Resolución Nº 063-2012-MINAM ─ Crea la Comisión de Trabajo para la Gestión de Proyectos del Ministerio del Ambiente (MINAM)
Made 2012-03-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Environment
- Keywords
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, governance
Where to read it
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Text
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Artículo 2o.- Funciones La Comisión de Trabajo para la Gestión de Proyectos (CGP) t¡ene func¡ones de coordinación, articulación, concertación, seguim¡ento y evaluación a nivel técnico e¡ecutivo de las acciones relacionadas con la ejecución de los Programas y Proyectos a cargo del M¡n¡sterio del Ambiente, vinculadas al fortalec¡miento del S¡stema Nacional de Gestión Ambiental, a la conservación ambiental y al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
Artículo 30.- Acciones de coordinación La Comisión de Trabajo para la Gestión de Proyectos (CGP) coordinará con las Direcc¡ones de Línea, Unidades Ejecutoras y/o Coordinadoras de los Programas y Proyectos del Ministerio, la programación, diseño, ejecución, mon¡toreo y evaluación de las actividades relacionadas a proyectos ¡ncluyendo aquellos con f¡nanc¡amiento de la Coooeración Internacional. W s o fución gvlinisterinf !t[o o 2012-9vII^rA%. para la Gestión de Proyectos (CGP) del Ministerio del 1 . El Viceministro de Gestión Ambiental 2. El Vicem¡n¡stro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales 3. El Secretario General, 4. La Jefa de Gabinete de Asesores El equipo señalado constituye la instancia estratégica y el mecanismo de trasm¡sión de la visión, misión y las políticas públicas definidas por el MINAM, para establecer y orientar los fines y objet¡vos de los Programas y Proyectos.
Articulo 50.- Sec¡etar¡a Técnica La Comisión de Trabajo para la Gestión de Proyectos (CGP) cuenta con una Secretar¡a Técnica, cuyo responsable es designado por acuerdo de sus integrantes. La Secretaría Técnica se encarga de lo siguiente: a. Supervisar la ejecución de los acuerdos de la Comisión y facilitar sus reuniones. b. Conducir un equipo de apoyo técnico administrativo para el cumplim¡ento de las funciones en materia de planif¡cación, segu¡miento, control de cal¡dad, evaluación y gestión del conocimiento. Coordinar con las Direcciones de Línea, Unidades Ejecutoras y/o Coordinadoras de los Programas y Proyectos la entrega de la información y/o documentación que la Comisión de Trabajo para la cestión de Proyectos (CGP) requiera para el mejor cumplim¡ento de sus funciones.
Artículo 60.- Func¡onamiento La Comisión de Trabajo para la Gestión de Proyectos (CGP) se instalará dentro del plazo de diez (10) calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Una vez instalada, dentro de los quince (15) días calendario posteriores, deberá aprobar sus lineamientos de trabaio.
Artículo 7'.- Vigencia de la Comisión En razón a que la Comisión constituye un paso previo a la formal creación del órgano estructural a cargo de los Programas y Proyectos del MINAM, su carácter es temporal, por tanto ejercerá sus funciones hasta el 31 de diciembre de 2012, fecha en la cual presentará al Despacho Minister¡al un Informe detallado, indicando las actividades realizadas, los aportes y logros alcanzados, así como las recomendaciones a que hubiere lugar. D¡cho plazo podrá prorrogarse por una sola vez, previo pedido fundamentado al inistro del Ambiente.
Artículo 8'.- Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Portal de Transparencia del M¡nisterio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. Mantlel Pulgar-Vi M¡nistro del Ambiente