Resolución Nº 063/97/SUNARP - Modifica el Reglamento de Inscripciones de la Sección Especial de Predios rurales del Registro de Propiedad Inmueble
Made 1997-04-04 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Land and soil
- Keywords
- land tenure, ownership, cadastre/land registration, common property, legal proceedings/administrative proceedings, smallholders/peasants, size, property rights
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RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 063-97-SUNARp41 MODIFICAN EL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DE LA SECCION ESPECIAL DE PREDIOS RURALES DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE Lima, 4 de abril de 1997 CONSIDERANDO: Que por Resoluci6n del Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 094-96 SUNARP se puso en vigencia el Reglamento de Inscripciones de la Secci6n Especial de Predios Rurales del Registro de Propiedad Inmueble; Que es necesario modificar el texto del Articulo 10° del citado Reglamento; Que et Directorio de la SUNARP, en su sesion del 25 de marzo de 1997, acord6 por unanimidad aprobar la modificaci6n del Reglamento referido, de conformidad con 10 establecido en el inciso b) del Articulo 12° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N" 04-95-JUS; Estando a 10 acordado y de conformidad con 10 dispuesto por el inciso v) del Articulo 7° del Estatuto de la SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el texto del Articulo 10° del Reglamento de Inscripciones de la Secci6n Especial de Predios Rurales del Registro de Propiedad Inmueble. en los terrnmos siguientes: " Articulo 10°. Para la inscripci6n de la parcelaci6n de una Comunidad Campesina se exiqira el cumplimiento de los requisitos previstos en el Articulo 10° de la Ley N" 26505. debiendo presentarse los siguientes documentos: a) Formulario Registral suscrito por el solicttante. por notario publico 0 abogado colegiado y por el verificador quien constatara las caracteristicas fisicas del predio. Para tainscripci6n del derecho de propiedad del comunero parcelero, el Formulario Registral debera ir acornpanado del documento extendido por la Comunidad a su favor. b) Copia certificada por notario 0 fedatario del Acta de Asamblea General de la Comunidad donde conste el acuerdo de parcelaci6n 0 desmembraci6n. c) Copia de los pianos de parcelaci6n 0 desmembraci6n firmados per el verificador." Registrese, comuniquese y publiquese. CARLOSCARDENAS QUIROS Superintendente Nacional de los Registros Publicos .. EIPeruano. 10 de abril de 1997 271