Resolución Nº 042-2016-SERFOR ─ Metodología para la codificación de títulos habilitantes y actos administrativos
Made 2016-03-09 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- forestry protection measures, timber extraction/logging, access right, authorization/permit, legal proceedings/administrative proceedings, forest management/forest conservation
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580280 NORMAS LEGALES Jueves 10 de marzo de 2016 / El Peruano presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio Bagua (PEJSIB), dispondrá las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en el Manual de Operaciones, así como presentará la propuesta de su Manual de Organización y Funciones, en el marco de la normativa de gestión, administrativa, presupuestal, recursos humanos y otras vigentes. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe), Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua (www. pejsib.gob.pe) en la misma fecha de publicación de esta Resolución en el referido Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1353773-1 Aprueban la “Metodología para la codificación de títulos habilitantes y actos administrativos” otorgados por el SERFOR o los Gobiernos Regionales que cuenten con las funciones transferidas en materia agraria, previstas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 042-2016-SERFOR-DE Lima, 9 de marzo de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 015-2016-SERFOR-DGPCFFS DPR, de fecha 22 de enero de 2016, y el Informe Técnico Nº 025-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de fecha 05 de febrero de 2016, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° 048-2016-SERFOR-OGAJ, de fecha 01 de marzo de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; asimismo, el artículo 14 establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, en concordancia con lo señalado en el considerando anterior, el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, establece que las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, asimismo, el citado artículo 14 establece que el SERFOR desarrolla, gestiona y conduce el Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre SNIFFS, con participación de las entidades pertinentes, como un instrumento que contribuya a las actividades de administración, conservación y aprovechamiento sostenible, prevención, monitoreo, supervisión y control del Patrimonio; Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1220, declara de interés nacional la implementación del módulo de control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre SNIFFS, que está a cargo del SERFOR, asimismo dispone que las entidades que generen información relacionada en materia forestal y de fauna silvestre se encuentran obligadas de ingresar su información al SNIFFS en el momento en que la generen, conforme las disposiciones que para tal efecto apruebe el SERFOR; Que, el Informe Técnico Nº 015-2016-SERFOR DGPCFFS-DPR y el Informe Técnico Nº 025-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR, sustentan la necesidad de aprobación de una metodología para la codificación de títulos habilitantes y actos administrativos contemplados en los cuatro Reglamentos de la Ley N°29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, con el fin de: i) Facilitar el recojo y sistematización de la información en el SNIFFS, y ii) Uniformizar la codificación de los títulos habilitantes y demás actos administrativos otorgados por las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre - ARFFS y el SERFOR; Que, la metodología que se propone es única y de alcance nacional, por lo que es de obligatorio cumplimiento por el SERFOR y las ARFFS; Con el visado de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos aprobados por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI y Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Metodología para la codificación de títulos habilitantes y actos administrativos” otorgados por el SERFOR o los Gobiernos Regionales que cuenten con las funciones transferidas en materia agraria, previstas en los literales e y q del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- La metodología de codificación prevista en el Artículo 1, es aplicable a los títulos habilitantes y a los actos administrativos que se otorguen a partir de su entrada en vigencia o a aquellos que, habiendo sido otorgados con anterioridad a la presente metodología, tramiten su renovación. Artículo 3.- La metodología de codificación de títulos habilitantes y actos administrativos es única y tiene vigencia a nivel nacional, siendo de obligatorio cumplimiento. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la referida Resolución y su anexo serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1354262-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2016-DE/SG Lima, 7 de marzo de 2016