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Laws of Peru

Resolución Nº 056-2012-JUS ─ Modifica la Resolución Nº 292-2007-JUS, que crea el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social (PRONELIS)

Made 2012-02-23 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, education, human rights, capacity building, poverty, governance

Where to read it

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  1. NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012461474 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican R.M. N° 292-2007-JUS mediante la cual se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0056-2012-JUS Lima, 23 de febrero de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 105-2012-JUS/DNAJ de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, el Numeral 2 del Artículo 26º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que el Derecho a la Educación que goza toda persona debe tener por objeto el fortalecimiento del respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales, favoreciendo la comprensión, tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; Que, según el Decreto Supremo Nº 027-2007 PCM, constituye una Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional el promover la inclusión social, política y cultural de los grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados por motivos económicos, culturales o de ubicación geográfi ca, garantizando el respecto de sus derechos; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos señala que es función de este Ministerio promover y difundir los Derechos Humanos, postulando políticas de acceso a la justicia con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 292-2007 JUS se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS con la fi nalidad de promover en la población en situación de mayor vulnerabilidad social el conocimiento de sus derechos, garantizándole el acceso a la justicia de manera efectiva; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0645-2008 JUS se aprobaron las actividades de capacitación jurídica que se realizarían en el marco del PRONELIS así como se incorporó a estudiantes de Derecho de las Universidades del país para la realización de dichas actividades; Que, es necesario rediseñar el PRONELIS con el objeto que esta actividad de capacitación jurídica sea más dinámica, descentralizada, inclusiva y sostenible que garantice su vigencia al margen de las limitaciones presupuestales; para ello, debe modifi carse la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, así como dejarse sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0645-2008-JUS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, conforme al siguiente texto: NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012 461475 “Artículo 1º.- Crear dentro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS con la fi nalidad de acercar a la población más vulnerable, el conocimiento de los Derechos Constitucionales y los Derechos Humanos. El PRONELIS se articulará con los demás servicios que brinda el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.” Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, conforme al siguiente texto: “Artículo 2º.- Constituyen objetivos del Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social PRONELIS, los siguientes: a) Difundir el conocimiento de los Derechos Constitucionales y los Derechos Humanos en la población de mayor vulnerabilidad. b) Fortalecer el Estado Constitucional de Derecho a través de un efectivo conocimiento de las distintas instituciones del Sistema de Justicia y los diversos mecanismos de acceso a la justicia. c) Generar en la población benefi ciaria un clima de confi abilidad en las instituciones públicas a las cuales recurrir para acceder a la justicia, en casos de vulneración o amenaza de vulneración de los derechos constitucionales. d) Promover la proyección y responsabilidad social de la comunidad universitaria en las Facultades de Derecho de las Universidades del país, así como promover en los profesores y estudiantes de Derecho valores de compromiso y responsabilidad social hacia los sectores más vulnerables. e) Facilitar el acceso a la justicia a la población de mayor vulnerabilidad a través de los servicios de justicia brindados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.” Artículo 3º.- Modifíquese el Artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, conforme al siguiente texto: “Artículo 5º.- Las actividades de difusión y capacitación jurídica desarrolladas en el marco del PRONELIS podrán ser realizadas por profesores de las Facultades de Derecho públicas y privadas y por estudiantes de Derecho del cuarto año en adelante, los que serán previamente acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. También podrán intervenir los abogados de los sectores público y privado interesados en apoyar las actividades del PRONELIS, conforme la acreditación que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos les otorgue. Las actividades de capacitación jurídica a que se refi ere el presente artículo serán brindadas de manera gratuita (ad honórem). Excepcionalmente se brindará la difusión a cargo de promotores legales de base en la población objetivo cuando se advierta la necesidad de su cobertura en defecto de aquella mencionada en el párrafo anterior.” Artículo 4º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 0645-2008-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 756826-1

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