Resolución Nº 032-2014-MINAGRI ─ Modifica la Resolución Nº 030-2005-AG, que crea el Consejo Nacional del Arroz
Made 2014-12-29 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- institution, plant production, cereals/grains/rice, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, crops, agricultural commodities, governance
- Categories
- agriculture
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Normas Legales del 30.12.2014 2 el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 1 de enero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ GONZALO ALFONSO GUTIÉRREZ REINEL 370,00 1 370,00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora Diana Álvarez-Calderón Gallo, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1183108-7 Modifican la R.S. Nº 296-2014-PCM, que autorizó viaje de funcionaria del INDECOPI a Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA N° 432-2014-PCM Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTA: La Carta N° 608-2014/PRE-INDECOP1, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual- INDECOPl; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 296-2014 PCM, publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 30 de agosto de 2014, se autorizó el viaje de la señora Anahí del Milagro Chávez Ruesta, Directora de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 2 al 6 de setiembre de 2014, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, con la fi nalidad que asista a la Reunión Ordinaria Anual de la Red de Consumo Seguro y Salud (RCSS): Que, de acuerdo al Ticket Electrónico del Itinerario de Pasajero/Recibo de fecha 2 de setiembre de 2014, emitido por la agencia de viajes Travel Group Perú, posterior a la publicación de la resolución referida en el párrafo precedente, se desprende que el costo del pasaje aéreo internacional varió de US$ 1220 a US$ 1574.88, situación ajena a la entidad; motivo por el cual, resulta necesario modifi car el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 296 2014-PCM; De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; el Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modifi car el artículo 2° de la Resolución Suprema N° 296-2014-PCM, quedando redactado de la siguiente manera: ‘’Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo a! siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Anahí Chávez Ruesta 1574.88 370 3+1 1480 3054.88 Artículo 2.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a la partida presupuestal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema N° 296-2014-PCM, publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 30 de agosto de 2014. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1183108-8 AGRICULTURA Y RIEGO Modifican la R.S. N° 030-2005-AG a fin de adecuar la designación de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Arroz a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2014-MINAGRI Lima, 29 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2005 AG, modifi cada por las Resoluciones Supremas N°s. 046-2009-AG, 035-2013-MINAGRI y 038-2013-MINAGRI, se constituyó el Consejo Nacional del Arroz, encargado de identifi car, analizar y proponer el marco legal y los Normas Legales del 30.12.2014 3 lineamientos de política para el corto, mediano y largo plazo para el desarrollo ordenado y sostenible de la cadena productiva del arroz; Que, mediante Resolución Suprema N° 046-2009-AG se modifi có el artículo 5 de la Resolución Suprema N° 030-2005-AG, determinándose que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Arroz recaerá en la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual modifi ca la estructura y funciones de la Institución y no contempla, entre otros, a la Dirección General de Competitividad Agraria; Que, ante la referida modifi cación de la estructura organizacional, resulta necesario modifi car el artículo 5 de la Resolución Suprema Nº 030-2005-AG, a fi n de adecuar la designación de la Secretaría Técnica a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Arroz Modifi car el artículo 5 de la Resolución Suprema N° 030-2005-AG, modifi cado por el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 046-2009-AG, en los siguientes términos: “Artículo 5.- La Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Arroz, recaerá en la Dirección de Negocios Agrícolas de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego”. Artículo 2.- Vigencia de la Resolución Suprema N° 030-2005-AG Dejar subsistentes todos los demás extremos de la Resolución Suprema N° 030-2005-AG, modifi cada por las Resoluciones Supremas N°s. 046-2009-AG, 035-2013 MINAGRI y 038-2013-MINAGRI, en cuanto no se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Suprema. Artículo 3.- Comunicación Notifi car la presente Resolución al Presidente del Consejo Nacional del Arroz y a la Dirección General de Negocios Agrarios, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1183108-9 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, creado mediante la R.M. Nº 248-2012-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0699-2014-MINAGRI Lima, 26 de diciembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 758-2014-MINAGRI-DIGNA/DINPE, de fecha 10 de diciembre de 2014, del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios; y el Informe Nº 030-2014- MINAGRI-DIGNA-DINPE/AAC-EMG, de fecha 05 de diciembre de 2014, del Director de la Dirección de Negocios Pecuarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 28815 se aprobó el “Tratado General de Integración y Cooperación Económica y Social para la Conformación de un Mercado Común entre la República del Perú y la República de Bolivia”, suscrito en la ciudad de Ilo en fecha 03 de agosto de 2004 y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 043-2006-RE; en cuyo artículo 23 se establece dar prioridad a erradicar el contrabando organizado en productos agropecuarios y otros bienes que las Partes estimen pertinentes, así como los hidrocarburos; disponiendo la constitución de una comisión bilateral para tratar dichos asuntos y recomendar las medidas necesarias a ser implementadas; Que, el “Acta del Encuentro entre los Presidentes de la República del Perú, señor Alan García Pérez y del Estado Plurinacional de Bolivia, señor Evo Morales Ayma”, refi ere en su artículo 19, como obligación de las partes, el ejecutar de manera coordinada todas las acciones necesarias y conducentes a combatir el contrabando en la zona de frontera, a través de acciones simultáneas y concertadas, además de crear el Grupo Binacional Interministerial de Lucha contra el Contrabando; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 248-2012 PCM, en adelante la Resolución Ministerial, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; Que, en su artículo 2, modifi cado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 241-2013-PCM, la Resolución Ministerial establece la conformación del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, quedando conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI; asimismo, mediante su artículo 3, la Resolución Ministerial establece que los representantes serán designados mediante resolución ministerial del Sector al que pertenecen, debiendo además contar con un alterno; y, en su artículo 7, modifi cado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 241-2013-PCM, la Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá vigencia mientras duren las funciones de la instancia binacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0178 2013-AG, se designó al Director General y al Director de la Dirección de Agronegocios, ambos de la entonces Dirección General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del entonces Ministerio de Agricultura, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014 MINAGRI, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciendo una nueva y diferente estructura funcional y organizacional del MINAGRI, en la cual no forman parte la Dirección General de Competitividad Agraria ni la Dirección de Agronegocios; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios propone actualizar la representación del MINAGRI ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley