Resolución Nº 068/09/AG/SENASA/DSV - Declara como área erradicada de Mosca de la fruta a zonas agrícolas ubicadas en las Regiones Arequipa e Ica
Made 2009-12-21 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant protection, fruits/edible nuts, pests/diseases, early warning system, legal proceedings/administrative proceedings, internal trade
- Categories
- agriculture
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Sistema Peruano de Informacion Juridica Declaran como areas erradicadas de mosca de la fruta a hectareas agricolas ubicadas en las Regiones Arequipa e lea RESOLUCION DIRECTORAL N" 68-2009-AG-SENASA-DSV La Molina, 21 de diciembre de 2009 VISTO EI Informe N°07-2009-AG-SENASA-DSV-SMFPF, del 11 de diciembre de 2009, presentado per la Subdirecci6n de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios, el cual sustenta entre otros los argumentos para declarar 119, 597 hectareas agricolas de la Region Arequipa, 6,582 hectareas agrfcolas en Palpa y 20,777 hectareas agrfcolas en Nazca de la Region lea, como Areas Erradicadas de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp.); CONSIDERANDO Que, una de las limitantes indispensables para lograr el acceso de las plantas y productos vegetales a los mercados internacionales es la presencia de plagas en las areas en donde se producen dichos productos; Que, el Establecimiento y Mantenimiento de Areas Libres de Plagas permite que las plantas y productos vegetales que se producen en areas fibres se movilicen y comercialicen a nivel internacional sin necesidad de aplicar medidas fitosanitarias adicionales, como, por ejemplo, tratamientos; Que, en 1998 el Peru inicio la ejecuci6n del proyecto de control y erradicaci6n de moscas de la fruta en las regiones de Tacna y Moquegua a traves del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria - PRODESA; cuyo resultado actual es la erradicaci6n de la plaga y la declaratoria del Area Libre de la plaga en dichas regiones, mediante la Resoluci6n Directoral W 051-2007-AG-SENASA-DSV, Y su reconocimiento por parte de la Secretarla de la Comunidad Andina en su Gaceta Oflcial. a naves de la Resoluci6n 1173, del 4 de julio de 2008: Que el 21 de diciembre de 2005, mediante prestamo de endeudamiento de la Republica del Peru con el BID, se financian US$ 15 millones de d61ares para el proyecto "Control y Erradicaci6n de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata) en la costa peruana" cuyo Paqma 4 Sistema Peruano de Informacion Juridica prop6sito es la erradicaci6n de la plaga y obtener y mantener areas libres de moscas de la fruta en los valles de la costa peruana; Que, a la fecha se ha logrado erradicar 119, 597 hectareas aqrfcolas de la Region Arequipa, 6,582 hectareas aqrtcolas en Palpa y 20,777 hectareas aqrtcolas en Nazca de la Region lea, como Areas Erradicadas de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp.): Que, en virtud al artrculo 7 de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreta Leqislativo N° 1059, compete a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria declarar Zonas Libres 0 de Baja Prevalencia de plagas y enfermedades y realizar las gestiones necesarias para su reconocimiento ante los organismos intemacionales competentes: De conformidad al Decreto Leqislativo N° 1059, Decreto Supremo N° 018-2008-AG Y el Decreto Supremo N° 008-2005-AG; Y con el visto bueno del Director General de Asesoria Jurfdica; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar 119,597 hectareas agricolas de la Regi6n Arequipa, 6,582 hectareas aqrtcolas en Palpa y 20,777 hectareas aqrtcolas en Nazca de la Regi6n lea, como Areas Erradicadas de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp.). Articulo 2.- Las Direcciones Ejecutivas del SENASA en las cuales se ha alcanzado la erradicacion de Moscas de la Fruta en las areas agricolas, implementaran las acciones complementarias necesarfas para mantener tal condicion y al mismo tiempo consolidaran las acciones de cuarentena vegetal. a fin de evitar la reinfestacion de la plaga en el area erradicada. Articulo 3.- Invocar el apoyo, compromiso y participacion de todos los agentes involucrados en la erradicacion de moscas de la fruta en el Peru, a fin de lograr su pr6xima Declaraci6n y Reconocimiento de Areas Libres de la plaga. Registrese, comuniquese y publfquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqma 5