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Laws of Peru

Resolución Nº 034/08/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de plantas de Limonium procedentes de España

Made 2008-09-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, floriculture, international trade, plant production
Categories
*, agriculture

Where to read it

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  1. 379968 i NORMAS LEGALES EI Po.....,limo, sObo.clo 20do ..llomtn do 2008 JUAN CARLOS SALINAS AMPUERO RAFAEL MAURICIO RAMiREZ ARROYO Articulo 3°. Respecto de los tunc ronanos del lnstituto Nacional de Recursos Naturales, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presenle Resoluci6n Suprema, seren con cargo a los recursos presupueslal es asignados al Pliego 162: del Insliluto Nacional de Recursos Naturales INRENA, de acuerdo al siguiente detalle: FABIOLA socro NUNEZ NEYRA Pasajes eereos vtaucos Tarifa CORPAC Total Pasajes eereos vtaucos Tarifa CO RPAC Total Pasajes eereos vtaucos Tarifa CO RPAC Tota l US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US $ US$ US$ US$ US $ 2,770 .91 1,320 .00 30.25 4,121.16 1,133 .30 1,320 .00 30.25 2,483.55 1,133 .30 1,320 .00 30.25 2,483.55 Cen el ambi to de su competencia la Auloridad Nacional en :: Sanidad Agraria - SENASA; 8 Que, en el Articulo 12" del Reg lamento de la Ley c General de Sanidad Agrana , aprobado median te Decreto c Supremo N° 018-2008-AG , establece que el SENASA '§publicara los requisitos filo y zoosan ilarios en el Diario t Of icial EI Peruano y se nonnca ran ala OMC ; E:- Que , la empresa Roots Peru SA con fecha 14 de ~ marzo de 2008, solici t6 se realice el estudio de Anaksis de :: Riesqo de Plagas para plantas de umonrum proced entes :: de Espana , por tal rnolivo , te Subdi recci6n de Analisis ~ de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inici6 eer estudio cor respondi enle, con la l inahdad de idenliflcar !';los requisitos fitosanitarios aplicables a la importaci6n del "";' mencion ado produclo; ~ Que , como resultado de dicho estudio ta Subdirecci6n ;::O de Cuarentena Vegetal , he idenli ficado los requisitos ~ filosanitarios necesar ios paragaranli zar un nivel t! adecuado de proteccion al pais, mmmu zenoc los riesgos s-en elinqreso de plagas cua rentenarias ; .::J De conformidad con 10 dispueslo en el Decreto Legislativo N" 1059, el Decrelo Supremo N° 018 -2008 AG , Decret o Supremo N° 032-2003-AG, Decreto Supremo N° 008-2005-AG; Ycon el visto bueno del Direclor General de Aseso r ia Juridica ; SE RESUELVE: Articu 1040 . EIcumplimiento de la pres ente Resoluci6n no otorqara derecho a exoneraci6n 0 Iiberaci6n del pago de impuestos 0 derechos aduaneros de ninguna clase 0 denominaci6n. Articulo 5°. Dentm de los quince (15) ores calendario siguientes de efec tuado el viaje , los referidos funcionarios oeoeran presentar un informe detallando las ecciones realizadas y los resultados concretos obtenidos durante el viaje autorizado, est como te rendici6n de cuentas por los vtancos entregados . Articulo 6°. La presente Resoluci6n sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura . Reqistrese, comuniquese y publiquese. ALAN GARC iA PEREZ Presidente Constitucio nal de la Republica JORGE DEL CASTILLO GALVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERRE YROS Minislro de Agricultura 254631 -5 Establecen requisitos fitosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importaci6n de plantas de timonium procedentes de Espana RESOLUCION D1RECTORAL N° 34-2008-AG-SENASA-DSV La Molina, 16 de setiembre de 2008 VISTa : EI Estudio de Analisis de Riesgo de P1agas N" 018 2008-AG-SENASA-DSVlSARVF de fecha 7 de mayo de 2008 , el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al pais, propone el establecimiento de requisitos fitosanita rios para te importaciOn de plantas de limonium (Umonium spp .) procedentes de Espana; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo N" 1059 que apru eba la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pais como importaci6n de plantas y productos vegetales y cualquier ol ro material capaz de inlroducir 0 propagar plagas , se sujeteren a las disposiciones que establezca , Articulo Unico.- Establezcanse los siguientes requisitos fitosanitarios especi l icos de cumplimiento obligalorio en te importa ci6n de planlas de limonium (Limonium spp.) procedenles de Espana 1 El envio oeoere conlar con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emitido por el SENASA, obtenido por el importador 0 inleresado , previa a la certificaci6n y embarque en el pais de origen 0 procedencia . 2. EI envio oeoera venir aconpareoo de un Cer1ificado Fitosanilario oficial emitido por la Organizaci6n Nacional de Prolecci6n Fitosanilaria del pais de origen , en el que se consume. 2.1 Dec laraci6n adicional: 2.1.1 Las plantas proced ente de lugares de producci6n regislr ados por te ONPF del pais de origen, durante el per iodo de crecimiento aclivo del cultivo y el cual se encuenlra libre de Burkholderia andropogonis, Broad bean wilt virus, Clover yellow vein virus y Aphelenchoides ritzemabosi. 2.1.2. Produclo libre de Duponchelia fovealis , Operophlera brumala, Spodoptera Iitloralis yPhytophthora cryptogea 2.2. Tratamiento de desinfecci6n pre emba rque con: 2.2.1 Metalaxy (2 .9 %0) + Melhomyl (0 .17%) + Triadimenol (3 6 %0) + Teboconazol (4 %0) + Benomil (2 %0), o cualesquiera otros produclos de acci6n equivalente. 3 . Las plantas oebe ren venir a raiz desnuda . Si las raices vienen con suslrato que este se encuenlre libre de plagas , cuya condici6n es certilicada por la ONPF del pais de origen y consignada en el Certificado Fitosan ilar io. 4. EI produclo oeoera veni r en envases nuevos, de prime r uso y libres de cualquier material exirero al producto aprobado. 5. EI importador debora contar con el regislro de importadores , lugares de producci6n y responsables tecncos de material sujeto a cuarentene posenlrada del SENASA. 6. Inspecci6n Fitosanitaria en el punta de ingreso al pais. 7. EI Inspector del SENASA tomera una muestre para ser remil ida a te Unidad del Cenlro de DiagnOstico de Sanidad Vegetal , con el f in de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la oectaraoon adicio nal del producto EI cosIo del diagn6sli co sera asumido por el importador. 8. EI proceso de cuar entena posentrada tenere una duraci6n de Ires (3) mesas En dicho lapso el material instalado en el lugar de producci6n sera sometido por parte del SENASAa dos (2) inspeccionesobligalorias para el seguimi enlo de la cuarentena posentrada y a una (01) W NORMAS LEGALES 379969 CONSIDERANDO: VISTO: La Molina, 16 de setiembre de 2008 obligatOlia final para el levanlamienlo de la cua rentena posentrada, de cuyos resultados se dispon dra el desli no = final del producto C 2.2.1 Mezcla de Carboxin 2 %0 + thiram 2 %0, 0 cualesquiera otros productos de accon equivalente. 2.1.1 "c omo resultado del anansrs de laboratorio , las semillas estan libres de Ascochyta gossypii, Diaporthe phaseolorum var. Meridionales, Myrothecium roridum, Corcyra cephalonica, Anthonomus grandis ·. 2.1.2. EI envio esta Iibre de malezas cuarentenarias para el Peru. 3. EI producto oebera veni r en envases nuevos , de pruner uso 4. Inspecci6n Fitosanitaria en el punto de ingreso al pa is. 5. EI InspecJor del SENASA tome ra una muestra para ser remitida a la Unidad del c entro de Diagn6stico de Sanidad Vegetal, con el fin de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la decJaraci6n adicional del producto. EI costo del diagn6stico sera asumido por el importador. Articulo 2".- La lista de especies de malezas cuarentenarias para el Peru, es publicada seq en norma y se encuentra dispanible en nuestro portal institucional en Interne t (www .senasa .gob pe). Regi strese, comuniquese y publiq uese 2.2. Tratamiento de desinfecci6n pre embarque con 2. EJenvio debora veni r acompa i'iado de un Certi licado Fitosanitalio oficial emiJido por la Organizaci6n Nacional de Protecc i6n Fitosanitaria del pais de origen , en el que se consigne: 2.1 Declaraci6n adicional ,,, 253 490-1 Regislrese, comuniquese y pubhquese. JOR GE BARRENEC HEA CABRERA Director General Direcc i6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Ag raria e, Establecen requisitos ntoeenttartce e especificos de cumplimiento obligatorio .s. ., . , '" en la nnportactcn de semina de algodon c procedente de Brasil ~ RESOLUCION DIRECTORAl ~ N" 35-2008-AG-SENASA-DSV EI Estudio de Amilisis de Riesgo de Plagas N° 014 2008-AG-SENASA-D5VISARVF de recne 24 de abril de 2008, el cual , al identifica r y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reg lamentadas al pais, propo ne el eslablecimiento de requisitos fitosani tarios para la importaciOn de semilla de algod6n (Gossypium spp.) procedentes de Brasil ; y, Que, confo rme al Decre to Legislativo N° 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria , el ingreso al pais como importaci6n de plantas y productos vegetales y cualqui er otru material capaz de introduci r 0 propagar plagas , se suetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su comp etencia la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria - SENASA; Que, en el Art iculo 12" del Reglamento de la Ley Gene ral de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decre to Supremo N° 018-2008-AG, establ ece que el SENASA pubncara los requisitos filo y zoosanitarios en el Diario Oficial EI Peruano y se ncnnceren a la OMC; Que, la empresa SEMPERU SA con fecha 14 de marzo de 2006 , solici t6 se realice el estudio de Analisis de Riesgo de Plagas para la importaci6 n de semilla de algod6n procedent e de Brasil, por tal motivo , la Direcci6n de Sanidad Vegetal del SENASA solici t6 a la Organizaci6n Nacional de Protecc i6n Fitosan itaria de Brasil (Ministerio de Agricul tura, Pecuaria y Abastecimiento) la informaci6n tecuca del cultivo de algod6n , quienes 10 alcan zaron para inicia r el respecnvo ARP Con dicha informaci6n, la Subdi recciOn de Anahsis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inici6 el estudio correspondiente, con la finalidad de identificar los requisitos fitosanitarios aplicables a la importaci6n del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdir ecci6n de Cuarentena Vegetal, ha identificado los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con 10 dispuesto en el Decre to Legislativo N° 1059, el Decre to Supremo N° 018-2008 -AG, el Decreto Supremo N° 032-2003-AG, el Decre to Supremo N° 008-2005-AG;Y con el visto bueno del Director Gene ral de Asesoria Juridica ; SE RESUELVE: Art iculo 10 . Estabtezcense los siguientes requisitos fitosanitarios especi l icos de cumplimi ento obligatorio en la importaci6n de semilla de algod6n (Gossypium spp.l proced entes de Brasil: 1 EJenvio cetera conJar con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emitido por el SENASA , obtenido por el importador 0 interesado, previo a la certificaci6n y embarque en el pais de origen 0 procede ncia. JORGE BARRENECHEA CAB RERA Director Gene ral DirecciOn de Sanidad Vegetal Servicio Nac ional de Sanidad Agraria 253490-2 Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de plantas endurecidas de banana procedentes de Honduras RESOLU CION DIRECTORAL N° 36-2008-AG-SENA SA-O SV La Molina , 16 de setiembre de 2008 VISTO: EI ARP NO 013-2008-AG-S ENASA-DSV-SA RVF de fecha 23 de abril de 2008, el cual , al identificary evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al pais, propane el establecimiento de los requisitos filosanitarios para la importaci6n de planJas endurecidas de banana (Musa spp) de origen y procedencia Honduras; v. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legisla tivo NO 1059 que aprueba la Ley Gene ral de Sanidad Agraria, el ingreso al pais como importaci6n, transito intemacional 0 cualq uier oJro regimen aduanero, de plantas y productos vegeJales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios , organismos benefices, material es de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introduci r 0 propagar plagas y enfermedades, es t como los medios utilizados para nensponenos, se sujeteren a las disposiciones que establ ezca , en el ambito de su compeJencia , la AuJoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Art iculo 12" del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado media nte DecreJo Supremo NO 018-2008-AG, esJablece que el SENASA pubhcera los requisitos fito y zoosa nitarios en el Diario Oficial EI Peruano y se nonnceren a la OMC;

Resolución Nº 034/08/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de plantas de Limonium procedentes de España · Nelum