Resolución Nº 047-2018-CEPLAN/PCD ─ Guía de Políticas Nacionales
Made 2018-09-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- General
- Keywords
- sustainable development, monitoring, policy/planning, legal proceedings/administrative proceedings, local government
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Artículo 1 — Dar por concluida, a partir de la fecha, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y
Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y la encargatura del señor Julio César Kosaka Harima en en uso de las facultades conferidas en el Reglamento el puesto de Director de la Dirección de Ejecución de de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 043- de la Dirección General de Programas y Proyectos en 2013-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 010- Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, 2017/DE; y con las visaciones del Secretario General y de Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar a la señora Santos Grimanes SE RESUELVE: Tarrillo Flores, en el cargo de Directora de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción Artículo 1.- Concluir la encargatura de la señora y Saneamiento de la Dirección General de Programas y LOURDES DEL ROSARIO PAREJA PINTO, en el cargo de Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio Jefa de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de Vivienda, Construcción y Saneamiento. del INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Artículo 2.- Designar a la señora LOURDES DEL ROSARIO PAREJA PINTO, en el cargo de Jefa de la JAVIER PIQUÉ DEL POZO Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. 1693154-1 Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como la publicación en la página web e intranet Institucional.
Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General registre ORGANISMOS EJECUTORES la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a los interesados, a la Oficina de Recursos Humanos y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para INSTITUTO NACIONAL conocimiento y fines correspondientes. DE DEFENSA CIVIL Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Designan Jefa de la Oficina General de Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil Planificación y Presupuesto del INDECI 1692801-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 209-2018-INDECI 18 de setiembre del 2018 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que CENTRO NACIONAL DE crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, Aprueban Guía de Políticas Nacionales con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del SINAGERD y responsable RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e DE CONSEJO DIRECTIVO implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional Nº 00047-2018/CEPLAN/PCD de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Lima, 14 de setiembre de 2018 Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se calificaron los cargos de VISTO: El Informe N° 00007-2018-CEPLAN/DE de la confianza en el INDECI, correspondiendo tal calificación Dirección Ejecutiva y el Informe N° 00114-2018-CEPLAN/ al cargo de Jefe de la Oficina General de Planificación y OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional Presupuesto; de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, El Peruano / Miércoles 19 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 55 CONSIDERANDO: De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley Que, el artículo 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministerios y las entidades Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el áreas programáticas de acción, las cuales son definidas Reglamento que regula las Políticas Nacionales, y su para el cumplimiento de las funciones primordiales del modificatoria; y en uso de las facultades establecidas en Estado y para el logro de sus objetivos y metas; el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Que, el numeral 1 del artículo 4 de la citada norma Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, establece como competencia exclusiva de este Poder del aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; Estado el diseño y supervisión de las políticas nacionales, las cuales son formuladas considerando los intereses SE RESUELVE: generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, y que son de obligatorio cumplimiento Artículo 1º.- Aprobar la Guía de Políticas Nacionales, por todas las entidades y niveles de gobierno; que como anexo forma parte integrante de la presente Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 4 y el numeral Resolución. 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158 disponen que los Artículo 2°.-. Disponer que la Oficina General de Ministerios ejercen la rectoría de las políticas nacionales Administración realice las gestiones para la publicación de bajo su competencia; la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así Que, en el marco de la rectoría indicada en el párrafo como la publicación de la Guía aprobada en el artículo 1 en precedente, el numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° el portal institucional: www.ceplan.gob.pe. 29158 dispone en su literal a) que como parte de sus funciones generales, los Ministerios deben formular, DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la TRANSITORIAS política nacional y sectorial bajo su competencia; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó Primera.- Reportes de cumplimiento de las políticas el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el nacionales a noviembre de 2018. Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, Conforme lo dispone el numeral 25.4 del artículo 25 como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba sistema, y como un organismo técnico especializado el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, los adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Ministerios elaboran el primer reporte parcial, hasta el 30 Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo de noviembre de 2018. El reporte recoge en lo posible los N° 1088 dispone que una de las funciones generales del avances en el territorio preferentemente mediante visitas CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los a nivel local para acelerar el cumplimiento de las Políticas gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en Nacionales priorizadas en la Política General de Gobierno, la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y aprobada mediante Decreto Supremo N° 056-2018-PCM. planes estratégicos de desarrollos, con la finalidad de lograr En este primer año se considera como Reporte Parcial que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo la información registrada en el “Módulo de seguimiento nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo de la Política General de Gobierno al 2021” del aplicativo Nacional; CEPLAN V.01. Que, en el marco de lo dispuesto por las normas anteriormente referidas, mediante Decreto Supremo N° Segunda.- Proceso de revisión y actualización de 029-2018-PCM se aprobó el Reglamento que regula las las políticas nacionales vigentes Políticas Nacionales, modificado por el Decreto Supremo El proceso de revisión y actualización de las políticas N° 038-2018-PCM, el cual fortalece la rectoría de los nacionales vigentes, a cargo de los Ministerios competentes Ministerios sobre las políticas nacionales, asegurando y de acuerdo al cronograma aprobado y publicado por que estas últimas sean ejecutadas y cumplidas en todo el el CEPLAN en su portal institucional, toma en cuenta el territorio por parte de las entidades del gobierno nacional, conocimiento de la realidad recogido en el primer Reporte así como por los gobiernos regionales y gobiernos locales; Parcial, buscando la integración de políticas en el marco Que, la Primera Disposición Complementaria Final del del proceso de mejora continua de políticas y planes de Reglamento que regula las Políticas Nacionales señala que las orientaciones del Sistema Nacional de Planeamiento el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN Estratégico. debe aprobar la metodología para el diseño, formulación, seguimiento, evaluación de las políticas nacionales, así Regístrese y comuníquese. como el procedimiento a aplicar para su actualización, JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE según corresponda; Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN Que, en cumplimiento del citado mandato, el CEPLAN ha elaborado una Guía de Políticas Nacionales, la cual 1692756-1 ha tomado en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes, así como también lo dispuesto en el literal d) del artículo 5 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y en el Decreto CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA Supremo N° 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, en lo NACIONAL DE EVALUACION, referido a la articulación de los sistemas administrativos para lograr una mayor eficiencia en la utilización de los ACREDITACION Y CERTIFICACION recursos del Estado; Que, en el marco de lo ordenado por los artículos 44 y 47 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, DE LA CALIDAD EDUCATIVA los entes rectores de los sistemas administrativos se constituyen en la autoridad técnico-normativa a Oficializan Acuerdo que reconoce la nivel nacional y dictan las normas y establecen los procedimientos relacionados con su ámbito, por lo cual acreditación otorgada por el CONAED, la presente Guía de Políticas Nacionales elaborada por el al programa de estudios de Derecho, de CEPLAN tiene carácter mandatorio para todas las entidades que conforman el Sistema Nacional de Planeamiento la Universidad Peruana de Ciencias Estratégico - SINAPLAN, en lo que les resulte aplicable; Aplicadas - UPC Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, del Director RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa Nº 151-2018-SINEACE/CDAH-P de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; San Isidro,