Resolución Nº 036-2013-PCM ─ Crea el Registro de Mancomunidades Regionales y aprueba su Reglamento
Made 2013-06-26 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- agricultural development, institution, capacity building, public participation, equity, sustainable development, registration, governance
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Artículo 1º — Formalización de Inscripción de la Que, el artículo 38º del Reglamento de Organización
Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Que, el artículo 38º del Reglamento de Organización Mancomunidad Municipal y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM a la “Mancomunidad Municipal de la Provincia de Canta y sus modificatorias, establece que la Secretaría de - MANPROVCANTA”; integrada por la Municipalidad Descentralización es el órgano de línea encargado de Provincial de Canta y las Municipalidades Distritales de dirigir y conducir el proceso de descentralización; Lachaqui y San Buenaventura de la Provincia de Canta, Que, los numerales 39.5 y 39.13 el artículo 39º del en el Departamento de Lima; reconociéndosele, a partir citado Reglamento, asignan como funciones a la Secretaría de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho de Descentralización, entre otras, la de promover la público, como entidad pública. integración regional y local y su fortalecimiento, así como aprobar normas en materia de descentralización;
Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29768, Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Ley de Mancomunidad Regional; el Reglamento de la Municipal de la Provincia de Canta - MANPROVCANTA”, Ley de Mancomunidad Regional aprobado por Decreto como sigue: Supremo N° 050-2013-PCM; y en uso de las atribuciones - Presidente: Samuel Ramón Ruffner, alcalde de la dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Provincial de Canta. de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por - Director: Porfirio Augusto Parra Carrillo, alcalde de la Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; Municipalidad Distrital de Lachaqui. - Director: Eleazar Santiago Zevallos, alcalde de la SE RESUELVE: Municipalidad Distrital de San Buenaventura. Artículo 1º.- Creación del Registro de
Artículo 3º.- Registro de Anexos Mancomunidades Regionales Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, Créase el Registro de Mancomunidades Regionales el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que que estará a cargo de la Presidencia del Consejo de aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Ministros, a través de la Secretaría de Descentralización. de la Provincia de Canta - MANPROVCANTA”, en el Artículo 2º.- Aprobación del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales. Registro de Mancomunidades Regionales.
Artículo 4º.- Publicación Apruébese el Reglamento del Registro de Disponer la publicación de la presente Resolución de Mancomunidades Regionales, que como Anexo Nº 1 forma Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El parte integrante de la presente Resolución. Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo Artículo 3º.- Establecimiento del Contenido de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Mínimo para el Informe Técnico de Viabilidad para la
Artículo 5º.- Vigencia Constitución de la Mancomunidad Regional La presente Resolución rige a partir del día siguiente Establézcase el contenido mínimo del Informe Técnico de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Regional, que como Anexo Nº 2 forma parte integrante de Regístrese, comuníquese y publíquese. la presente Resolución.
Artículo 4º.- Establecimiento del Contenido Mínimo ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN para el Plan de Integración Secretaria de Descentralización Establézcase el contenido mínimo del Plan de Integración, que como Anexo N° 3 forma parte integrante 962218-2 de la presente Resolución. Normas Legales del 16.07.2013 11
Artículo 5º.- Publicación CAPÍTULO III La presente Resolución y sus Anexos serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo se publicarán en PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros www.pcm.gob.pe el mismo día de su publicación Artículo 6.- Inscripción del acto constitutivo en el Diario Oficial. El acto constitutivo de la Mancomunidad se inscribirá con la presentación de los siguientes documentos:
Artículo 6º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente 6.1 Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría de su publicación en el Diario Oficial. de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros suscrita por el Presidente del Comité Ejecutivo Regístrese, comuníquese y publíquese. Mancomunal. 6.2 Acta de Constitución de la Mancomunidad ROSA FLORIÁN CEDRÓN y Ordenanzas que la ratifican, con la constancia de su Secretaria de Descentralización publicación en el Diario Oficial El Peruano, suscrita por los Presidentes de los Gobiernos Regionales que la integran, que exprese los siguientes acuerdos: crear o constituir la Mancomunidad, aprobar su Estatuto, y elegir al primer ANEXO Nº 1 Presidente del Comité Ejecutivo Mancomunal y designar al primer Gerente General. REGLAMENTO DEL REGISTRO DE 6.3 El Estatuto de la Mancomunidad que establezca MANCOMUNIDADES REGIONALES su denominación, domicilio, alcance territorial, objeto, competencias y funciones delegadas por los gobiernos CAPÍTULO I regionales, órganos directivos y de administración con sus respectivas funciones, recursos, obligaciones y DISPOSICIONES GENERALES compromisos de los gobiernos regionales, plazo de duración, reglas para la adhesión y separación de los
Artículo 1º.- Objeto gobiernos regionales, procedimiento para la modificación El presente Reglamento tiene por objeto establecer del estatuto, mecanismos de resolución de controversias, los procedimientos para el Registro de Mancomunidades causales y reglas para la disolución, forma de liquidación Regionales, en el marco de las disposiciones previstas y disposición de su patrimonio, regulación de las sesiones en la Ley de Mancomunidad Regional, Ley N° 29768 y su y todas aquellas demás condiciones necesarias para su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2013- funcionamiento. PCM.
Artículo 7.- Inscripción de las modificatorias al
Artículo 2º.- Glosario de términos Estatuto de la Mancomunidad Regional Para los efectos del presente Reglamento, se entiende Las modificatorias sucesivas al Estatuto de la por: Mancomunidad Regional se inscribirán con la presentación de los siguientes documentos: 2.1 Ley: La Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional. 7.1. Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría 2.2 Mancomunidad(es): Mancomunidad(es) de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Regional(es). Ministros suscrita por el Presidente del Comité Ejecutivo 2.3 Registro: El Registro de Mancomunidades Mancomunal. Regionales. 7.2. Acta de Sesión de la Asamblea de la Mancomunidad 2.4 Reglamento de la Ley: El Reglamento de la Regional que contiene el acuerdo de modificación del Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, aprobado Estatuto. mediante Decreto Supremo N° 050-2013-PCM. 2.5 Reglamento del Registro: El presente Artículo 8.- Inscripción de las modificatorias al Reglamento. Comité Ejecutivo Mancomunal Las modificatorias sucesivas al Comité Ejecutivo Mancomunal se inscribirán con la presentación de los CAPÍTULO II siguientes documentos: REGISTRO DE MANCOMUNIDADES REGIONALES 8.1. Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de
Artículo 3º.- Naturaleza del Registro Ministros suscrita por el Presidente del Comité Ejecutivo La inscripción en el Registro es de naturaleza Mancomunal. administrativa y con efectos declarativos. 8.2. Acta de Sesión del Comité Ejecutivo Mancomunal de la Mancomunidad Regional que contiene el acuerdo
Artículo 4º.- Administración del Registro que sustente la modificación del Comité Ejecutivo La administración del Registro le corresponde a la Mancomunal. Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Oficina de Gestión de Artículo 9.- Inscripción de la designación y Inversiones. remoción del Gerente General Las sucesivas designaciones y remociones del Gerente
Artículo 5º.- Actos inscribibles General de la Mancomunidad Regional se inscribirán con Son actos inscribibles: la presentación de los siguientes documentos: a) El acto constitutivo. 9.1. Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría b) El Estatuto y sus modificatorias. de Descentralización de la Presidencia del Consejo de c) El Comité Ejecutivo Mancomunal y sus Ministros suscrita por el Presidente del Comité Ejecutivo modificatorias. Mancomunal. d) La designación y remoción del Gerente General de 9.2. Acta de Sesión del Comité Ejecutivo Mancomunal la Mancomunidad Regional de la Mancomunidad Regional que contiene el acuerdo que e) La adhesión de Gobiernos Regionales a la sustente la designación o remoción del Gerente General. Mancomunidad Regional. f) La separación de Gobiernos Regionales a la Artículo 10.- Inscripción de la Adhesión de Mancomunidad Regional. Gobiernos Regionales a la Mancomunidad Regional g) La extinción de la Mancomunidad Regional. La adhesión de un Gobierno Regional a la Mancomunidad ya constituida, se inscribirá con la La designación del Presidente y de los miembros de presentación de los siguientes documentos: la Asamblea de la Mancomunidad Regional no está sujeta a inscripción registral y se sujetan a las normas previstas 10.1. Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría en el Estatuto. de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Normas Legales del 16.07.2013 12 Ministros suscrita por el Presidente del Comité Ejecutivo CAPITULO IV Mancomunal. 10.2. Acta de Sesión de la Asamblea de la CALIFICACIÓN Mancomunidad, con el acuerdo de aprobar la adhesión del Gobierno Regional solicitante, con la constancia de Artículo 14.- Alcance su publicación y de la Ordenanza respectiva en el Diario La calificación es el acto por el cual el funcionario a cargo Oficial El Peruano. del Registro verifica que los documentos presentados se encuentren acordes a lo señalado en la Ley, el Reglamento
Artículo 11.- Inscripción de la Separación de un de la Ley, el Estatuto de la Mancomunidad y el presente Gobierno Regional de una Mancomunidad Regional Reglamento. La calificación se sustenta en un informe con fundamentación técnico-jurídica. 11.1. Separación voluntaria de la Mancomunidad El informe podrá concluir la procedencia de la Regional inscripción solicitada, la formulación de observaciones o la La separación voluntaria de un Gobierno Regional de denegatoria de la inscripción. la Mancomunidad, se inscribirá con la presentación de los siguientes documentos: Artículo 15.- Plazo La calificación de los documentos presentados se a) Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría formulará dentro de los quince días hábiles siguientes a de Descentralización de la Presidencia del Consejo de la presentación de la solicitud de inscripción o dentro de Ministros suscrita por el Presidente del Gobierno Regional los siete días hábiles desde el reingreso, salvo causa que se separa. justificada. b) Ordenanza Regional del Gobierno Regional que expresa la decisión de separarse de la Mancomunidad. CAPITULO V 11.2. Separación forzosa de la Mancomunidad FORMALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN Regional
Artículo 16.- Partida Registral La separación forzosa de un Gobierno Regional de la La Partida Registral es la unidad de registro en la que Mancomunidad, se inscribirá con la presentación de los se extienden los asientos registrales, y cuentan con un siguientes documentos: código para su identificación por cada Mancomunidad. a) Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría Artículo 17.- Códigos registrales de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Para los trámites de inscripción en el Registro de Ministros, suscrita por el Presidente del Comité Ejecutivo Mancomunidades Regionales se consignan los códigos Mancomunal. siguientes, por cada rubro: b) Acta de Sesión de la Asamblea de la Mancomunidad que contiene el acuerdo de separación forzosa. 01 Constitución y Estatutos
Artículo 12.- Inscripción de la extinción de la 02 Denominación Mancomunidad Regional 03 Domicilio La extinción de la Mancomunidad Regional se inscribirá en mérito a los instrumentos de disolución y liquidación 04 Gobiernos Regionales intervinientes y ámbito previstos en el Estatuto de la Mancomunidad, debiendo territorial contemplarse, cuanto menos, lo siguiente: 05 Comité Ejecutivo Mancomunal 12.1. Solicitud de inscripción dirigida a la Secretaría de 06 Designación y remoción de Gerente General Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, 07 Adhesión suscrita por el Presidente del Gobierno Regional autorizado o, en su defecto, por cualquiera de los Presidentes Regionales 08 Separación que integraran el Comité Ejecutivo Mancomunal. 09 Extinción 12.2. Acta de Sesión de la Asamblea de la Mancomunidad, con el acuerdo adoptado como mínimo 10 Otros con el voto favorable de las dos terceras partes de sus Artículo 18.- Asiento Registral miembros, a excepción de la causal prevista en el inciso El Asiento Registral es la constatación escrita de un c) del artículo 15º del Reglamento, en la cual opera como acto realizado por la Mancomunidad Regional, susceptible consecuencia de la separación voluntaria, y en el cual de ser inscrito en una Partida Registral, conforme al se contemple la situación y disposición de los servicios, Reglamento, y que se derive de una solicitud. obras y/o proyectos de inversión pública acordados por la Mediante Asiento Registral se inscriben los actos Mancomunidad Regional y/o en ejecución, de acuerdo a jurídicos descritos en el artículo 5° del presente Reglamento las reglas que prevea el Estatuto. y tiene el siguiente contenido general: La inscripción de la extinción determina el cierre de la partida registral. a) Denominación del acto que se inscribe. b) Resumen del contenido del acto materia de
Artículo 13.- Reglas comunes para los inscripción. procedimientos de inscripción c) El Acta que da mérito a la inscripción. Con excepción de la solicitud prevista en el artículo d) Número de inscripción y fecha de la extensión del 6º, todas las solicitudes de inscripción descritas en este asiento. Capítulo deberán estar acompañadas de una constancia e) Nombre del especialista que calificó la inscripción. suscrita por el Gerente General de la Mancomunidad f) Autorización del asiento de inscripción. Regional que declare bajo juramento el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento y en el Estatuto, El Asiento Registral de inscripción es autorizado por vinculados a la convocatoria del órgano colegiado, quórum el Jefe de la Oficina de Gestión de Inversiones de la para sesiones y votaciones, para la adopción de los Secretaría de Descentralización. acuerdos cuya inscripción se solicita. Las actas de la Asamblea de la Mancomunidad o Artículo 19.- Formalidad del Comité Ejecutivo Mancomunal que acompañen a la solicitud, según corresponda, estarán certificadas por el 19.1 La inscripción del acto constitutivo y la extinción Gerente General de la Mancomunidad Regional, conforme de la Mancomunidad se formalizan por Resolución de a lo dispuesto en el artículo 128º de la Ley Nº 27444, Ley Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción del Procedimiento Administrativo General. Corresponde en el asiento de inscripción correspondiente. igualmente al Gerente General la emisión y suscripción 19.2 Los actos distintos a los descritos en el numeral de las constancias de publicación de las actas en el anterior se inscriben por disposición del Jefe de la Oficina Diario Oficial El Peruano, conforme a lo previsto en este de Gestión de Inversiones que dispone el asiento de Capítulo. inscripción correspondiente. Normas Legales del 16.07.2013 13 El acto de calificación de la solicitud es susceptible de Su grado de avance en estas materias es de especial impugnación administrativa, conforme a lo previsto en la relevancia para justificar la priorización de servicios o Ley N° 27444. tipología de proyectos de inversión le encargarán su El asiento de inscripción es susceptible de rectificación gestión a la Mancomunidad Regional. de oficio o a petición de parte, en el caso de error material. Asimismo, a petición de parte, podrá rectificarse el asiento b) Diagnóstico Social y Demográfico: registral cuando sea discordante con el acto objeto de inscripción. Es la información social y demográfica en el ámbito territorial de la Mancomunidad Regional. Se utilizarán,
Artículo 20.- Publicidad como fuente de información, los “Censos Nacionales 2007: XI de Población y VI de Vivienda”, los estudios del 20.1 La información contenida en el Registro es Instituto Nacional de Estadística e Informática, y otros, pública, pudiendo acceder a ella las autoridades y principalmente en las siguientes variables: ciudadanos. Dicho acceso también está habilitado a través de la página web de la Presidencia del Consejo - Población. de Ministros, pudiendo ésta expedir copia de las partidas - Educación. registrales, a solicitud expresa. - Salud. 20.2 Las Resoluciones de Secretaría de - Necesidades Básicas Insatisfechas. Descentralización, a que se refiere el numeral 19.1 - Territorio y Vivienda. precedente, se publican en el Diario Oficial El Peruano. - Desarrollo Social. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA II. GESTIÓN ESTRATÉGICA Primera: En lo no previsto en el presente Reglamento, a) Visión se aplica de manera supletoria lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Es la imagen institucional proyectada de la Mancomunidad Regional expresada en función DISPOSICIÓN TRANSITORIA al desarrollo económico regional, la participación Primera.- En el caso de Mancomunidades Regionales ciudadana, la calidad de los servicios públicos, la constituidas a la entrada en vigencia del presente cobertura de infraestructura económica, productiva y Reglamento, la Secretaria de Descentralización, para social; responde a la pregunta: ¿Qué se propone lograr efectos de su inscripción, considerará como válido que la Mancomunidad Regional?. el contenido del acta a que se refiere el numeral 6.2. del artículo 6º del Reglamento del Registro, se exprese en más b) Misión de una acta, a condición que todas estas se encuentren publicadas en el Diario Oficial El Peruano. Es la descripción de los servicios públicos y proyectos de inversión, las necesidades que se propone atender, ANEXO N° 2 los valores y cualidades distintivas de la Mancomunidad Regional; responde a las preguntas: ¿Para qué existe la CONTENIDO MÍNIMO DEL INFORME TÉCNICO DE Mancomunidad Regional?, ¿Qué necesidades se propone VIABILIDAD PARA LA CONSTITUCIÓN atender? y ¿Cuál es el público objetivo de los servicios DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL públicos o de los proyectos de inversión?. El Informe Técnico es el documento que contiene c) Ámbito Territorial información de carácter prospectiva y que expresa la viabilidad para la constitución de la Mancomunidad Es la descripción de las circunscripciones territoriales Regional. Es elaborado por los gobiernos regionales departamentales que pertenecen a las Gobierno Regionales intervinientes, de manera conjunta. que conforman la Mancomunidad Regional. El contenido del Informe Técnico incluirá los siguientes rubros: d) Objeto I. DIAGNÓSTICO Es la identificación de los servicios públicos que se prestarán, o las obras o proyectos de inversión pública que a) Diagnóstico Institucional: ejecutarán. Los servicios y los proyectos deben conservar correspondencia con las funciones que se delegarán a la Es la apreciación de la gestión administrativa, de las Mancomunidad Regional. Gobiernos Regionales que conforman la Mancomunidad Regional; tiene la siguiente información: e) Objetivos a.1) Gestión de personas: Constituyen las finalidades estratégicas a cumplir por la Mancomunidad Regional, que deben guardar Describe las competencias desarrolladas en cada uno correlación con los planes de desarrollo concertado de los Gobierno Regionales. regional. Se definen a manera de logros o resultados específicos que se esperan alcanzar, durante el a.2) Inversiones priorizadas: horizonte de planeamiento, en aquellos servicios o tipo de proyectos que constituyen el objeto de la Es la referencia a los principales proyectos programados Mancomunidad Regional. en el plan de desarrollo concertado y en el plan operativo institucional vigente, de cada Gobierno Regional. f) Horizonte de Planeamiento a.3) Ejercicio de funciones: Es el calendario de trabajo propuesto para el desarrollo del objeto de la Mancomunidad Regional; deberá articularse Es la descripción del desempeño en el ejercicio de con el horizonte establecido en los Planes de Transferencia funciones de cada Gobierno Regional, señaladas en la Ley y otros que apruebe la Secretaría de Descentralización de Orgánica de Gobierno Regionales - Ley N° 27867, en las la Presidencia del Consejo de Ministros. siguientes materias: g) Desarrollo Regional - Desarrollo territorial - Organización del espacio físico Sustentará la siguiente información: - Servicios públicos regionales - Desarrollo y economía regional - Descripción de los Proyectos de Inversión Pública, - Participación ciudadana para promover el desarrollo regional, itrarregional e - Gestión del ambiente y interregional, que permitan el uso más eficiente de los - Promoción de la inversión privada en proyectos y recursos, con la finalidad de alcanzar una economía más servicios. competitiva Normas Legales del 16.07.2013 14 III. GESTIÓN DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL a) Eficiencia de servicios públicos. b) Reducción de la pobreza a) Estructura Orgánica c) Articulación interinstitucional e intergubernamental d) Coordinaciones con mancomunidades municipales. La estructura orgánica básica de la Mancomunidad e) Integración económica y social. Regional debe incluir: ANEXO N° 3 a.1) Asamblea, integrada por tres representantes de los consejos de los gobiernos regionales que forman CONTENIDO MINIMO DEL PLAN DE INTEGRACIÓN parte de la Mancomunidad Regional. Uno de éstos es el consejero delegado, por cada Consejo Regional, elegido I. Finalidad según lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Uno de los fines de la Mancomunidad Regional es promover la integración interdepartamental política y a.2) El Comité Ejecutivo, que es un órgano directivo administrativa, de acuerdo a lo expresado en su definición integrado por los presidentes de los Gobierno Regionales (artículo 1 de la Ley N° 29768), el principio de integración que conforman la Mancomunidad Regional y (numéralo 1 del artículo 4 de la Ley N° 29768) y a los artículos 2, 3 y 4 del Reglamento de la Mancomunidad Regional, a.3) La Gerencia General, que es un órgano de aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2013-PCM. administración, a cargo del Gerente General, designado El Plan de Integración es un documento orientador que por el Comité Ejecutivo. contiene información de carácter prospectiva para fomentar la integración interdepartamental política y administrativa. Es En forma adicional la propuesta puede considerar otros aprobado por la Asamblea de la Mancomunidad Regional. órganos; en atención a la cobertura de los servicios públicos, El contenido del Informe Técnico incluirá los siguientes la necesidad de funcionamiento, la implementación de los rubros: sistemas administrativos del Estado y la disponibilidad presupuestal. II. Proyectos de inversión b) Competencias y Funciones Identificación de estudios y proyectos de inversión de impacto interdepartamental, en el ámbito territorial de la En base a la delimitación del objeto y los objetivos, Mancomunidad Regional. se identificarán las competencias y funciones que los Los proyectos deben tener como objeto el crear, Gobierno Regionales deben delegar a la Mancomunidad ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora o de Regional, evitando la duplicidad de gasto o la superposición provisión de bienes o servicios, en el marco de las normas de atribuciones. del Sistema Nacional de Inversión Pública. Estas funciones deben guardar correspondencia con los servicios públicos que prestará, o las obras o proyectos III. Servicios públicos de inversión pública que ejecutará la Mancomunidad Regional. Identificación de la gradualidad de la prestación de servicios públicos de manera conjunta en el ámbito c) Relaciones de Coordinación, Cooperación y territorial de la Mancomunidad Regional, que corresponden Colaboración al objeto descrito en el Estatuto de esta entidad. Se tendrá como base el diseño de una matriz de Se mencionará una propuesta de las instituciones gestión descentralizada con el establecimiento de las públicas y privadas, y de la sociedad civil, con las cuales fases de desarrollo, competencias y roles de los Gobierno debieran establecerse relaciones de coordinación, Regionales y de otras entidades intervinientes en el cooperación y colaboración; en orientación al cumplimiento proceso, teniendo en cuenta el enfoque de desarrollo de la de los objetivos y al fortalecimiento de la institucionalidad gestión descentralizada, que propone explicitar el ciclo de de la Mancomunidad Regional. producción de los bienes y servicios públicos que el Estado Podrá incluirse a los Sectores del Gobierno Nacional, debe entregar a los ciudadanos producto del ejercicio universidades, mancomunidades municipales y entidades de las materias de competencia compartida, previsto de la cooperación internacional, asociaciones de en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, así como el productores locales y otras entidades, con las cuales enfoque de gestión orientada a resultados al servicio del trabajarían en conjunto. ciudadano, previsto en el Plan de Implementación de la Las relaciones de coordinación, cooperación y Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública colaboración se desarrollan en el marco de lo dispuesto aprobado por Resolución Ministerial Nº 125-2013-PCM en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. IV. Difusión de la integración regional El proceso de integración debe ir acompañado de d) Provisión de Personal y Desarrollo de una campaña de sensibilización que permita difundir los Capacidades logros en la gestión de la Mancomunidad Regional y las ventajas del proceso de regionalización. Es la identificación del perfil de capacidades para el Para este fin, se establecerá un cronograma de ejercicio de las funciones delegadas y la propuesta de actividades el que formará parte del Plan Operativo de la personal que cada Gobierno Regional debe aportar a la Mancomunidad Regional. Mancomunidad Regional, de acuerdo a los regímenes A solicitud de la Mancomunidad Regional, este de contratación existentes, en personal y servicios. proceso de difusión podrá realizarse en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la e) Recursos Secretaría de Descentralización. Es la propuesta de aportes económicos que deben V. Proceso de elaboración del Expediente Técnico provenir de lss Gobierno Regionales, para financiar: de integración y regionalización a) la prestación de servicios públicos o la ejecución de La Mancomunidad Regional describirá las acciones proyectos de inversión pública, y b) los gastos generales realizadas para la elaboración del Expediente Técnico, de administración de la Mancomunidad Regional. Puede según los “criterios y lineamientos para la elaboración y ser un compromiso genérico o específico, señalando aprobación del Expediente Técnico para la integración y la periodicidad con que se realizarán las transferencias conformación de regiones” establecidos por la Presidencia financieras. del Consejo de Ministros. IV. SOSTENIBILIDAD VI. Relaciones de coordinación, cooperación y colaboración La Mancomunidad Regional deberá diseñar y ejecutar estrategias de sostenibilidad de la gestión descentralizada, Es la mención al establecimiento de alianzas preferentemente según los siguientes criterios: estratégicas con entidades públicas y privadas, como Normas Legales del 16.07.2013 15 con Municipalidades, Mancomunidades Municipales y y representación de la Unidad de Coordinación Binacional organismos públicos del Gobierno Nacional y entidades del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes del Capítulo de la cooperación internacional para el cumplimiento del Ecuador, al Capítulo Perú, a partir del 11 de julio de 2013; objeto de la Mancomunidad Regional. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley VII. Compromisos en el horizonte de planeamiento que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; La gestión de la Mancomunidad Regional fijará las el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que metas y objetivos multianuales en el cumplimiento del aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio objeto de la Mancomunidad Regional. de Agricultura modificado por la Ley N° 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por VIII. Estrategias de consolidación institucional Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; Son acciones que darán continuidad a la prestación SE RESUELVE: de servicios públicos y la ejecución de proyectos de inversión pública, y que fortalecerán la institucionalidad de Artículo Único.- Designar, con eficacia anticipada al la Mancomunidad Regional, tales como: 11 de julio de 2013, al señor David Miguel Dumet Delfín, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y - Formulación e implementación de un programa de Riego, y representante del Ministro de Agricultura y Riego desarrollo de capacidades, teniendo como base el Plan ante la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Nacional de Desarrollo de Capacidades aprobado por Binacional Puyango - Tumbes, capítulo Perú, como la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Coordinador Binacional de la Unidad de Coordinación Consejo de Ministros. Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes. - Promoción de espacios y mecanismos de participación ciudadana. Regístrese, comuníquese y publíquese. - Identificación e implementación gradual de los servicios públicos; con la participación, de manera coordinada y MILTON VON HESSE LA SERNA concertada, en las Comisiones Intergubernamentales. Ministro de Agricultura y Riego IX. Indicadores de evaluación 962645-1 Con el fin de contar con mecanismos de seguimiento para los fines de la promoción de la integración 5HQXHYDQ \ SURUURJDQ UHVHUYD GH interdepartamental, la Mancomunidad Regional establecerá UHFXUVRV KtGULFRV RWRUJDGD PHGLDQWH indicadores en función a la prestación de servicios y a la ejecución de proyectos de inversión. '6 1 $* D IDYRU GH ORV 3UR\HFWRV (VSHFLDOHV &KDYLPRFKLF \ 962218-3 &KLQHFDV RESOLUCIÓN JEFATURAL AGRICULTURA Y RIEGO Nº 296-2013-ANA Lima, 12 de julio de 2013 'HVLJQDQ&RRUGLQDGRU%LQDFLRQDOGHOD 8QLGDGGH&RRUGLQDFLyQ%LQDFLRQDOGHO VISTO: 3UR\HFWR%LQDFLRQDO3X\DQJR7XPEHV Los Oficios Nº 795-2013-GRLL-PRE/PECH-01 y Nº 204-2013-GRA-P.E-.CHINECAS/G.G. presentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL por los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas Nº 0255-2013-MINAGRI respectivamente, sobre prórroga de la reserva de recursos hídricos; y, Lima, 15 de julio de 2013 CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5) del artículo Que, el 09 de agosto de 2010, en la ciudad de Quito, 15 y el artículo 103 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos República del Ecuador, el Ministerio de Agricultura, Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua aprueba, previo Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República del estudio técnico, la reserva de un volumen de agua Ecuador y el Ministerio de Agricultura de la República del determinado para el desarrollo de proyectos, cuando así lo Perú celebraron el Convenio Específico para la Elaboración requiere el interés de la Nación; del Estudio de Factibilidad, Diseño Definitivo y Ejecución Que, según el numeral 208.1 del artículo 208 del de las Obras Comunes y Supervisión/Fiscalización del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Proyecto Binacional Puyango-Tumbes; Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la reserva de recursos Que, en el indicado Convenio se acuerda la creación hídricos se otorga por un periodo máximo de dos (02) años de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan. Binacional Puyango - Tumbes (UCB-PBPT), integrada por Esta reserva no faculta el uso de los recursos hídricos; los Ministros o sus delegados, y al menos tres (3) miembros Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-AG, técnicos, debidamente acreditados por cada Ministerio, y se reservaron las aguas del río Santa a favor de los que durarán en sus funciones por el plazo ininterrumpido Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas y, mediante de cinco años, lo que garantizará la continuidad y pleno Resolución Jefatural Nº 272-2011-ANA, publicada en el cumplimiento del objeto del Convenio; Diario Oficial El Peruano el 17.05.2011, dicha reserva fue Que, el artículo VI del Instructivo (Reglamento Interno) prorrogada por dos (02) años adicionales; para la Administración de los Contratos de Ejecución y Que, con los documentos del visto, los Proyectos Supervisión/Fiscalización de la Ejecución del Estudio Especiales Chavimochic y Chinecas, solicitan se de Factibilidad, Diseño Definitivo y Obras Comunes del prorrogue la reserva de recursos hídricos otorgada a Proyecto Binacional Puyango-Tumbes, señala que para su favor, señalando que subsisten las condiciones que la administración de los contratos, la representatividad justificaron su otorgamiento y que se vienen ejecutando de la UCB-PBPT ante los contratistas se hará a través de las obras respectivas para la entrada en operación de los un Coordinador Binacional, el cual será elegido en forma proyectos; alterna entre los miembros de los capítulos Ecuador y Que, en ese contexto, la Dirección de Conservación Perú, con una duración de un año cada vez; y Planeamiento de Recursos Hídricos, mediante Informe Que, por Acta de Reunión de fecha 11 de julio de 2013, Técnico Nº 021-2013-ANA-DCPRH-ERH-SUP/GPT, los representantes del Ministro de Agricultura y Riego del concluye que es procedente disponer la prórroga de la Perú, y del Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura reserva de recursos hídricos a favor de los Proyectos y Pesca del Ecuador, acordaron transferir la coordinación Especiales Chavimochic y Chinecas, en las mismas