Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Resolución Nº 112-2014-ANA ─ Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca - Chili

Made 2014-04-04 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Water
Keywords
institution, waterworks, legal proceedings/administrative proceedings, water abstraction, water supply, potable water, environmental planning, policy/planning, basin/catchment/watershed, inland waters, governance

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Normas Legales del 05.04.2014 4 Visto, el O cio Nº 041-2014-PE/IRTP, remitido por la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante Resolución Legislativa N° 30178, se autoriza al señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, viajar a Canadá, del 08 al 13 de abril del presente año, en visita o cial; Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del Presidente de la República en dicha visita; por lo que, se ha estimado conveniente autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa–Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán, miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Decreto Supremo Nº 001-2012-PCM, que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú a la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa-Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán, del 8 al 13 de abril de 2014, para los nes a que se re ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Diego Viaña Rosa- Pérez (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 Bernabé Valenzuela Tapia (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 Víctor Hugo Tipiani Beltrán (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1070930-7 AGRICULTURA Y RIEGO Designan Jefe de la Agencia Zonal San Román - Lampa, de la Dirección Zonal Puno de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 096-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 3 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, las Agencias Zonales están a cargo de un Jefe Zonal, quien es designado por Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva, dependen jerárquicamente de la Dirección Zonal y puede administrar uno o más provincias y distritos; Que, se ha visto pertinente designar al funcionario que ejercerá las funciones de Jefe de la Agencia Zonal San Román – Lampa, del ámbito de la Dirección Zonal Puno, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al Licenciado CHESTER MIGUEL ZAMUDIO BRICEÑO en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal San Román – Lampa, de la Dirección Zonal Puno, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con anza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SOTOMAYOR CALDERÓN Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1070797-1 Aprueban Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca - Chili RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 112-2014-ANA Lima, 4 de abril de 2014 VISTO: El O cio N° 005-2014-ANA/CRHC QUILCA CHILI del Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca Chili, por el cual solicita la aprobación del “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca – Chili”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 24° de la Ley de Recursos Hídricos establece que los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la plani cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, a través del Decreto Supremo N° 003-2012 AG, se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca-Chili; Que, según el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, corresponde a los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca elaborar, conjuntamente con la USER Rectángulo USER Rectángulo Normas Legales del 05.04.2014 5 Autoridad Administrativa del Agua, el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca; Que, el artículo 32° de la precitada norma reglamentaria establece que el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca que cuenta con la conformidad del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca y aprobado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, constituye instrumento público vinculante para la gestión de los recursos hídricos de la cuenca respectiva; Que, con el documento del visto, se remite el “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca – Chili”, que consta de 213 folios, y que, entre otros aspectos, contiene: la caracterización general de la Cuenca, el diagnóstico y línea de base, visión y escenarios de la Gestión Integral de Recursos Hídricos en la Cuenca, programas de intervención y propuestas de nanciamiento del Plan; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con el Informe Técnico N° 005 2014-ANA-DCPRH-PRH/ACD, recomienda la aprobación del “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca – Chili”, el mismo que cuenta con la conformidad del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca-Chili y de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina – Ocoña; Que, por las consideraciones expuestas, es necesario emitir el presente acto resolutivo que apruebe el referido Plan de Gestión, debiéndose informar al Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua; Con los vistos de la O cina de Asesoría Jurídica, la O cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y la Secretaría General; y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca – Chili Aprobar el “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca – Chili”, que consta de 213 folios, y que forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2º.- Publicación y difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Jefatural y del Plan de Gestión aprobado en el artículo precedente, en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe.). Regístrese, comuníquese, y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1070745-1 Aprueban Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Chira - Piura RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 113-2014-ANA Lima, 4 de abril de 2014 VISTO: El O cio N° 037-2013-ANA-CRHC.CHP de la Presidenta del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, por el cual solicita la aprobación del “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Chira - Piura”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 24° de la Ley de Recursos Hídricos establece que los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la plani cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, a través del Decreto Supremo N° 006-2011-AG, se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira – Piura; Que, según el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, corresponde a los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca elaborar, conjuntamente con la Autoridad Administrativa del Agua, el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca; Que, el artículo 32° de la precitada norma reglamentaria establece que el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca que cuenta con la conformidad del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca y aprobado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, constituye instrumento público vinculante para la gestión de los recursos hídricos de la cuenca respectiva; Que, con el documento del visto, se remite el “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Chira – Piura”, que consta de 1,742 folios, y que, entre otros aspectos, contiene: la caracterización general del ámbito del Consejo de Cuenca, el diagnóstico y línea de base, visión y escenarios de la Gestión Integral de Recursos Hídricos en la Cuenca, estrategia general para Gestión de los Recursos Hídricos en la Cuenca, programa de actuaciones y propuesta de nanciamiento del Plan; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con el Informe Técnico N° 007-2014-ANA DCPRH-PRH/ACD, recomienda la aprobación del “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Chira – Piura”, el mismo que cuenta con la conformidad del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira – Piura y de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque - Zarumilla; Que, por las consideraciones expuestas, es necesario emitir el presente acto resolutivo que apruebe el referido Plan de Gestión, debiéndose informar al Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua; Con los vistos de la O cina de Asesoría Jurídica, la O cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y la Secretaría General; y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Chira – Piura Aprobar el “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Chira – Piura”, que consta de 1,742 folios, y que forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2º.- Publicación y difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Jefatural y del Plan de Gestión aprobado en el artículo precedente, en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe.). Regístrese, comuníquese, y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1070745-2 AMBIENTE Autorizan viaje de profesional a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2014-MINAM Lima, 4 de abril de 2014 Visto; el Memorándum Nº 159-2014-MINAM-DVMDERN de 02 de abril de 2014, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; la Ficha de Solicitud Autorización de Viaje; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, del 5 al 11 de abril de 2014 tendrá lugar la Séptima sesión del Foro Urbano Mundial en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el cual tiene como tema: “Equidad Urbana en el Desarrollo – Ciudades para la Vida”. Este evento es un foro técnico no legislativo organizado por el Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos USER Rectángulo USER Rectángulo

Resolución Nº 112-2014-ANA ─ Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca - Chili · Nelum