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Laws of Peru

Resolución Nº 032/10/AG/SENASA/DSV - Lista de plagas reglamentadas que detalla las plagas cuarentenarias no presentes en el Perú

Made 2010-06-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Livestock, Cultivated plants
Keywords
animal health, hygiene/sanitary procedures, pests/diseases, internal trade, international trade, plant protection
Categories
*, agriculture

Where to read it

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Text

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  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica Domingo, 20 de junio de 2010 AGRICULTURA Aprueban Lista de Plagas Reglamentadas que detalla las plagas cuarentenarias no presentes en el Peru RESOLUCION DIRECTORAL N° 32-2010-AG-5ENASA-DSV La Molina, 16 de junio de 2010 VISTO: EI Informe Tecnfco N° 01-2010-AG-SENASA-DSV-SARVF, elaborado par la Subdirecci6n de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria, que contiene la Lista actualizada de Plagas Reglamentadas, que detalla las Plagas Cuarentenarias no presentes en el Peru: y, CONSIDERANDO: Que. el Acuerdo sabre la Aplicaci6n de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organizaci6n Mundial de Comerclo, autoriza a los parses a eetablecer sus propias normae, que esten fundadas en principios cientificos y s610 se apliquen en la medida necesaria para proteqer la salud y la vida de las personas y de los anlmales a para preserver los veqetales y que no discriminen de manera arbttrarta 0 Injustificable entre Miembros en que ptevalezcan condiciones identicas a slmilares: Que, la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias NIMF 19, Directrices sobre las Listas de Plaqas Reqlarnentadas, describe los procedlmfentos para establecer, mantener y poner a disposici6n de los interesados las listas de plagas reglamentadas y define como tales a las plagas cuarentenarias (plaga de importancia econ6mica potencial para el area en peligro aun cuando la plaga no este presente 0, si esta presente. no eeta extend ida y se encuentra bajo control) y las plagas no cuarentenarias reglamentadas (plaga no cuarentenaria cuya presencia en las plantas para plantar afecta el usa destinado para esas plantas can repercusiones econ6micamente inaceptables y que, por 10 tanto, esta reglamentada en el territorio de la parte contratante tmportadora): Que, el Articulo 9 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG, seriala que e! Servicio Naclona! de Sanidad Agraria aprobara y difundira la Iista de plagas cuarentenarias y enfermedades notificables para el pais e implementara los mecanismos para fortalecer un eficiente proceso de notificaci6n. EI SENASA es la (mica autoridad autorizada en el pais para hacer el reporte oficial de la presencia de dichas plagas y enfermedades: Que, el inciso f) del Articulo 26 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA aprobado mediante Decreta Supremo W 008 2005-AG, establece como una funci6n de la Direcci6n de Sanidad Vegetal el establecer y conduclr el sistema de viqllancia fitosanitaria. mediante ta captacion y procesamtento de informacion de plaqas de Irnportancia naclona! e Internacional: De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059 Y el Decreto Supremo N° 008-2005-AG; Y con el visto bueno del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE Articulo 1.- Aprobar la Lista de Plaqas Reglamentadas que detal!a las plaqas cuarentenarias no presentes en el Peru, la cual, como Anexo. forma parte integrante de la presente Resoluci6n. EI Anexo sera publicado en el Portal Institucional del SENASA http://www.senasa.gob.pe. Paqina 1 Sistema Peruano de Informacion Juridica Articulo 2.- La presente Lista de Plagas Reglamentadas, que detalla las plagas cuarentenarias no presentes en el Peru, no excluye otras que con el debido sustento cientffico podran ser ariadidas a aquella par el Organa de Linea Competente del SENASA Articulo 3.- Todas las personas naturales 0 juridicae que detecten plagas cuarentenarias dentro del territorio nacional. inscritas en la Lista de Plagas Reglamentadas. estan obligadas a notificar este hecho al SENASA inmediatamente despues de conocido. no pudiendo publicar su diagn6stico mientras no se haga la verificaci6n par parte del SENASA y se determine oficialmente la situaci6n de la plaga en el pais. Articulo 4.- La Lista de Plagas Reglamentadas que detalla las plagas cuarentenarias no presentee en e! Peru, se actuauzara de forma periodica a traves de ta paqina web del SENASA. Articulo 5.- Der6guese la Resoluci6n Directoral N° 06-2010-AG-SENASA-DSV. Regfstrese, comunlquese y publlquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nactona! de Sanidad Agraria Paqina 2

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