Resolución Nº 1.146/02/AG - Amplía plazo para el acogimiento a la reprogramación del pago de créditos agropecuarios vencidos
Made 2002-12-12 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- financial agricultural measures, credit, subsidy/incentive, legal proceedings/administrative proceedings
Where to read it
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Text
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Artículo 1.- Ampliar hasta el 30 de junio del 2003 el plazo establecido en el
Artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0885-2002-AG para el acogimiento a la reprogramación del pago de los créditos agropecuarios vencidos otorgados por el Ministerio de Agricultura, vía Fondos Rotatorios.
Artículo 2.- Los productores agrarios que posean créditos en situación de mora con el Programa de Fondos Rotatorios del Ministerio de Agricultura, podrán acceder a nuevos créditos, siempre que se acojan a la reprogramación a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 0613-2002-AG y normas modificatorias y complementarias, y cumplan con abonar, como mínimo, el quince por ciento (15%) de la liquidación de la deuda.
Artículo 3.- Deróguense todas las normas que se opongan a lo establecido por la presente Resolución Ministerial o limiten su aplicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura