Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Resolución Nº 043-2016-PCM ─ Modifica la Resolución Nº 228-2010-PCM, Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales

Made 2016-12-23 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
governance, capacity building, local government, legal proceedings/administrative proceedings, registration

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. 611596 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2016 / El Peruano se identi¿ca la modalidad de noti¿cación personal para actos administrativos; en ese sentido, es viable que la noti¿cación de las resoluciones para actos inscribibles señalados en el numeral 18.1 del artículo 18 del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, se realice en el domicilio de la mancomunidad municipal; Que, acorde con el Informe Nº 00217-2016-PCM/ SD-OGI, debe procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la modi¿cación del artículo 17 y el numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Modifican el Reglamento del Registro de De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Mancomunidades Municipales Ley de la Mancomunidad Municipal, modi¿cada por la Ley N° 29341; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE Administrativo General; el Reglamento de la Ley de la DESCENTRALIZACIÓN Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2016-PCM/SD N° 046-2010-PCM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Lima, 23 de diciembre de 2016 Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo VISTOS: N° 001-2009-JUS; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución El Informe Nº 00217-2016-PCM/SD-OGI; y, de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento CONSIDERANDO: de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad 063-2007-PCM y sus modi¿catorias; Municipal, modi¿cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2, de¿ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo SE RESUELVE: voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios Artículo 1.- Modi¿cación del Reglamento del Registro y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, de Mancomunidades Municipales la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad Modifíquese el artículo 17 y el numeral 19.2 del artículo de los servicios a los ciudadanos; 19 del Reglamento del Registro de Mancomunidades Que, la Primera Disposición Complementaria, Municipales, aprobado por el artículo 2 de la Resolución Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de la de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/ Mancomunidad Municipal, aprobado por Decreto Supremo SD, con el texto siguiente: N° 046-2010-PCM/SD, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría “Artículo 17.- Asiento Registral de Descentralización aprobará, mediante resolución 17.1. Contenido de Asiento correspondiente, un nuevo Reglamento del Registro de Mediante Asiento Registral se inscriben los actos Mancomunidades Municipales; jurídicos descritos en el artículo 5 del Reglamento del Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Registro; y tiene el siguiente contenido general: Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se aprobó el Reglamento del Registro de Mancomunidades a) Denominación del acto que se inscribe. Municipales; b) El órgano de la Mancomunidad que adoptó el Que, en el artículo 17 del Reglamento del Registro acuerdo o tomó la decisión, o de la Municipalidad, en su de Mancomunidades Municipales es necesario incluir caso, y la respectiva fecha. los códigos registrales para cada acto inscribible, con c) Resumen del contenido del acto materia de la ¿nalidad de conservar un orden en la emisión de los inscripción. asientos registrales; d) El instrumento que da mérito a la inscripción. Que, en el numeral 18.1 del Artículo 18 del Reglamento e) Número de inscripción y fecha de la extensión del del Registro de Mancomunidades Municipales, sobre asiento. resolución, se señala que la inscripción del acto f) Nombre del especialista que cali¿có la inscripción. constitutivo, la adhesión, la separación, la disolución, la g) Autorización del asiento de inscripción. designación de la Comisión de Liquidación y la extinción de la Mancomunidad se formalizan por Resolución de 17.2. Autorización Secretaría de Descentralización, que dispone el asiento El asiento de inscripción es autorizado por el Jefe de de inscripción; asimismo, en el numeral 19.2 del artículo la O¿cina de Gestión de Inversiones de la Secretaría de 19, sobre publicidad, se establece que las Resoluciones Descentralización. de Secretaría de Descentralización, a que se re¿ere el numeral 18.1 de dicho Reglamento, se publicarán en el 17.3. Códigos registrales Diario O¿cial El Peruano; Para los trámites de inscripción en el Registro de Que, de conformidad a lo establecido en los artículos 4 Mancomunidades Municipales se consignan los códigos y 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas siguientes, por cada rubro: a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos 01 Constitución. y Difusión de Normas Legales de Carácter General, 02 Denominación. aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, se 03 Domicilio. describen los listados de normas de carácter general 04 Municipalidades intervinientes y ámbito territorial. y resoluciones administrativas, respectivamente, que 05 Consejo Directivo. obligatoriamente deben ser publicadas en el Diario O¿cial 06 Gerente General y otros mandatarios. El Peruano; disposiciones que no contienen un supuesto 07 Objeto: Servicios y proyectos. similar a la emisión de resoluciones de Secretaría 08 Competencias y funciones. de Descentralización en respuesta a solicitudes de 09 Adhesión. actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades 10 Separación. Municipales, descritos en el numeral 18.1 del artículo 18 11 Modi¿cación de Estatuto. del Reglamento del Registro; 12 Disolución. Que, asimismo, es necesario considerar lo establecido 13 Comisión de Liquidación. en el numeral 20.1.1 del Artículo 20 de la Ley N° 27444, 14 Extinción. Ley del Procedimiento Administrativo General, por el cual 15 Otros.”

  2. El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016 NORMAS LEGALES 611597 “Artículo 19.- Publicidad (…) 19.2. Las Resoluciones de Secretaría de Descentralización, a que se re¿ere el numeral 18.1 del artículo 18 de este Reglamento del Registro, serán noti¿cadas en el domicilio de la Mancomunidad; asimismo, dichas resoluciones serán publicadas a través de la página web de la Presidencia de Consejo de Ministros. (…).” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario O¿cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO CRUZADO SILVERII Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 1468505-1

Resolución Nº 043-2016-PCM ─ Modifica la Resolución Nº 228-2010-PCM, Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales · Nelum