lista sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, al inicio de cada ano, mediante Resolucion Directoral y estara a dis posicion del publico en el MITINCI. El formato de la lista de profesiona les sancionados sera similar al que se presenta en el Cuadro N"lo CUADRO N21 USTADEPROFESIONALES SANCIONADOS Periodo: N° Nombredel Empresa Nombredel Fechade Motivo Sanci6n Profeslonal esludio lasanci6n 1 2 1----r3~-~~~ -~- -- . - -~. --~ - ~-- -~--~1-----------~ I~L ---~--'--------- J Nota: sinperjuicio deloqueestablezcan otras leyes, ningun funcionario delMITINGI, deberaserconsiderado responsable porcualquier dana 0 perjuicio que resulte delos servicios proporcionados porunconsultor 0 auditor registrado. pag. 192958 ANEXO 1 Lima, viernes 15 de setiernbre de 2000 FICHA DE CONSULTORES AMBIENTALES EN EL SECTOR INDUSTRIA, TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES Io- DATOS GENERALES: Razon Social: Nombre del Representante Legal: Inscriocion Reqistro Mercantil de: I Fecha I ficha Direccion Telefono I Fax I Correa electronico Numero de RUC I Empresa: Nacional ( ) Extranjera ( ) II.- MODIFICACIONES SUSCITADAS Nombre I Reqistro Mercantil I Fecha I Ficha 1. 2. 3. III.-INSCRIPCION Resolucion Directorill N° I fecha I N° de Registro IV.- SOClOS 1. 2. 3 4. V.- PROFESIONALES: Nombre I Profesion I N° Colegiatura I Canst. deHabilitacion 1. 2. 3. VI.- ESTUDIOS ELABORADOS : Estudios rcmpr o sa Aprobado Observado Aprob/Cond Desaprobado Ambientales (EIA/PAMA/DAP/DIA) VII.- OTROS SECTORES EN LOS QUE ESTA REGISTRADO VIII. - SERVICIOS AMBIENTALES QUE PRESTA IX. - OTRA INFORMACION REFERENCIAL Lima. vicrncs 15 de scticrnbre de 2000 ~E{r pag. 192959 Infraestructura Equipo Fccha: ................. Firma y Nombre del Representante Legal Observacioncs: I . - El presente formato debera ser debidamente absuelto por las empresas coc,,"ul t o r a s amb ien t.a Le s , en los puntas que Ie corresponda. 2.- Para las empresas que regularizan su inscripci6n y presentan dentro de su relacion a profesiona1es que no se encontraban inscritos inicialmente pero que cstan dec1arados en la presente ficha, deberan adjuntar sus respectivos C.V. y CrJ.l-tas de compromiso. , Marcar con una aspa : Aprobado / Desaprobado / Aprobado con Observaciones.,) . 4.- .si e1 Estudio Ambiental (EIA/PAMA/DAP/DJA) ha sido observado consignar en LllncerOS las veces que ha sido observado. S. Aprobada 1a inscripci6n de la empresa debera rea1izarse e1 Registra de firmas de los prafec;ionales que conforman e1 equipo de la empresa. ANEXO 2 FICHA DE CONTROL DEL TRABAJO DE LOS CONSULTORES AMBIENTALES Nombre Nombre Unidad Operativa Direccion: Tipo deEstudio Nombre Consultora Resultado deEvaluaci6n Motivo Aprobado Desaprobado Observado TipodeIndustria Clasificaci6n (CIIU) Area delainstalaci6n (Ha) Uso delArea antes Proyecto Producci6n Fuente deenergia Uso deenergia (kW/hora) Uso deCombustible (gal/dia) Consumo deAgua (m3/dia) r Producto Unidad demedida Produeei6n diaria ri13Idla Lima, viernes 15 de scticmbre de 2000 1 =-~3-1 I $ Page 192960 Eflu.Liq.lndustriales (m3ldia) Eflu.Liq.Domesticos (m3/dia) Eflu.Gaseosos (m3/hora) Material Particulado (TM/dia) Resid.S6lid.lndustrial (m3ldia) Resid.S6Iid.Domestic(m3dia) Fecha deEjecuci6n delEstudio Nombre delEvaluador Areas Protegidas Ref. alEstudio Especies enPeligro I I 1 2 3 4 5 6 observacio ne s j ~ Nombre Pueblo 0 Comunidad Impaetos Potenciales iF COMPROMISOS' Nombre deProfesionales que desarrollaron elEstudio 1---00 iE0-""~I EVALUACION DEL ESTUDIO CRITERIOS DE EVALUACION OBSERVACIONES Completo SI/NO EIEstudio hasidoelaborado porun equipo multidisciplinario Informaei6n delinea base Deseripci6n delProyecto Identifieaci6n deimpaetos AnlilisisdeRiesgos Alternativas deeliminaei6n1mitigaei6n . deimpactos Partieipaei6n Ciudadana Pian deManejo Ambiental AnlilisisCosto/Benefieio Cronograma deaceiones e inversiones (1610 para PAMAs) FECHA / / Firma del Profesional Evaluador Lima, vierncs 15 de scticrnbrc de 2000 ANEXO 3 INf'ORME DE FISCALIZACION pag. 192961 i . Nombre dl:: la Auditoria Ambiental 12 . Nombre de la Entidad Fiscalizada I Objet iva de la Auditoria 4. Fechd de la rnspecci6n 5. Tipo de Inspeccion: 6. Item Desde I Ha~:; tao I Metodologfa de la Alidi r.o r fa: 8. Oh] igaciones 0 Compromisos (ElA , PAMi\ Y Otros) Oblig. 0 Compo Fecha. vonc , t\\,'ance Ultimo Origen Manto de Inversion % Reporte Compromiso Estimado Ejecut. 9. Coriol U~; ione~:> 10. Hecomenddcjones 11. Segu i rr,i E~n to dp las Observaciones Dc la Auditora Amhiental De la Empresa Fiscalizada DEL / LOS PROFESIONAL (ES) REPRESENTANTE GERENTE / REPRESENTANTE LEGAL Pag.192962 PARA SER LLENADO POR EL MITINCI EVALUACION DE LA AUDITORIA Lima, viernes 15 de scticmbre de 2000 CRITFPTOS DE EVALUACION OBSERVACIONES Completo SUNO Ha eumplido con resolver el euestionario de auditoria El auditor ha efeetuado una adeeuada identifieaei6n de ineumplimientos de la normatividad ambiental El auditor ha sustentado debidamente los ineumplimientos eneontrados Aetas de auditoria debidamente firmada por la empresa auditada y los partieipantes en la auditoria CONEORME Doeumentaei6n Adjunta: RESULTADO DE EVALUACION ANOMALO Si!No No. Pags. EVlILUADOR sus~enLo de Conclusiones ~~U~3tCl'.tO de RE?comendac ~oTler; ',HOO df' :(1 ent.idad fiscalizada ANEXON'4 MATRIZ DEINFORMACION CONSULTORES Y AUDITORES AMBIENTALES Hombre Estudlol R<NUzadol RAMADE ACTlVlDAD (eUU) ,., N° de ERudIos Motlvo Elltudlol Nu..-ode d..un- Moti'ol'O d.o. '-"cIOn T,po Numero '5 is 17 ra 19 20 2' 22 23 2' 25 2. 27 2. 29 30 31 32 33 34 35 36 o..probM!ol (b) Ob.-wldosC cl......rifiCllclll. nunctu(d) (e. DIA DAP EIA PAMA Informe Ambrental Fechade Audltoria Ingreso Ordinaria 6'''' Auortorraoe Reqrstrc once DIA DAP EIA PAMA Informe Amblental Fechade Auditoria In9(650 Ordinaria en el Audlloriade Reglstro 01100 DIA DAP EIA PAMA Informe Ambiental Facha de Auditoria Ingreso Ordinaria en er Auditoria de Registro ouco D'A DAP EIA PAMA Informs Ambiental Fecna de AudlfOfia Ingreso Ordinana enal Audiloria de Reglstro once {al Sa debe registrar tanto eI nurrerc de estudlos aprobados como EI numere total de estueos reahzados en cada rama. Ejemplo Estudios aprobados Total de estuoos reenaaccs ::<lC"':- :;:;;C' <I(;:;'".O<:as ;'.~:t:e3e:-,. caco C03-2:-''':'lC~0:'.2S C!...e ·.>,:r.p:.~:r.",ce;"'.:(1 10542