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Laws of Peru

Resolución Nº 045-2009-PRODUCE ─ Modifica la Resolución Nº 205-2006-PRODUCE, sobre procesamiento de residuos de especies hidrobiológicas generados por la actividad de procesamiento industrial

Made 2009-01-29 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Environment, Sea
Keywords
marine pollution, pollution control, environmental impact assessment (EIA), waste disposal, waste non-domestic sources, effluent waste water/discharge, mariculture, solid waste

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  1. Sistema Peruano de lnformacion Juridica Modifican la R.M. N° 205-2006-PRODUCE RESOLUCION MINISTERIAL N° 045-2009-PRODUCE Lima, 29 de enero de 2009 1/:i 'J)cruono Vistas: las Oficios N°s 1408 y 1643-2008-PRODUCE/DIGAAP de la Direcci6n General Asuntos Ambientales de Pesquerfa. la Nata N° 2036-2008-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y el lnforme N° 008-2009-PRODUCE/OGAJJCF de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO Que, el Ministerio de la Producci6n es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesqueria industrial. acuicultura de mayor escala. normalizaci6n industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; y tiene entre sus funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar. supervisar y evaluar la polftica nacional y sectorial de su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; en concordancia con lo previsto en el artfculo 3 y el numeral 5.1 del articulo 5 del Decreto Legislative N° 1047-Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n; Que, los establecimientos industriales y plantas de procesamiento pesquero deben cumplir con reducir y minimizar las riesgos de la contaminaci6n ambiental implementando sistemas de recuperaci6n y tratamiento de residues y desechos, encontrf:lndose obligados al uso eficiente de las recursos naturales que constituyen materia prima del proceso. reciclaje, reuso y tratamiento de los residuos que genere la actividad: de conformidad con el literal d) del numeral 53.1 del articulo 53 y el articulo 83 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado par Decreto Supremo N° 012-2001-PE; Que, mediante Resoluci6n Ministerial N° 205-2006-PRODUCE se regula el acceso al procesamiento de residuos y descartes de especies hidrobiol6gicas generados par la actividad de procesamiento industrial pesquero orientado al consume humano directo, disponiendo en su artfculo 5 que el Ministerio de la Producci6n otorga a las Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos S6Iidos (EPS-RS) autorizaciones de instalaci6n y licencias de operaci6n para el tratamiento de residuos de pescado y de otras especies hidrobiol6gicas, previamente a su inscripci6n en el registro de la Direcci6n General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud DIGESA; Pf:lgina 33 1/:i 'J)cruono Sistema Peruano de lnformacion Juridica Que. posteriormente mediante Decreto legislative N° 1065 se modificaron diversas disposiciones de la Ley N° 27314- Ley General de Residues S61idos. entre ellas, el articulo 16 el cual precisa que las personas naturales o juridicas que en raz6n de sus actividades generan residues s6Iidos no comprendidos en el Smbito de la gesti6n municipal, son responsables, entre otros aspectos. del reaprovechamiento de las residues cuando sea factible o necesario de acuerdo a la legislaci6n vigente, asi coma el articulo 19 que exceptUa a las generadores del 8.mbito de gesti6n no municipal- en case el residua sea directamente reaprovechado par otro generador en su proceso productive-, de la norma general por la cual la comercializaci6n de residuos que van a ser objeto de reaprovechamiento, debe ser efectuada exclusivamente per empresas comercializadoras debidamente registradas ante la Autoridad de Salud: Que, las plantas de harina de pescado residual, son producto del reaprovechamiento de los residues y descartes hidrobiol6gicos procedentes de las plantas de consume humano directo y terminales pesqueros, por lo que es necesario adecuar el artfculo 5 de la Resoluci6n Ministerial N° 205-2006-PRODUCE a las disposiciones de la Ley General de Residuos S61idos, introducidas mediante el Decreto Legislativo N° 1065; Que. el reaprovechamiento de residuos s6Iidos es una operaci6n o proceso que permite volver a obtener un beneficio de estos residuos, a traves de tecnicas de reciclaje. recuperaci6n o reutilizaci6n, y que debe llevarse a cabo con sujeci6n a las principios de prevenci6n de impactos negatives y protecci6n a la salud, asi como a los lineamientos de polftica para la gesti6n y manejo de residuos s6Iidos a que se refiere el artfculo 4 de la Ley N° 27314- Ley General de Residuos S6Iidos: ello en concordancia con el artfculo 13 y el numeral 13 de la Decima Disposici6n Complementaria, Transitoria y Final de dicha Ley; Que, estando a la opini6n favorable de las Direcciones Generales de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y de Asuntos Ambientales de Pesqueria, asi coma de la Oficina General de Asesorfa Juridica, contenidas en los respectivos informes del vistos; con el visado del Viceministro de Pesquerfa, y de los Directores Generales de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y de Asuntos Ambientales de Pesqueria y de la Oficina General de Asesoria Jurfdica: y de conformidad con las normas citadas precedentemente; SE RESUELVE: Articulo Onico.- Modificar el artfculo 5 de la Resoluci6n Ministerial N° 205-2006 PRODUCE. el cual tendra el texto siguiente: "Articulo 5.- Las plantas pesqueras que procesan residuos y descartes de especies hidrobiol6gicas, no comprendidas en las artfculos 1 y 4 de la presente Resoluci6n Ministerial, son plantas de reaprovechamiento cuyo Lmico requisito indispensable y exclusivo para funcionar es contar con la Autorizaci6n de lnstalaci6n y la licencia de Operaci6n otorgada per el Ministerio de la Producci6n, siendo de aplicaci6n los procedimientos correspondientes para la instalaci6n y operaci6n de plantas de procesamiento pesquero establecidas en el TUPA del Ministerio de la Producci6n ... Registrese, comuniquese y publfquese. ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producci6n Pagina 34

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