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Laws of Peru

Resolución Nº 043-2013-OEFA ─ Modifica la Resolución Nº 041-2013-OEFA, Reglamento de fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)

Made 2013-11-08 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Environment
Keywords
institution, ecosystem conservation, environmental audit, environmental impact assessment (EIA), environmental planning, inspection, offences/penalties, polluter pays principle, resource/damage valuation, liability/compensation, procedural matters, policy/planning, governance

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  1. Normas Legales del 12.11.2013 9 OGPP-V.02, “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA, establece que las entidades podrán conformar áreas funcionales, que en ningún caso forman parte de la estructura orgánica de la entidad, las cuales podrán conformarse en un número estrictamente necesario, a n de facilitar la organización, supervisión, control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando, sin crear instancias formales burocráticas que reduzcan la comunicación y coordinación e incrementen los costos; Que, el literal c) del numeral 5.4.5 de la Directiva N° 007-MINSA/OGPP-V.02 antes mencionada, señala que las áreas funcionales se establecen en el Manual de Organización y Funciones (MOF) y su conformación se sustenta cuando haya necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad orgánica y exista independencia y separación, asimismo, cuando se requiera establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegación de autoridad que permita la adopción de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011 2011-SA, la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional es el órgano de asesoramiento, responsable de asesorar a los órganos de la Alta Dirección y demás órganos del SIS, de plani car, organizar, dirigir y controlar la formulación de políticas, objetivos y estrategias, desarrollo e implementación y monitoreo de los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estratégico, de Presupuesto Público, de Inversión Pública, de Modernización de la Gestión del Estado; así como sobre la gestión de los procesos de organización, la simpli cación administrativa, las acciones de cooperación internacional y nacional de la institución y las acciones para la implementación de los procesos de Calidad Total en Seguros; Que, por Resolución Suprema N° 004-2013-SA, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Seguro Integral de Salud; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 133-2013 SIS, se aprobó el Manual de Organización y Funciones MOF del Seguro Integral de Salud - SIS; Que, mediante los documentos de vistos, la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, sustenta la necesidad de conformar la Unidad Funcional de Proyectos de Desarrollo en Seguros de Salud en dicho Órgano de Asesoramiento, con el n de desarrollar proyectos sobre estudios y diagnósticos del quehacer institucional, así como proponer programas y proyectos de desarrollo organizacional y evaluar los resultados de los estudios e investigaciones realizadas por los órganos y o cinas que integran el SIS, orientados a fortalecer el rol del Seguro Integral de Salud en el contexto de la Reforma del Sector Salud, en armonía con las normas legales citadas precedentemente; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la O cina General Administración de Recursos y con la opinión favorable de la O cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar con carácter temporal la Unidad Funcional de Investigación y Proyectos de Desarrollo en Aseguramiento en Salud en la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud, con el n de desarrollar proyectos sobre estudios y diagnósticos de salud relacionados al quehacer Institucional, así como proponer programas y proyectos de desarrollo organizacional y evaluar los resultados de los estudios e investigaciones realizadas por los órganos y o cinas que integran la Entidad y otros estudios necesarios que estén orientados a fortalecer el rol del SIS en el contexto de la Reforma del Sector Salud. Artículo 2º.- Establecer en el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Seguro Integral de Salud, la Unidad Funcional de Proyectos de Desarrollo en Seguros de Salud de la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, conformada en el Artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Unidad Funcional a que se re ere el artículo 1º, tendrá una duración no mayor de un (1) año, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, correspondiendo su implementación y evaluación técnica respectiva, a la O cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional. Artículo 4.- La implementación de la Unidad Funcional de Proyectos de Desarrollo en Seguros de Salud no generará gastos adicionales al presupuesto del Seguro Integral de Salud. Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O cial “El Peruano” y la coordinación con la O cina General de Tecnología de la Información para su publicación en la página web del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1012492-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Modifican Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 043-2013-OEFA/CD Lima, 8 de noviembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 109-2013-OEFA/OA-Ejecución Coactiva y el Memorándum N° 1503-2013-OEFA/OA del 18 de octubre de 2013 de la O cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 041-2013-OEFA/CD publicada en el Diario O cial El Peruano el 16 de octubre de 2013 se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, el Artículo 5° del citado Reglamento establece los plazos máximos de fraccionamiento y aplazamiento aplicables a las multas impuestas por el OEFA; Que, el Numeral (i) del Numeral 5.1 del referido Artículo 5° establece que las multas inferiores o iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias podrán ser materia de fraccionamiento hasta por un plazo de seis (6) meses; Que, en tal sentido, resulta necesario modi car el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Artículo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA, a n de señalar los plazos máximos aplicables al bene cio de aplazamiento, Normas Legales del 12.11.2013 10 y al bene cio de fraccionamiento y aplazamiento, cuando ambos se otorguen en forma conjunta; Que, en atención a lo antes expuesto, en Sesión Ordinaria N° 028-2013 del 08 de noviembre de 2013, el Consejo Directivo del OEFA —a través del Acuerdo N° 052-2013— acordó modi car el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Artículo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA; Con los visados de la Secretaría General, la O cina de Administración y la O cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal n) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi car el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Artículo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 041-2013-OEFA/CD, el cual quedará redactado en los siguientes términos: “(i) Para multas inferiores o iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias (UIT): a) Hasta seis (6) meses en caso de fraccionamiento. b) Hasta dos (2) meses en caso de aplazamiento. c) Hasta un (1) mes de aplazamiento y cinco (5) meses de fraccionamiento, cuando ambos se otorguen en forma conjunta.” Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1012342-1 Aprueban la creación de la Oficina Desconcentrada del OEFA en el departamento de Apurímac RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2013-OEFA/CD Lima, 8 de noviembre de 2013 VISTOS: el Memorándum N° 2729-2013-OEFA/ CGOD del 18 de octubre de 2013 de la Coordinación General de O cinas Desconcentradas; el Informe N° 460-2013-OEFA/DE del 25 de octubre de 2013 emitido por la Dirección de Evaluación; el Memorándum N° 3338-2013/OEFA-DS del 22 de octubre de 2013 de la Dirección de Supervisión; el Memorándum N° 1904 2013-OEFA/DFSAI del 25 de octubre de 2013 emitido por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos; y, el Informe N° 108-2013-OEFA/OPP del 30 de octubre de 2013 emitido por la O cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de las funciones de scalización, supervisión, control y sanción en materia ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por nalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, scalización, control y sanción en materia ambiental —a cargo de las diversas entidades del Estado— se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e ciente; Que, el Artículo 9° de la Ley N° 29325 faculta al OEFA para establecer O cinas Desconcentradas en cualquier lugar del territorio nacional; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal f) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009- MINAM, es función del Consejo Directivo aprobar el establecimiento de las O cinas Desconcentradas de la Entidad; Que, resulta necesario fortalecer la scalización ambiental y garantizar la resolución expeditiva de los problemas ambientales que ponen en riesgo los recursos naturales, la protección de la salud y la vida humana en el departamento de Apurímac; Que, a través de los documentos consignados en los Vistos, la Dirección de Evaluación, la Dirección de Supervisión y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, señalan que es técnicamente viable la creación de la O cina Desconcentrada de Apurímac; Que, asimismo, la O cina de Planeamiento y Presupuesto del OEFA señala que existe disponibilidad presupuestal para la creación de la referida O cina Desconcentrada; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 053 2013 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 028-2013 del 8 de noviembre de 2013, el Consejo Directivo del OEFA aprobó la creación de la O cina Desconcentrada de Apurímac, en consideración al sustento técnico expresado y a la necesidad de fortalecer la scalización ambiental en dicha zona; por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; Con el visado de la Secretaría General, la O cina de Administración, la O cina de Planeamiento y Presupuesto y la O cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales f) y n) del Artículo 8° y el Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Creación de O cina Desconcentrada Aprobar la creación de la O cina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA en el departamento de Apurímac. Artículo 2°.- Implementación Encargar a la Secretaría General del OEFA que disponga las acciones que resulten necesarias para la implementación de la O cina Desconcentrada a que hace referencia el Artículo 1° de la presente Resolución, en un plazo de noventa (90) días hábiles contado a partir de su publicación. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1012676-1

Resolución Nº 043-2013-OEFA ─ Modifica la Resolución Nº 041-2013-OEFA, Reglamento de fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) · Nelum