Resolución Nº 067/09/AG/SENASA/DSV - Declara como área erradicada de Mosca de la fruta a zona agrícola ubicada en la Región Lambayeque
Made 2009-12-21 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant protection, fruits/edible nuts, pests/diseases, early warning system, legal proceedings/administrative proceedings, internal trade
- Categories
- agriculture
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Sistema Peruano de Informacion Juridica Declaran como area erradicada de mosca de la fruta a hectareas agricolas ubicadas en la Regi6n Lambayeque RESOLUCION DIRECTORAL N" 67-2009-AG-SENASA-DSV La Molina, 21 de diciembre de 2009 VISTO EI Informe N°07-2009-AG-SENASA-DSV-SMFPF, del 11 de diciembre de 2009, presentado par la Subdirecci6n de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios, el cual sustenta los argumentos para declarar 20,000 hectareas agrrcolas de la Region Lambayeque como Area Erradicada de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata). CONSIDERANDO Que. una de las Iimitantes indispensables para lograr el acceso de las plantas y productos vegetales a los mercados internacionales es la presencia de plagas en las areas en donde se producen dichos productos; Que, el Establecimiento y Mantenimiento de Areas Libres de Plagas permite que las plantas y productos vegetales que se producen en Areas Libres se movilicen y comercialicen a nivel intemacional sin necesidad de aplicar medidas fitosanitarias adicionales, como, por ejemplo, tratamientos cuarentenarios: Que, en 1998 el Peru inicio la ejecuci6n del proyecto de control y erradicaci6n de moscas de la fruta en las regiones de Tacna y Moquegua a traves del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria - PRODESA; cuyo resultado actual es la erradicaci6n y declaratoria de Area Libre de la plaga en dichas reqiones, mediante la Resolucion Directoral N° 051-2007-AG SENASA-DSV, Y su reconocimiento por parte de la Secretarla de ta Comunidad Andina en su Gaceta Oficial. a traves de la Resoluci6n 1173, del 4 de julio de 2008. Que el 21 de diciembre de 2005, mediante prestamo de endeudamiento de la Republica del Peru con el BID, se financian US$ 15 millones de d61ares para el proyecto "Control y Erradicaci6n de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata) en la costa peruana" cuyo proposito es la erradicacion de la plaga y obtener y mantener Areas Libres de moscas de la fruta en los valles de la costa peruana. Que, a la fecha se ha logrado erradicar 20,000 hectareas agricolas de la Regi6n Lambayeque como Area Erradicada de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata). Que, en virtud al articulo 7 de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1059, compete a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria declarar Zonas Libres 0 de Baja Prevalencia de plaqas y enfermedades. y realizar las gestiones necesartas para su reconocimiento ante los organismos internacionales competentes: De conformidad al Decreto Legislativo N° 1059, Decreto Supremo W 018-2008-AG Y el Decreto Supremo W 008-2005-AG; Y con et visto bueno del Director General de Asesoria Juridica; Paqma 3 Sistema Peruano de Informacion Juridica SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar 20,000 hectareas aqrfcolas de la regi6n Lambayeque como Area Erradicada de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata). Articulo 2.- La Direccion Ejecutiva del SENASA en la cual se ha alcanzado la erradicacion en las areas agrrcolas de la especie Ceratitis capitata - Mosca de la Frute. Implementara las acciones complementarias necesarias para mantener tal condici6n y al mismo tiempo consolidara las acciones de cuarentena vegetal. a fin de evitar la reinfestacion de la plaga en el area erradicada. Articulo 3.- Invocar el apoyo, compromiso y participacion de todos los agentes involucrados en la erradicacion de mosca de la fruta en el Peru, a fin de lograr su proxima Declaracion y Reconocimiento de Areas Libres de la plaga. Registrese, comunfquese y publlquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqma 4